RESOLUCIÓN Nº 124 C.M.E.R.

PARANÁ, 4 de Mayo de 2006.

                                                                                                                                                                                            

                    

 

 

VISTO:

                       

El artículo 28 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, y;

 

 

CONSIDERANDO:

                                  

Que el día 22 de marzo próximo pasado finalizó el período de inscripción para el Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 25 para elegir tres (3) cargos de Vocal  para la Cámara II y dos (2) cargos de Vocal para la Cámara III, ambos de la sala II, con competencia Civil y Comercial de la ciudad de Paraná

    

Que en general, para la calificación de los antecedentes de los inscriptos se han consensuado determinados criterios con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, con el objetivo de establecer parámetros de equidad que sirvan de guía para la calificación de los antecedentes de los postulantes. Por otro lado, de la propia dinámica resultante de la aplicación de tales pautas y de la variedad de los antecedentes analizados, han surgido nuevos parámetros e interpretaciones que se han ido consensuando a los efectos de garantizar un trato objetivo e igualitario y eliminar cualquier distorsión provocada por la lisa y llana aplicación de aquellas pautas. A tales efectos, se establece que los 28 puntos que prevé el Reglamento para los antecedentes profesionales se desdoblan adjudicando 18 (dieciocho) puntos a la antigüedad en el Poder Judicial y/o en el ejercicio de la profesión de abogado, y 10 (diez) puntos por la especialidad, méritos profesionales y afinidad del concursante con el cargo a concursar, lo cual será medido por lo actuado en su trayectoria profesional. Por otro lado, el puntaje que se asigna se calcula por año o fracción mayor a 6 (seis) meses en cargos en el Poder Judicial o en la matrícula profesional y a aquellos profesionales que presenten antecedentes en ambas categorías, se les sumarán los puntos que le correspondan por cada una de ellas. Cuando se hable de “cargos equiparables” se hace referencia a todos aquellos cargos con igual jerarquía de acuerdo a la Ley Orgánica de Tribunales de la Provincia, leyes de organización judicial de la Nación, y también de otras Provincias.

                                              Que debe aclararse que resultando aplicable la misma escala de puntaje al cómputo de la antigüedad en el cargo de Secretario de Primera Instancia y en el Ejercicio Libre de la Profesión, se ha resuelto realizar el cómputo de la antigüedad de ambos rubros en forma conjunta. También se ha consensuado aplicar el régimen de puntaje de los Delegados Judiciales a los cargos de Relator y Prosecretario Administrativo, ambos de la Justicia Federal o Nacional de la ciudad de Buenos Aires.

 

Que así, los datos ponderados son los que se han tenido por acreditados efectivamente al compulsar los legajos de los postulantes estableciendo, para el cálculo de la “Antigüedad”: I) En el Poder Judicial: 1-Cargos Judiciales anteriores al de Secretario y empleados en general: se otorgan 0.25 puntos por cada año de desempeño a partir de la obtención del título de abogado y 0.45 puntos por cada año de desempeño como delegado judicial o penitenciario. En ningún caso el puntaje total podrá exceder de 4 (cuatro) puntos. 2- Secretarios de primera instancia: por los primeros 5 años: 0.56 puntos por cada año de desempeño, de 5 a 10 años: 0.79 puntos por cada año de desempeño, de 10 a 15 años: 0.90 puntos por cada año de desempeño y más de 15 años: 1.13 puntos por cada año de desempeño. 3- Jueces de Paz de 1era. Categoría y Secretarios de Cámara: se otorgan 1.15 puntos por cada año de desempeño. 4- Defensores de Pobres y Menores, Fiscales de primera instancia, Secretarios del STJ y Relatores: se otorgan 1.25 puntos por cada año de desempeño. 5- Magistrados de primera instancia y Fiscales de Cámara: se otorgan 1.35 puntos por cada año de desempeño. Cuando se concurse para fiscal de Cámara, quienes se desempeñen en ese cargo tendrán el puntaje correspondiente a los magistrados de segunda o superior instancia. 6- Magistrados de segunda o superior instancia: se otorgan 1.6 puntos por cada año de desempeño. II) En el ejercicio liberal de la profesión de abogado: Por los primeros 5 años: 0.56 puntos por cada año de desempeño. De 5 a 10 años: 0.79 puntos por cada año de desempeño. De 10 a 15 años: 0.90 puntos por cada año de desempeño. Más de 15 años: 1.13 puntos por cada año de desempeño

      

Que debe aclararse que dicha antigüedad se computa a partir de la matriculación para los abogados en el ejercicio libre de la profesión  y desde la obtención del titulo de abogado para los empleados y/o funcionarios judiciales. En el caso de haberse desempeñado en ambas categorías se computará la antigüedad a partir de la matriculación o desde la obtención del titulo de abogado según la actividad que en primer lugar haya desarrollado el postulante en cuestión. También se ha resuelto que para aquellos supuestos en que existieren distintas designaciones en forma sucesiva o alternada para un mismo cargo en el Poder Judicial, se sumarán las distintas fracciones de desempeño para establecer la antigüedad final, mecánica que incluso beneficia a quienes han desempeñado cargos judiciales por períodos menores a 6 meses y que luego han sido nuevamente designados en los mismos cargos alcanzando así la fracción mínima para computar un año. Un caso particular a los fines del computo de la antigüedad se ha dado en relación al cargo de Juez de Faltas Municipal, resolviéndose, a partir de una interpretación sui generis de los criterios que se establecerá como calificación final, un promedio entre el puntaje correspondiente al ejercicio liberal de la profesión y el establecido para los Jueces de Paz, dado que se trata de un cargo para el cual es necesario el titulo de abogado y cuya mecánica para el nombramiento en el cargo es semejante a la vigente para algunos funcionarios de la provincia (designación por el Poder Ejecutivo y acuerdo del Consejo Deliberante). 

      

Que con respecto a la Especialidad acreditada por los concursantes en relación al cargo que se concursa, ésta será calificada con un máximo de diez (10) puntos, aplicándose para su cálculo el mismo mecanismo que el utilizado para el cálculo de la antigüedad. La diferencia es que solo serán objeto de cálculo exclusivamente los años que el postulante pruebe efectivamente haberse desempeñado en la especialidad vinculada con el cargo que se concursa. El puntaje obtenido será porcentuado con relación al total de la "Antigüedad", para luego ser aplicado dicho porcentaje a un máximo de 7 puntos, reservándose 3 puntos del total previsto en este rubro, para la evaluación del  mérito profesional y las calidades técnicas del aspirante. Con respecto a éste rubro de los antecedentes, se ha consensuado que, en aquellos supuestos en los que el postulante acredite el máximo correspondiente al rubro “Antigüedad” (18 puntos) en la misma especialidad del cargo al que se aspira, se adjudicarán en forma automática los 7 puntos máximos, independientemente del mérito con el que se hubiere desempeñado.

 

Que con relación a los Antecedentes Académicos, se ha consensuado asignar puntaje a las publicaciones de autoría de los postulantes, atendiendo a la calidad, rigor científico, trascendencia jurídica, vinculación con la labor que demande la vacante a cubrir y eventualmente su calidad. Por este ítem, que no tiene una escala previa, se podrá asignar una cantidad de puntos hasta alcanzar el máximo de 12, según las pautas precedentemente descriptas. Por el ejercicio de la docencia, se podrán establecer hasta 4 puntos, dependiendo de si las horas se obtuvieron por concurso o por designación directa, y también de acuerdo a que las materias que se dicten tengan relación con la especialidad del cargo que se concursa. En ningún caso el puntaje podrá exceder de 7 puntos por el ítem.  Para adjudicar el puntaje correspondiente, se requiere una antigüedad mínima de  3 años y, de no reunirse este requisito, se aplica el que resulte inmediato anterior. También se otorgarán puntos por los Doctorados completos (hasta 4 puntos), Maestrías (hasta 2,80 puntos), Especializaciones (hasta 2,40 puntos) y cursos de postgrados (hasta 1,60 puntos de acuerdo a la cantidad de cursos realizados y siendo requisito su culminación con un trabajo o evaluación final). El puntaje aplicable correspondiente a los doctorados, maestrías y especializaciones, dependerá de si el mismo es encuadrable dentro de la misma especialidad, la misma rama del derecho o si corresponde a otra rama del derecho del cargo concursado, según el criterio de los consejeros. En el caso de la maestría o especialización concluida sin que se haya otorgado el diploma y/o aprobado la tesina o trabajo final, los consejeros le podrán otorgar el puntaje que corresponda, según el caso, el que será inferior al que correspondería en el caso de existir el titulo pertinente. Con relación a los doctorados y/o maestrías y/o especializaciones no acreditadas por la CONEAU, se reducirá el puntaje aplicable en un 25%. Todo otro antecedente académico no mencionado previamente será específicamente valorado y calificado de acuerdo al criterio de los integrantes del Consejo.

