MISION

La Contaduría General de la Provincia es el órgano rector del sistema de control interno de la gestión económica y financiera de la Hacienda Pública Provincial y del Sistema de Contabilidad Gubernamental.

La Contaduría General de la Provincia tiene las atribuciones y deberes la Constitución de la Provincia  y la ley  le asignan.

Está a cargo de un Contador General, que es designado de conformidad con lo prescripto por el Art. 141 º de la Constitución de Entre Ríos; funciona en el ámbito del Poder Ejecutivo, se vincula a través del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas y es asistido por un Subcontador General designado por el Poder Ejecutivo.

 

La Contaduría General tiene  competencia para:

 

1-     Ejercer el control interno de las operaciones económicas y financieras que realicen los Organismos Centralizados, Descentralizados y Autárquicos del Estado Provincial y en las entidades donde el Estado tenga participación en las condiciones establecidas por la Legislación vigente.-

 

2-     Dictar normas de control interno y prestar asistencia técnica a los responsables de la Administración Financiera del Sector Público Provincial.

 

3-     Llevar la Contabilidad General de la Administración Pública Provincial, produciendo Estados e Informes sobre la gestión presupuestaria, financiera, económica y patrimonial.

 

4-     Verificar el correcto funcionamiento del sistema de control interno de cada jurisdicción o entidad del Sector Público Provincial.

 

5-     Realizar periódicamente auditorias financieras, económicas, de legalidad y de gestión.

 

6-     Otorgar el visto bueno en  forma preventiva a las  órdenes de pago y a las que autoricen gastos, conforme al Art. 142º de la Constitución.

 

7-     Constituir Delegaciones en cada una de las jurisdicciones del Poder Ejecutivo, Organismos Descentralizados y Autárquicos, como así también en aquellas centralizadas que lo decida, que ejercerán las funciones de control que le sean asignadas conforme a la reglamentación, y estarán a cargo de un Contador Delegado.

 

8-     Formular observaciones sobre los actos administrativos cuando contraríen o violen disposiciones legales en materia de administración económico-financiera, y contrataciones administrativas, de conformidad a lo establecido en el articulo 72º de la ley 5140.

 

9-     Administrar un Sistema de Información Financiera que permita conocer la gestión presupuestaria, de caja y patrimonial, así como los resultados operativos, económicos y financieros del Sector Público Provincial.-

 

10- Llevar la Contabilidad General de la Administración Pública Provincial, produciendo Estados e Informes sobre la gestión presupuestaria, financiera, económica y patrimonial.

 

11- Dictar las normas de Contabilidad para todo el Sector  Público Provincial.

 

12- Asesorar y asistir técnicamente a todas las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Provincial en la implantación  de las normas y metodología  que prescriba.

 

13- Coordinar el registro contable de las operaciones desarrolladas por las Jurisdicciones de la Administración Central y por cada una de las Entidades que conforman el Sector Público Provincial.

 

14- Diseñar e implementar  sistemas y registros principales y auxiliares, planes de cuentas, comprobantes y circuitos administrativos, destinados a la registración de los hechos económicos que afecten al Estado Público Provincial.

 

15- Confeccionar anualmente la Cuenta General del Ejercicio.

 

16- Administrar el Sistema de Inventario General de Bienes Muebles e Inmuebles de la  Provincia, incluyendo en Sección Especial a todos los bienes  registrables.

 

17- Intervenir en  las operaciones de crédito público.-

 

18- Controlar la emisión y distribución de los valores fiscales.-

 

19- Llevar el Registro de Declaraciones Juradas Patrimoniales establecido por Ley Nº 3886.-

 

20- Liquidar las participaciones en Impuestos Provinciales, la Coparticipación Federal, retener y registrar los préstamos y adelantos a Municipalidades, conforme a las disposiciones legales vigentes.-

 

21- Asesorar al Poder Ejecutivo y a los Organismos de la Administración Provincial en  materia de su competencia.-

 

22- Organizar el Archivo General de Documentación Financiera de la Administración Provincial.-

 

23- Realizar todas las demás funciones necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones, conforme a las Leyes vigentes.