Acta Jurados  (Calificación)

En la ciudad de Paraná, a los dieciocho días del mes de Octubre de dos mil cinco, siendo las nueve horas, se reúnen en la sede de la Secretaría General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sita en Avda. Rivadavia Nº 471 los miembros titulares del Jurado designado para intervenir en el Concurso Público Nº 23, destinado a cubrir un (1) cargo de Defensor de Pobres y Menores de la Defensoría Nº 1  de Concordia – competencia Civil y Comercial -, doctores Julio Rousseaux, Marta G. de Del Barco y  Carlos Rolando, con el objeto de registrar las calificaciones de las pruebas de oposición de los participantes en el concurso de referencia, teniendo en cuenta que los temas propuestos para esta prueba consisten en la solución de cuestiones vinculadas a la materia de competencia de la Defensoría concursada y que fueran oportunamente aprobados por el Consejo por medio de la Resolución Nº 3/04  y 86/05 C.M.E.R., conforme al artículo 33 del Reglamento General aprobado por Resolución Nº1/04 y modificado por Resoluciones Nº 7/04 y Nº 8/04 del Consejo de la Magistratura, que rige los presentes Concursos y que establece, que al valorar las mismas se tendrá en cuenta: la consistencia jurídica de la solución propuesta dentro del marco de lo razonable, la pertinencia y rigor de los fundamentos, y la corrección del lenguaje utilizado. En base a lo expuesto, se han adjudicado los siguientes puntajes:

1) POSTULANTE   PAT:

Se observa estar debidamente ubicado en el rol del cargo concursado.-

En el dictamen se utiliza fundamentación y apropiado leguaje jurídico.-

Redacción clara y precisa.-

Adecuada Valoración de la situación fáctica y de la realidad del menor, relacionándola con la normativa constitucional y legal vigente.-

Adecuada fundamentación doctrinaria.-

Se le adjudican 40 puntos.-

2) POSTULANTE ROS:

Si bien focaliza correctamente el planteo en cuanto al derecho, no se ubica adecuadamente en el rol de representante del Ministerio Pupilar en cuanto a sus atribuciones y facultades y puntualmente, en lo referido en el punto 7) donde efectúa una apreciación confusa en relación a las transacciones.-

La redacción y el lenguaje jurídico utilizado se estiman correctos.-

La solución que propone no resulta clara.-

Se le adjudican 30 puntos.-

3) POSTULANTE MAC:

Se observa un exceso en citas de convenciones y tratados sin relacionarlas al caso.-

Hay un desarrollo elemental del mismo y no arriba a conclusiones claras en su dictamen.-

Redacción imprecisa y lenguaje  poco jurídico.-

Se le adjudican  25 puntos.-

4) POSTULANTE GAL:

No se ubica en el rol del cargo a concursar, explayándose en temas que escapan a su función (puntos 3 y 4 de su dictamen).-

Hay confusión entre la función de la representación promiscua  del Defensor de Pobres y Menores y la situación de Patrocinio Institucional que prevé la Ley 9324.-

No es materia que pueda plantearse en una acción de daños y perjuicios como  la presente,  lo propuesto en el  punto 6).-

No hay claridad en la redacción.-

El lenguaje utilizado es correcto.-

La solución propuesta no es la mas adecuada teniendo en cuenta la circunstancias que rodean el caso, y conforme a ello pierde de vista el interés del menor.-

Se le adjudican 20 puntos.-

Siendo las 12 horas y por delegación del Secretario General, Dr. Alejandro J. Cánepa, se hace presente la Dra. María del Mar Lafata Desio como responsable del Área Administración y Despacho, quien recibe el informe suscribiéndose la presente para constancia.

 

 

 

ACTA de CORRELACIÓN e identificacion

 

En la ciudad de Paraná, a los diecinueve días del mes de Octubre de dos mil cinco, siendo las 11 horas, en la sede de la Secretaria del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sita en Avda. Rivadavia Nº 471, de acuerdo a lo previsto por el artículo 32, ultimo párrafo, del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, aprobado por Resolución Nº1/04 y modificado por Resoluciones Nº 7/04 y Nº 8/04 del Consejo de la Magistratura, se da lectura al Acta de calificación de la prueba de oposición del Concurso Público Nº 23 para elegir un (1) Defensor de Pobres y Menores de la Defensoría Nº 1 de Concordia - Competencia Civil y Comercial -  realizada por los Sres. Jurados Técnicos Dres. Julio Rousseaux, Marta G. de Del Barco y Carlos Rolando. Se encuentran presentes las Dras. Teresita Inés Ferreyra y María del Mar Lafata Desio, el Sr. Pablo A. Martínez, y el Dr. Alejandro J. Cánepa en su carácter de Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos. A continuación se procede a la apertura del sobre que contiene las hojas institucionales entregadas a cada concursante al momento de rendir el examen correspondiente, y que establecen la relación entre la clave alfabética calificada y la clave numérica asignada. Del mismo surge que corresponde: 1) PAT - 40 puntos – número 002 ; 2) ROS – 30 puntos –número 003; 3) MAC – 25 puntos- número 001; 4) GAL – 20 puntos – número 004. Inmediatamente se procede a la apertura de los sobres que contienen los datos personales de cada concursante, y que establecen la relación entre la clave alfabética calificada, la clave numérica asignada y la identidad del postulante. De los mismos surge que corresponden: 1) PAT - 40 puntos – número 002 – Dra. Teresita Inés Ferreyra; 2) ROS – 30 puntos –número 003 Dr. Santiago César Petit; 3) MAC – 25 puntos- número 001 –Dra. Carolina López Bernis 4) GAL – 20 puntos – número 004 – Dra. Griselda Isabel Bard. Con lo que concluye el acto firmando los antes mencionados.

 

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