 

Que, también debe mencionarse que respecto del rubro “Antecedentes Académicos”, se han presentado situaciones particulares no previstas con anterioridad que han debido ser consensuados por este Consejo bajo nuevos lineamientos objetivos. Así, para el caso de la docencia universitaria en el carácter de “Profesor Tutor”, se ha considerado que corresponde asignar la misma puntuación prevista para la enseñanza universitaria como “Ayudante por Designación Directa en otra rama del Derecho” (0,40 puntos) dado que el sistema de tutorías le da al docente en cuestión la categoría de “profesor de consultas” pero no implica el dictado en forma regular de cursos y clases, ni la dirección de una cátedra determinada, por lo que no resulta equiparable a los profesionales docentes que tiene cursos a su exclusivo cargo, como es el caso de los docentes universitarios titulares o adjuntos. También con relación al ejercicio de la docencia pero en los niveles secundario y terciario, se ha convenido que al dictado de distintas materias en cada uno de los mismos, se le asigne un puntaje global total de 0,25 puntos para cada uno de dichos niveles. Con relación al título de Procurador Judicial, no siendo encuadrable por su naturaleza como un titulo o estudio de postgrado y quedando el mismo subsumido en el título de abogado, no se le acuerda un puntaje especial. Otro tanto ocurre con el título de Notario, si el mismo se ha obtenido conforme el plan de estudios antes vigente, con anterioridad a la obtención del título de abogado. En cambio si el titulo de Notario ha sido obtenido con posterioridad a la obtención del de abogado, el mismo resulta calificable como una especialización, resultando el puntaje aplicable en atención a la vinculación con el cargo concursado. Por otro lado, se ha consensuado calificar la posesión de otros títulos terciarios con 0,50 puntos, y otros títulos universitarios con 1 punto. Con relación al título de Mediador, su calificación depende de que si el mismo ha sido expedido por la Escuela de Mediadores dependiente de la Dirección Nacional de Medios Alternativos de resolución de Conflictos, Secretaria de Asuntos Técnicos y Legislativos del Ministerio de Justicia de la Nación, supuesto en que corresponden 0,50 puntos y si ha sido expedido por otra institución aunque tenga reconocimiento por el mencionado Ministerio, al cual se le asignará un puntaje inferior dependiendo de la carga horaria del curso. Con relación a los Cursos Anuales de Capacitación de Magistratura Judicial organizados por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”, se ha acordado establecer una diferencia de puntaje entre aquellos postulantes que acrediten la mera asistencia a los mismos y aquellos que acrediten su aprobación, correspondiendo un puntaje mayor a éstos últimos.

 

Que, finalmente, no debe dejar de destacarse que éstos Criterios consensuados constituyen normas interpretativas de carácter interno, no estrictamente vinculantes, pero que se han elaborado a los fines de aplicar pautas objetivas similares en los diferentes concursos y respecto a todos los postulantes. Lo antes expresado se condice con la finalidad última de la creación de éste organismo, que no es otra que  dar mayor transparencia y objetividad en la discusión de las condiciones de los candidatos en un concurso público de antecedentes y oposición, cuya inscripción es abierta a todos los profesionales que cumplan con los requisitos constitucionales y legales establecidos para acceder a la magistratura provincial.                                                                   

 

Que de ésta forma, se analizan a continuación los antecedentes de cada uno de los postulantes, según orden alfabético, debiendo aclararse que si bien ha sido recepcionada y analizada toda la documentación adjuntada a las respectivas solicitudes de inscripción, solamente se ha hecho mención en los párrafos sucesivos de aquella presentada en tiempo y forma y que ha resultado relevante, a criterio de éste Consejo, a los fines de la calificación de los mismos.

 

Que por otro lado, debe aclararse, que mediante Resolución Nº 10/06 del Secretario General se ha dispuesto rechazar la inscripción de la Dra. Maria Gabriela Tepsich, D.N.I 14.160.620, por no cumplir con los requisitos formales de inscripción establecidos en el artículo 21 del Reglamento).

                                  

Que asimismo, debe tenerse presente que en el caso de aquellos postulantes que ya hubieren sido calificados con iguales parámetros, en razón de haber participado en otros Concursos Públicos organizados por éste Consejo, no se estima adecuado modificar los puntajes oportunamente asignados, salvo en aquellos casos en que se hayan aportado nuevos elementos en los respectivos expedientes que así lo meritúen.

                               

Que de acuerdo a las pautas ya mencionadas, corresponde establecer las calificaciones de los profesionales inscriptos, resultando:

 

La Dra. ALBORNOZ, ELENA BEATRIZ (D.N.I. 14.215.956, expediente Nº 137): Nació en la ciudad de Gualeguaychú (Entre Ríos), el 22/07/1961. Tiene 44 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 18/08/1983. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 4/11/1983, encontrándome la misma actualmente vigente (computa 21 años). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de Entre Ríos el 7/02/1995, desempeñando los cargos de: Secretaria suplente en los Juzgados Civil y Comercial Nº 1 y Nº 8 de Paraná (no computa). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio de la profesión adjunta listado de aportes emitido por la Caja Forense de la provincia de Entre Ríos y poderes otorgados por “Bank Boston Nacional Association” y por la “Asociación Mutual del Personal del Boletín Oficial e Imprenta de la Provincia de Entre Rios”. Es alumna regular del Doctorado en Derecho que se dicta en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. Realizo el VI Curso de Posgrado en Derecho, Política y Criminología, en la especialidad de Derecho Civil, en la Universidad de Salamanca. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo que se concursa. Ha participado en calidad de disertante y/o expositora en numerosos eventos científicos, vinculándose varios a la especialidad del cargo concursado. Publicó un artículo de la revista del Instituto de Cooperación de Educación y Asistencia Técnica Idelcoop (en el Nº 107/1997) sobre la reforma de la Ley 20337. Es coautora del libro “Intervención del Profesional en Ciencias Económicas en el Proceso Judicial” editado por el Instituto del Derecho del Trabajo y la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Entre Rios; y del Digesto de la Empresa sin fines de lucro- Cooperativas, Mutuales, Fundaciones, Comunidades Vecinales, Asociaciones en General editada por la Imprenta Oficial de Entre Rios. Por otro lado, se desempeñó como profesora adjunta en las materias Derecho Privado II, III y Derecho Público en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Entre Ríos; como Jefa de Trabajos Prácticos de Civil III en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.N.L. y actualmente es profesora asistente en la materia Derecho Civil III en la Facultad de Derecho de la  Universidad Católica Argentina- Subsede Paraná. En resumen, la Dra. Elena Beatriz Albornoz, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 18 puntos por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad 5,1 puntos; por Antecedentes Académicos 7,9 puntos; TOTAL:  31  puntos.

 

La Dra. ARAGÓN ZWIENER, ESTELA ALEJANDRA (D.N.I. 16.360.795, expediente Nº 125): Nació en la ciudad de Concordia (Entre Ríos), el 18/08/1963. Tiene 42 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral (U.N.L.), el 23/12/1985. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos (C.A.E.R.),  en el Colegio de Abogados y Procuradores de la ciudad de San Luis, Colegio de Abogados de Santa Fe y en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, desempeñando actualmente el ejercicio libre de la profesión (computa 11 años). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de San Luis el 28/04/1989, desempeñando los cargos de: Secretaria de Primera Instancia a cargo de la Dirección de Archivo Judicial y Juicios Universales (no computa); Secretaria de Primera Instancia del Juzgado Civil, Comercial y Minas Nº 1, Nº 3 y Nº 4 y del Juzgado Laboral Nº 1 (computa 9 años). No registra sanciones disciplinarias. Cabe aclarar que el computo de la antigüedad en el Ejercicio Libre de la Profesión y en el cargo de Secretario de Primera Instancia se realiza en forma conjunta (computa de tal manera un total de 20 años). A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta listado de causas judiciales en las que interviniera (manifestando que no existe Caja Forense en la provincia de San Luís), numerosos poderes Generales y Especiales para actuar en juicios y asuntos administrativos, y escritos de elaboración técnica de su autoría, correspondientes a juicios en que participara en virtud de los poderes mencionados. La postulante se desempeño como Asesora Letrada de la Municipalidad de San Luís. Además, fue designada abogada ad-honorem por el Observatorio de Derechos Humanos para el seguimiento y monitoreo de causas vinculadas al Poder Judicial  de la provincia de San Luís y Conjuez por el Tribunal en lo Criminal Federal de San Luís. Finalizó la carrera de postgrado de “Especialización en Derecho Procesal” que se dictara en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.N.L. y de “Docencia Universitaria” que se dictara en la Universidad Católica de Cuyo. Realizó el “Curso Universitario” de Postgrado en la Fundación Universidad Nacional de San Luís y el Colegio de Abogados de San Luís. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculado con la especialidad del cargo concursado. Participó como disertante en Mesa Redonda con motivo de pasantías para Jóvenes Abogados en Fiscalia de Estado sobre fuero Civil: Principales características del proceso civil, dictó dos conferencias sobre “Formalidades de las pericias judiciales” organizada por el Colegio de Psicólogos de San Luís, y dictó un curso de Práctica Profesional para Jóvenes Abogados, Colegio de Abogados y Procuradores de la ciudad de San Luís. Ejerció la docencia como ayudante en la cátedra “Derecho Laboral y Legislación Social” de la carrera de Contador Público (Universidad Católica de Cuyo). En resumen, la Dra. Estela Alejandra Aragón Zwiener, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 16,9 puntos; por Especialidad 5,70 puntos; por Antecedentes académicos 5,40 puntos; TOTAL: 28 puntos.

