RESOLUCIÓN Nº 297 C.M.E.R.

                                                           Paraná, 09 de Diciembre de 2008.

 

 

                                                                                 

VISTO:

                       

El artículo 28 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, y;

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que el día 1º de Septiembre de 2008 finalizó el período de inscripción para el Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 77 destinado a cubrir un (1) cargo de Juez para el Juzgado de Instrucción de la ciudad de Victoria.

           

Que, en general, para la calificación de los antecedentes de los inscriptos se han consensuado criterios con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 28 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, con el objetivo de establecer parámetros de equidad que sirvan de guía para la calificación de los antecedentes de los postulantes. A tales efectos, se ha establecido que los 28 puntos que prevé el Reglamento para los antecedentes profesionales se desdoblan adjudicando dieciocho (18) puntos a la antigüedad en el Poder Judicial y/o en el ejercicio de la profesión de abogado, y diez (10) puntos por la especialidad, mérito profesional y afinidad del concursante con el cargo a concursar, lo cual será medido por lo actuado en su trayectoria profesional. Además, el puntaje que se asigna se calcula por año o fracción mayor a seis (6) meses en cargos en el Poder Judicial o en la matrícula profesional y a aquellos profesionales que presenten antecedentes en ambas categorías, se les sumarán los puntos que le correspondan por cada una de ellas. Cuando se hable de “cargos equiparables” se hace referencia a todos aquellos cargos con igual jerarquía de acuerdo a la Ley Orgánica de Tribunales de la Provincia, leyes de organización judicial de la Nación, y también de otras Provincias.

 

Que debe aclararse que la antigüedad se computa a partir de la matriculación para los abogados en el ejercicio libre de la profesión y desde la obtención del titulo de abogado para los empleados y/o funcionarios judiciales. En el caso de haberse desempeñado en ambas categorías se computará la antigüedad a partir de la matriculación o desde la obtención del titulo de abogado según la actividad que en primer lugar haya desarrollado el postulante en cuestión. También se ha resuelto que para aquellos supuestos en que existieren distintas designaciones en forma sucesiva o alternada para un mismo cargo en el Poder Judicial, se sumarán las distintas fracciones de desempeño para establecer la antigüedad final, mecánica que incluso beneficia a quienes han desempeñado cargos judiciales por períodos menores a 6 meses y que luego han sido nuevamente designados en los mismos cargos alcanzando así la fracción mínima para computar un año.

 

Que asimismo, de la propia dinámica de la aplicación de tales pautas, se ha resuelto a fin de garantizar un trato objetivo e igualitario, a) equiparar el desempeño en el cargo de Relator o Prosecretario Administrativo de la Justicia Federal o Nacional al desempeño en el cargo de Delegado Judicial  b) calificar el desempeño en el cargo de Juez de Faltas, con un puntaje promedio entre el aplicable a los Jueces de Paz y el aplicable al Ejercicio Libre de la profesión y c) en caso de ejercicio libre de la profesión y desempeño anterior o posterior en el cargo de Secretario de Primera Instancia, el cómputo de la antigüedad se efectúa en forma conjunta.

 

Que así, se ha establecido para el cálculo de la “Antigüedad”: I.- Para la antigüedad en el Poder Judicial: se conforman dos grupos: 1.- Cargos Judiciales anteriores al de Secretario y empleados en general: computan puntaje a partir de la fecha en que obtuvieron el título de abogado. Se otorgan 0.45 puntos por cada año de desempeño y  0.7 puntos  por cada año como delegado judicial o penitenciario. En ningún caso el puntaje total podrá exceder de cuatro (4) puntos. 2.- Secretarios del STJ, Secretarios de Primera Instancia y de Cámara, Relatores, Defensores de Pobres y Menores, Fiscales y Magistrados en general: Secretarios de Primera Instancia y Jueces de Paz: Por los primeros 5 años: 0.90 puntos por cada año de desempeño. De 5 a 10 años: 1.13 puntos por cada año de desempeño. De 10 a 15 años: 1.24 puntos por cada año de desempeño. Más de 15 años, Jueces de Paz de 1era. Categoría y Secretarios de Cámara: 1.35 puntos por cada año de desempeño. Defensores de Pobres y Menores, Secretarios de STJ, Relatores y Fiscales: Se otorgan 1.5 puntos por cada año de desempeño. Magistrados en general:  Se otorgan 1.6 puntos por cada año de desempeño. II- Para la antigüedad en el ejercicio libre de la profesión de abogado: por los primeros 5 años: 0.90 puntos por cada año de desempeño. De 5 a 10 años: 1.13 puntos por cada año de desempeño. De 10 a 15 años: 1.24 puntos por cada año de desempeño. Más de 15 años: 1.35 puntos por cada año de desempeño.

