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Ministerio de Salud y Acción Social

jueves 02 de septiembre de 2010
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INFLUENZA A (H1N1)

Resolución Nº 2403/09 M.S.A.S.

PARANA, 09 JUL 2009.

VISTO el Decreto Nº 2640/09 GOB , y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el citado texto se declaró en el ámbito de todo el territorio de la Provincia de Entre Ríos la Emergencia Sanitaria, con vigencia a partir del día 2 de julio de 2.009 y por un período de 30 días;

Que la emergencia sanitaria fue resuelta en virtud de la situación epidemiológica en el territorio provincial a la fecha de su dictado, a la alta cantidad de consultas y de casos sospechosos que se informaban y a la decisión del Consejo Federal de Salud que concluyó el 25 de junio de 2009 que entre las medidas a tomar en los días siguientes se destacaban las que tienen que ver con el distanciamiento social a fin de disminuir los contagios;

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EL MINISTRO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
R E S U E L V E:

ARTICULO 1º.- Aconsejar el desarrollo de toda actividad al aire libre en el ámbito del territorio de la provincia, respetando las condiciones de distanciamiento social y las medidas de higiene y profilaxis, según recomendaciones generales para evitar la transmisión de Influenza A (H1N1) del Comité de Expertos del Consejo Federal de Salud – COFESA- llevado a cabo el día 06 de Julio de 2009, las cuales como Anexo forman parte integrante de la presente.-

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Resolución Nº 2515/09 M.S.A.S.

PARANA, 15 JUL 2009.

VISTO lo establecido mediante Decreto Nº 2640/09 GOB, mediante el cual se declaró en el ámbito de todo el territorio de la Provincia de Entre Ríos la Emergencia Sanitaria por un periodo de 30 días, con vigencia a partir del 02 de julio de 2009 y;

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Salud y Acción Social, en su carácter de organismo con autoridad de aplicación conferida por la Ley Nº 9551, y de acuerdo a lo facultado en el Decreto mencionado en el Visto, ha dictado la Resolución Nº 2403/09 MSAS;

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EL MINISTRO DE SALUD Y ACCION SOCIAL

R E S U E L V E:


ARTÍCULO 1º.-     Conformar, a través de la Secretaría de Salud, equipos de trabajo cuya función será la de unificar criterios de actuación y redactar protocolos que establezcan indicaciones para su cumplimiento estricto en todo el territorio provincial, previa aprobación del Comité de Emergencia Provincial creado por Resolución Nº 862/09 MSAS del 26 de marzo de 2009.

ARTÍCULO 2º.-     Aprobar el PROTOCOLO SANITARIO DE HIGIENE PARA LOS COMPLEJOS TERMALES EXISTENTES EN EL ÁMBITO PROVINCIAL, que como Anexo I forma parte integrante de la presente, respetándose las condiciones de distanciamiento social.

ARTÍCULO 3º.-
    Recomendar, mientras lo permita la situación epidemiológica, la realización de actividades en lugares cerrados de acceso público evitando la concentración masiva de personas, en tanto y en cuanto cumplimenten todas las medidas de higiene y profilaxis correspondientes.

ARTÍCULO 4º.-
    Invitar a los Municipios y Comunas a adherir a la presente, recomendando su efectivo cumplimiento en resguardo de la población, con el objeto de evitar la alta transmisibilidad de la Gripe A (Influenza H1N1).

ARTÍCULO 5º.-     Registrar, comunicar, publicar y archivar.

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Descargar Presentación Ministro de Salud y Acción Social: Dr. Angel Giano.

Descargar Acciones Básicas para contener la transmisión de la Influenza A (H1N1) e intensificar la vigilancia epidemiológica.

Descargar Información para los equipos de salud.

Descargar Guía Práctica: Campañas De Prevención Y Movilización Social.

Descargar Guía para escuelas y colegios.

Descargar Plan de contingencia en comunicación.

RETORNO A CLASES

Descargar Propuesta para la higiene escolar

Descargar Limpieza de las áreas escolares

Descargar Recomendaciones para reanudar las clases sin riesgo

 

 

Uso correcto del barbijo