Los recursos que integran el FONDO DE EDUCACIÓN Y PROMOCION COOPERATIVA se originan en aportes que efectuan las Cooperativas establecidos por la Ley Nacional N° 23.427 y su correspondiente Ley Provincial N° 8.130, Decreto Reglamentario N° 5.773/92.
Las cooperativas aportan a este fondo, siendo el organismo recaudador la AFIP, e ingresa a la Provincia a través de la Tesorería General de la Provincia, de acuerdo al Indice de Coparticipación Federal. Este recurso está identificado por la Cuenta Especial N° 90071/1 Nuevo Banco de Entre Rios.
El Fondo se destina al otorgamiento de Préstamos para financiar proyectos productivos y Subsidios destinados solo a la educación cooperativa.
Está destinado al otorgamiento de préstamos de hasta $ 150.000, con una amortización de hasta 36 meses y un período de gracia de hasta doce meses, con un interés igual a la Tasa Pasiva BERSA. Periódicamente la Tesorería General de la Provincia informa a este Instituto el movimiento de la misma, en cuanto a ingresos y egresos.
Se debe presentar proyecto según Guia para la solicitud de préstamos, aclarando el carácter de Declaración Jurada del mismo, acompañado de los presupuestos correspondientes.
Además, la gestión debe ser considerada por el Consejo de Administración o Asamblea, en cuya Acta constará:
Por este mismo acto el Consejo de Administración y la Sindicatura asumen el compromiso de constituir la garantía y contratar seguro contra todo riesgo sobre estos, dentro de los treinta (30) días de efectivizado el préstamo, lo que se mantendrá hasta la cancelación definitiva del mismo.
Toda la documentación se presentará por duplicado y firmada en original por los consejeros y síndico, acompañada por fotocopia del documento de identidad de Presidente, Secretario y Tesorero.
Recuerde que es un requisito ineludible para la obtención de un préstamo, que la Cooperativa tenga toda la documentación pertinente al día. |