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Se analizan acciones legales desde la provincia

Espionaje ilegal; "Es de una enorme gravedad institucional" interpretó Rodríguez Signes

El fiscal de Estado de Entre Ríos, Julio Rodríguez Signes, formuló declaraciones periodísticas en el programa Telenoche de Canal 9 litoral, sobre el espionaje ilegal llevado adelante por el macrismo a través de la Dirección Nacional de Migraciones en 2019, por medio del cual se persiguió a, entre otros, al gobernador Gustavo Bordet y a la vicegobernadora Laura Stratta.
Respecto a los hechos indicó que " todo este tema es de una enorme gravedad para las víctimas. Gravísimo, porque  afecta la libertad individual. Ni hablar si se usó para extorsionar o amenazar. pero además de gravedad institucional, diría yo, porque estamos hablando de funcionarios del Poder Ejecutivo, legisladores, funcionarios del Poder Judicial"


Luego explicó que "cuando hablamos de esto que se ha denominado espionaje en realidad estamos hablando de delitos contra la libertad de las personas. La Constitución de la Nación Argentina, los tratados de derechos humanos protegen una esfera de intimidad, de intimidad personal y por supuesto de lo que es, ya desde el inicio de la organización del país, la violación de la correspondencia y de las comunicaciones es uno de los delitos más graves porque afecta a la libertad individual.
Las penas están en el código penal a partir del Artículo 140, 150, depende de las características del hecho, depende de las personas que son las víctimas, depende si la información ha sido difundida o no difundida, depende de si quien interfiere una comunicación es un funcionario público,  pueden corresponder penas que van desde la prisión hasta la inhabilitación para ejercer cargos públicos, en el caso de que el responsable penal sea funcionario público".
En referencia a las penas de este tipo de accionar delictivo, comprendidas en el Código penal interpretó que "pueden ser de seis meses a años de prisión, depende  de los agravantes y circunstancias , pero siempre la pena es privativa de la libertad. Además le agrego, la inhabilitación perpetua de ejercer cargos públicos.

Asimismo remarcó que "cada una de las víctimas tiene el derecho de denunciar, en primera instancia, pero además de constituirse como querellantes. Es decir, el hecho de constituirse como querellante es constituirse no ya como mero denunciante,  es decir, poner en conocimiento un hecho de la autoridad judicial, sino además impulsar la acción penal."