      

Que con respecto a la Especialidad acreditada por los concursantes en relación al cargo que se concursa, ésta será calificada con un máximo de diez (10) puntos, aplicándose para su cálculo el mismo mecanismo que el utilizado para el cálculo de la antigüedad. La diferencia es que solo será objeto de cálculo exclusivamente los años que el postulante pruebe efectivamente haberse desempeñado en la especialidad vinculada con el cargo que se concursa. El puntaje obtenido será porcentuado con relación al total de la "Antigüedad", para luego ser aplicado dicho porcentaje a un máximo de siete (7) puntos, reservándose tres (3) puntos del total previsto en este rubro, para la evaluación del  mérito profesional y la calidad técnica del aspirante. Con respecto a éste rubro de los antecedentes, se ha consensuado que, en aquellos supuestos en los que el postulante acredite el máximo correspondiente al rubro “Antigüedad” (18 puntos) en la misma especialidad del cargo al que se aspira, debe adjudicarse en forma automática los 7 puntos máximos, independientemente del mérito con el que se hubiere desempeñado.

 

Que con relación a los Antecedentes Académicos, se ha consensuado asignar puntaje a las publicaciones de autoría de los postulantes, atendiendo a la calidad, rigor científico, trascendencia jurídica, vinculación con la labor que demande la vacante a cubrir y eventualmente su calidad. No serán evaluados aquellos trabajos doctrinarios que se encontraren a la fecha de inscripción en prensa o no hubieren sido efectivamente publicados. Por este ítem, que no tiene una escala previa, se podrá asignar puntaje hasta alcanzar el máximo de doce (12), según las pautas precedentemente descriptas. Por el ejercicio de la docencia, se podrán otorgar hasta cuatro (4) puntos, dependiendo de si las horas se obtuvieron por concurso o por designación directa, y también de acuerdo a la mayor o menor vinculación de la/s materia/s con la especialidad del cargo que se concursa. Para adjudicar el puntaje correspondiente, se requiere un antigüedad mínima de tres (3) años y, de no reunirse este requisito, se aplica el que resulte inmediato anterior siempre  que acredite una antigüedad mínima de un (1) año. Con relación a la docencia en carácter de “Profesor invitado”, a su ejercicio en el nivel terciario o secundario, en instituciones no universitarias o al dictado de talleres, se ha consensuado asignar un puntaje global de 0,25 puntos por cada ítem. A la docencia universitaria en carácter de “Profesor Tutor”, se le asignará el puntaje aplicable al “Ayudante por Designación Directa en otra rama del Derecho” (0,40 puntos). En ningún caso el puntaje podrá exceder de cinco (5) puntos totales por el ítem.

 

Que dentro del rubro “estudios de postgrado”, la mera asistencia a Jornadas, Seminarios o Congresos no acuerda puntaje, sin embargo, si se justifica la concurrencia a más de 15 eventos vinculados con la especialidad del cargo concursado, se le adjudicará un puntaje global y tope de 0,40 puntos. En caso de que se acredite la culminación de alguno de los mismos con un trabajo o evaluación final aprobado, se adjudicará puntaje de acuerdo a su número (1 a 4, 0,80 puntos; 5 a 9, 1,20 puntos; 10 o más, 1,60 puntos). Los Cursos Anuales de Capacitación de Magistratura Judicial organizados por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi” y/o los Cursos de Capacitación “El Abogado en Ejercicio” organizados por el Colegio de Abogados de la Provincia de Entre Ríos, serán calificados en caso de que se acredite su aprobación completa con 0,80 puntos, siendo el puntaje tope asignable 2,40 puntos. La mera asistencia completa a los mencionados cursos, será calificada con 0,40 puntos, siendo el puntaje tope asignable 1,20 puntos. No se asignará puntaje en caso de que se acredite asistencia o aprobación parcial de los mismos. Se otorgarán puntos por los Doctorados (hasta 4 puntos), Maestrías (hasta 2,80 puntos), Especializaciones (hasta 2,40 puntos). Para tal asignación de puntaje, se ha tomado como pauta la mayor o menor vinculación que guarde la carrera con la especialidad de la vacante a cubrir y la nota obtenida. Con relación a los doctorados y/o maestrías y/o especializaciones no acreditadas por la CONEAU a la fecha de la obtención del diploma respectivo, se reducirá el puntaje aplicable en un 25%. En éste ítem solo se asignará puntaje en el supuesto en que se hubiere expedido el diploma respectivo. Al doctorado/maestría/especialización cursada o aprobada parcialmente, no se le asignará puntaje alguno.

