RESOLUCIÓN Nº 283 C.M.E.R.

                                                                PARANÁ,  19 de Noviembre de 2008

 

 

                                                                        

VISTO

 

 El Concurso Público Nº 54 destinado a cubrir dos (2) cargos de Agente Fiscal de Gualeguaychú, y;

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que habiendo trascurrido las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Públicas, y siendo competencia exclusiva y excluyente del Consejo de la Magistratura proponer ternas vinculantes al Poder Ejecutivo Provincial, corresponde elevar en ésta instancia al Sr. Gobernador de la Provincia, la terna correspondiente al Concurso en cuestión para la nominación del candidato al cargo vacante en la Fiscalía Nº 2 y Nº 3 de Gualeguaychú.

           

Que luego de finalizadas todas las etapas del procedimiento de selección, surge que los Dres., reúnen los requisitos previstos en el art. 14 del Decreto 39/03 GOB., conforme las Resoluciones Nº 225/07 CMER y 240/07 CMER (de Calificación de Antecedentes y Recursos de Reconsideración, respectivamente), el Acta de fecha 14 de agosto de 2008 suscripta por los Jurados Técnicos del concurso en cuestión (de calificación de la Prueba de Oposición) y el Acta de fecha 10 de octubre de 2008 (de calificación de la Entrevista Personal).

 

Que oídos los postulantes en la Entrevista Pública, el Consejo estima innecesaria la realización del examen previsto en el artículo 35 del Reglamento General  y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

 

POR ELLO,

 

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

 

R E S U E L V E:

 

  

Artículo 1º: Elevar al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, la terna vinculante destinada a cubrir dos (2) cargos de Agente Fiscal para las Fiscalías Nº 2 y Nº 3 de la ciudad de Gualeguaychu, conformada por los siguientes postulantes por orden de merito:  

 

·         Dr. CHAIA, Rubén Alberto (88,20 puntos).

·         Dr. DERUDI, Mauricio Daniel (65 puntos).

·         Dr. Pivas Colombo, Maria Angélica (63,70 puntos ).

 

Artículo 2º: Exceptuar la realización del examen psicológico y psicotécnico previsto en el artículo 35 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Artículo 3º: Poner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al Concurso en cuestión y de los postulantes, para su evaluación y posterior nominación del candidato.

 

Artículo 4º: La presente será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Artículo 5º: Regístrese, notifíquese, publíquese y archívese.

 

 

 

  Volver