Acta Jurados

 
En la ciudad de Paraná, a los ocho días del mes de julio de dos mil ocho, siendo las 10,30 hs. se reúnen en el Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sito en Avda. Rivadavia Nº 471, los miembros titulares del Jurado Técnico designado para intervenir en el Concurso Público Nº 62 destinado a cubrir dos (2) cargos de Defensor para las Defensorías de Pobres y Menores Nº 4 y Nº 10 de la ciudad de Paraná –ambos competencia Penal- y en el Concurso Público Nº 63 destinado a cubrir un (1) cargo de Defensor para la Defensoría de Pobres y Menores Nº 3 de la ciudad de Gualeguaychú –competencia Penal, Incapacidades e Internaciones-, doctores Alejandro María Giorgio, Roberto López Arango y Patricia Liliana Pérez, con el objeto de registrar las calificaciones de las pruebas de oposición establecidas en el artículo 12 del Decreto Nº 39/03 GOB, de los participantes en los concursos de referencia, teniendo en cuenta que los temas propuestos para esta prueba consisten en la solución de cuestiones vinculadas a la materia de competencia de los cargos concursados y que fueran oportunamente aprobados por Resolución Nº 3 del Consejo. En base a ello, y de acuerdo a lo prescripto por el artículo 33 del Reglamento General que establece que al valorar las mismas el Jurado tendrá en cuenta la consistencia jurídica de la solución propuesta dentro del marco de lo razonable, la pertinencia y rigor de los fundamentos, y la corrección del lenguaje utilizado.- 1 - POSTULANTE  JKU:
A) Planteo del caso, fundamentación  dogmática,  jurisprudencia y solución.
El planteo general del caso y sus circunstancias fácticas ha sido correctamente analizado. Formulando un ajustado encuadre dogmático y demostrando pleno conocimiento de los antecedentes jurisprudenciales aplicables al caso. El resultado y la solución aparecen como adecuadas al rol asignado al cargo que se concursa. Correcto análisis de la tipificación y eventual consumación y adecuado análisis de los grados de participación, en orden a una posible solución del caso, dentro del marco de lo razonable.
B) Lenguaje:  apropiado. Redacción correcta.
C) Estructura formal: La estructura del acto es la correcta al igual que el contenido del petitorio.
TOTAL:  36  puntos. 2 -POSTULANTE BCO:
A) Planteo del caso, fundamentación: dogmática, jurisprudencia y solución. Hace un exhaustivo análisis de la prueba para fundamentar su pretensión, debiendo destacarse la lógica y claridad del razonamiento. Así como el resultado o solución a la que arriba, la cual encontramos dentro del marco razonable. Sin embargo, se advierte la ausencia de citas dogmáticas y jurisprudencia atinente al caso.
B) Lenguaje jurídico: Apropiado y esmerado.
c) Estructura formal: Correcta.
TOTAL: 32  puntos. 3-  POSTULANTE GHA

  1. Planteo del caso, fundamentación dogmática, jurisprudencia y solución: el planteo del caso y su fundamentación es correcta aunque un poco acotada. Suficientes citas doctrinarias y jurisprudenciales. Adecuada valoración de la prueba.
  2. Lenguaje jurídico: Claro y sencillo.
  3. Estructura formal: Correcta.
TOTAL:   30 puntos. 4-  POSTULANTE IPQ:
A) Planteo del caso, fundamentación dogmática, jurisprudencia y solución: Correcto análisis de la tipificación y eventual consumación y adecuado análisis de los grados de participación, en orden a una posible solución del caso, dentro del marco de lo razonable, aunque no abunda en la fundamentación y carece de citas jurisprudenciales con escasa referencia doctrinaria.
B) Lenguaje jurídico: Claro y sencillo.
C) Estructura formal: Es correcta aunque omite solicitar la revocación del auto cuestionado al formular el petitorio.
TOTAL: 29 puntos.
  1. POSTULANTE GUH:
A) Planteo del caso, fundamentación dogmática, jurisprudencia y solución: correcto análisis de la tipificación y eventual consumación, adecuado análisis de los grados de participación en orden a una posible solución del caso, dentro del marco de lo razonable, pero no desarrolla ni agota las instancias defensivas que el caso sugiere.
B) Lenguaje jurídico: Es claro y sencillo.
C) Estructura formal: Correcta, aunque también omite solicitar la revocación del auto recurrido al formular el petitorio.
TOTAL: 27 puntos.6   -  POSTULANTE EJK:
  1. Planteo del caso, fundamentación dogmática, jurisprudencia y solución: el análisis de la tipificación es correcta, con escaso respaldo doctrinario y sin referencia jurisprudencial. Escueto análisis acerca de la participación de sus defendidos, aunque dentro del marco de lo razonable.
  2. Lenguaje jurídico: Claro y sencillo.
  3. Estructura formal: Correcta, aunque omite solicitar la revocación del auto al formular el petitorio.
TOTAL: 25 puntos.7 - POSTULANTE UDF:
  1. Planteo del caso, fundamentación dogmática, jurisprudencia y solución: El análisis de la tipificación es correcta, aunque admite sin efectuar más consideraciones, la consumación. En cuanto a la participación entendemos correcto el análisis respecto de Juan. Y en lo atinente  a la defensa esgrimida del co-imputado – Pedro- desarrolla fundadamente una de las posibles soluciones, dentro del marco de lo razonable.
  2. Lenguaje jurídico: Correcto.
  3. Estructura formal: Ordenada. Considera la posibilidad excarcelatoria con cita jurisprudencial.
      TOTAL: 23 puntos.
8 - POSTULANTE LEM:
A) Planteo del caso, fundamentación dogmática, jurisprudencia y solución: El análisis de la tipificación es correcta, aunque admite sin efectuar más consideraciones, la consumación. En cuanto a la participación entendemos correcto el análisis respecto de Juan. Y en lo atinente  a la defensa esgrimida del co-imputado – Pedro- desarrolla fundadamente una de las posibles soluciones, dentro del marco de lo razonable.
 B) Lenguaje jurídico: Correcto.
C) Estructura formal: Ordenada.
TOTAL: 23 puntos.9- POSTULANTE RIS:
A) Planteo del caso, fundamentación dogmática, jurisprudencia y solución: Analiza correctamente la tipificación del hecho, pero omite hacer referencia a la consumación del mismo. En cuanto a la participación si bien cita un apropiado precedente jurisprudencial, aunque no agota la instancia defensiva posible que propone el caso, posponiendo el análisis más favorable a los intereses de su defendido para la etapa plenaria.
B) Lenguaje jurídico: Correcto.
C) Estructura formal: Es correcta aunque omite solicitar la revocación del auto cuestionado al formular el petitorio.
TOTAL: 22 puntos.10 - POSTULANTE ÑOE:      
     
