RESOLUCIÓN Nº 162 C.M.E.R.

PARANÁ, 1 de Septiembre de 2006.

         

                                       

                                                                              

VISTO:

 

 

                                   La Resolución Nº 152/06 C.M.E.R., y ,

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

                                   Que se ha advertido la existencia de un error material involuntario en la mencionada resolución, atento que en el párrafo en el que se describen los antecedentes de la Dra. Miriam Fátima Larocca, D.N.I. 18.323.289, expediente Nº 093, se consignó erróneamente el cargo que actualmente ocupa en el Poder Judicial, no siendo aquel el de Escribiente titular del Juzgado del Juzgado Correccional del Concordia, sino, el de Oficial Auxiliar titular del Juzgado Laboral Nº 3 de Concordia.        

 

POR ELLO

 

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

Art. 1: Rectificar el párrafo Nº 17 de los Considerandos de la Resolución Nº 152/06, referido a los antecedentes profesionales de la  Dra. Miriam Fátima Larocca, debiendo leerse donde dice “...habiendo desempeñado los cargos de: Ingresante del Juzgado de Paz de Concordia, Escribiente de la Cámara Civil de Concordia y actualmente Escribiente (titular) del Juzgado Correccional de Concordia (computa 8 años).”, “...habiendo desempeñado los cargos de: Ingresante del Juzgado de Paz de Concordia, Escribiente de la Cámara Civil de Concordia, Escribiente (titular) del Juzgado Correccional de Concordia y actualmente Oficial auxiliar titular del Juzgado Laboral Nº 3 de Concordia (computa 8 años)”.

 

Art. 2: La presente será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Art. 3: Regístrese, comuníquese por la oficina correspondiente y archívese.

 

 

 

 

 

 

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