RESOLUCIÓN N°. 20 C.M.ER.

Paraná, 14 de julio de 2004.-

 

 

 

VISTO,

                       

El artículo 28 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos y,

 

 

CONSIDERANDO,

                                  

                                   Que el día 11 de junio próximo pasado finalizó el período de inscripción para el Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº. 5 para elegir 3 (tres) Vocales para la Cámara de Apelaciones – Sala Penal - de la Ciudad de Concordia.

           

                                   Que en forma general, para la calificación de los antecedentes de los inscriptos se consensúan criterios con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, a los fines de establecer parámetros objetivos que sirvan de guía para la calificación de los antecedentes de los postulantes. A tales efectos, los 28 puntos que establece el Reglamento para los antecedentes profesionales se desdoblan adjudicando 18 (dieciocho) puntos a la antigüedad en el Poder Judicial y en el ejercicio de la profesión de abogado, y 10 (diez) puntos por la especialidad, méritos profesionales y afinidad con el cargo a concursar. Por otro lado, el puntaje que se asigna se calcula por año o fracción mayor a 6 (seis) meses en cargos en el Poder Judicial o en la matrícula profesional y a aquellos profesionales que presenten antecedentes en ambas categorías, se les sumarán los puntos que le correspondan por cada una de ellas. Cuando se hable de “cargos equiparables” se hace referencia a todos aquellos cargos con igual jerarquía de acuerdo a la Ley Orgánica de Tribunales de la Provincia, leyes de organización judicial de la Nación, y también de otras Provincias.

 

Que así, los datos ponderados son los que se han tenido por acreditados efectivamente al compulsar los legajos de los postulantes estableciendo, para el cálculo de la antigüedad en la profesión: I- Para la antigüedad en el Poder Judicial: 1-Cargos Judiciales anteriores al de Secretario y empleados en general:   Se otorgan 0.25 puntos por cada año de desempeño a partir de la obtención del título de abogado.  Se otorgan 0.45 puntos por cada año de desempeño como delegado judicial o penitenciario. En ningún caso el puntaje total podrá exceder de 3 (tres) puntos. 2- Secretarios de primera instancia: Por los primeros 5 años: 0.56 puntos por cada año de desempeño. De 5 a 10 años: 0.79 puntos por cada año de desempeño. De 10 a 15 años: 0.90 puntos por cada año de desempeño. Más de 15 años: 1.13 puntos por cada año de desempeño. 3- Jueces de Paz de 1era. Categoría y Secretarios de Cámara: Se otorgan 1.15 puntos por cada año de desempeño. 4- Defensores de Pobres y Menores, Fiscales de primera instancia, Secretarios del STJ y Relatores: Se otorgan 1.25 puntos por cada año de desempeño. 5- Magistrados de primera instancia y Fiscales de Cámara: Se otorgan 1.35 puntos por cada año de desempeño. Cuando se concurse para fiscal de Cámara, quienes se desempeñen en ese cargo tendrán el puntaje correspondiente a los magistrados de segunda o superior instancia. 6- Magistrados de segunda o superior instancia: se otorgan 1.6 puntos por cada año de desempeño. II- Por la antigüedad en el ejercicio profesional: por los 5 primeros años: 0.42 puntos por cada año de desempeño. De 5 a 10 años: 0.56 puntos por cada año de desempeño. De 10 a 15 años: 0.79 puntos por cada año de desempeño. De 15 a 20 años: 0.90 puntos por cada año de desempeño. Más de 20 años: 1.35 puntos por cada año de desempeño.

 

Que con respecto a la Especialidad acreditada por los concursantes en relación al cargo que se concursa, ésta será calificada con un máximo de diez (10) puntos, aplicándose para su cálculo el mismo mecanismo que el utilizado para el cálculo de la antigüedad. La diferencia es que solo serán objeto de cálculo exclusivamente los años que el postulante pruebe efectivamente haberse desempeñado en la especialidad vinculada con el cargo que se concursa. El puntaje obtenido será porcentuado con relación al total obtenido por "Antigüedad", para luego ser aplicado dicho porcentaje a un máximo de 7 puntos, reservándose 3 puntos del total previsto en este rubro, para la evaluación del  mérito profesional y las calidades técnicas del aspirante.

 

Que con relación a los antecedentes académicos, estos se calificarán, con respecto a las  publicaciones, se asignará puntaje a las mismas atendiendo a la calidad, rigor científico, trascendencia jurídica, vinculación con la labor que demande la vacante a cubrir y eventualmente su calidad. Por este ítem, que no tiene una escala previa, se podrá asignar una cantidad de puntos hasta alcanzar el máximo de 12, según las pautas precedentemente descriptas. Por el ejercicio de la docencia, se podrán establecer hasta 4 puntos, dependiendo de si las horas se obtuvieron por concurso o por designación directa, y también de acuerdo a que las materias que se dicten tengan relación con la especialidad del cargo que se concursa. También se otorgarán puntos por los Doctorados completos (hasta 4 puntos), Maestrías (2,80 puntos), Especializaciones (hasta 2,40 puntos) y cursos de posgrados (hasta 1,60 puntos de acuerdo a la cantidad de cursos realizados). Todo otro antecedentes académico no mencionado previamente será específicamente valorado y calificado de acuerdo al criterio de sus integrantes, para luego ser consensuados con el pleno del Consejo.