  1. Planteo del caso, fundamentación dogmática, jurisprudencia y solución: Analiza correctamente la tipificación del hecho, pero omite hacer referencia a la consumación del mismo. En cuanto a la participación, la  enfoca de manera errónea, al considerar a Juan como partícipe necesario pese a haber desarrollado la conducta típica. Respecto al restante co-imputado propone una solución razonable.
  2. Lenguaje jurídico: Adecuado.

C) Estructura formal: Correcta redacción. Cabe destacar la fundada petición excarcelatoria de sus defendidos con cita de precedentes doctrinarios, jurisprudenciales y de organismos internacionales.
TOTAL: 21 puntos.11 -  POSTULANTE TUI:
A) Planteo del caso, fundamentación dogmática, jurisprudencia y solución: Analiza correctamente la tipificación del hecho, pero omite hacer referencia a la consumación del mismo. En cuanto a la calidad de la participación es dubitativa con respecto a su pupilo Juan y acierta respecto a Pedro, como una de las posibles soluciones del caso.
B) Lenguaje jurídico: Correcto.
C) Estructura formal: Efectúa una correcta redacción del caso.
TOTAL: 21 puntos.12 - POSTULANTE YOZ:
A) Planteo o, fundamentación dogmática, jurisprudencia y solución: Además de calificar inadecuadamente la tipificación del hecho, no fundamenta la conclusión a la que arriba. Igual resultado en cuanto a la participación de sus defendidos, en cuanto esgrime respecto a uno de ellos –Juan- un grado de participación que si bien resulta posible, tampoco se encuentra fundado. En lo atinente al restante co-imputado – Pedro- resulta erróneo su encuadramiento, caracterizándose por inmotivado.
 B) Lenguaje jurídico: Elemental.
C) Estructura formal: Escapa al formato ritual, si bien reúne los requisitos mínimos. Redacción confusa y desordenada.
TOTAL: 12 puntos.13 - POSTULANTE ABC:
A) Planteo o, fundamentación dogmática, jurisprudencia y solución: Deficiente en cuanto no analiza la calificación del hecho ni el grado de participación, limitándose a una mera mecánica de transcripción de la prueba, consecuentemente, sin efectuar ninguna cita doctrinaria ni jurisprudencial.
B) Lenguaje jurídico: Mínimo indispensable.
C) Estructura formal: En cuanto al aspecto procesal no guarda los requisitos formales ni sustanciales mínimos al sustentar su planteo en normas de una ley  no vigente –Ley 9754-. Concreta un petitorio inconsecuente con el acto procesal que se trata.
TOTAL: 5 puntos.14 - POSTULANTE OWX
A) Planteo o, fundamentación dogmática, jurisprudencia y solución: Si bien hace una somera descripción del caso y de la prueba, carece absolutamente de análisis del tipo y de los grados de participación. Omite consignar normas penales y procesales atinentes. Concluye de manera confusa e ilógica a la solución del caso.
B) Lenguaje jurídico: Inadecuado y coloquial.
C) Estructura formal: Carece de la misma.
TOTAL: 3 puntos.15 - POSTULANTE DAF:
A) Planteo o, fundamentación dogmática, jurisprudencia y solución: No efectúa consideración alguna en cuanto a la calificación típica, autoría y ni siquiera analiza la prueba del caso. Carece de desarrollo, no formula conclusión de ningún tipo.
B) Lenguaje jurídico: Vulgar.
C) Estructura formal: Inexistente.
TOTAL: 1 punto.No siendo para más, a las 19:15 horas, se cierra la presente firmando al pie los jurados técnicos intervinientes.