 

La Dra. ARANGUREN, BEATRIZ ESTELA (D.N.I. 14.998.908, expediente Nº 006): Nació en la ciudad de Neuquén (Neuquén), el 15/06/1963. Tiene 42 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 16/05/1991. Ingresó al Poder Judicial de la Nación el 01/06/1988, desempeñando a partir de la obtención del título de abogado los cargos de: Auxiliar superior de 6ta. y Auxiliar Superior Relatora (computa 1 año) y actualmente Secretaria titular de la Secretaría Civil, Comercial, Laboral y Leyes Especiales Nº 2 del Juzgado Federal de Concepción del Uruguay (computa 14 años). Es integrante de la lista de Conjueces Ad Hoc del Juzgado Federal de Primera Instancia de Concepción del Uruguay, habiendo sido designada Juez Federal en varias oportunidades y se desempeñó en el cargo de Secretaria de Cámara durante la feria judicial de 2006. Adjunta sentencias dictadas durante su desempeño como Juez Federal subrogante y proyectos de sentencias utilizadas como base para las sentencias definitivas dictadas por el Juez Federal Titular. También, agrega estadística de la Secretaría a su cargo y copia de informes correspondientes a las inspecciones realizadas por la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Paraná. La profesional se encuentra inscripta en el segundo año de la carrera de “Especialización en Magistratura” que se dicta en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario, habiendo aprobado dos materias. Aprobó el Curso de Actualización en Derecho Procesal Civil, organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Argentina –subsede Paraná-. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo concursado. Realizó nota a dos fallos, encontrándose uno aceptado par su publicación en editorial La Ley y el otro publicado  en la Ley Litoral, año 10, Nº 2 de 3/2006. La profesional se desempeño como docente adjunta en las cátedras “Derecho Privado I” y “Derecho Procesal” en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Concepción del Uruguay. En resumen, la Dra. Beatriz Estela Aranguren, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 10,60 puntos; por Especialidad 5,20 puntos; por Antecedentes académicos 4,70 puntos; TOTAL:  20,50 puntos.

 

El Dr. ARIAS, ALBERTO JOSÉ (D.N.I. 8.416.557, expediente Nº 039): Nació en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 11/06/1946. Tiene 59 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires, el 19/04/1982. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos, el 16/07/1982 (computando 23 años), encontrándose la misma actualmente vigente. No registra sanciones disciplinarias. El profesional se desempeña como Jefe del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Concordia desde 1990 y como Asesor Letrado de distintas instituciones de la ciudad de Concordia como la Cruz Roja y  Liga Argentina de lucha contra el cáncer (L.A.L.C.E.C),  entre otros. A fin de fundar su desempeño profesional en la especialidad del cargo que concursa, adjunta listado de aportes a la Caja Forense de Entre Ríos y escritos judiciales en los que ha  actuado como abogado de parte, entre los mismos un Recurso de Inaplicabilidad de Ley interpuesto contra una sentencia dictada por la Sala Civil y Comercial de la Cámara de Apelaciones de Concordia y  la sentencia que lo concediera. Ejerció la docencia en el nivel medio durante 12 años y actualmente lo hace en el nivel terciario (desde 1999). También es profesor titular de la escuela de Enfermería en la asignatura “Formación Cívica y organización de la Familia” desde 1986. Obran en su expediente trabajos de investigación sobre el régimen procesal para la adopción y sobre la inscripción de los nacimientos. Acompaña copia de artículos de su autoría publicados en el periódico “El Heraldo” de la ciudad de Concordia  y en revista “La Ley Litoral”, “El Derecho”, “Nuevo Derecho” y “Doctrina Judicial” de Ed. La Ley.  Manifiesta que un trabajo de su autoría titulado “De la verdadera identidad, estado civil y capacidad de las personas y su inscripción cabal en un único Registro Nacional” ha sido derivado a imprenta no encontrándose aún editado, por lo cual adjunta una impresión informática y un CD de imágenes que acompañaran a la mencionada edición.  Por otro lado, acredita su participación activa en la elaboración de varios proyectos de leyes que regulan el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas de Entre Ríos. Conforme lo presentado en el expediente no reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos de la misma especialidad al cargo concursado. En resumen, el Dr. Arias, Alberto José obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de Antecedentes un puntaje, por Antigüedad 18  puntos por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad 3 puntos; por Antecedentes Académicos 2,5 puntos. TOTAL: 23,5 puntos.

 

La Dra. BASALDÚA, GRACIELA AIDA (D.N.I. 05.716.272, expediente Nº 128): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 23/09/1948. Tiene 57 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 15/12/1975. Ingresó al Poder Judicial de Entre Ríos el 24/09/1971, desempeñando los cargos de: Escribiente Mayor del Juzgado Civil y Comercial Nº 4 de Paraná, Secretaria Suplente de la Cámara Tercera en lo Laboral de Paraná, Secretaria Provisoria del Superior Tribunal de Justicia y Agente Fiscal Suplente de la Fiscalia de Primera Instancia de Paraná (no computa); Secretaria de los Juzgado Civil y Comercial Nº 3 y Nº 4 de Paraná (computa 17 años); Juez de los Juzgados Civil y Comercial Nº 2 (Titular), Nº 3, Nº 4 y Nº 5 de Paraná (computa 13 años); Vocal Suplente de la Excma. Cámara Segunda – Civil y Comercial- Sala I de Paraná y actualmente Vocal a cargo de Despacho de la Excma. Cámara Segunda – Civil y Comercial- Sala II de Paraná (computa 1 año). Le fue aplicada una Sanción de Apercibimiento por Acuerdo General (29/08/78). Adjunta a su expediente  cinco (5) sentencias dictadas durante su desempeño como Juez de Primera Instancia con las respectivas sentencias de Cámara que las confirman, cuadro estadístico correspondiente a los últimos cinco (5) años de su desempeño en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 y en la Cámara Segunda – Sala II – y estadísticas mensuales del Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de Paraná. Acredita la publicación de una sentencia que dictara sobre “Responsabilidad de la Prensa”, realizada por ADEPA (Noticiario de la Prensa Nacional), y en “El Derecho”, comentada por Germán Bidart Campos. Por otro lado, acredita el mínimo de asistencia a eventos científicos en la misma especialidad del cargo concursado. Cursó y aprobó el examen final de la carrera de “Especialización en Derecho de Daños” que se dicta en la Universidad Nacional del Litoral, quedando pendiente la presentación de la Tesis. Realizó el Profesorado de Enseñanza Media y Superior con la Especialidad en Ciencias Jurídicas y Sociales que se dicta en la Facultad de Ciencias de la Educación de la UNER y el Curso de Capacitación en Mediación dictado por la Escuela de Capacitación, Docencia y Difusión “Oyanguren Rabinovich & Asociados” habilitada por el Ministerio de Justicia de la Nación. Asistió en forma completa al “Curso Anual de Capacitación de Magistratura Judicial” – Ciclos 2004 y 2005- organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos Dr. Juan Bautista Alberdi. Realizó el curso de Posgrado en Docencia Universitaria, Seminario “Problematización de las Prácticas Docentes en la Cátedra Universitaria”, organizado por la Universidad Nacional de Entre Ríos. Es autora de un artículo sobre “Fraude en el Derecho de Familia” realizado en colaboración con el libro a editar por el Departamento Jurídico de la Facultad de Ciencias Económicas, titulado “Fraude y Simulación en el Derecho Privado”. Se desempeñó como docente del nivel medio en el colegio “Liceo Nacional” en la materia “Introducción Cívica” y en el nivel universitario como profesora adjunta de la cátedra Derecho Privado en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Entre Ríos. En resumen, la Dra. Graciela Aída Basaldua, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 18 puntos por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad 9 puntos; por Antecedentes Académicos 7 puntos; TOTAL: 34 puntos.