 

Con respecto al postulante MARTÍN FRANCISCO CARBONELL, manifiesta y prueba que obtuvo su titulo de abogado expedido por la U.N.L. en fecha 21/11/85, habiéndose matriculado en el C.A.E.R. en fecha 20/12/85 y habiendo suspendido la misma en fecha 11/12/96 por incompatibilidad; que ha ejercido la profesión de abogado desde el 12/12/85 hasta el 31/5/85; que ha sido agente del Poder Judicial de Entre Ríos, habiéndose desempeñado en los siguientes cargos: Fiscal Titular de la Fiscalia de Primera Instancia desde el 01/06/88 hasta el 16/06/94, Juez Titular del Juzgado de Instrucción Nº1 desde el 17/06/94 hasta la actualidad; que ha asistido a catorce (14) eventos científicos, todos vinculados a los cargos que se postula; que ha asistido al  Curso Anual de Capacitación de la Magistratura Judicial –ciclo 2002- organizado por el Instituto Alberdi S.T.J.E.R.. Adjunta copias certificadas de cinco (5) autos dictados por el postulante. Asimismo,  manifiesta que: No le han sido aplicadas sanciones disciplinarias por el C.A.E.R. o el S.T.J.; no posee otros titulo universitarios; no posee doctorados, maestrías y otros títulos de postgrado; no posee otros títulos que guarden vinculación con el cargo a que se aspira; no ejerce la docencia universitaria; no ha  editado  ni publicado libros o artículos de su autoría; no ha dictado conferencias ni participado en mesas redondas o debates; no ha recibido premios, distinciones académicas, menciones honoríficas u otros reconocimientos; no pertenece a Instituciones científicas o profesionales; no ha recibido becas o similares; no ha  realizado trabajos de investigación. Por lo manifestado, acreditado y acompañado, al Dr. CARBONELL le corresponde un total de 25,68 PUNTOS, desagregándose los mismos de la siguiente forma: Antigüedad: en el ejercicio libre de la profesión de abogado (computa 3 años): 1,26 puntos; en el Poder Judicial (computa 16 años): 21 puntos: Agente Fiscal: computa 6 años, Juez de Instrucción: computa 10 años. total: 22,26 puntos, PERO por reducción al tope máximo previsto en los arriba mencionados criterios: 18 puntos. ESPECIALIDAD: en virtud de los antecedentes acreditados, le corresponde 6,88 puntos. Antecedentes Académicos: Curso de Postgrado: 0,80 puntos. Total 0,80 puntos.

 

-                                             Que de esta forma, con respecto al postulante ALBERTO FUNES PALACIOS, manifiesta y prueba que se recibió como abogado en la Universidad Nacional de Córdoba el 18/11/1983 y le fue expedido el título en fecha 11/05/1984, habiéndose matriculado en la ciudad de Córdoba el 29/03/1984 y en la ciudad de Paraná el 04/04/1986, encontrándose  suspendida por incompatibilidad ésta ultima desde el 11/12/96; que ejerció la Profesión de Abogado en forma independiente desde mayo de 1984 hasta junio de 1989; que ha desempeñado los siguientes cargos en el Poder Judicial de la Provincia: Secretario Interino del Juzgado de Instrucción Nº1 de Concordia, desde el 12/06/1989 hasta el 12/12/1989, Secretario Titular del Juzgado de Instrucción Nº1 de Concordia, desde el 13/12/1989 hasta el 03/02/1993, Agente Fiscal Suplente de la Fiscalía de 1ra. Instancia de Concordia, desde el 18/04/1991 hasta el 29/05/1991, Secretario Suplente del Juzgado Correccional de Concordia desde el 02/06/1992 hasta el 09/07/1992, Secretario Titular del Juzgado Correccional de Concordia, desde el 04/02/1993 hasta  la actualidad, Secretario Suplente de Cámara Sala Penal de Concordia, desde el 17/09/1997 hasta el 02/10/1997, Agente Fiscal Suplente de la Fiscalía de 1ra. Instancia Nº2 de Concordia desde el 28/03/2001 hasta el 25/04/2001, Defensor Suplente de la Defensoría de Pobres y Menores Nº2 de Concordia, desde el 28/02/2002 hasta la actualidad; que obtuvo su título de Abogado Especializado en Criminología expedido por la Universidad Nacional del Litoral en fecha 10/02/1994; que obtuvo su título de Profesor Universitario en Ciencias Jurídicas expedido por la Universidad Católica de Salta en fecha 06/06/2001; que ejerció la docencia a Nivel Secundario como Profesor de Instrucción Cívica, Derecho Comercial y Economía Política desde el 17/03/1986 hasta el 01/06/1989 en la Escuela “Francisco Ramírez, como Profesor Suplente desde 1988 hasta 1989 en la Escuela “Profesor Gerardo Victorini”, y como Profesor de Instrucción Cívica desde 1988 a 1992 en la Escuela “Cesareo Bernaldo de Quirós”; que ejerció la docencia a Nivel Terciario como profesor del Instituto de Profesorado de Concordia en las siguientes materias: seminario de Ciencias Jurídicas desde el 01/04/1998 hasta el 29/03/2004,  Seminario de Derecho de las comunicaciones desde el 14 de septiembre de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2000, Teoría Política desde el 29/03/2004 hasta la actualidad, y Derechos Humanos desde el 29/03/2004 hasta la actualidad; que asistió a doce (12) eventos relacionados con la perfección de la docencia; que ejerció como Profesor Tutor del Centro Tutorial “Nuestra Señora del Rosario”  de la Universidad Católica de Salta Subsede Buenos Aires Gendarmería Nacional en las materias Derecho Penal Parte General y Derecho Romano de la carrera de Abogacía desde el año 1992 hasta la fecha ; que se desempeñó como Secretario General del Centro Tutorial “Nuestra Señora del Rosario” de la ciudad de Concordia de la Universidad Católica de Salta Subsede Buenos Aires; que se desempeñó como Coordinador de la carrera de Formación de Docentes de Grado en el Centro Tutorial “Nuestra Señora del Rosario” de la ciudad de Concordia  de la Universidad Católica de Salta Subsede Buenos Aires; que se desempeñó como Secretario Académico del Centro Tutorial “Nuestra Señora del Rosario”  de la Universidad Católica de Salta Subsede Buenos Aires Gendarmería Nacional; Que ha realizado los siguientes cursos relacionados con el cargo: Estupefacientes a Distancia, de la Escuela Superior de Gendarmería en fecha 03/07/1996,  “Mediación Familiar” realizado en agosto de 2000 y  “Curso Anual de Capacitación de Magistratura Judicial”  realizado en el 2002 y organizado por el Instituto “Dr. Juan Bautista Alberdi”; que ha participado en los siguientes eventos: panelista en el Foro Concordia de Salud Mental sexto encuentro “Violencia, Institucional, social, familiar, escolar” realizado en octubre de 1993, panelista en el Foro Concordia de Salud Mental Séptimo Encuentro “El Malestar adolescente reflexiones sobre una crisis de identidad” realizado en octubre de 1994, participante como Capacitador en el 1er. Seminario de Capacitación para Empleados Judiciales en la ciudad de Gualeguay, realizado en octubre de 1999, coordinador y Expositor en el “Curso Propedéutico al sistema de educación Universitaria no Presencial” dictado en la ciudad de Concordia en abril de 2000, coordinador del Curso “Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley” realizado en agosto de 2003, disertante en el ciclo de Actualización y Capacitación en Derecho Procesal Penal “Prueba de la Defensa  en el Proceso Penal, Juicio Penal” realizado el 30 de septiembre de 2003, expositor en el III Congreso Nacional de Capacitación Judicial, realizado en noviembre de 1999, capacitador en el 1er. Seminario de Capacitacion para empleados judiciales en la ciudad de Gualeguay, realizado en octubre de 1999; que realizó una Ponencia “Suspensión del Juicio a Prueba” en el VII Congreso Provincial de Derecho de la Provincia de Entre Ríos, realizado en Gualeguaychú en 1996; que ha asistido a treinta y seis (36) eventos científicos, acompañando los respectivos certificados, vinculándose treinta y uno (31) con el cargo; que se desempeñó como Director en la elaboración de siete (7) trabajos de investigación; que fue miembro del Instituto “Dr. Juan Bautista Alberdi” desde 1996 hasta el 2003; que le otorgaron en reconocimiento: una Placa de la Universidad Católica de Salta en mayo de 1999; agradecimiento de A.D.E.N.E. (Asociación para el Desarrollo Educativo del Norte Entrerriano); y certificado de desempeño en el año 2003 otorgado por el Delegado Rectoral de la Universidad Católica de Salta. Asimismo,  adjunta: Estadística de la Defensoría de Pobres y Menores del año 2002 y 2003, Tres (3) Recursos de Casación, un (1) Recurso de Apelación e Inconstitucionalidad  interpuestos por el postulante, y un dictamen que realizó como Fiscal Suplente (documentación certificada). Por otro lado, no manifiesta: poseer otros títulos Universitarios, el dictado de conferencias ni participación en mesas redondas o debates, la edición y publicación de libros o artículos de su autoría, pertenecer a Instituciones científicas o profesionales, la obtención de becas, pasantías o similares. De conformidad a las pautas reseñadas el inicio y por lo manifestado, probado y acompañado por el Dr. FUNES PALACIOS, le corresponde un puntaje total de 21,68 PUNTOS, desagregándose los mismos en: Antigüedad: 1.- En el ejercicio libre de la profesión de abogado (computa 5 años): 2,10 puntos; 2.- En el Poder Judicial (computa 15 años): 11,03 puntos: Secretario de Instrucción: 3 años y 8 meses, Secretario Correccional: 10 años y 4 meses, Defensor: 2 años y 4 meses, total 13,13 puntos. Especialidad: en virtud de los antecedentes acreditados, le corresponden 4,85 puntos. Antecedentes Académicos: Especialización en Criminología: 1,60 puntos, Cursos de Postgrado (3): 0,80 puntos, Conferencias: 0,40 puntos, Asistencia a Jornadas, seminarios o congresos: 0,40 puntos, Docencia en novel secundario y terciario: 0,25 puntos, Profesor Universitario en Ciencias Jurídicas: 0,25 puntos, total: 3,70 puntos.

