RESOLUCIÓN Nº 274 C.M.E.R.

 Paraná, 19 de Septiembre de 2008

                                                                            

 

 

 

VISTO:

 

            El Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 58, destinado a cubrir un cargo de Agente Fiscal para la Fiscalía de la ciudad de Villaguay,  y;

 

  

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante acta de fecha 14 de agosto de 2008, suscripta por el cuerpo de jurados técnicos intervinientes Dres. Enrique Marciano Martínez, Juan Carlos Gemignani (h) y Silvia Teresita Nazar, se asignaron las calificaciones correspondientes a la etapa de oposición del referido concurso, efectuándose la correlación respectiva mediante acta de fecha 20 de agosto de 2008.

 

Que en fecha 29 de agosto de 2008, finalizó el periodo reglamentario para la presentación de impugnaciones a las calificaciones asignadas, de acuerdo a lo prescripto por los arts. 12 y 33 del Decreto Nº 39/03 y del Reglamento General, respectivamente, sin que se formulara ningún planteo al respecto.

 

Que de acuerdo a ello, en la sesión plenaria llevada a cabo en fecha 16 de septiembre de 2008, se evaluó la posibilidad de acceder a la etapa de Entrevistas Publicas del concurso arriba mencionado, resultando que conforme el Decreto 39/03 GOB, ninguno de los postulantes reuniría el puntaje mínimo para acceder a la terna (60 puntos conforme art. 14 del Dec. cit.), considerándose entonces que resultaría oportuno y conveniente declarar desierto el  concurso en cuestión y efectuar una nueva convocatoria.

 

 

 

 

Por ello

 

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Declarar desierto el Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 58, destinado a cubrir un cargo de Agente Fiscal para la Fiscalía de la ciudad de Villaguay, por los motivos expuestos en los Considerandos de la presente.

 

Artículo 2º: Incluir el cargo vacante en la próxima convocatoria que se realice.

Artículo 3º: La presente será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

Artículo 4º: Regístrese,  publíquese y archívese. 

 

  

 

 

 

 

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