RESOLUCIÓN N° 238 P.C.M.E.R.
 

                                                                          V                                                              PARANÁ, 30 de Enero de 2.018 

 

            VISTO:

 

                        La nota presentada por el Doctor Juan José MARCOLINI en fecha 07.11.2.017; y

           

CONSIDERANDO: 

 

                        Que, por la mencionada nota, renuncia a seguir participando de los Concursos Públicos N°s193, 194, 195, 196, 197 y 198 destinados a cubrir: UN (1) cargo de Juez Para el Juzgado Civil y Comercial de Diamante; UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial de Gualeguaychú; UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial de Concepción del Uruguay; UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial de Nogoyá; UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial de Federación y UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial de Rosario del Tala, respectivamente;

 

                        Que, habiéndose tomado razón de la referida renuncia, el Pleno del CMER, en sesión ordinaria celebrada en fecha 12.12.2017, ha resuelto por unanimidad que corresponde aceptar dicha renuncia, dejando aclarado que ello no implica reconocimiento de los motivos expuestos por el postulante, los cuales resultan improcedentes;

 

                        Que, el dictado de la presente resulta de las facultades que atribuye el Artículo 9º del RGCP;

                       

Por ello;

 

EL  PRESIDENTE DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

ARTICULO 1º: Aceptar formalmente la renuncia del Doctor Juan José MARCOLINI a su postulación en los Concursos Nº N°s193, 194, 195, 196, 197 y 198 destinados a cubrir: UN (1) cargo de Juez Para el Juzgado Civil y Comercial de Diamante; UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial de Gualeguaychú; UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial de Concepción del Uruguay; UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial de Nogoyá; UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial de Federación y UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial de Rosario del Tala, respectivamente.

 

ARTICULO 2º: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

Fecha de Publicación: 16-04-2018
 
 
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