RESOLUCIÓN Nº 209 C.M.E.R.

PARANÁ, 10 de Mayo de 2007.

 

 

VISTO:

 

La Resolución 138/06 C.M.E.R., y;

  

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada resolución se decretó la caducidad del Listado de Jurados Técnicos aprobado mediante Resolución 2/04 C.M.E.R., encomendándosele al Secretario General la confección del nuevo listado, con la colaboración del Colegio de Abogados de Entre Ríos, la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de Entre Ríos y las universidades de la región.

Que la Secretaría General ha recibido las listas de profesionales propuestos como Jurados Técnicos remitidas por las distintas entidades invitadas al efecto, elaborándose un nuevo registro con los profesionales sugeridos por el Colegio de Abogados de Entre Ríos y la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de Entre Ríos.

Que con relación a los profesionales integrantes del Listado de Jurados Técnicos “Académicos” aprobado mediante Resolución 2/04 C.M.E.R., si bien no se observa la necesidad de producir variaciones en el mismo, corresponde su actualización, atento las inclusiones, renuncias y demás modificaciones que se verificaron desde su vigencia.

 

POR ELLO:

 

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

 

 

RESUELVE:

 

Art. 1: Aprobar los Registros elaborados por Secretaria General, correspondientes a los Jurados Técnicos representantes de los “Abogados” y de los “Magistrados” y que se agregan como anexo a la presente Resolución.

Art. 2: Ratificar el Registro correspondiente a los Jurados Técnicos representantes de los “Académicos”, aprobado mediante Resolución 2/04 C.M.E.R., con las modificaciones mencionadas en los Considerandos de la presente y que se agrega como anexo a la presente Resolución.

Art. 3: Facultar al Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, para la realización de los sorteos de los profesionales destinados a integrar el cuerpo de Jurados Técnicos de los distintos Concursos Públicos que se convoquen, de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

Art. 4: La presente Resolución será refrendada por el Secretario General del Consejo.

Art. 5: Regístrese, comuníquese por la oficina correspondiente y archívese.

 

 

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