__________________             ___________________           _________________
Dr. Alejandro M. Giorgio         Dr. Roberto López Arango         Dra. Patricia L. Pérez

Siendo las 19:15 horas se hace presente el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura, y recibe de los Jurados la presente Acta de Calificación.

Acta

En la Ciudad de Paraná, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil ocho, siendo las 10:10 horas, encontrándose presente el Dr. Gustavo O. Castiglioni en su carácter de Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos y los Sres. Consejeros Dr. René Sadi Bonfils, en su carácter de Vicepresidente, Sra. Carla Cusimano, Sr. Tristan Uranga y Sr. Pablo Sebastián Jesús Usatinsky. También se encuentran presentes los Dres. Martín Cabrera, Juan Alberto Jojot, Mauricio Marcelo Mayer, Luis Pedemonte, Juan Carlos Rubio Pérez y María Lucrecia Sabella. El Secretario General procede a dar lectura del Acta de calificación de las Pruebas de Oposición de los Concursos Públicos Nºs. 62 y 63 destinados a cubrir respectivamente dos (2) cargos de Defensor para las Defensorías de Pobres y Menores Nº 4 y Nº 10 de la ciudad de Paraná –ambas con competencia Penal- y un (1) cargo de Defensor para la Defensoría de Pobres y Menores Nº 3 de la ciudad de Gualeguaychú –con competencia Penal, Incapacidades e Internaciones- y, seguidamente, a realizar el acto de apertura de sobres y correlación entre los postulantes, sus exámenes y las claves otorgadas, de acuerdo a lo previsto en el art. 32 último párrafo del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo. A continuación se efectúa la apertura de los sobres que contienen las hojas institucionales entregadas a cada concursante en el momento de rendir la mencionada prueba y de los sobres que contienen los datos personales de cada concursante y que establecen la relación entre la clave alfabética asignada y calificada, la clave numérica y la identidad del postulante. De los mismos surge que corresponde: 1) CLAVE “JKU” – SOBRE Nº 015 – Dr. Lisandro BEHERAN- - 36 PUNTOS; 2) CLAVE “BCO” – SOBRE Nº 012 – Dr. Arturo Ezequiel DUMON- 32 PUNTOS; 3) CLAVE “GHA” – SOBRE Nº 003 – Dr. Mauricio Daniel DERUDI - 30 PUNTOS; 4) CLAVE “IPQ” – SOBRE Nº 007 – Dr. Luis PEDEMONTE - 29 PUNTOS; 5) CLAVE “GUH” – SOBRE Nº 014 – Dr. Martín CABRERA - 27 PUNTOS; 6) CLAVE “EJK” – SOBRE Nº 004 – Dr. Pablo Rubén LEDESMA - 25 PUNTOS; 7) CLAVE “UDF” – SOBRE Nº 013 – Dr. Mauricio Marcelo MAYER - 23 PUNTOS; 8) CLAVE “LEM” – SOBRE Nº 005 – Dr. Omar Javier OVANDO - 23 PUNTOS; 9) CLAVE “RIS” – SOBRE Nº 008 – Dra. Susana María Paola FIRPO - 22 PUNTOS; 10) CLAVE “ÑOE” – SOBRE Nº 006 – Dra. Silvia Beatriz Margarita GHIORZO - 21 PUNTOS; 11) CLAVE “TUI” – SOBRE Nº 009 – Dra. María Lucrecia SABELLA - 21 PUNTOS; 12) CLAVE “YOZ” – SOBRE Nº 011 – Dr. Juan Alberto JOJOT  - 12 PUNTOS; 13) CLAVE “ABC” – SOBRE Nº 001 – Dr. Julián Alfredo DUARTE - 5 PUNTOS; 14) CLAVE “OWX” – SOBRE Nº 010 – Dr. Juan Carlos RUBIO PEREZ - 3 PUNTOS; 15) CLAVE “DAF” – SOBRE Nº 002 – Dr. José Darío OMAR- 1 PUNTO. En éste mismo acto se dan por notificados de las calificaciones obtenidas los Dres. Martín Cabrera, Juan Alberto Jojot, Mauricio Marcelo Mayer, Luis Pedemonte, Juan Carlos Rubio Pérez y María Lucrecia Sabella, a los fines dispuestos en el art. 33, 2do. párrafo del R.G.C.P.; con lo que se concluye firmando los antes mencionados.

 

 

 

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