Uno de los mayores problemas que se debe afrontar en este nuevo período constitucional que se abre, tiene que ver con devolver la credibilidad y confianza social en las instituciones del Estado, luego de casi un lustro de postergaciones, frustraciones, indiferencias, fracasos y desilusiones, producto de la crisis económica, social y política de los últimos años.

La creación de un Consejo de la Magistratura se enmarca en ese objetivo. No  se trata de una mera promesa de campaña, sino de una convicción política y social de que el sistema tradicional de selección de jueces ha caducado y que los nuevos tiempos políticos y sociales requerían de un nuevo procedimiento; uno que implemente parámetros más objetivos de selección y que morigere, y hasta anule, la gravitación político – partidista que el sistema anterior de nombramiento dejaba en ciernes, con todas las malas consecuencias que, muchas veces, nos atestiguó la experiencia judicial.

De esta forma, la clase política y la sociedad toda, se comprometió a encontrar mecanismos modernos y democráticos que permitieran recuperar la confianza en la independencia e idoneidad de los jueces, como bases de la autonomía del Poder Judicial.

Esto se vio reflejado particularmente en el mes de noviembre del año 2003, cuando al reclamo político se sumó el de la sociedad civil, a través de las organizaciones intermedias que las nucléan y representan, para evitar que el Senado Provincial diera su Acuerdo constitucional a los más de 30 pliegos para cargos de jueces y otros funcionarios enviados por la anterior gestión, hasta que se implemente un sistema objetivo que permita conjugar las distintas aspiraciones e intereses de los sectores judiciales, políticos, sociales y profesionales.

Fue la sociedad la que clamó por el Consejo de la Magistratura, y su ulterior creación no fue sino un reflejo de ese reclamo.

De esta forma, el Gobernador de la Provincia, sin abdicar de sus atribuciones constitucionales, crea una nueva institucionalidad provincial, reglamentando sus atribuciones por medio de un Decreto que establece un procedimiento objetivo para la valoración de la capacidad, el criterio jurídico, honestidad y contracción al trabajo de los aspirantes a Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, e instituye un sistema de concursos públicos para el ingreso y ascenso para los cargos más altos de la Justicia entrerriana. El nuevo sistema implantado encauza las facultades del Poder Ejecutivo, al crear un organismo asesor en el que participan los distintos sectores que intervienen en el quehacer judicial, con la finalidad de impedir los actos discrecionales en los nombramientos, como así también, y fundamentalmente, procurar la mayor eficacia del órgano judicial al integrarlo con aquellos que se consideren más humana y profesionalmente capaces, probos y prudentes.

Así, este Consejo de la Magistratura está formado por representantes de los Jueces, de los Abogados, de los empleados del Poder Judicial, de las Universidades y de la sociedad civil a través de la Asamblea de Asociaciones Sociales, Profesionales y Gremiales, creada a tales efectos, todos elegidos por el voto directo de los miembros de cada sector. Se limita la participación de los distintos estamentos políticos al mínimo, a uno solo, siendo éste el Secretario de Justicia de la Provincia, como representante del Gobernador en dicho organismo.

Esta autolimitación, o autoreglamentación, de facultades por parte del Poder Ejecutivo se transforma en una medida de carácter revolucionario en nuestra Provincia, destinada a cambiar de aquí en más su institucionalidad, sobre todo, porque el nuevo organismo está compuesto por dos miembros de carácter social, que representan al común de la sociedad civil, como son los representantes de los empleados judiciales y aquel proveniente de la Asamblea de Asociaciones Intermedias. Pero además porque el concurso público, en sus tres instancias (calificación de antecedentes, examen de oposición y entrevista pública) supone un cotejo de condiciones que, además del título, abarca también la vida pública del candidato, permitiendo un control público de quienes luego, ya sea por su profesión o como consecuencia de las interacciones sociales, deberán estar en contacto inmediato con el Juez.

Entonces, el Consejo de la Magistratura, al proponer los candidatos entre los cuales deberá elegir el Poder Ejecutivo, se constituye en un instrumento idóneo de asesoramiento para la selección de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, ya que instrumenta las condiciones objetivas para que haya ecuanimidad en la designación y capacidad y probidad en el designado. De esta forma, será el pueblo de Entre Ríos el beneficiado por un sistema que tiene por objetivo el obtener una mayor eficacia en el órgano que hace a la libertad y seguridad de todos.

 

Dr. José C. Halle
Presidente