Programa de capacitación Ley Micaela

La Ley Nacional N° 27.499 “Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado”, sancionada en diciembre de 2018, establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en forma permanente o transitoria; en cargos electivos, por concurso o por cualquier otro medio legal de contratación.

Se trató de un logro colectivo, fruto del incansable trabajo de la Fundación Micaela García “La Negra” y de la movilización social que produjo el femicidio de esta joven, militante política y activista del movimiento “Ni una menos”, quien fue violada y asesinada en abril de 2017. Sebastián Wagner, su asesino, contaba al momento del crimen con dos condenas por el abuso sexual, pero, sin embargo, y a pesar de toda una serie de informes que no lo recomendaban, se encontraba en libertad condicional por la decisión del juez Carlos Rossi. Asimismo, menos de 24 horas antes del hecho, ante dependencias la Policía de la Provincia de Entre Ríos, el padre de una adolescente quiso denunciar a Warner por intento de abuso sexual contra su hija, pero la denuncia no fue tomada. La noticia del crimen de Micaela, luego de siete días de intensa búsqueda, en abril de 2017, generó una fuerte conmoción a nivel nacional. El proyecto fue presentado luego de su asesinato.

El caso de Micaela García, expuso lo que muchos femicidios ya habían revelado, esto es, la falta de perspectiva de género por parte del Estado. Es por esa razón que la ley establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación, y designa al Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad como su órgano de aplicación. 

Posteriormente, también fueron adhiriendo a la normativa cada una de las provincias argentinas y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como cientos de municipios, universidades, sindicatos, instituciones intermedias y empresas, otorgando un carácter federal al desafío de la transformación institucional que implica la norma. 

La capacitación en Ley Micaela busca identificar las visiones y las prácticas que reproducen discriminación y violencia de género dentro de los organismos del Estado, ofrece herramientas teórico-prácticas para avanzar en su deconstrucción, y constituye un aporte fundamental a la transversalización de la Perspectiva de Género dentro de la Administración Pública Nacional. 

Cabe recordar que la transversalización─consagrada por la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing durante la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer que se celebró en 1995─ constituye un principio rector de las políticas públicas encaminado a lograr la igualdad de género. Como tal, promueve que las necesidades y experiencias de las mujeres y diversidades, al igual que las de los varones, sean tenidas en cuenta en la elaboración, ejecución, control y evaluación de las políticas en todas las esferas de acción del Estado. 

Estos objetivos concuerdan y se vinculan con diversos compromisos que el Estado argentino ha asumido a través de la adhesión a tratados internacionales y a partir de la sanción de leyes nacionales que lo comprometen a luchar contra todo tipo de violencia y discriminación por motivos de género. 

Al respecto, la reciente creación del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, por parte del Presidente Alberto Fernández, señala la clara voluntad de jerarquizar la agenda de políticas de género y de prevención y erradicación de las violencias. Esta decisión político institucional merece, como correlato, el compromiso de cada uno de las reparticiones del Estado Nacional, los Estados provinciales y los gobiernos locales. 

La Provincia de Entre Ríos adhirió a la mencionada Ley a través de la Ley Nº 10768, el 03 de diciembre de 2019 la cual establece que la autoridad de aplicación en la Provincia es el Ministerio de Desarrollo Social.

En este sentido, la incorporación de la Perspectiva de Género en los organismos gubernamentales resulta ineludible; y requiere de la implementación de cambios y definiciones a nivel institucional y de la toma de una decisión política frente a la opresión de género y el patriarcado, posibilitando no solo reflexionar sobre las cuestiones culturales en torno a la temática, sino también promover la prevención de situaciones de discriminación y violencia contra las mujeres.

La capacitación permanente constituye un instrumento fundamental al respecto, en tanto posibilita llevar adelante la deconstrucción de los patrones culturales en que se asienta socialmente esta problemática siendo una necesidad imperiosa promover esta deconstrucción en les agentes estatales, cualquiera sea su posición jerárquica, por cuanto de esto depende tanto la prevención como la adecuada atención que pueden brindar las instituciones públicas ante situaciones de violencia de género. 

En este contexto, desde el Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia de la Provincia de Entre Ríos inscribimos nuestros esfuerzos en cumplimentar con lo que establece la Ley Micaela y, así, contribuir a la transversalización de la perspectiva de género en el contexto específico del Organismo de Protección de Derechos de la Niñez y Adolescencia. 

El Copnaf es el organismo competente en garantizar la protección y promoción integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes de manera  inmediata, instrumentando medidas tendientes a la restitución del ejercicio de los derechos que han sido vulnerados; constituyéndose en la Provincia de Entre Ríos en la máxima autoridad provincial administrativa de protección de derechos y garantías de la niñez y la adolescencia.

La protección y asistencia de NNy/oA; y el abordaje integral de las situaciones que se implementan se fundan en el Paradigma de Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia y en la Perspectiva de Derechos Humanos contempladas en instrumentos y acuerdos internacionales a los cuales el Estado Argentino ha adherido, como así también en la legislación nacional y provincial vigente que obligan a su incorporación en las políticas públicas; entre otras, la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y la Ley Nacional Nº 26061 y Provincial Nº 9861.

Asimismo, la Perspectiva de Género resulta fundamental en el diseño y elaboración de las políticas públicas en materia de niñez y adolescencia atendiendo a que la misma visibiliza las desventajas e inequidades, así como las múltiples violencias que son dirigidas a las niñas y adolescentes en razón de su género.

A partir de la implementación de la Ley Micaela en el Organismo, se busca incorporar la Perspectiva de Género y violencias contra las mujeres en la formación y capacitación permanente de los equipos territoriales como así también en el desarrollo de las intervenciones y prácticas profesionales; constituyéndose en una oportunidad histórica de proporcionar las herramientas prácticas, conceptualizaciones teóricas y el análisis del marco normativo vigente para entender, problematizar, prevenir y abordar las diferentes discriminaciones y violencias que vulneran los derechos de la niñez y adolescencia.