                                    

                                   Con respecto al postulante ALEJANDRO MARCELO GARAY, manifiesta y prueba que obtuvo el título de abogado expedido por la Universidad Nacional de La Plata en fecha 04/09/1978,  habiéndose matriculado en fecha 06/10/1978 y suspendida en fecha 10/06/1983 por incompatibilidad; que se ha desempeñado en el ejercicio libre de la profesión desde el 04/09/1978 hasta el 26/08/1982; que se ha desempeñado en el Poder Judicial de la Provincia desde el 26/08/1982 hasta la actualidad, habiendo desempeñado los siguientes cargos: Secretario de Instrucción Suplente del Juzgado de Instrucción Nº2 de Concordia, desde el 26/08/1982 hasta el 30/06/1983, Secretario de Instrucción Interino del Juzgado de Instrucción Nº2 de Concordia, desde el 01/07/1983 hasta el 08/04/1984, Juez de Instrucción Titular del Juzgado de Instrucción Nº2 de Concordia, desde el 09/04/1984 hasta la actualidad, Juez de Instrucción Interino del Juzgado de Instrucción Nº1 de Concordia desde el 17/04/1989 hasta el 30/05/1989, Juez Correccional Suplente del Juzgado Correccional de Concordia desde el 14/11/2001 hasta el 31/12/2001; que no le han sido aplicadas sanciones disciplinarias por el C.A.E.R.  o S.T.J.; que ha asistido a cuarenta y tres (43) eventos científicos, presentando sus respectivos certificados, vinculándose cuarenta y dos (42) con el cargo, que asistió a cuatro (4) eventos organizados por el Instituto “Dr. Juan Bautista Alberdi”: “1er. Congreso Nacional de Capacitacion Judicial y Jornadas Preparatorias del VI Congreso Internacional”, “Seminario sobre el Poder Judicial y la Prensa”, “Seminario sobre Selección y Valoración de la Prueba” y “Curso Anual de Capacitacion de Magistratura Judicial – ciclo 2003”; que realizó un postgrado de Especialización en Derecho Penal durante los años 1999 y 2000; que es Socio Activo de la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos. Además, manifiesta: que tenía despacho favorable de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos para ser designado en el cargo de Vocal de la Excma. Cámara de Concordia, y el Poder Ejecutivo retiró los pliegos del Senado. Adjunta: cuadro estadístico correspondiente al Juzgado de Instrucción Nº2 de Concordia. Asimismo, no manifiesta: poseer otros títulos universitarios, poseer otros estudios vinculados con el cargo al que aspira, haber ejercido la docencia Universitaria, edición de libros o artículos publicados, recepción de premios, distinciones académicas, menciones honoríficas u otros reconocimientos,  obtención de becas, pasantías o similares, haber realizado trabajos de investigación. Por lo manifestado, acreditado y acompañado, al Dr. GARAY le corresponde un total de 29,10 PUNTOS, desagregándose los mismos de la siguiente forma: Antigüedad: en el ejercicio libre de la profesión de abogado (computa 4 años): 1,68 puntos; en el Poder Judicial (computa 22 años): 28,12 puntos: Secretario de Instrucción: computa 2 años, Juez de Instrucción y Correccional: computa 20 años, total: 29,80 puntos, PERO por reducción al tope máximo previsto en los arriba mencionados criterios: 18 puntos. ESPECIALIDAD: en virtud de los antecedentes acreditados, le corresponden 7,5 puntos. Antecedentes Académicos: Especialización (misma especialidad): 2,40 puntos, Asistencia a eventos científicos: 0,40 puntos, Curso de Postgrado: 0,80 puntos. Total 3,60 puntos.

