RESOLUCIÓN Nº 214 C.M.E.R.

Paraná,  06  de julio de 2007.

 

 

 

 

VISTO:

 

 

Los planteos de excusación deducidos ante el Plenario, por los Sres. Consejeros Titulares, Dres. Hermo Luis Pesuto y Juan Ramon Smaldone, en la Sesión Ordinaria llevada a cabo el 29 de Junio del corriente, y;

 

  

CONSIDERANDO:

 

Que conforme surge del Acta respectiva, de fecha 29/06/2007, sendos planteos se fundan en que los mencionados Consejeros  se encontrarían inmersos entre las causales de recusación previstas en el artículo 11º del Reglamento General, el Dr. Hermo Luis Pesuto con respecto al  Dr. Oscar Eduardo Rossi, postulante inscripto en el Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 49 y, el Dr. Juan Ramon Smaldone, con relación al Dr. Maximiliano Benitez, postulante inscripto en el Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 53.

 

Que de acuerdo a las previsiones del articulo 12º del Reglamento General y de Concursos Públicos, corresponde convocar para intervenir en los mencionados concursos, a los respectivos Consejeros Suplentes, siendo el Dr. Rene Sadi Bonfils, el Consejero Suplente del Dr. Hermo Luis Pesuto  y, el Dr. Antonio Cirigliano, el correspondiente al Dr. Juan Ramon Smaldone.

 

 

POR ELLO:

 

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

 

RESUELVE:

 

Art. 1: Aceptar las excusaciones de  los Sres. Consejeros Titulares, Dres. Hermo Luis Pesuto y Juan Ramon Smaldone, para intervenir en el Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 49 y en el Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 53, respectivamente, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.

 

Art. 2: Convocar al Sr. Consejero Suplente, Dr. Rene Sadi Bonfils, para intervenir en el Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 49, hasta la elevación de la terna respectiva.

Art. 3: Convocar al Sr. Consejero Suplente, Dr. Antonio Cirigliano, para intervenir en el Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 53, hasta la elevación de la terna respectiva.

Art. 4: La presente será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

Art. 5: Regístrese, comuníquese a la oficina correspondiente, publíquese y archívese. 

 

 

 

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