{"id":7523,"date":"2022-12-15T11:30:00","date_gmt":"2022-12-15T11:30:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.entrerios.gov.ar\/cultura\/?p=7523"},"modified":"2022-12-20T22:55:35","modified_gmt":"2022-12-20T22:55:35","slug":"la-cultura-entrerriana-celebra-dos-nuevas-leyes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.entrerios.gov.ar\/cultura\/la-cultura-entrerriana-celebra-dos-nuevas-leyes\/","title":{"rendered":"La cultura entrerriana celebra dos nuevas leyes"},"content":{"rendered":"\n<p>\u201cEl 2022 fue un gran a\u00f1o para la legislaci\u00f3n cultural de las y los entrerrianos\u201d as\u00ed lo calific\u00f3 la secretaria de Cultura de Entre R\u00edos Francisca D\u00b4Agostino. Ayer la C\u00e1mara de Senadores de Entre R\u00edos dio sanci\u00f3n completa a la Ley de Grados de la Orquesta Sinf\u00f3nica y a la Ley del Beneficio a la Preservaci\u00f3n del Patrimonio Edilicio.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cCon estas dos nuevas leyes cerramos un a\u00f1o cargado de logros a nivel legislativo para la cultura. Son avances que sientan un precedente en materia cultural y tambi\u00e9n son conquistas de la comunidad cultural organizada que quedar\u00e1n a largo plazo como pol\u00edticas de estado\u201d finaliz\u00f3 la funcionaria.&nbsp;<br><\/p>\n\n\n\n<p>Luego de un gran trabajo conjunto entre el poder ejecutivo y el legislativo entrerriano el mi\u00e9rcoles 14 se sancion\u00f3 la Ley de Grados de la Orquesta Sinf\u00f3nica de Entre R\u00edos (OSER) y la Ley para el Beneficio a la Preservaci\u00f3n del Patrimonio Edilicio. La secretaria de Cultura agradeci\u00f3 a las y los diputados y senadores entrerrianos. Hizo menci\u00f3n especial para la diputada Carina Ramos, impulsora de las dos leyes; y a la senadora Flavia Maidana. Los gremios y equipos t\u00e9cnicos y legales de la Secretar\u00eda de Cultura y de Diputados fueron felicitados por la funcionaria, como as\u00ed tambi\u00e9n las autoridades y equipo de la Administradora Tributaria de Entre R\u00edos (ATER). Antes de despedirse, D\u00b4Agostino agradeci\u00f3 al secretario General de la Gobernaci\u00f3n Franco Ferrari y al gobernador Gustavo Bordet por el compromiso con estas nuevas normativas para la cultura.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Sobre las nuevas leyes<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>La Ley de Grados de la Orquesta Sinf\u00f3nica de Entre R\u00edos (OSER)<\/strong> es una normativa que contempla un beneficio salarial para m\u00fasicos y el personal del organismo perteneciente a la Secretar\u00eda de Cultura de Entre R\u00edos. La iniciativa del Poder Ejecutivo de la Provincia de Entre R\u00edos, fue presentada por la diputada provincial Carina Ramos. La ley establecer\u00e1 un beneficio remunerativo en el salario de las y los integrantes de la OSER, a partir de la creaci\u00f3n de un escalaf\u00f3n especial. Ese ordenamiento se establecer\u00e1 cruzando dos variables: la antig\u00fcedad de las y los agentes en el cuerpo de la Orquesta y en el organismo; y el rol que desempe\u00f1an. Se especifican adem\u00e1s las condiciones de ingreso a la Orquesta ser\u00e1 mediante el correspondiente concurso p\u00fablico de antecedentes y oposici\u00f3n, para todo el personal. Tambi\u00e9n habr\u00e1 un R\u00e9gimen de Carrera para la promoci\u00f3n de las y los agentes tanto vertical como horizontal. Las y los integrantes ser\u00e1n clasificados en un rol seg\u00fan la funci\u00f3n y puesto de trabajo al que concursen y accedan; y al grado correspondiente seg\u00fan la antig\u00fcedad en el organismo. Se establece tambi\u00e9n una disposici\u00f3n especial para las licencias.