 

                                   Que con respecto a MIGUEL ANGEL GIORGIO, manifiesta y prueba que obtuvo su título de abogado expedido por la Universidad Nacional de Rosario en fecha 26/09/1983, habiéndose matriculado en fecha 10/02/1984 y encontrándose  suspendida por incompatibilidad; que no le han sido aplicadas sanciones disciplinarias por el C.A.E.R.  o S.T.J.; que ejerció la Profesión de Abogado en forma independiente desde el 10/02/1984 hasta  el 29/05/1989; que ha desempeñado los siguientes cargos en el Poder Judicial de la Provincia: Juez Titular del Juzgado  de  Instrucciones Nº1 de Concordia desde el 30/05/1989 hasta el 03/02/1994, Juez Titular del Juzgado en lo Correccional de Concordia desde el 04/02/1994 hasta la actualidad, Vocal Suplente de la Sala Penal de la Cámara de Concordia desde el 28/03/2001 hasta el 25/04/2001; desde el 14/11/2001 hasta el 30/12/2001; desde el 28/02/2002 hasta el 30/05/2002; y desde el 31/07/2002 hasta el 01/07/2003, Vocal a cargo del Despacho de la Sala Penal de  la Cámara de Concordia desde el 01/07/2003 hasta la actualidad; que curso el Postgrado de “Especialización en Derecho Penal” en la U.N.L., siendo expedido el diploma el 26/04/2001; que participó en calidad de expositor en el sexto módulo “ La Prueba” del Curso Anual de Capacitación de Magistratura Judicial –Ciclo 2002, realizado en la ciudad de Paraná y organizado por el Instituto “Dr. Juan Bautista Alberdi”; que participó en carácter de Capacitador del 1er. Seminario de Capacitación para empleados Judiciales realizado en la ciudad de Concordia en Julio de 2001 y organizado por el Instituto “Dr. Juan Bautista Alberdi”; que ha asistido a veintidós (22) eventos científicos, acompañando los respectivos certificados, vinculándose todos con el cargo; que fue designado miembro integrante de la Comisión Consultiva del Anteproyecto de Código Procesal Penal y Ley de Jurados para la Provincia de Entre Ríos; que integró la Comisión Directiva del Colegio de Abogados Seccional Concordia en el periodo de 1988/1989. Adjunta la siguiente documentación: Copias certificadas de cinco  (5) sentencias en las que el postulante emitiera el primer voto, Copia simple de una monografía elaborada por  el postulante sobre el tema “ El error en el ámbito del Derecho Penal”, que fuera presentada en el curso de Postgrado. Asimismo, no manifiesta: poseer otros títulos Universitarios, poseer otros estudios vinculados con el cargo al que aspira, ejercer la docencia universitaria, la edición y publicación de libros o artículos de su autoría, la recepción de premios, distinciones académicas, menciones honoríficas u otros reconocimientos, la obtención de becas, pasantías o similares, la realización de trabajos de investigación. En virtud de lo manifestado, acreditado y acompañado por el Dr. GIORGIO, le corresponde en puntaje total de 29,70 PUNTOS, desagregándose los mismos en: Antigüedad: en el ejercicio libre de la profesión de abogado (computa 5 años): 2,10 puntos; en el Poder Judicial (computa 16 años): 22,35 puntos: Juez de Instrucción: computa 5 años, Juez Correccional: computa 8 años, Vocal Camara de la Sala Penal:  computa 3 años. Total: 24,45 puntos PERO por reducción al tope previsto en los arriba mencionados criterios: 18  puntos. ESPECIALIDAD: en virtud de los antecedentes acreditados le corresponden 8,5 puntos. ANTECEDENTES ACADÉMICOS: Especialización (misma especialidad): 2,40 puntos; Conferencia  (1): 0,40 puntos; Asistencia a eventos científicos: 0,40 puntos. Total: 3,20 puntos.

 