 

El Dr. BENEDETTO, OSCAR DANIEL (D.N.I. 6.069.532, expediente Nº 136): Nació en la ciudad de Charata (Chaco), el 3/06/1947. Tiene 48 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de Rosario de la Universidad Católica Argentina, el 23/12/1971. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 5/04/1972, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 34 años). No registra sanciones disciplinarias. Durante el ejercicio libre de su profesión presto servicios como representante legal del Banco de la Nación Argentina y fue asesor letrado de la Municipalidad de Victoria. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio de la profesión adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Rios, del cual surge que el postulante participo mayoritariamente en causas relacionadas con la especialidad del cargo concursado. Adjunta cuatro (4) piezas de elaboración técnica de su autoría. También acompaña sentencia dictada durante su desempeño como Juez Ad Hoc de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, la cual fue confirmada por la Excma. Cámara de Apelaciones de Paraná. Obtuvo el titulo de Mediador Nacional, emitido por la Secretaria de Asuntos Técnicos y Legislativos del Ministerio de Justicia de la Nación. Participo en carácter de disertante en varios eventos científicos vinculados a la especialidad del cargo que se concursa. Es coautor con el Dr. Néstor J. Musto del  “Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Entre Rios comentado, concordado y con jurisprudencia”. También se han publicado cuatro (4) artículos doctrinarios de su autoría en diferentes revistas especializadas (Zeus, Delta T.36 y T. 85 y La Ley). Se desempeño como docente terciario en las asignaturas Historia, Formación Civica, y Derecho Administrativo en el Instituto John F. Kennedy y actualmente ejerce la docencia universitaria en la cátedra Derecho Procesal Civil y Comercial en la Universidad Católica Argentina- Subsede Paraná. En resumen, el Dr. Oscar Daniel Benedetto, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 18 puntos por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad 9 puntos; por Antecedentes Académicos 5 puntos; TOTAL:  32  puntos.

 

El Dr. CROUX,  ROBERTO (DNI Nº 11.029.873, expediente Nº 127): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 5/08/1953. Tiene 52 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral el 4/03/1987. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 15/05/1987, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 14 años). Ingresó al Poder Judicial  de la provincia de Entre Ríos el 22/12/2000, habiéndose desempeñado hasta la actualidad como Juez titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 5 de la ciudad de Paraná (computa 5 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión presenta listado de aportes emitido por la Caja Forense  de la provincia de Entre Ríos. Se desempeño como apoderado del Banco Hipotecario Nacional desde 1988 hasta el 2000. Adjunta copia de cinco sentencias que dictara y estadística del Juzgado respectivo. Obtuvo el título de “Especialista en Derecho Comercial- área Derecho Bancario” en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. Asistió en forma completa al “Curso Anual de Capacitación de Magistratura Judicial”, ciclos 2003 y 2004, organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial  de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. Realizó un curso de postgrado sobre Información y Actualización en Derecho Procesal Penal. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo concursado. Fue disertante en el Segundo Encuentro de Martilleros Públicos de la Provincia de Entre Ríos. Es integrante de la comisión para la reforma del Código Procesal Civil de la provincia. En resumen, el Dr. Roberto Croux, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes, un puntaje por Antigüedad de 17,1 puntos; por Especialidad 8,3 puntos; por Antecedentes Académicos 3,6 puntos. TOTAL: 29 puntos.

 

El Dr. DEL VALLE, RAÚL ALBERTO (DNI Nº 11.897.960, expediente Nº 131): Nació en Capital Federal, el 24/09/1955. Tiene 50 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Políticas, Jurídicas y Económicas de la Universidad del Museo Social Argentino el 28/07/1980. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 10/03/1984 encontrándose la misma actualmente suspendida (computa 3 años). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de Provincia de Entre Ríos el 21/09/1981 desempeñado los cargos de: Juez de Paz de Victoria (computa 2 años), Juez Civil y Comercial de Victoria (computa 19 años) y Vocal de la Cámara III Laboral – Sala II- de Paraná, cargo que ocupa actualmente (no computa). No registra sanciones disciplinarias. Adjunta a su expediente copia de dos sentencias dictadas durante su desempeño como Juez y de una sentencia de Cámara que confirmara una de las resoluciones mencionadas. También agrega estadística del juzgado correspondiente al lapso de su desempeño. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo concursado. Por otro lado, curso y aprobó las materias correspondientes al primer y segundo año de la carrera de Especialización para la Magistratura dictada en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales del Rosario de la Universidad Católica Argentina. Asistió en forma completa al Curso Anual de Capacitación de la Magistratura Judicial – Ciclos 2003 y 2005- dictado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi” y aprobó el ciclo 2004. En resumen, el Dr. Raúl Alberto del Valle, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes, un puntaje por Antigüedad 18 puntos por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad 9 puntos; por Antecedentes Académicos 3 puntos. TOTAL: 30 puntos.

 

El Dr. FIOROTTO, OSVALDO PABLO (DNI Nº 16.233.408, expediente Nº 134): Nació en la ciudad de Larroque, departamento Gualeguaychú (Entre Ríos), el 20/10/1962. Tiene 43 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires el 30/11/1988. Se matriculo en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 10/07/1989, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 7 años). Ingresó al Poder Judicial  de la Provincia de Entre Ríos el 21/06/1996 habiendo desempeñado los cargos de: Secretario suplente del Juzgado del Trabajo Nº 2 de Gualeguaychú (computa 4 años) y Juez titular del Juzgado Civil y Comercial de Gualeguay – cargo que ocupa actualmente- (computa 6 años). Durante su desempeño en el Poder Judicial no registra sanciones disciplinarias. Cabe aclarar que el cómputo de la antigüedad en el Ejercicio Libre de la Profesión y en el cargo de Secretario de Primera Instancia se realiza en forma conjunta (computa de tal manera un total de 11 años). Adjunta copias de sentencias que dictara durante su desempeño y de sentencias de Cámara que confirman los fallos respectivos. También agrega estadística del Juzgado correspondiente al periodo de su desempeño en el cargo. Por otro lado, se desempeñó como Concejal de la Municipalidad de Larroque durante el periodo de 1991 al 1995. Se encuentra cursando el segundo año y ha aprobado las materias correspondientes al primer año de la “Maestría en Derecho y Magistratura Judicial” que se dicta en la Universidad Austral. Publicó dos trabajos doctrinarios en coautoría, uno titulado “El monotributo y su impacto social” publicado en la revista de Impuestos 1999 –B, 2492, de Editorial La Ley S.A. y el otro titulado “La reforma Laboral y la nueva cuestión social” publicado en el Tº 88 de la Revista de Jurisprudencia y Doctrina que edita Delta Editora. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo concursado. Fue disertante en el curso de Capacitación de Practica Laboral organizado por la Facultad de Bromatología de la Universidad Nacional de Entre Ríos. Se desempeñó en el Instituto de Nivel Medio “Nuestra Señora del Perpetuo Socorro” de Larroque Entre Ríos. Asistió en forma completa al Curso Anual de Capacitación en Magistratura Judicial – Ciclos 2001 y 2002- organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. En resumen, el Dr. Osvaldo pablo Fiorotto, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes, un puntaje por Antigüedad de 15,75 puntos; por Especialidad 4,1 puntos; por Antecedentes Académicos  3,65 puntos. TOTAL: 23,5 puntos.

 

El Dr. GALANTI, VIRGILIO ALEJANDRO (D.N.I. 14.718.452, expediente Nº 138): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 17/06/1963. Tiene 42 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 18/12/1986. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 03/04/1987, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 19 años). También acredita estar matriculado en el Fuero Federal. No registra sanciones disciplinarias. El postulante es apoderado del Instituto Autárquico Provincial del Seguro (I.A.P.S.E.R.), de la Federación Patronal Seguros S.A., de W.G. Sistemas de Comunicaciones S.R.L., de Wenceslao Fausto Gimenez, Navarro y Compañía Sociedad de Responsabilidad Limitada, de Navarro Pinturas de Victor Enrique Macchi, de Lavimar Sociedad Anónima, de M & M S.A., de Distribuidora Cristal Sociedad de Responsabilidad Limitada, de Senn y Cia. Sociedad de Hecho, de Sociedad Anónima de Servicios Fúnebres de Entre Ríos (S.A.F.E.R.) y de Walter Felipe Jiménez. También fue apoderado del ex Sanatorio Rivadavia S.A.. Por otro lado, también se desempeñó como Asesor Legal en la Secretaría de Justicia de Entre Ríos y de la Fiscalía de Estado de Entre Ríos, siendo designado coordinador (con cargo de Director) de Asuntos  Administrativo del último organismo mencionado. A fin de acreditar su labor con referencia a los poderes mencionados adjunta a modo ejemplificativo facturación realizada a dichos clientes y listado de aportes emitido por la Caja Forense de Entre Ríos del que surge su participación en causas judiciales en función de los poderes mencionados. Asimismo adjunta piezas de elaboración técnica jurídica de su autoría con sus respectivas sentencias en causas judiciales relacionadas a la especialidad. Por otro lado, acredita el mínimo de asistencia a eventos científicos en la misma especialidad del cargo concursado. Participó como disertante en las “Primeras Jornadas de Identidad Profesional” sobre el tema “Mala Praxis”, organizados por la Asociación de Técnicos en Laboratorio de Entre Ríos y dictó un curso sobre “Aspectos jurídicos de los Seguros de Responsabilidad Civil” organizado por la Fundación de Dirigentes de Empresas. También cabe destacar, que fue designado por la Secretaría de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos como coordinador de la Comisión de Reforma del Código Procesal Civil y Comercial de Entre Ríos ya presentado en la Legislatura Provincial para su tratamiento, y encargado por dicho organismo, para la redacción del anteproyecto de creación de la Cámara Contencioso Administrativa en la Provincia de Entre Ríos (cuyo borrador ya ha sido elaborado). Coordinó el Seminario de Reforma de la Constitución de Entre Ríos en 1989 y fue designado miembro de diversas Comisiones a saber: Comisión Provincial abocada al estudio y reformulación de la Ley 4170 Carrera Médico Asistencial, Comisión de Estudios y Ejecución del Proyecto de Federalización y Descentralización Sanitaria de Entre Ríos, Comisión de Estudio y Reformulación de la Ley Provincial de Sangre Nº 8144, Comisión Técnico-Legislativa para el estudio de la Legislación destinada a reglamentar Institutos de Ancianos en Entre Ríos y Comisión Técnica con destino a la Incorporación de los Hospitales Nacionales a la Provincia. En resumen, el Dr. Virgilio Alejandro Galanti, obtiene, conforme los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes, un puntaje por Antigüedad de 15,77 puntos; por Especialidad 8,23  puntos; por Antecedentes Académicos 3,50  puntos. TOTAL: 27,5 puntos.

