Acta Jurados. (Calificación)

En la ciudad de Paraná, a los catorce días del mes de julio de año dos mil cuatro, siendo las 18:00 horas, se reúnen en la sede de la Secretaría General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sita en Casa de Gobierno de la Provincia de Entre Ríos los miembros titulares del Jurado designado para intervenir en el Concurso Nº 2, destinado a cubrir un cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de Concepción del Uruguay, doctores Carlos E. Moro, Luis M. Ortiz Mallo y Enrique Müller, con el objeto de registrar las calificaciones de las pruebas de oposición de los participantes en el concurso de referencia, teniendo en cuenta que los temas propuestos para esta prueba consisten en la solución de cuestiones vinculadas a la materia de competencia del juzgado concursado y que fueran oportunamente aprobados por el Consejo por medio de la Resolución Nº 3/04 conforme al artículo 33 del Reglamento General aprobado por Resolución Nº1/04 y modificado por Resoluciones Nº 7/04 y Nº 8/04 del Consejo de la Magistratura, que rige los presentes Concursos y que establece, que al valorar las mismas se tendrá en cuenta la consistencia jurídica de la solución propuesta dentro del marco de lo razonable, la pertinencia y rigor de los fundamentos, y la corrección del lenguaje utilizado. En base a lo expuesto, se han adjudicado los siguientes puntajes: 1) POSTULANTE: NAD/2: Muestra rigor la fundamentación jurídica utilizada. Es autosuficiente el fallo apuntado. Exhibe buena sintaxis de lenguaje y conceptualización no jurídica utilizada. Tiene coherencia explicativa. Se encuentra respetado el principio de congruencia. Se hace una aplicación correcta de la normativa aludida. Evidencia la utilización de criterios propios. Es pertinente el fallo con el debate jurídico planteado con las partes. Evidencia consistencia y calidad jurídica la solución propuesta. TOTAL: 39 puntos.- 2) POSTULANTE: EOJ/2: Exhibe la sentencia una estructura formal adecuada. Muestra rigor la fundamentación jurídica utilizada. Tiene coherencia explicativa. Muestra una buena sintaxis de lenguaje. Respeta el principio de congruencia. Hace una aplicación adecuada de la normativa aludida. Evidencia la utilización de criterios propios. Es pertinente el fallo con el debate jurídico planteado por las partes, salvo en lo que refiere a las excepciones opuestas frente al desistimiento, atento a que el análisis bien realizado del título no descansa en tales defensas, sino en la facultad jurisdiccional de realizarlo. Evidencia consistencia y calidad jurídica a la solución propuesta. TOTAL: 36 puntos.- 3) POSTULANTE: PIR/2: Exhibe la sentencia una estructura formal adecuada. Muestra rigor la fundamentación jurídica utilizada. Tiene coherencia explicativa. Muestra una buena sintaxis de lenguaje. Respeta el principio de congruencia. Hace una aplicación adecuada de la normativa aludida. Evidencia la utilización de criterios propios. Es pertinente el fallo con el debate jurídico planteado por las partes, lo cual determina consistencia en la solución arribada. TOTAL: 35 puntos.- 4) POSTULANTE: LUR/2: Muestra rigor la fundamentación jurídica utilizada. Tiene coherencia explicativa. Exhibe una buena sintaxis de lenguaje. Respeta el principio de congruencia. Hace una aplicación adecuada de la normativa aludida. Evidencia la utilización de criterios propios. Es pertinente el fallo con el debate jurídico planteado por las partes, salvo en lo que refiere a las excepciones opuestas frente al desestimiento, puesto que el análisis bien realizado del título, no descansa en tales defensas, sino en la facultad jurisdiccional de realizarlo. Por último, si bien evidencia calidad jurídica la solución propuesta, la estructura del acto sentencial exhibe los resultas como considerandos. TOTAL: 34 puntos.- 5) POSTULANTE: TAC/2: Muestra rigor en la fundamentación jurídica. Denota autosuficiencia el fallo dictado. Registra una buena sintaxis de lenguaje. Se encuentra respetado el principio de congruencia. Sostiene los fundamentos expuestos con un razonamiento personal que se muestra suficiente, aunque olvida, que el análisis del título deviene de su facultad jurisdiccional y no de las defensas intentadas por los libradores, por haberse desistido el proceso contra ellos. Concluye un trabajo que exhibe consistencia jurídica. TOTAL: 32 puntos.- 6) POSTULANTE: RAM/2: Si bien la estructura formal del acto sentencial aparece respetada, los resultas exhiben una limitada enunciación de los temas propuestos, en razón de la excesiva simplificación que se efectúa de la consigna. Hace una aplicación razonable de la normativa implicada en el caso, pero, sin perjuicio del conocimiento que trasunta el trabajo del concursante, concluye con una acotada consistencia jurídica al no advertir en toda su extensión los efectos del desestimiento del proceso contra los accionados libradores del documento. Respeta el principio de congruencia y muestra una adecuada sintaxis de lenguaje. TOTAL: 25 puntos.- 7) POSTULANTE: OLT/2: La sentencia dictada exhibe una deficiente estructura formal, desde que, por la manera de introducirse el postulante en el tratamiento de los temas propuestos, el mismo se explaya sobre cuestiones que no formaron parte del caso, lo que lleva a tener por no respetado lo reclamado por el artículo 160 de la Ley formal. Además, se concluye con una acotada consistencia jurídica que encuentra razón en los errores conceptuales que evidencia el trabajo efectuado, los cuales determinan, que la sistematización realizada se corresponda con el discurso operado, pero no con la realidad jurídica del caso. TOTAL: 7 puntos.-  8) POSTULANTE: ELA/2: La sentencia dictada exhibe una deficiente estructura formal, no solo por invertir los considerandos con los resultas, sino también en cuanto al resuelvo arribado, atento a que en el mismo se señalan argumentos que debían formar parte de los primeros. Asimismo se separa, de lo que fue motivo la consigna, de lo estipulado por el artículo 535 del C.P.C. y C.; confunde fianza con aval, lo cual conlleva a una deficiente fundamentación en razón de los errores conceptuales por los que transita. En suma, la escasa consistencia jurídica de la solución propuesta, es derivada de lo antes apuntado, que, por tal, le quita rigor jurídico al trabajo desarrollado. TOTAL: 5 puntos.- Con lo que concluyó la reunión firmando para constancia.  