                                   Que con respecto a la postulante MARTA ALICIA SATURNINA GONZALEZ,  manifiesta y prueba que obtuvo su titulo de abogada expedido por la U.N.L. en fecha 11/03/1976,  habiéndose matriculado en la provincia de Santa Fe en fecha 9/04/1976 y en la provincia de Entre Ríos en fecha 3/11/1978, encontrándose la misma suspendida desde el 23/04/1987 a la fecha por incompatibilidades con sus funciones en el Poder Judicial de la Provincia; que ha ejercido la profesión en la ciudad de Santa Fe desde el mes de marzo de  1976 hasta el mes de Julio de 1978 (conforme fecha de matriculación desde el mes de abril de 1976); que  se desempeño en la Administración Pública Provincial en la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos de Concordia desde el 17/10/79 hasta el 15/10/83; que se ha desempeñado en distintos cargos del Poder Judicial de la Provincia desde el 20/08/84 a la fecha. Tiempo en el que ha cumplido las funciones de: Agente Fiscal Titular de la Fiscalía Nº1 de Concordia, desde el 20/08/84 hasta el 27/12/92, Fiscal de Cámara Suplente de la Fiscalía de Cámara de Concordia, desde el 09/09/85 hasta el 02/01/86, Fiscal de Cámara Suplente de la Fiscalía de Cámara de Concordia, desde el 23/06/90 hasta el 04/07/90,  Fiscal de Cámara Suplente de la Fiscalía de Cámara de Concordia, desde el 23/08/90 hasta el 26/09/90,  Fiscal de Cámara Suplente de la Fiscalía de Cámara de Concordia, desde el 23/02/91 hasta el 31/03/91, Fiscal de Cámara Suplente de la Fiscalía de Cámara de Concordia, desde el 18/04/91 hasta el 31/05/91, Fiscal de Cámara Suplente de la Fiscalía de Cámara de Concordia, desde el 01/07/91 hasta el 21/07/91,  Fiscal de Cámara Suplente de la Fiscalía de Cámara de Concordia, desde el 01/09/91 hasta el 30/11/91,  Fiscal de Cámara Suplente de la Fiscalía de Cámara de Concordia, desde el 29/12/91 hasta nueva disposición, Fiscal de Cámara Suplente de la Fiscalía de Cámara de Concordia, desde el 02/06/92 hasta el 08/07/92, Juez de Instrucción Titular del Juzgado de Instrucción Nº3 de Concordia, desde el 28/12/92 hasta la actualidad; que  no le han sido aplicadas sanciones disciplinarias por el C.A.E.R.  o S.T.J.; que se publicó en Jurisprudencia de Entre Ríos Nº37 de Delta Editora, temas vinculados a las Jornadas de Trabajo del Ministerio Publico Fiscal, realizadas en Concordia el 24/03/90; que ha participado en veinticuatro (24) eventos científicos vinculados mayoritariamente al cargo que postula. Por otro lado, no manifiesta: Poseer otros títulos universitarios, Poseer doctorados, maestrías y otros títulos de postgrado, Haber realizado otros estudios que guarden vinculación al cargo que aspira, Haber ejercido la docencia universitaria, Haber dictado conferencias o participado en mesas redondas, La recepción de premios, distinciones académicas, menciones honoríficas u otros reconocimientos, La pertenencia a Instituciones científicas o profesionales, La obtención de becas, pasantías o similares en el país o en el extranjero, La realización de trabajos de investigación. Asimismo, acompaña copias certificadas de: Resumen de Estadísticas correspondientes a los meses de enero a marzo del año 2004, Autos de procesamiento dispuestos por la postulante en cuatro causas, Recurso de Casación interpuesto por la postulante como Fiscal de Cámara Subrogante, copia certificada de la sentencia recaída en fecha 6/02/95 en la causa “Jatamlasky Alberto Bernardo – Denuncia contra la Dra. Gonzalez de Amaduzzi”, en la que se resuelve absolver a la postulante en orden a la causal de destitución del art. 15 inc. B de la Ley 8457. Por lo manifestado, probado y acompañado por la Dra. GONZALEZ, le corresponde un total de 26,40 PUNTOS, desagregándose la misma en: Antigüedad: en el ejercicio libre de la profesión de abogado (computa 8 años): 3,78 puntos; en el Poder Judicial: 24,15 puntos: Fiscal (computa 5 años), Fiscal de Cámara (computa 2 años), Juez de Instrucción (computa 12 años); total: 27,93 puntos, PERO por reducción al tope previsto en los arriba mencionados criterios: 18  puntos. Especialidad: en virtud de los antecedentes acreditados le corresponde 8 puntos. Por sus antecedentes académicos, le corresponden: asistencia a eventos científicos: 0,40 puntos.

 

                                   Que con respecto al postulante CARLOS FERMIN LARRARTE, el mismo manifiesta y prueba que obtuvo su titulo de abogado expedido por la Universidad Nacional de Mar del Plata en fecha 29/04/1985, no poseyendo matricula por incompatibilidades con sus funciones en el Poder Judicial; que se ha desempeñado en el Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires desde el año 1980, cumpliendo funciones en los siguientes cargos a partir de la obtención del titulo de abogado: Secretario de Primera Instancia en el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal Nº2 de Mar del Plata desde el 18/02/85 al 04/04/88, Secretario de la  Cámara en lo Criminal y Correccional de Mar del Palta desde el 04/04/88 al 4/02/94; que se ha desempeñado en distintos cargos del Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos desde el 04/04/94 a la fecha. Tiempo en el que ha cumplido las funciones de: Fiscal de Cámara Titular de la Cámara de Concordia desde el 04/02/94 hasta la actualidad, Vocal Sala Penal Suplente de la Cámara de Concordia desde el 26/04/94 hasta el 01/06/95, Vocal Sala Penal Suplente de la Cámara de Concordia desde el 28/08/02  hasta el 03/06/03, Vocal Sala Penal a cargo de despacho de la Cámara de Concordia desde el 01/07/03 hasta la actualidad; que no le han sido aplicadas sanciones disciplinarias por la S.C.J. de Buenos Aires ni por el S.T.J. de Entre Ríos; que ha participado en doce (12) eventos científicos vinculados al cargo que postula, adjuntando los certificados correspondientes a once (11) de los mismos.      Asimismo, acompaña copias certificadas de: tres Recursos de Casación interpuestos por el postulante como Fiscal de Cámara ante el Excmo. Superior Tribunal de Justicia y lo resuelto por ese cuerpo, tres fallos dictados como Vocal a cargo del primer voto de la Sala Penal de Concordia, mencionando el postulante que ocupa el cargo como suplente por mas de tres años lapso en el que nunca se le ha revocado alguno. Por otro lado, no manifiesta: poseer otros títulos universitarios, poseer doctorados, maestrías y otros títulos de postgrado, haber realizado otros estudios que guarden vinculación al cargo que aspira, haber ejercido la docencia universitaria, haber editado libros o publicado artículos, haber dictado conferencias o participado en mesas redondas, la recepción de premios, distinciones académicas, menciones honoríficas u otros reconocimientos, la pertenencia a Instituciones científicas o profesionales, la obtención de becas, pasantías o similares en el país o en el extranjero,  la realización de trabajos de investigación. En virtud de los antecedentes manifestados, acreditados y acompañados por el Dr. LARRARTE, le corresponde un puntaje total de 27 PUNTOS, desagregándose los mismos en: Antigüedad: 1.- En el ejercicio libre de la profesión de abogado: no acredita. 2.- En el Poder Judicial: 22,83 puntos:  Secretario de Primera Instancia Penal (computa 3 años), Secretario de Cámara en lo Criminal y Correccional (computa 6 años), Fiscal de Cámara (computa 7 años), Vocal de Cámara (computa 3 años) Total: 22,83 puntos, PERO por reducción al tope previsto en los arriba mencionados criterios: 18  puntos. ESPECIALIDAD: en virtud de los antecedentes acreditados le corresponde 9 puntos. ANTECEDENTES ACADÉMICOS: No acredita.