 

El Dr. IPARRAGUIRRE, CARLOS MANUEL (DNI Nº 14.718.878, expediente Nº 121): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 19/11/1962. Tiene 43 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral (U.N.L.), el 21/12/1995. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 07/06/1996, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (no computa). Ingresó al Poder Judicial de la Nación el 07/02/1983 habiendo desempeñado los cargos de: Oficial Notificador y Oficial de Justicia de la Secretaria Civil y Comercial Nº 2, Escribiente de la Cámara Federal de Apelaciones y Jefe de despacho de la Secretaría Tributaria y Previsional del Juzgado Federal de Paraná, cargo que ocupa actualmente (computa 10 años). No registra sanciones disciplinarias. Obtuvo los títulos de “Especialista en Derecho Procesal Penal”, “Especialista en Derecho Procesal Civil” y “Magíster en Derecho” en la Facultad de Ciencias  Jurídicas y Sociales de la U.N.L. Ha cursado completamente el “Doctorado en Derecho” en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.N.L., quedando pendiente la presentación de la tesis final. También ha finalizado la “Especialización en Docencia Universitaria” dictada en la Facultad de Humanidades dependiente de Universidad antes mencionada. Asistió y aprobó el “Curso de Actualización en Derecho Procesal Civil”, organizado por la Secretaría de Postgrado de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Argentina -Subsede Paraná.  Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo concursado. Fue disertante en la Jornada Preparatoria del XXI Congreso Nacional de Derecho Procesal, expositor en la carrera de Especialización en Derecho Tributario y en el Curso de Actualización y Práctica Profesional y panelista en las charlas preparatorias para las Jornadas de Derecho Procesal en el Mercosur en septiembre y octubre de 1997. Es autor de tres artículos publicados en revistas jurídicas especializadas (“Jurisprudencia Argentina” –Lexis Nexis, “Revista del Mercosur”- Delta Editorial S.R.L. y “Derecho, el periódico de los abogados”). Se desempeña como profesor adscripto en la cátedra “Derecho Procesal Civil y Comercial” de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.N.L. En resumen, el Dr. Carlos Manuel Iparraguirre, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de Antecedentes, un puntaje por Antigüedad de 2,5 puntos; por Especialidad 2 puntos; por Antecedentes Académicos 12 puntos por reducción al tope máximo previsto. TOTAL: 16,5 puntos.

 

El Dr. MAIZTEGUI MARCO, EDUARDO EDGAR (D.N.I. 16.608.396, expediente Nº 043): Nació en la ciudad de Santa Fe (Santa Fe), el 27/05/1973. Tiene 31 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 18/12/1989. Ingresó al Poder Judicial de la Nación el 13/09/1982, desempeñando los cargos de: Auxiliar Superior de Séptima (Escribiente) en la Secretaría Criminal y Correccional Nº 1 del Juzgado Federal de Paraná (computa 1 año) y actualmente es Secretario Civil y Comercial de la Secretaría Nº 1 del Juzgado Federal de Concepción del Uruguay (computa 15 años). No registra sanciones disciplinarias. Adjunta a su expediente copia simple de cuatro (4) proyectos de sentencia que manifiesta fueron de su elaboración técnica y utilizados como base para las sentencias definitivas dictadas por el Juez a cargo del Juzgado Federal de Concepción del Uruguay. También agrega copia certificada de tres (3) informes sobre las inspecciones realizadas por la Excma. Cámara Federal de Paraná a la Secretaría Criminal y Correccional Nº 1. Ejerció la docencia en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción del Uruguay como profesor adjunto en las cátedras “Derecho Civil I” y “Derecho Civil IV” y como profesor titular en las cátedras “Práctica Forense III” y “Práctica Forense I”.En resumen, el Dr. Eduardo Edgar Maiztegui Marco, obtiene, conforme los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes, un puntaje por Antigüedad 11,5 puntos; por Especialidad 5,5 puntos; por Antecedentes Académicos 4 puntos. TOTAL: 21 puntos.

 

El DR. MARFIL, ANDRÉS MANUEL  (D.N.I. 22.402.109, expediente Nº 034): Nació en la ciudad de Concordia (Entre Ríos), el 23/10/1971. Tiene 34 años. Termino los estudios correspondientes a la carrera de abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 12/05/1995. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 01/10/1995, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 10 años). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de Entre Ríos el 25/07/2005, desempeñándose hasta la actualidad en el cargo de Juez titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Federación (computa 1 año). No registra sanciones disciplinarias. Consta en su expediente que fue becado para concurrir a la Universidad Internacional de Andalucía  para realizar un “Master en Derecho Procesal: Proceso Civil y Patrimonio”. Adjunta a su expediente listado  de aportes emitido por la Caja Forense de Entre Ríos y copias de actuaciones judiciales en las que interviniera. Con referencia a su desempeño en el Poder Judicial, agrega copia de cuatro (4) sentencias dictadas en ejercicio de su función.  Obtuvo los títulos de Abogado Especialista en Derecho de la Empresa y de Abogado Especialista en Derecho Procesal Civil, expedidos por la Universidad Nacional del Litoral. Acredita integrar el cuerpo de abogados Mediadores Judiciales del C.A.E.R., encontrándose inscripto en el Registro correspondiente. Aprobó también el curso de “Mediación Familiar” del C.A.E.R.. Asimismo reúne el mínimo requerido de asistencia a eventos científicos vinculados a la especialidad del cargo concursado. Ha ejercido la docencia en nivel terciario en el Instituto Superior de Cooperativismo y Mutualismo de Concordia en las materias de Derechos Humanos y Régimen legal de Cooperativas y Mutuales y es profesor tutor Ad Honorem en la Cátedra Derecho Civil III – Contratos de la carrera de Abogacía de la Universidad Católica de Salta  Subsede Bs.As., Gendarmería Nacional por el sistema no presencial en el Centro Tutorial “Nuestra Señora del Rosario”. También ha dictado dos conferencias sobre “La reforma Procesal Civil Española” una en la ciudad de Concordia y otra en Concepción del Uruguay y ha participado en calidad de disertante del Modulo III del “Ciclo de Actualización y Capacitación en Derecho Procesal – 2003” organizado por Noveles Abogados de Concordia, en el “Ciclo de Actualización en Dcho. Procesal” organizado por el CAER sección Colón;  también en una Jornada sobre “Tutela Jurídica del más débil” y otra sobre “Medidas Cautelares y Procesos Urgentes”, organizado por el CAER sección Federación. Se ha  publicado un artículo de su autoría  titulado “Breve comentario sobre la Tutela del Consumidor” en la revista del C.A.E.R. –Sección Concordia y  en Jurisprudencia de Entre Ríos y de La Corte Suprema de Justicia de la Nación. En resumen, el Dr. Andrés Manuel Marfil, obtiene de acuerdo a los criterios consensuados por éste Consejo para la calificación de antecedentes y que fueran explicitados en párrafos anteriores, un puntaje por Antigüedad de 8,1 puntos; por Especialidad 3,6 puntos; por Antecedentes Académicos 10,3 puntos. TOTAL: 22  puntos.  