 

Que con relación a otros títulos, se ha consensuado la siguiente asignación de puntaje: a) Universitarios, 1 punto por cada uno; b) Terciarios, 0,50 puntos por cada uno. Dentro de éste ítem será calificado el titulo de Mediador expedido por la Escuela de Mediadores dependiente de la Dirección Nacional de Promoción de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos, Secretaría de Asuntos Técnicos y Legislativos del Ministerio de Justicia de la Nación u otras instituciones siempre que tengan habilitación del Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la mencionada Dirección; c) Notario, 1,50 puntos.  Cabe aclarar con referencia al ítem, que no corresponde asignación de puntaje por el título de Procurador Judicial, dado que, no siendo encuadrable por su naturaleza como un titulo o estudio de postgrado, el mismo queda subsumido en el título de abogado.

 

Que, finalmente, no debe dejar de destacarse, que éstos Criterios consensuados constituyen normas interpretativas de carácter interno no estrictamente vinculantes, elaborados a los fines de aplicar pautas objetivas similares en los diferentes concursos y respecto a todos los postulantes. Ello en razón de que tales pautas requieren una adecuación constante, atento la variedad de antecedentes que se presentan, con lo cual su aplicación lisa y llana podría producir alguna distorsión en casos concretos, siendo por ende de estricta necesidad su constante adecuación.     

                                                              

Que de ésta forma, se analizan a continuación los antecedentes de cada uno de los postulantes, según orden alfabético, debiendo aclararse que si bien ha sido recepcionada y analizada toda la documentación adjuntada a las respectivas solicitudes de inscripción, solamente se ha hecho mención en los párrafos sucesivos de aquella presentada en tiempo y forma y que ha resultado relevante, de acuerdo a los criterios anteriormente descriptos, a los fines de la calificación de los mismos.

 

Que de acuerdo a las pautas mencionadas, corresponde establecer las calificaciones de los profesionales inscriptos, resultando de la compulsa de los legajos respectivos que: 

 

El Dr. BARBAGELATA XAVIER, JORGE ALBERTO  (DNI 23.578.453, expediente Nº 162): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 24/11/1.973. Tiene 34 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba, el 19/12/2000. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 01/06/2001, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (2 años y 4 meses). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 23/10/2003, desempeñándose en los cargos de: Delegado Judicial (suplente) del Juzgado de Instrucción Nº 5 de la ciudad de Paraná (computa 2 años), Secretario (suplente) del Juzgado de Instrucción Nº 5 de la ciudad de Paraná (1 mes), Agente Fiscal (suplente) de la Fiscalía de Primera Instancia Nº 3 de la ciudad de Paraná y de la Fiscalía Nº 3 de la ciudad de Chajarí (computa 3 años) y actualmente Juez (provisorio) del Juzgado de Instrucción de la ciudad de Diamante (no computa). No registra sanciones disciplinarias. Cabe aclarar que el computo de la antigüedad en el Ejercicio Libre de la Profesión y en el cargo de Secretario de Primera Instancia se realiza en forma conjunta (computa de tal manera un total de 2 años). Con relación a su desempeño en el Poder Judicial, adjunta recursos elaborados en ejercicio del cargo de Agente Fiscal y resoluciones dictadas en ejercicio de su cargo de Juez de Instrucción y las respectivas confirmaciones de Cámara. Aprobó el Curso Anual de Capacitación en  Magistratura Judicial –ciclo 2007- organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan B. Alberdi”. En resumen, el Dr. Jorge Alberto Barbagelata Xavier, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 7,70 puntos; por Especialidad de 2,10 puntos; por Antecedentes Académicos de 0,80 puntos. TOTAL: 10,60 puntos.