                                  

                              Que con respecto a la postulante ALICIA LEON, manifiesta y prueba que obtuvo su titulo de abogada expedido por la U.N.L. en fecha 28/10/1980,  habiéndose matriculado en fecha 08/05/1981 y encontrándose la misma suspendida por incompatibilidades con sus funciones en el Poder Judicial de la Provincia; que se ha desempeñado en distintos cargos del Poder Judicial de la Provincia desde el 22/05/1975 a la fecha. Tiempo en el que ha cumplido las funciones de: Escribiente Interina de la Fiscalia de 1º Inst. Nº2 de Concordia desde el 22/05/75 hasta el 01/08/76, Escribiente Suplente de la Fiscalia de 1º Inst. de Concordia desde el 02/08/76 hasta el 09/09/76, Secretaria Interina de la Secretaria Nº4 del Juzgado de Instrucción Nº2 de Concordia desde el 10/09/76 hasta el 27/09/76, Secretaria Titular de la Secretaria Nº4 del Juzgado de Instrucción Nº2 de Concordia desde el 28/09/76 hasta el 01/07/84, Secretaria Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 26/08/82 hasta el 22/06/83, Agente Fiscal Titular de la Fiscalia Nº2 de Concordia desde 02/07/84 hasta la actualidad, Fiscal de Cámara Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 07/06/90 hasta el 22/06/90, Fiscal de Cámara Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 08/07/90 hasta el 23/07/90, Fiscal de Cámara Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 01/12/90 hasta el 31/01/91, Fiscal de Cámara Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 01/04/91 hasta el 30/04/91, Vocal Sala Penal Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 18/04/91 hasta el 31/05/91, Fiscal de Cámara Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 01/06/91 hasta el 30/06/91, Fiscal de Cámara Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 03/08/91 hasta el 31/08/91, Fiscal de Cámara Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 01/10/91 hasta el 31/10/91, Fiscal de Cámara Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 01/12/91 hasta el 28/12/91, Fiscal de Cámara Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 10/02/92 hasta nueva disposición, Vocal Sala Penal Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 02/06/92 hasta el 09/07/92, Vocal Sala Penal Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 13/08/93 hasta el 16/09/93, Vocal Sala Penal Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 17/09/93 hasta nueva disposición, Fiscal de Cámara Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 19/07/94 hasta el 31/12/94, Fiscal de Cámara Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 02/03/95 hasta el 30/06/95, Juez Suplente del Juzgado Correccional de Concordia desde el 27/03/01 hasta el 27/04/01, Vocal Sala Penal Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 07/08/01 hasta el 10/11/01, Fiscal de Cámara Suplente de la Excma. Cámara de Concordia desde el 26/08/02 hasta el 30/11/03, Vocal Sala Penal a cargo de Despacho de la Excma. Cámara de Concordia desde el 01/12/03 hasta la actualidad; que no le han sido aplicadas sanciones disciplinarias por el C.A.E.R.  o S.T.J.; que posee el titulo de Notario expedido por la U.N.L. en fecha 18/12/1969; que ha finalizado el curso de postgrado de  especialización  en Criminología en la U.N.L., habiéndose expedido el titulo en fecha 04/11/1993; que desde el año 2001 hasta la actualidad, ejerce la docencia universitaria, desempeñándose como tutora Ad Honorem en la Subsede Buenos Aires de la  Universidad Católica de Salta, Centro Tutorial “Nuestra Señora del Rosario”, de la ciudad de Concordia, en la materia Derecho Procesal Penal de la carrera de abogacía; que ha participado en calidad de disertante del Curso “Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (Decreto 673/03), dictado al personal del Escuadrón 4 “Concordia” de Gendarmería Nacional; que presentó una ponencia en las “VIII Jornadas Nacionales del Ministerio Público Fiscal” sobre “Medio Ambiente Delitos de Peligro Abstracto su Persecución, Legitimación del Ministerio Público como representante de la comunidad, Intereses Difusos, su consagración constitucional.”; que presento un trabajo en las “Jornadas sobre Reestructuración del Poder Judicial de Entre Ríos ante la crisis y necesidad de mejor servicio” en el año 2002; que ha participado en treinta (30) eventos científicos todos vinculados al cargo que postula. Por otro lado, no manifiesta: poseer otros estudios que guarden vinculación al cargo que aspira, la recepción de premios, distinciones académicas, menciones honoríficas u otros reconocimientos, la pertenencia a Instituciones científicas o profesionales, la obtención de becas, pasantías o similares en el país o en el extranjero, la realización de trabajos de investigación. Asimismo, acompaña: un trabajo de su autoría presentado en la Jornada del Ministerio Público Fiscal realizada en Concordia el 24/03/90, publicado en el Nº37 de Jurisprudencia de Entre Ríos – Delta Editora – Junio 1990, adjuntando una copia de la publicación sin certificar, Copias certificadas de cuatro sentencias en las cuales ha tenido el primer voto, Estadística de los últimos dieciocho meses de los dictámenes realizados al desempeñarse como fiscal de Cámara desde agosto del año 2002 hasta el 1º de diciembre del año 2003. En virtud de los antecedentes manifestados, acreditados y acompañados, a la Dra. LEON le corresponde un puntaje total de 29,40 PUNTOS, desagregándose los mismos en: Antigüedad: en el ejercicio libre de la profesión de abogado: no acredita; en el Poder Judicial: 28,73 puntos: Secretaria Juzgado de Instrucción (computa 2 años), Secretaria de Cámara (computa 1 año), Agente Fiscal (computa 16 años), Fiscal de Cámara (computa 2 años). Vocal Sala Penal (computa 2 años). Total: 28,73 puntos. PERO por reducción al tope previsto en los arriba mencionados criterios: 18  puntos. Especialidad: en virtud de los antecedentes acreditados le corresponden 9 puntos. Antecedentes académicos: Conferencias: 0,40 puntos; Especialización: 1,60 puntos,  Asistencia a eventos científicos: 0,40 puntos. Total: 2,4 puntos.