 

La Dra. MASTAGLIA, GABRIELA TERESITA (D.N.I. 20.189.280, expediente Nº 120): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 13/08/1968. Tiene 38 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la  Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 18/12/1992.  Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 7/05/1993, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 4 años). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de Entre Ríos el 4/02/1997, desempeñando los cargos de: Relatora de la Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia (computa 4 años) y actualmente es Juez Titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 7 de la ciudad de Paraná (computa 5 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión  adjunta Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Con relación a su desempeño en el Poder Judicial adjunta copia de cinco (5) sentencias que dictara y tres (3) fallos de Cámara confirmatorios. También agrega cuadro estadístico de las causas iniciadas, a despacho y resueltas en el Juzgado donde cumple funciones como jueza. Ha participado en calidad de disertante sobre temáticas vinculadas a la especialidad en varios eventos científicos. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo concursado. Realizó un Doctorado en Ciencias Jurídicas en la Universidad Católica de Santa Fe. Se desempeñó como profesora  adjunta en la materia Derecho Civil II en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Santa Fe y actualmente es profesora adjunta en la materia Derecho Internacional Privado en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Argentina- Subsede Paraná. Por último, la postulante es autor ade numerosos articulos doctrinarios que han sido publicados en revistas jurídicas especializadas (“El Derecho”, “Temas de Derecho Industrial y de la Competencia”, “Aqua & Terre – Bimestrale de Politica Internazionale”, “Duc in Altum”, “Loyola of Los Angeles Internacional & Comparative Law Journal”, “Delta Editora”, “American Society of Internacional Law” y “American Status Which Haven´t Ratified the American Convention on Human Rights”). En resumen, la Dra. Gabriela Teresita Mastaglia, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 13,99 puntos; por Especialidad 6,61 puntos; por Antecedentes académicos 9 puntos; TOTAL: 29,60 puntos.

 

La Dra. OLALLA, ALICIA CECILIA (D.N.I. 14.634.674, expediente Nº 126): Nació en la ciudad de Diamante (Entre Ríos), el 9/06/1962. Tiene 43 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la  Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 13/08/1984.  Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 2/11/1984, encontrándose la misma  actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 3 años). Ingresó al Poder Judicial de Entre Ríos el 4/12/1987, desempeñando los cargos de: Defensora Titular de Pobres y Menores Nº 7- Paraná (computa 18 años), Juez suplente del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 1- Paraná (computa 1 año) y Juez suplente del Juzgado Civil y Comercial Nº 4- Paraná, cargo que desempeña actualmente desde el 13/02/2006. No registra sanciones disciplinarias. En lo que hace a su desempeño en el Poder Judicial adjunta copia de dictámenes emitidos como Defensora Oficial y de dos (2) sentencias dictadas durante su desempeño como Juez suplente en el Juzgado Civil y Comercial Nº 1. También adjunta cuadro estadístico de expedientes dictaminados durante los años 2004/2005. Está cursando un Doctorado en Derecho en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral (del cual tiene aprobado cinco (5) materias). Obtuvo el titulo de Notario en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.N.L. Realizó un curso de postgrado en Filosofía Social y Política “Teorías Políticas del Siglo XX” en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.N.L.. Aprobó el “Curso Anual de Capacitación de Magistratura” -ciclo 2005- organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Rios “Dr. Juan Bautista Alberdi”, habiendo asistido en forma completa al ciclo 2002. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo que se concursa. Acredita la publicación de un dictamen de Primera y Segunda Instancia que emitiera como Defensora. Realizó la nota a un fallo sobre “Alimentos Provisorios durante la tramitación del proceso de filiación”, publicada en La Ley Litoral Año 9, Nº 11 y es autora de una publicación en sección Doctrina y otra en sección Reflexiones Bioéticas, en la pagina web de la Asociación Argentina de Bioética. En resumen, la Alicia Cecilia Olalla, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 18 puntos por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad 6 puntos; por Antecedentes académicos 5 puntos; TOTAL: 29 puntos. 

 

La Dra. PEREMATEU, SILVIA EVANGELINA (L.C. 6.292.831, expediente Nº 122): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 26/04/1950. Tiene 56 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral (U.N.L.), el 16/04/1971. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 29/06/1971, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 22 años). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial Entre Ríos el 04/08/1993, desempeñando los cargos de: Secretaria del Juzgado Civil y Comercial Nº 5 de Paraná (computa 5 años); Jueza suplente del Juzgado Civil y Comercial Nº 5 y Jueza a cargo del despacho y titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 4 (computa 7 años); actualmente ocupa el cargo de Vocal a cargo del despacho de la Cámara de Apelaciones de Paraná. No registra sanciones disciplinarias. Cabe aclarar que el computo de la antigüedad en el Ejercicio Libre de la Profesión y en el cargo de Secretario de Primera Instancia se realiza en forma conjunta (computa de tal manera un total de 28 años). A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión, adjunta listado de aportes emitido por la Caja Forense de la provincia de Entre Ríos y Poderes para Juicios otorgados por el Banco Institucional Argentino, Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada y  por el Instituto Rawson de diagnóstico y tratamiento SRL. En lo que hace a su desempeño en el Poder Judicial adjunta copia de cinco (5) sentencias que dictara y dos (2) sentencias de Cámara confirmatorias, cuadro estadístico (2001 a 2005) y nóminas de expedientes a despacho del Juzgado Civil y Comercial Nº 4. Por otro lado, reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo concursado. Participó como capacitadora en el 1er. Seminario de Empleados Judiciales organizado por el Instituto “Dr. Juan Bautista Alberdi” y como expositora en el encuentro provincial de Jueces de Paz. Es coautora del libro “Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial de Entre Ríos Concordado con Jurisprudencia” editorial La Ley -1980. En resumen, la Dra. Silvia Evangelina Peremateu, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 18 puntos por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad  6,60 puntos; por Antecedentes académicos 0,9 puntos; TOTAL: 25,50 puntos.

 

La Dra. PEREYRA, MARÍA ANDREA (D.N.I. 16.608.527, expediente Nº 132): Nació en la ciudad de Santa Fe (Santa Fe), el 15/02/1964. Tiene 42 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 4/08/1987. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 2/10/87 encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 12 años). Ingresó al Poder Judicial de Entre Ríos el 28/6/1999, desempeñando los cargos de: Secretaria del Juzgado Civil y Comercial Nº 8 de Paraná (computa 3 años), Relatora Suplente de la Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia- cargo que desempeña actualmente- (computa 3 años).  No registra sanciones disciplinarias. Cabe aclarar que el computo de la antigüedad en el Ejercicio Libre de la Profesión y en el cargo de Secretario de Primera Instancia se realiza en forma conjunta (computa de tal manera un total de 15 años). A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio de la profesión adjunta  Listado de aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. Con referencia a su desempeño en el Poder Judicial adjunta cinco (5) proyectos de sentencia que efectuara en su carácter de Relatora. La profesional se desempeñó como Procuradora Fiscal de la D.G.R de la Provincia de Entre Ríos, como Asesora Letrada de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos y como Abogada apoderada del Sector Jurídico permanente en A.N.S.E.S. Por otro lado, obtuvo el titulo de Notaria  y el de Especialista en Derecho Procesal en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de Litoral. Cursó y aprobó el Curso Anual de Capacitación de Magistratura Judicial –Ciclo 2004- dictado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. También  cursó y aprobó, el “Curso de Actualización en Derecho Procesal Civil” dictado por la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Argentina -Subsede Paraná-. Asimismo, reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo que se concursa. En resumen, la Dra. María Andrea Pereyra, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 15,4 puntos; por Especialidad 3,1  puntos; por Antecedentes académicos 4 puntos; TOTAL: 22,50  puntos.

 

El Dr. PETIT, SANTIAGO CESAR (D.N.I. 20.098.302, expediente Nº 003): Nació en la ciudad de Concordia (Entre Ríos), el 03/03/1968. Tiene 38 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral (U.N.L.), el 11/07/1991. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 06/09/91, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 14 años). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de Entre Ríos el 28/03/1994, desempeñándose como Secretario suplente del Juzgado Civil y Comercial de Concordia (no computa). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta listado de aportes emitido por la Caja Forense de la provincia de Entre Ríos (1994 al 2004). El postulante se desempeño como Procurador del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Concordia, Procurador del Juzgado de Faltas de Concordia, Gerente General del Instituto de Obras Sociales de la Provincia de Entre Ríos, Sub-Director Ejecutivo del Instituto Autárquico Becario Provincial, y como consultor contratado por el Ministerio de Economía de la Nación, prestando servicios en la Unidad de Coordinación de Fideicomisos de Infraestructura. Adjunta un Recurso de Apelación y una expresión de agravios suscriptos por el postulante y  un dictamen emitido por él como Asesor Legal de la Unidad de Coordinación de Fideicomisos del Ministerio de Economía de la Nación. Obtuvo el título de Notario en la U.N.L.. Aprobó la “Maestría en Ciencia de la Legislación” en la Universidad del Salvador, restándole la presentación de la tesis. Concurrió al Premaster “Programa de profundización Problemática de la empresa” organizado por la Universidad Austral. Ejerció la docencia en el nivel medio en la Escuela Provincial Nº 10 “Cesareo Bernaldo de Quiros” de la ciudad de Concordia. Adjunta un ejemplar de la revista “La Ley” donde se publicó un fallo que sentó jurisprudencia en materia de prueba, donde el postulante intervino como abogado de parte. En resumen, el Dr. Santiago Cesar Petit, obtiene, conforme los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje por Antigüedad 10,35 puntos; por Especialidad 4,45 puntos; por Antecedentes Académicos 3,20 puntos. TOTAL: 18 puntos.