 

El Dr. CABRERA, MARTÍN (D.N.I. 23.341.554, expediente Nº 171): Nació en la ciudad de Gualeguay (Entre Ríos), el 05/12/1973. Tiene 34 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 26/08/1997. Ingresó al Poder Judicial de la provincia de Entre Ríos el 11/12/1997, desempeñándose en los cargos de: Escribiente (temporario) de la Mesa de Información Permanente del S.T.J. y (provisorio, titular) del Juzgado de Instrucción Nº 1 de Paraná (computa 2 años); Delegado Judicial (suplente, interino) del S.T.J. (computa 5 años); Secretario del Juzgado de Instrucción Nº 6 de Paraná (computa 1 año) y  Defensor (suplente, interino) de la Defensoría de Pobres y Menores Nº 4, Nº 6 y actualmente de la Nº 10 de Paraná (computa 2 años). No registra sanciones disciplinarias. Adjunta piezas procesales elaboradas en desempeño del cargo de Defensor y la Resolución favorable de uno de los mismos. Obtuvo el titulo de Abogado Especialista en Derecho Procesal Penal y el de Notario ambos expedidos por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. También, aprobó el “Curso de Actualización y Profundización en Derecho Procesal Penal” organizado por la casa de estudios antes mencionada. Asimismo, aprobó el “Curso Anual de Capacitación de Magistratura Judicial – Ciclo 2007” organizado por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos “Dr. Juan Bautista Alberdi”. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cago concursado.  En resumen, el Dr. Martín Cabrera, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de Antecedentes un puntaje, por Antigüedad  7,90 puntos; por Especialidad 2,90 puntos; por Antecedentes Académicos 4,90 puntos. TOTAL: 15,70 puntos.

 

El Dr. CALLEJA, JOSÉ ALEJANDRO (D.N.I. 17.559.150, expediente Nº 097): Nació en la ciudad de La Paz (Entre Ríos), el 03/04/1966. Tiene 41 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 01/06/1990. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 01/10/1990, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (3 años, 11 meses y 8 días). Ingresó al Poder Judicial de la provincia de Entre Ríos, el 09/09/1994, desempeñándose en los cargos de :  Secretario (interino, provisorio, titular) de los Juzgados de Instrucción de Feliciano y de La Paz (10 años y 9 meses), Agente Fiscal (suplente) de la Fiscalía de Feliciano y (titular) de la Fiscalía de Victoria (computa 2 años). Actualmente se desempeña como Juez (a cargo de despacho) del Juzgado de Instrucción de Victoria (computa 1 año). No registra sanciones disciplinarias. Cabe aclarar que el cómputo en el ejercicio libre de la profesión y en el cargo de Secretario de Primera Instancia se realiza en forma conjunta (computa de tal manera un total de 15 años). Obtuvo los títulos de Abogado Especialista en Derecho Procesal Penal y de Abogado Especialista en Derecho Penal, expedidos por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. Asistió al “Curso Anual de Capacitación de Magistratura Judicial”, Ciclos 2002 y 2005, organizados por el Instituto de Formación y Perfeccionamiento Judicial de la Provincia de Entre Ríos, Dr. Juan Bautista Alberdi. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo concursado. Dictó el “1er. Taller de Derecho Procesal Penal”,  organizado por la Comisión de Noveles Abogados del Colegio de Abogados de Entre Ríos, Sección La Paz. En resumen, el Dr. José Alejandro Calleja, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes, un puntaje por Antigüedad de 18 puntos, por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad de 4,70 puntos; por Antecedentes Académicos de 5,65 puntos. TOTAL: 28,35 puntos.

 

La Dra. GHIORZO, SILVIA BEATRIZ MARGARITA (DNI 16.988.635,  expediente Nº 028): Nació en la ciudad de Gualeguaychú (Entre Ríos), el 07/11/1964. Tiene 43 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 01/06/1989. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 06/10/1989, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (computa 18 años). Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 30/05/2007, desempeñándose en los cargos de: Delegada Judicial de Concordia, Defensora (suplente) de la Defensoría de Pobres y Menores Nº 2 de Gualeguaychú, Defensor (interina) de la Defensoría de Pobres y Menores de Villaguay y actualmente Defensora (suplente) de la Defensoría de Pobres y Menores Nº 5 de Concordia (computa 1 año). A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio liberal de la profesión adjunta listado de aportes emitido por la Caja Forense de la provincia de Entre Ríos, cedula que acredita su intervención como defensora en una causa penal y poderes generales que le otorgaran. Se ha desempeñado en la Administración Pública como Delegada a cargo de la Dirección del Trabajo del Departamento San Salvador, Asesora Legal del  Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concordia,  Asesora Legal en la Dirección Provincial del Trabajo delegación Concordia, Asesora Letrada ad-honorem del Museo Municipal de Concordia y Asistente del Cuerpo Legal de Abogados del Estado en la Agencia Territorial de Concordia del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Con relación a su desempeño en el Poder Judicial, agrega estadística y vistas suscriptas en desempeño del cargo de Defensora. Por otro lado, dictó los cursos sobre “El nuevo Régimen Vigente de PYMES” y “Formación Profesional”, ambos como asesora de la Dirección Provincial del Trabajo (Concordia). En resumen, la Dra. Silvia Beatriz Margarita Ghiorzo, obtiene, conforme los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 18 puntos, por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad de 2,50 puntos; por Antecedentes Académicos de 0,25 puntos. TOTAL: 20,75 puntos.

