Para realizar la Inscripción, deberá presentarse sin excepción, en la Oficina correspondiente al lugar de la defunción:
Certificado de defunción
Documento Nacional de Identidad del fallecido (DNI, LE o LC) si lo tuviere.
Documento Nacional de Identidad del denunciante.
Dentro de los DOS (2) días hábiles del fallecimiento, deberá hacerse su inscripción ante el oficial público que corresponda al lugar en que ocurrió la defunción.
Transcurrido este plazo y hasta el plazo máximo de SESENTA (60) días podrá por resolución o disposición de la dirección general autorizarse su inscripción, cuando existieren motivos fundados. Vencido dicho plazo la inscripción deberá ser ordenada judicialmente.