 

El Dr. QUINTEROS, MARIO ALBERTO (D.N.I. 5.522.964, expediente Nº 123): Nació en la ciudad de Reconquista (Santa Fe), el 5/11/1948. Tiene 57 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 13/04/1976. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 25/06/1976, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 13 años). Ingresó al Poder Judicial de Entre Rios el 27/12/1988, desempeñándose en el cargo de Juez Titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 8 de Paraná (computa 16 años) y actualmente es Vocal a cargo del Despacho de la Exma. Cámara Civil y Comercial- Sala I de Paraná (computa 1 año). No registra sanciones disciplinarias. Adjunta en su expediente copia de sentencias que dictara y testimonio de sentencia del Superior Tribunal de Justicia que casó una  sentencia de Cámara que revocara una de las mismas, y resolvió en igual sentido que el postulante. También agrega estadísticas del Juzgado Civil y Comercial Nº 8. Participó como expositor en las Jornadas del Fuero Civil y Comercial para Magistrados de la Provincia y en un curso organizado por el Colegio de Abogados de Entre Rios para Noveles, siendo disertante del módulo  “Derecho Civil y Comercial” y del módulo “Modos Anormales de Terminación del Proceso”. Escribió un artículo publicado en el Nº 2 de Delta Editora (1984). Por ultimo, adjunta testimonios de las repercusiones periodísticas que tuvieron diversos fallos que dictara. En resumen, el Dr. Mario Alberto Quinteros, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 18 puntos por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad 9 puntos; por Antecedentes académicos 1,30 puntos; TOTAL: 28,30  puntos.

 

La Dra. RAMIREZ AMABLE, VALENTINA GABRIELA (D.N.I. 17.615.424, expediente Nº 135): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 4/01/1966. Tiene 40 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la  Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral (U.N.L.), el 3/10/1989.  Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 2/03/1990, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 5 años). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de Entre Ríos el 17/03/1995, desempeñando los cargos de: Secretaria del Juzgado Civil y Comercial Nº 8 de Paraná (computa 4 años), Secretaria de la Cámara II- Sala II- de Paraná (computa 1 año), Relatora suplente de la Sala Civil del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Rios (no computa) y Juez a cargo de despacho del Juzgado Civil y Comercial Nº 3 (computa 6 años), cargo que desempeña actualmente desde el 20/02/2002. No registra sanciones disciplinarias. Cabe aclarar que el computo de la antigüedad en el Ejercicio Libre de la Profesión y en el cargo de Secretaria de Primera Instancia se realiza en forma conjunta (computa de tal manera un total de 9 años). A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta  Listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos. También  adjunta  cinco (5) piezas de elaboración técnica de su autoría. En lo que hace a su desempeño en el Poder Judicial acompaña cinco (5) sentencias de su autoría y las sentencias de segunda instancia que confirman total o parcialmente las primeras, certificación del Área Estadística del S.T.J. en la que constan datos correspondientes a los periodos en los que la postulante se desempeño como jueza, tanto en el Juzgado Civil y Comercial Nº 5 como en el Civil y Comercial Nº 3, con respecto a este ultimo adjunta listado de expedientes a despacho y resueltos. Es abogada especialista en Derecho Procesal, titulo que obtuvo en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.N.L. y cursó en forma completa la Especialización en Derecho de Daños faltándole la presentación del trabajo final. Asistió en forma completa a los ciclos 2002 y 2003 del Curso Anual de Capacitación de Magistratura Judicial dictado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. Participó en calidad de capacitadora del Primer Seminario de Capacitación para Empleados Judiciales, también realizo disertaciones en el Curso para Peritos Ingenieros y Arquitectos, en el Seminario de Capacitación para Oficiales Notificadores y Ejecutores del Poder Judicial de Entre Ríos, en Jornadas de Psicología Forense, todas ellas organizadas por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Rios “Dr. Juan Bautista Alberdi”. Fue disertante en el Primer Encuentro de Martilleros Públicos de la Provincia de Entre Ríos y en el Encuentro Provincial de Jueces de Paz. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo que se concursa. Por ultimo la postulante posee publicaciones sobre los temas “La Determinación del Daño” y “Eximentes de Responsabilidad” en la Revista de Derecho de Daños de la Editorial Rubinzal Culzoni. Se desempeñó como profesora en la materia “Relaciones Humanas” en la Escuela de Educación Técnica Nº 1 “Gral. Francisco Ramírez”. Integra desde el año 2004 la Comisión de la Reforma del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia en Representación del Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Rios. En resumen, la Dra. Valentina Ramirez Amable, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 15,21 puntos; por Especialidad 6,24 puntos; por Antecedentes académicos 7,05 puntos; TOTAL: 28,50 puntos.

 

La Dra. RETAMAR MARÍA CRISTINA  (L.C. 5.816.221, expediente Nº 129): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 10/02/1948. Tiene 58 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 6/08/1997. Con anterioridad a la obtención del título de Abogada, obtuvo el de Notaria en fecha 29/12/1977 y trabajó como Escribana desde el año 1978 al 1989 integrando los cuerpos Notariales del Banco de Entre ríos, Banco Hipotecario Nacional y del Banco Mesopotámico Cooperativo Limitado. Ingresó al Poder Judicial de Entre Ríos el 20/10/1988, desempeñando los cargos de: Secretaria de los Juzgados Civiles y Comerciales Nº 1 y Nº 4 de la ciudad Concepción del Uruguay y Paraná respectivamente (computa 17 años), Jueza suplente del Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de Paraná -cargo que desempeña actualmente- (no computa). No registra sanciones disciplinarias. En lo que hace a su desempeño en el Poder Judicial adjunta estadística de las causas iniciadas en el juzgado Civil y Comercial Nº 2 donde cumple funciones como jueza y copias de proyectos de  sentencias. Por otro lado, la postulante es especialista en Derecho de Daños habiendo realizado dicha carrera de especialización en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.N.L y tiene un curso de capacitación en Mediación organizado por dicha Universidad. Asimismo, reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo que se concursa, incluyendo un seminario sobre Administración Judicial realizado en la ciudad de Washington (EEUU) en el año 2001. En resumen, la Dra. María Cristina Teresa Retamar, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 13,51 puntos; por Especialidad 4,54 puntos; por Antecedentes académicos 3,45 puntos; TOTAL:   21,50 puntos.

 

La Dra. RONCHI, MONICA ISOLDA (D.N.I. 10.824.367, expediente Nº 72): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Rios), el 11/07/1953. Tiene 53 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral (U.N.L.), el 8/11/1984. Ingresó al Poder Judicial de Entre Rios el 15/10/1980 desempeñándose a partir de la obtención del titulo de abogada en los cargos de: Escribiente del Juzgado Laboral Nº 3 de Paraná y del Juzgado Civil y Comercial Nº 5 de Paraná (computa 3 años), Juez de los Juzgados Civiles y Comerciales Nº 2,3,4,5,6 y 7 de Paraná y del Juzgado Civil y Comercial de Federal ( computa un total de 5 años), Relatora de la Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Rios (no computa) y actualmente Secretaria del Juzgado Civil y Comercial Nº 5 de Paraná (computa 13 años). No registra sanciones disciplinarias. Adjunta en su expediente copia de sentencias de elaboración técnica de su autoría, y la confirmación de las mismas por la Cámara de Apelaciones.  También agrega estadística correspondiente al periodo en que la postulante se desempeño como Jueza Suplente y cargo del despacho del Juzgado Civil y Comercial Nº 7 de Paraná. Respecto a sus antecedentes académicos termino la Carrera de Especialización en Derechos de Daños en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.N.L. y se encuentra cursando la carrera de Especialización para la Magistratura en la Universidad Nacional de San Martín. Realizó el Seminario de “Derecho Constitucional” organizado por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.N.L., el  Seminario de Derecho Concursal organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Argentina y está cursando el “Curso de Actualización en Derecho de Daños” organizado por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.N.L.. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo concursado. Ha participado en calidad de disertante, expositora, coordinadora y capacitadora sobre temáticas vinculadas con la especialidad en varios eventos científicos. Fue coautora del libro “Concursos Preventivos y Quiebras” publicado por la editorial Delta y presento tres (3) trabajos en la misma editorial para ser publicados en la “Revista de Jurisprudencia de Entre Rios y de la Corte Suprema”. Es docente adjunto en la materia Derecho Privado IV en la Universidad de Ciencias Económicas de Paraná; también en el Proyecto de Investigación “Relevamiento de la Jurisprudencia de todos los organismos Jurisdiccionales en materia Civil y Comercial de la provincia de Entre Rios” de la misma universidad, y participo como profesora invitada en el Seminario “Prensa y justicia” organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad Austral.  En resumen, la Dra. Mónica Isolda Ronchi, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 16,95 puntos; por Especialidad 7,05 puntos; por Antecedentes académicos 9 puntos; TOTAL: 33 puntos.