    Siendo las dieciocho y cuarenta y cinco horas se hace presente el Secretario General del Consejo de la Magistratura, doctor Alejandro J. Cánepa, quien recibe el informe suscribiéndose la presente para constancia.

 

Acta Correlación, Clave, Puntaje y N° de Sobre.

En la ciudad de Paraná, a los dieciséis días del mes de julio del dos mil cuatro, siendo las diez horas, en la sede de la Secretaria del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sita en Casa de Gobierno de la provincia de Entre Ríos, de acuerdo a lo previsto por el articulo 32, ultimo párrafo, del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, aprobado por Resolución Nº1/04 y modificado por Resoluciones Nº 7/04 y Nº 8/04 del Consejo de la Magistratura, se da lectura al Acta de calificación de la prueba de calificación del Concurso Nº 2 para elegir un  Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de Concepción del Uruguay, realizada por los Sres. Jurados Técnicos Dres. Carlos E. Moro, Luis M. Ortiz Mallo y Enrique Müller. Se encuentran presentes el Dr. Raúl Gracia, el Sr. Walter Juan Casis, el Ingeniero Jorge Darío Broggi, la Dra. Beatriz Villalba, la Dra. María Gabriela López Arango, el Dr. Luis M. Ortiz Mallo, la Dra. María del Mar Lafata Desio, la Sra. Carolina Vitor, la Sra. Silvina Corsiglia, y el Dr. Alejandro J. Cánepa en su carácter de Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos. A continuación se procede a la apertura del sobre que contiene las hojas institucionales entregadas a cada concursante al momento de rendir el examen correspondiente, y que establecen la relación entre la clave alfabética calificada y la clave numérica asignada. Del mismo surge que corresponde: 1) NAD - 39 puntos -número 004; 2) EOJ -  36 puntos - número 002; 3) PIR - 35 puntos -número 008; 4) LUR - 34 puntos - número 006; 5) TAC - 32 puntos -número 005; 6) RAM - 25 puntos - número 003; 7) OLT - 7 puntos -número 007; 8) ELA - 5 puntos - número 001. Con lo que concluye el acto firmando los antes mencionados. 

 

Acta Identificación Final. (Del postulante)

En la ciudad de Paraná, a los dieciséis días del mes de julio del dos mil cuatro, siendo las diez horas, en la sede de la Secretaria del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sita en Casa de Gobierno de la provincia de Entre Ríos, de acuerdo a lo previsto por el articulo 32, ultimo párrafo, del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, aprobado por Resolución Nº1/04 y modificado por Resoluciones Nº 7/04 y Nº 8/04 del Consejo de la Magistratura, se da lectura al Acta de calificación de la prueba de calificación del Concurso Nº 2 para elegir un Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de Concepción del Uruguay, realizada por los Sres. Jurados Técnicos Dres. Carlos E. Moro, Luis M. Ortiz Mallo y Enrique Müller. Se encuentran presentes el Dr. Raúl Gracia, el Sr. Walter Juan Casis, el Ingeniero Jorge Darío Broggi, la Dra. Beatriz Villalba, la Dra. María Gabriela López Arango, el Dr. Luis M. Ortiz Mallo, la Dra. María del Mar Lafata Desio, la Sra. Carolina Vitor, la Sra. Silvina Corsiglia, y el Dr. Alejandro J. Cánepa en su carácter de Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos. A continuación se procede a la apertura de los sobres que contienen los datos personales de cada concursante, y que establecen la relación entre la clave alfabética calificada, la clave numérica asignada y la identidad del postulante. De los mismos surge que corresponden: 1) NAD - 39 puntos -número 004 – TEPSICH, Carlos Federico; 2) EOJ -  36 puntos - número 002 – CHICHI, Marcos Pedro; 3) PIR - 35 puntos -número 008 - ARANGUREN, Beatriz Estela; 4) LUR - 34 puntos - número 006 - CUESTA, Maria Isabel Catalina; 5) TAC - 32 puntos -número 005 - TORRES, Cándido Hugo Andrés; 6) RAM - 25 puntos - número 003 - LUNA, Américo Daniel; 7) OLT - 7 puntos -número 007 – VILLALBA, Beatriz; 8) ELA - 5 puntos - número 001 – ARIAS, Alberto José.. Con lo que concluye el acto firmando los antes mencionados.

 

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