 

Que con respecto al postulante PATRICIA LILIANA PEREZ, manifiesta y prueba que obtuvo su titulo de abogada expedido por la U.N.L. en fecha 10/03/1983, que se ha desempeñado en distintos cargos del Poder Judicial de la Provincia desde el 08/04/1980 a la fecha, habiendo cumplido las siguientes funciones a partir de la obtención del titulo de abogada: Escribiente Provisoria del Juzgado de Instrucción  Nº2 de Concordia desde el 10/03/83 hasta el 16/11/83, Escribiente Titular del Juzgado de Instrucción Nº2 de Concordia desde el 17/11/83 hasta el 24/03/85, Escribiente Mayor Suplente del Juzgado de Instrucción Nº2 de Concordia desde el 28/05/84 hasta el 11/09/84, Secretaria Provisoria del Juzgado de Instrucción Nº1 de Concordia desde el 12/09/84 hasta el 24/03/85, Secretaria Titular del Juzgado de Instrucción Nº1 de Concordia desde el 25/03/85 hasta el 13/08/91, Agente Fiscal Suplente de la Fiscalia de Primera Instancia de Concordia desde el 07/06/90 hasta el 13/08/91, Defensora de Pobres y Menores Titular de la Defensoria de Pobres y Menores Nº2 de Concordia desde el 14/08/91 hasta el 27/02/02, Juez Correccional Suplente del Juzgado Correccional de Concordia desde el 28/02/02 hasta la actualidad; que no le han sido aplicadas sanciones disciplinarias por el C.A.E.R.  o S.T.J.; que ha aprobado el Curso de Formación Básica en Mediación; que ha participado en calidad de Disertante en dos cursos, de Panelista en dos encuentros y Expositora en una jornada; que ha participado en cuarenta y cuatro (44) eventos científicos, vinculándose treinta y ocho (38) al cargo que postula. Manifiesta y no prueba: que se matriculó en fecha 1/06/1984 y que la misma se encuentra suspendida por incompatibilidad con sus funciones en el Poder Judicial de la Provincia. Por otro lado, no manifiesta: poseer otros estudios que guarden vinculación al cargo que aspira, poseer Doctorados y Maestrías, ejercer la docencia universitaria, haber editado libros o publicado artículos, haber recibido premios, distinciones honoríficas u otros reconocimientos, pertenecer a Instituciones científicas o profesionales, haber obtenido becas, pasantías o similares en el país o en el extranjero,  haber realizado trabajos de investigación. Asimismo, acompaña: copias certificadas de cinco testimonios de sentencias dictadas durante el desempeño de la postulante en el cargo actual como Juez en lo Correccional Suplente de la ciudad de Concordia, copias certificadas de estadísticas correspondientes a los meses de septiembre/2003 abril/2004 del Juzgado Correccional de Concordia. En virtud de los antecedentes manifestados, acreditados y acompañados por la Dra. PEREZ, le corresponde un puntaje total de 28,30 PUNTOS, desagregándose de la siguiente manera: Antigüedad: en el ejercicio libre de la profesión de abogado: no acredita; en el Poder Judicial: 22,29 puntos, como Escribiente: computa 2 años, Secretaria: computa 6 años, Fiscal: computa 1 año, Defensora: computa 11 años, Juez: computa 2 años. Total: 22,29 puntos. PERO por reducción al tope previsto en los arriba mencionados criterios: 18  puntos. Especialidad: en virtud de los antecedentes acreditados le corresponden 8,50 puntos. Antecedentes Académicos: Conferencista: 0,40 puntos, Mediación: 0,20 puntos, Asistencia a Eventos científicos: 0,40 puntos, Curso de Postgrado: 0,80 puntos. Total: 1,80 puntos.

 

                                    Que con respecto al postulante HECTOR EDUARDO PESSOLANI, manifiesta y prueba que obtuvo su título de abogado expedido por la U.N.L. en fecha 07/11/1985,  habiéndose matriculado en fecha 06/12/1985 y suspendida en fecha 23/04/1987 por incompatibilidad; que desempeñó la profesión de abogado en forma independiente desde el 06/12/1985 hasta el 11/08/1986; que se ha desempeñado en el Poder Judicial de la Provincia desde el 11/08/1986 hasta la actualidad, habiendo desempeñado los siguientes cargos: Secretario Suplente del Juzgado de Instrucción Nº2 de Concordia, desde el 11/08/1986 hasta el 09/02/1987, Secretario Interino del Juzgado de Instrucción Nº2 de Concordia, desde el 10/02/1987 hasta el 07/05/1987, Secretario Provisorio del Juzgado de Instrucción Nº2 de Concordia, desde el 08/05/1987 hasta el 29/10/1987, Secretario Titular del Juzgado de Instrucción Nº2 de Concordia, desde el 30/10/1987 hasta el 03/07/1991, Agente Fiscal Suplente del Ministerio Público de Concordia, desde el 08/07/1990 hasta el 23/07/1990, Agente Fiscal Suplente del Ministerio Público de Concordia, desde el 06/09/1990 hasta el 03/07/1991, Juez Titular del Juzgado de Instrucción Nº4 de Concordia desde el 04/07/1991 hasta la actualidad; que no le han sido aplicadas sanciones disciplinarias por el C.A.E.R.  o S.T.J.; que realizó el curso de “Capacitación Pedagógica para Graduados Universitarios” en la Universidad Nacional de Entre Ríos,  con una duración de dos años. Acompaña la siguiente documentación: cuadro Estadístico correspondiente al Juzgado de Instrucción Nº4 de Concordia. Asimismo, manifiesta: Pertenecer a la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Entre Ríos. Por otro lado, no manifiesta: poseer otros títulos universitarios, poseer otros estudios vinculados con el cargo al que aspira, haber ejercido la docencia Universitaria, Libros de su autoría o artículos publicados, haber dictado conferencias o participado en mesas redondas, haber asistido a congresos, jornadas, simposios  u otro evento científico, la recepción de premios, distinciones académicas, menciones honoríficas u otros reconocimientos, la obtención de becas, pasantías o similares, haber realizado trabajos de investigación. Por lo manifestado, probado y acompañado por el Dr. PESSOLANI, le corresponde un total de 26,30 PUNTOS, desagregándose los mismos en: Antigüedad: en el ejercicio libre de la profesión de abogado (computa 1 año): 0,42 puntos; 2.- En el Poder Judicial (computa 18 años): 21,04 puntos, Secretario Juzgado de Instrucción (computa 4 años), Agente Fiscal (computa 1 año), Juez de Instrucción (computa 13 años). Total: 21,46 puntos. PERO por reducción al tope previsto en los arriba mencionados criterios: 18  puntos. Especialidad: en virtud de los antecedentes acreditados, le corresponden 7,5 puntos. Antecedentes Académicos: Curso de Postgrado: 0,80 puntos.

