Se presentó la guía de buenas prácticas para intervenciones en causas judiciales con niñas, niños y adolescentes

Se trata de un documento consensuado entre el Copnaf, el Poder Judicial y la Defensoría General para garantizar el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, abordando las dificultades prácticas detectadas en relación a la aplicación del Código Civil y Comercial (CCyC).

El presidente del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf), Gabriel Leconte, suscribió junto a la presidenta del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER), Susana Medina, y el defensor general de la provincia, Maximiliano Benítez, la “Guía de Buenas Prácticas en Procesos con Actuación Conjunta de Órganos Judiciales con competencia material en Familia, Copnaf y Ministerio Público de la Defensa”. Se trata de la primera experiencia en su tipo del país.

Para informar sobre su contenido, se realizó una presentación virtual destinada a los funcionarios y personal del Copnaf de toda la provincia y las Áreas de Niñez, Adolescencia y Familia (ANAF) de los municipios, que estuvo encabezada por Leconte y la vicepresidenta del Copnaf, Alejandra Ramírez, y contó con la presencia de la secretaria del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción (Ruaer), María Spais.

El presidente del Copnaf festejó este logro como “la conclusión de un proceso de trabajo articulado muy fructífero entre el Copnaf, la Defensoría y la Sala Civil y Comercial del STJ, en la cual hubo jornadas de talleres, intercambios constantes, y muchas reuniones virtuales que arrancaron durante la pandemia”.

“Es una herramienta muy valiosa que genera un consenso mínimo sobre las formas de resolver problemáticas que involucran a niñas, niños y adolescentes con situaciones de vulnerabilidad, aportando claridad sobre temas puntuales que se producen en la práctica diaria”, valoró Leconte.

La vicepresidenta repasó que “se tomaron como puntos de partida las problemáticas que mayormente nos atraviesan, con sus dificultades y tensiones, que tienen que ver primero con las medidas de protección excepcionales; segundo con la resolución de la situación jurídica definitiva de las intervenciones, sobre todo en la problemática con los adolescentes cuando no es una opción que vuelvan con sus familias, y no es una opción el proyecto adoptivo, o hay una declaración de adoptabilidad pero no hay familias que sean las adecuadas para recibir y ahijar a estos jóvenes”.

“El tercer punto es todo lo que respecta a salud mental, ya que es un emergente que tenemos en donde muchas veces encontramos diferencias de criterios con el efector de salud sobre cuáles son las respuestas que tenemos que dar”. Además Ramírez aclaró que “hay un cuarto punto que no está plasmado aún en esta guía, pero que se trabajará durante el próximo año, y es sobre las violencias, que es otro tema que nos trae dificultades entre los organismos respecto del abordaje, el seguimiento y los límites de las intervenciones”.

La secretaría del Ruaer, quien también intervino activamente en la elaboración de este documento, evaluó que “esta guía es un salto fundamental y nos va a requerir un gran desafío para aplicarla en territorio y mejorar nuestras prácticas. La intervención en la complejidad de los casos que nos toca abordar no puede darse sin la interdisciplina y la interinstitucionalidad, entonces necesitamos poder trabajar en equipo y con un mismo sentido y creo que esta guía es un reflejo de eso”.

Guia Judicial

El propósito de esta guía es aportar lineamientos técnicos y jurídicos para orientar y homogeneizar los criterios de interpretación de las dificultades detectadas en la práctica en relación a la aplicación del CCyC; las leyes de protección integral de la niñez y adolescencia (Ley Nacional Nº 26.061 y Ley Provincial Nº 9.861); la Ley de Salud Mental N° 26.657; las leyes de contra la violencia familiar y la mujer (Ley Nacional N° 26.485 y leyes provinciales N° 9.198 y 10.058); y la Ley Provincial N°10.668, de Procesos de Familia.

El documento tiene por finalidad mejorar a partir del común y mutuo entendimiento las relaciones interinstitucionales y garantizar el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y con ello los derechos y garantías convencionales involucrados en el ámbito común de incumbencia.

Las situaciones allí regladas, implican una necesaria articulación entre el Poder Judicial, el Ministerio Público de la Defensa y el Copnaf sobre los elementos de corresponsabilidad, cooperación, confianza y solidaridad. Asimismo, en todos los procesos judiciales comprendidos, rigen reforzados, los principios procesales de oficiosidad, celeridad, oralidad con inmediación y flexibilidad de las formas.

Se prevé la realización de una jornada provincial para el 16 de febrero próximo, dirigida a los trabajadores del Copnaf, la Defensoría y el Poder Judicial, donde expondrán referentes de los tres organismos respecto de la implementación que cada uno tiene; y desde marzo hasta noviembre se desarrollarán espacios de intercambio y talleres en cada uno de los departamentos, analizando las particularidades de cada jurisdicción.

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