 

La Dra. STAGNARO, ANA MARIA CELIA (D.N.I. 10.824.614, expediente Nº 133): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Rios), el 22/04/1953. Tiene 52 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral (U.N.L.), el 3/12/1981. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 2/07/1982, en el Colegio de Abogados de Santa Fe el 30/04/1982 y en la Cámara de Apelaciones de Rosario el 4/03/1986, encontrándose las mismas actualmente suspendidas por incompatibilidad (computa 14 años). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de Entre Rios el 7/12/1995, desempeñando el cargo de Juez Titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Paraná (computa 10 años) y actualmente es Vocal interina de la Exma. Cámara III en lo Laboral- Sala II- de Paraná (no computa). No registra sanciones disciplinarias. Adjunta copia de sentencias que dictara en ejercicio del cargo y estadísticas del juzgado respectivo. También agrega copia del acta labrada en oportunidad de llevarse a cabo inspección realizada por la Sala Civil del Superior Tribunal de Justicia y constancia de aprobación. En el ejercicio libre de la profesión prestó servicios como asesora letrada de la Fiscalia de Estado de Entre Ríos, como síndico del Banco de Entre Rios S.A. (B.E.R.S.A.), como asesora del Ministerio de Gobierno, Educación, Obras y Servicios Públicos de Entre Rios; y fue representante de la Provincia ante el Gobierno de España con el fin de promover el Intercambio Comercial de la pequeña y mediana empresa. Por otro lado, también fue designada sindico del B.E.R.S.A.; representante oficial de la Cámara Latinoamericana de Integración y Comercio Exterior; Vocal por la Representación Argentina ante la Comisión Mixta Hispanoamericana; y fue Apoderada de la Comisión Liquidadora del Frigorífico de Santa Elena. Respecto a sus antecedentes académicos, acredita la asistencia a cuatros (4) encuentros del Doctorado de Derecho que se dicta por la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Santa Fe. También asistió al Curso Anual de Capacitación de Magistratura Judicial – ciclos 2003 y 2004 -. Aprobó el “Curso I de la Carrera de Formación Docente” que se dicta en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.N.L.. Asistió al Curso de Postgrado de Derecho Internacional Privado organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo que se concursa. Por otro lado, se desempeño como docente adjunta y ayudante en las cátedras de Derecho Internacional Privado de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Santa Fe y de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.N.L., respectivamente; y como docente adjunta en el Curso de Formación Superior y Magistratura de Derecho Comercial dictado por la misma casa de estudios. En resumen, la Dra. Ana Maria Celia Stagnaro, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 18 puntos; por Especialidad 7,70 puntos; por Antecedentes académicos 6,80 puntos; TOTAL:  32,50  puntos.

 

El Dr. TEPSICH, CARLOS FEDERICO (D.N.I. 21.521.264, expediente Nº 026): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Rios), el 12/07/1970. Tiene 35 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral (U.N.L.), el 20/10/1993. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Rios el 5/11/1993, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 5 años). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de Entre Rios el 20/04/1999, desempeñando los cargos de: Secretario suplente del Juzgado Civil y Comercial Nº 5 de Paraná (computa 1 año y 5 meses), Relator temporario de la Fiscalia General del Superior Tribunal de Justicia (computa 5 años) y actualmente es Juez Titular del Juzgado Civil y Comercial de Concepción del Uruguay (computa 1 año). No registra sanciones disciplinarias. Cabe aclarar que el computo de la antigüedad en el Ejercicio Libre de la Profesión y en el cargo de Secretario de Primera Instancia se realiza en forma conjunta (computa de tal manera un total de 7 años). El profesional se desempeñó como Asesor Legal de la Secretaría de Salud de la provincia, encontrándose actualmente con licencia por cargo de mayor jerarquía. Adjunta tres (3) copias de escritos de elaboración técnica, realizadas durante su desempeño en el ejercicio libre de la profesión. Adjunta cinco (5) copias de sentencias de su autoría, realizadas durante su desempeño como Juez Civil y Comercial, sentencia de la Cámara de Apelaciones que confirma una (1) de dichas sentencias, estadística del Juzgado Civil y Comercial Nº 7 de Concepción del Uruguay desde la asunción del postulante como Juez titular. Además, obtuvo el título de “Maestría en Derecho” en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la U.N.L., aprobó el “Doctorado en Ciencias Jurídicas y Sociales” en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Católica Argentina- subsede Rosario, restándole la presentación de la tesis final; y se encuentra cursando la “Maestría en Derecho Administrativo” en la Facultad de Derecho de la Universidad Austral. También, obtuvo el titulo de “Martillero Publico” expedido por la Exma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Paraná. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo concursado. Fue expositor en el Seminario de Capacitación para Empleados Judiciales, organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Rios “Dr. Juan Bautista Alberdi”. Publicó un artículo titulado “Concurso Preventivo de las ex entidades financieras, la Ley 25780 y el necesario final de una polémica” en la revista jurídica “El Derecho”; y nota a fallo publicado en la revista “La Ley Litoral” titulado “Un caso de funcionario de hecho no tratado como tal”. Se desempeñó en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Argentina –subsede Paraná- como docente adscripto en las cátedras de “Derecho Civil” I y “Derecho Comercial II”, y actualmente como docente invitado es las cátedras de “Derecho Comercial II” y “Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual”. En resumen, el Dr. Carlos Federico Tepsich, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 11,98 puntos; por Especialidad 3,72 puntos; por Antecedentes Académicos 8,30 puntos; TOTAL: 24 puntos.

 

POR ELLO,     

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

 

Art.1: Aprobar la calificación de los antecedentes de los inscriptos al el Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 25 para elegir tres (3) cargos de Vocales  para la Cámara II y dos (2) cargos para la Cámara III, ambos de la sala II, con competencia Civil y Comercial de la ciudad de Paraná conforme a continuación se detalla: Elena Beatríz ALBORNOZ, 31 puntos; Estela Alejandra ARAGÓN ZWEINER, 28 puntos; Beatriz Estela ARANGUREN, 20,5 puntos; Alberto José ARIAS, 23,50 puntos; Graciela Aída BASALDÚA, 34 puntos; Oscar Daniel BENDETTO, 32 puntos; Roberto CROUX, 29 puntos; Raúl Alberto DEL VALLE, 30 puntos; Osvaldo Pablo FIOROTTO, 23,50 puntos; Virgilio Alejandro GALANTI, 27,50 puntos; Carlos Manuel IPARRRAGUIRRE, 16,50 puntos; Eduardo MAIZTEGUI MARCÓ, 21 puntos; Gabriela Teresita MASTAGLIA, 29,60 puntos; Andrés Manuel MARFIL, 22 puntos; Alicia Cecilia OLALLA, 29 puntos; Silvia Evangelina PEREMATEU, 25 puntos; María Andrea PEREYRA, 22,50 puntos; Santiago César PETIT, 18 puntos; Mario Alberto QUINTEROS, 28,30 puntos; Valentina Gabriela RAMÍREZ AMABLE, 28,50 puntos; María Cristina RETAMAR, 21,50 puntos; Mónica Isolda RONCHI, 33 puntos; Ana María Celia STAGNARO, 32,50 puntos; Carlos Federico TEPSICH, 24 puntos, todo conforme el artículo 28 del Reglamento General y de Concursos Públicos de éste organismo.  

 

Art. 2: La presente será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Art. 3: Regístrese, comuníquese por la oficina correspondiente y archívese.

 

 

 

 

 

 

 

FIRMADO: Dr. José Carlos Halle – Presidente Consejo de la Magistratura Provincia de Entre Ríos; Dr. Raúl Gracia – Consejero; Dr. Hugo Daniel Perotti – Consejero; Lic. Elena Ma. Riegelhaupt – Consejero; Dr. Hermo Pesuto –Consejero; Arq. Jorge Boeykens –Consejero. Ante mí: Dr. Alejandro J. Cánepa –Secretario General Consejo de la Magistratura Provincia de Entre Ríos.

 

 

 

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