<\/p>\n\n\n\n<p>Por su parte, el <strong>Beneficio a la Preservaci\u00f3n Patrimonial<\/strong> tiene el objetivo de promover y concientizar sobre la importancia de la preservaci\u00f3n urbana del patrimonio arquitect\u00f3nico como legado identitario para futuras generaciones a trav\u00e9s de un concurso de car\u00e1cter anual. Se valorar\u00e1n los criterios patrimoniales de orden hist\u00f3rico arquitect\u00f3nico utilizados en la restauraci\u00f3n edilicia llevada a cabo por el titular del inmueble en base a cuatro l\u00edneas de acci\u00f3n patrimonial respecto del bien restaurado, a saber: antig\u00fcedad; representatividad; integridad; y autenticidad. El listado de los inmuebles a concursar se confeccionar\u00e1 con la\/s propuesta\/s que postulen: organismos del Estado Provincial; Municipal; Entidades P\u00fablicas en general; Entidades privadas; y Personas f\u00edsicas\/particulares.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"683\" src=\"https:\/\/www.entrerios.gov.ar\/cultura\/wp-content\/uploads\/2022\/12\/Ley-beneficio-al-Patrimonio-1024x683.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-7524\" srcset=\"https:\/\/www.entrerios.gov.ar\/cultura\/wp-content\/uploads\/2022\/12\/Ley-beneficio-al-Patrimonio-980x653.jpg 980w, https:\/\/www.entrerios.gov.ar\/cultura\/wp-content\/uploads\/2022\/12\/Ley-beneficio-al-Patrimonio-480x320.jpg 480w\" sizes=\"auto, (min-width: 0px) and (max-width: 480px) 480px, (min-width: 481px) and (max-width: 980px) 980px, (min-width: 981px) 1024px, 100vw\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Las propuestas se recepcionar\u00e1n en la Secretar\u00eda de Cultura de Entre R\u00edos. La n\u00f3mina resultante se cursar\u00e1 al \u00c1rea de Patrimonio Cultural y Ambiental \u2013 \u00e1rea dependiente de la Secretar\u00eda de Cultura-, quien verificar\u00e1 que todos los inmuebles urbanos presentados cumplan con los requisitos correspondientes para participar del Concurso Provincial. Con ambos requisitos comprobados el listado ser\u00e1 remitido al Jurado que se conformar\u00e1 para tal fin.<\/p>\n\n\n\n<p>El Beneficio a la Conservaci\u00f3n del Patrimonio Edilicio est\u00e1 previsto para bienes inmuebles privados y p\u00fablicos, del territorio de la provincia, que se encuentren alcanzados por el Impuesto Inmobiliario Urbano.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de inmuebles privados urbanos que resulten seleccionados en primero, segundo y tercer lugar por el jurado, el beneficio consiste en una exenci\u00f3n del ciento por ciento anual por un periodo determinado, establecido en la presente ley y con el siguiente alcance:&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Primer seleccionado: por tres a\u00f1os a contar desde el primero de enero del a\u00f1o siguiente al que result\u00f3 seleccionado;<\/p>\n\n\n\n<p>Segundo seleccionado: por dos a\u00f1os a contar desde el primero de enero del a\u00f1o siguiente al que result\u00f3 seleccionado; y<\/p>\n\n\n\n<p>Tercer seleccionado: por un a\u00f1o a contar desde el primero de enero del a\u00f1o siguiente al que result\u00f3 seleccionado.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de inmuebles p\u00fablicos urbanos (pertenecientes al Estado Provincial o Municipal), el beneficio consistir\u00e1 en una menci\u00f3n y entrega de placa indicando que el inmueble ha resultado seleccionado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u201cEl 2022 fue un gran a\u00f1o para la legislaci\u00f3n cultural de las y los entrerrianos\u201d as\u00ed lo calific\u00f3 la secretaria de Cultura de Entre R\u00edos Francisca D\u00b4Agostino. 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