El área de Pago del Programa Incluir Salud  tiene como finalidad intervenir en el expediente de facturación presentado por un prestador, efectuando un informe técnico, previo control de la documentación obrante en dicho expediente y en el legajo del beneficiario.

El pago de  la prestación se reconoce a partir de la fecha de alta indicada por la Dirección Nacional de Prestaciones Médicas y/o por el área de discapacidad de dicha UGP en aquellos casos excepcionales, por lo tanto es necesario tener en cuenta que: no se debe presentar la facturación de dicha prestación hasta  ser notificada el alta.

Cabe aclarar que la  documentación de facturación es recibida en Mesa de Entrada del Ministerio de Salud o en Mesa de Entrada del Programa Incluir Salud, la que es debidamente caratulada, contando el trámite con un número Único de Expediente, a partir del cual se inicia el proceso administrativo correspondiente.

Es responsabilidad de los prestadores mantener vigente la situación con la cual se genera la contratación, a saber: situación impositiva al día, Libre deuda ATER vigente, cobertura de seguro, etc.

La ausencia o error de alguna documentación requerida puede generar una dilación en el trámite, lo que  implicara la notificación al prestador para su correspondiente cumplimiento o presentación.

Los medios de notificación son: vía telefónica, e-mail y notificación policial.