 

Que con respecto a la postulante MARIELA EMILCE ROJAS, la misma manifiesta y prueba que le fue expedido el título de abogada por la U.N.L. el 24/11/1983; que se desempeñó como Auxiliar Principal de Sexta, designada por la Excma. Cámara Federal  de Apelaciones de la ciudad de Paraná –computando desde la expedición del título 24/11/1983 hasta el 27/03/1984; que se desempeñó como Auxiliar Superior Relatora, designada por la Excma. Cámara Federal  de Apelaciones de la ciudad de Paraná, desde el 27/03/1984 hasta el 27/12/1990; que se desempeñó  como Secretaria Criminal y Correccional  del Juzgado Federal de 1ra. Instancia de Concepción del Uruguay, desde el 27/12/1990 hasta  la actualidad; que obtuvo el Título de “Especialista en Derecho Penal” expedido por la U.N.L.; que realizó en la U.N.L. la carrera de “Especialización en Derecho Procesal Penal” (no acreditado por la C.O.N.E.A.U.), habiendo rendido lo exámenes correspondientes y encontrándose pendiente la entrega de la Monografía final; que ejerce como profesora adjunta en la Universidad de Concepción del Uruguay, en las materias de “Derecho Penal I” desde el 01/04/1998 hasta la actualidad, y en “Derecho Penal II” desde 31/03/2000 hasta la actualidad; que ha asistido a dieciséis (16) eventos científicos, acompañando los respectivos certificados. Asimismo, manifiesta y no prueba: que realizó el “Curso de Actualización en Derecho Penal” aprobado el trabajo final el 30/11/1988. Adjunta la siguiente documentación: Fotocopias de Estadísticas, Fotocopias de Inspecciones realizadas por la Excma. Cámara Jurisdiccional, Fotocopias de las planillas de calificaciones obrantes en el legajo personal. Asimismo, no manifiesta: poseer otros títulos Universitarios, el dictado de conferencias ni participación en mesas redondas o debates, la edición y publicación de libros o artículos de su autoría, la recepción de premios, distinciones, menciones honoríficas u otros reconocimientos recibidos, pertenecer a Instituciones científicas o profesionales, la obtención de becas, pasantías o similares, haber realizado trabajos de investigación. En virtud de los antecedentes manifestados, acreditados y acompañados, a la Dra. ROJAS le corresponde un puntaje total de 24,99 PUNTOS, desagregándose los mismos en: ANTIGÜEDAD: en el ejercicio de la profesión de abogado: no acredita. En el Poder Judicial (computa 21 años): 12,10 puntos: Relatora (computa 7 años), Secretaria Criminal y Correccional (computa 14 años). Total: 12,10 puntos. ESPECIALIDAD: en virtud de los antecedentes acreditados le corresponden 4,69 puntos. ANTECEDENTES ACADÉMICOS: Especialización en Derecho Penal (misma especialidad): 2,40 puntos; Docencia Universitaria (2 catedras): 4,80 puntos, Especialización en Derecho Procesal Penal (no acreditado por la C.O.N.E.A.U., pendiente tesis final): 1 punto. Total: 8,20 puntos.

 

Que por los fundamentos que anteceden este Consejo se encuentra autorizado a establecer, como calificación de los antecedentes profesionales y académicos de los inscriptos al Concurso Nº. 5 – 3 (tres) Vocales para la Cámara de Apelaciones – Sala Penal - de la Ciudad de Concordia – las de (por orden de inscripción): Alicia Leon, 29,40 puntos -  Patricia Liliana Perez, 28,30 puntos – Angel Miguel Giorgio, 29,70 puntos – Marta Alicia Saturnina Gonzalez, 26,40 puntos – Carlos Fermin Larrarte, 27 puntos -  Alberto Funes Palacios, 21,68 puntos – Alejandro Marcelo Garay, 29,10 puntos – Hector Eduardo Pessolani, 26,30 puntos – Mariela Emilce Rojas, 24,99 puntos – Martín Francisco Carbonell, 25,68 puntos -todo conforme el artículo 28 del Reglamento General y de Concursos Públicos de este organismo.

 

 

POR ELLO,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

 

RESUELVE

 

 

Art. 1: Aprobar la calificación de los antecedentes de los inscriptos al Concurso Nº. 5 – 3 (tres) Vocales para la Cámara de Apelaciones – Sala Penal - de la Ciudad de Concordia – conforme a continuación se detalla: Alicia Leon, 29,40 puntos -  Patricia Liliana Perez, 28,30 puntos – Angel Miguel Giorgio, 29,70 puntos – Marta Alicia Saturnina Gonzalez, 26,40 puntos – Carlos Fermin Larrarte, 27 puntos -  Alberto Funes Palacios, 21,68 puntos – Alejandro Marcelo Garay, 29,10 puntos – Hector Eduardo Pessolani, 26,30 puntos – Mariela Emilce Rojas, 24,99 puntos – Martín Francisco Carbonell, 25,68 puntos, todo conforme el artículo 28 del Reglamento General y de Concursos Públicos de este organismo.

 

Art. 2: La presente será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Art. 3: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

   

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