Uno de los mayores
problemas que se debe afrontar en este nuevo período constitucional que se abre,
tiene que ver con devolver la credibilidad y confianza social en las
instituciones del Estado, luego de casi un lustro de postergaciones,
frustraciones, indiferencias, fracasos y desilusiones, producto de la crisis
económica, social y política de los últimos años.
La creación de un Consejo
de la Magistratura se enmarca en ese objetivo. No se trata de una mera promesa
de campaña, sino de una convicción política y social de que el sistema
tradicional de selección de jueces ha caducado y que los nuevos tiempos
políticos y sociales requerían de un nuevo procedimiento; uno que implemente
parámetros más objetivos de selección y que morigere, y hasta anule, la
gravitación político – partidista que el sistema anterior de nombramiento dejaba
en ciernes, con todas las malas consecuencias que, muchas veces, nos atestiguó
la experiencia judicial.
De esta
forma, la clase política y la sociedad toda, se comprometió a encontrar
mecanismos modernos y democráticos que permitieran recuperar la confianza en la
independencia e idoneidad de los jueces, como bases de la autonomía del Poder
Judicial.
Esto se vio
reflejado particularmente en el mes de noviembre del año 2003, cuando al reclamo
político se sumó el de la sociedad civil, a través de las organizaciones
intermedias que las nucléan y representan, para evitar que el Senado Provincial
diera su Acuerdo constitucional a los más de 30 pliegos para cargos de jueces y
otros funcionarios enviados por la anterior gestión, hasta que se implemente un
sistema objetivo que permita conjugar las distintas aspiraciones e intereses de
los sectores judiciales, políticos, sociales y profesionales.
Fue la
sociedad la que clamó por el Consejo de la Magistratura, y su ulterior creación
no fue sino un reflejo de ese reclamo.
De esta
forma, el Gobernador de la Provincia, sin abdicar de sus atribuciones
constitucionales, crea una nueva institucionalidad provincial, reglamentando sus
atribuciones por medio de un Decreto que establece un procedimiento objetivo
para la valoración de la capacidad, el criterio jurídico, honestidad y
contracción al trabajo de los aspirantes a Magistrados y Funcionarios del Poder
Judicial, e instituye un sistema de concursos públicos para el ingreso y ascenso
para los cargos más altos de la Justicia entrerriana. El nuevo sistema
implantado encauza las facultades del Poder Ejecutivo, al crear un organismo
asesor en el que participan los distintos sectores que intervienen en el
quehacer judicial, con la finalidad de impedir los actos discrecionales en los
nombramientos, como así también, y fundamentalmente, procurar la mayor eficacia
del órgano judicial al integrarlo con aquellos que se consideren más humana y
profesionalmente capaces, probos y prudentes.
Así, este
Consejo de la Magistratura está formado por representantes de los Jueces, de los
Abogados, de los empleados del Poder Judicial, de las Universidades y de la
sociedad civil a través de la Asamblea de Asociaciones Sociales, Profesionales y
Gremiales, creada a tales efectos, todos elegidos por el voto directo de los
miembros de cada sector. Se limita la participación de los distintos estamentos
políticos al mínimo, a uno solo, siendo éste el Secretario de Justicia de la
Provincia, como representante del Gobernador en dicho organismo.
Esta
autolimitación, o autoreglamentación, de facultades por parte del Poder
Ejecutivo se transforma en una medida de carácter revolucionario en nuestra
Provincia, destinada a cambiar de aquí en más su institucionalidad, sobre todo,
porque el nuevo organismo está compuesto por dos miembros de carácter social,
que representan al común de la sociedad civil, como son los representantes de
los empleados judiciales y aquel proveniente de la Asamblea de Asociaciones
Intermedias. Pero además porque el concurso público, en sus tres instancias
(calificación de antecedentes, examen de oposición y entrevista pública) supone
un cotejo de condiciones que, además del título, abarca también la vida pública
del candidato, permitiendo un control público de quienes luego, ya sea por su
profesión o como consecuencia de las interacciones sociales, deberán estar en
contacto inmediato con el Juez.
Entonces,
el Consejo de la Magistratura, al proponer los candidatos entre los cuales
deberá elegir el Poder Ejecutivo, se constituye en un instrumento idóneo de
asesoramiento para la selección de Magistrados y Funcionarios del Poder
Judicial, ya que instrumenta las condiciones objetivas para que haya ecuanimidad
en la designación y capacidad y probidad en el designado. De esta forma, será el
pueblo de Entre Ríos el beneficiado por un sistema que tiene por objetivo el
obtener una mayor eficacia en el órgano que hace a la libertad y seguridad de
todos.
Dr. José C. Halle
Presidente
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