Mediante este trámite, se obtiene la Registración Obligatoria que deben llevar los libros Obligatorios de cada Sociedad, a los fines de dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes.
1- Nota dirigida al Sr. Director, indicando el trámite que se lleva a cabo y especificando la documental que se acompaña, con patrocinio (Abogado, Escribano o Contador). En la misma se deberá especificar, Nombre, Número de los Libros y en el supuesto que existan libros anteriores deberá acompañarse.
2- Completar formulario FOJA CERO.
3- Sellado de Ley.
4 - Libros interesados, que la entidad desea rubricar.
5 - Aportes de Caja Forense en caso de Corresponder.-
NOTA SOLICITUD DE RUBRICA |
COMPLETAR FORMULARIO ON LINE - FOJA CERO |
Solo se llevará a cabo la Rúbrica de Libros de las Sociedades Comerciales del Departamento Paraná, que se encuentren efectivamente inscriptas.
Las sociedades del resto de los Dptos. de la Provincia deberán solicitar Certificado de Vigencia (ante la DIPJ) y solicitar la Rúbrica ante el Registro Público de Comercio - Dirección General del Notariado, Registros y Archivos -, correspondiente al domicilio de la sociedad.