RESOLUCIÓN Nº 203 C.M.E.R.

PARANÁ, 22 de Marzo de 2007.

 

 

 

 

 

VISTO

 

El Concurso Publico de Antecedentes y Oposición Nº 37, destinado a cubrir dos (2) cargos de Vocal para la Cámara del Crimen de la ciudad de Gualeguay, y;

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que habiendo trascurrido las etapas de Antecedentes, de Oposición y de Entrevistas Públicas, y siendo competencia exclusiva y excluyente del Consejo de la Magistratura, proponer ternas vinculantes al Poder Ejecutivo Provincial, corresponde elevar en ésta instancia al Sr. Gobernador de la Provincia, la terna correspondiente al Concurso en cuestión para la nominación de los candidatos a los cargos vacantes en la Cámara del Crimen de la ciudad de Gualeguay.

 

Que luego de finalizadas todas las etapas del procedimiento de selección, surge que solo los Dres. Eduardo Esteban Tomás García Jurado, Edgardo Alfredo Garibotti, María Angélica Pivas Colombo y Jorge Omar Torres, reúnen los requisitos previstos en el art. 14 del Decreto Nº 39/03 GOB., conforme las resoluciones Nº 158/06 CMER y 166/06 CMER (de Calificación de Antecedentes y Recurso de Reconsideración), el Acta de fecha 13/10/2006 suscripta por los Jurados Técnicos del concurso en cuestión (Calificación de la Prueba de Oposición), la resolución Nº 193/06 CMER (Impugnaciones a la Calificación de la Prueba de Oposición) y el Acta de fecha 16 de marzo de 2007 (Calificación de la Entrevista Personal).

 

Que oídos los postulantes en la Entrevista Pública, el Consejo estima innecesaria la realización del examen previsto en el artículo 35 del Reglamento General  y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Por ello;

 

 

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

Artículo 1: Elevar al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, la terna vinculante destinada a cubrir dos (2) cargos de Vocal para la Cámara del Crimen de la ciudad de Gualeguay, conformada por los siguientes postulantes por orden de merito: 

Dr. TORRES, Jorge Omar (88,20 puntos).

-  Dr. GARIBOTTI, Edgardo Alfredo (76 puntos).

-  Dr. GARCÍA JURADO, Eduardo Esteban Tomás (75 puntos).

Artículo 2: Elevar una lista complementaria integrada por la Dra. PIVAS COLOMBO, María Angélica (68 puntos), de acuerdo a lo previsto por el art. Nº 39 del Reglamento General. 

Artículo 3: Exceptuar la realización del examen psicológico y psicotécnico previsto en el artículo 35 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Artículo 4: Poner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al concurso en cuestión y de los postulantes, para su evaluación y posterior nominación del candidato.

 

Artículo 5: La presente será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Artículo 6: Regístrese, notifíquese, publíquese y archívese.

 

 

 

  

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