 

La Dra. GÓMEZ, ALEJANDRA MARIA CRISTINA (D.N.I. 17.735.645, expediente Nº 178): Nació en la ciudad Gualeguay (Entre Ríos), el 16/06/1966. Tiene 42 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 20/12/1989. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 1º/06/1990, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (1 año, 9 meses y 12 días). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 07/05/1993, desempeñándose, en la ciudad de Gualeguay en los cargos de: Secretaria (provisoria y titular) del Juzgado de Instrucción (13 años, 5 meses y 10 días),  Agente Fiscal de la Fiscalía de Primera Instancia (no computa), Fiscal Interina de la Exma. Cámara del Crimen (no computa) y actualmente Jueza (suplente) del Juzgado de Instrucción (computa 1 año). No registra sanciones disciplinarias. Cabe aclarar que el computo de la antigüedad en el Ejercicio Libre de la Profesión y en el cargo de Secretario de Primera Instancia se realiza en forma conjunta (computa de tal manera un total de 15 años). Con relación a su desempeño en el Poder Judicial, adjunta un recurso y un requerimiento de instrucción elaborado en ejercicio del cargo de Agente Fiscal, estadísticas del Juzgado a su cargo y resoluciones dictadas, y por último, constancia de su actuación como Vocal y presidente de Cámara en dos causas penales. Obtuvo el titulo de Abogada Especialista en Derecho Penal expedido por la Facultad de Derecho de la Universidad Austral. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo concursado. En resumen, la Dra. Alejandra María Cristina Gómez, obtiene, conforme los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje por Antigüedad 17,95 puntos; por Especialidad 5,80 puntos; por Antecedentes Académicos 2,80 puntos. TOTAL: 26,55 puntos.

 

El Dr. GUAITA, EDUARDO HORACIO (D.N.I. 21.538.827, expediente Nº 142): Nació en la ciudad de Victoria (Entre Ríos), el 17/07/1970. Tiene 38 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la  Universidad Argentina Jhon F. Kennedy el 19/12/1995. Ingresó al Poder Judicial de la Nación el 08/08/1988, desempeñándose en el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal Económico Nº 8 como Oficial Mayor (computa 1 año), Prosecretario Administrativo (computa 1 año) y Secretario (3 años) y en la Fiscalia Nacional de Primera Instancia Nº 2 en lo Penal Económico se desempeñó como Secretario (1 año). En el Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos ingresó el 30/07/2002, desempeñándose en la ciudad de Victoria en los cargos de: Delegado Judicial (computa 4 años), Secretario –suplente- del Juzgado de Instrucción (1 año) y actualmente Agente Fiscal –suplente- (computa 1 año). En definitiva, en los cargos de Secretario computa un total de 5 años. No registra sanciones disciplinarias. Obtuvo el título de Especialista en Magistratura en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Católica de Rosario y aprobó el curso de Postgrado en Derecho Penal que se dicta en la Facultad de Derecho de la Universidad de Palermo. En resumen, el Dr. Eduardo Horacio Guaita, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad de 9,95 puntos; por Especialidad de 1,40 puntos; por Antecedentes Académicos de 3,20 puntos. TOTAL: 14,55 puntos

El Dr. JOJOT, JUAN ALBERTO (D.N.I. 16.377.471 expediente Nº 269): Nació en la ciudad de El Espinillo (Formosa), el 23/06/1963. Tiene 45 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Universidad Católica de Salta Sub-Sede Buenos Aires, el 12/05/1999. Se matriculó en el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal el 23/06/2000  y en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 07/02/2008, encontrándose las mismas actualmente vigentes (computa 8 años). No registra sanciones disciplinarias. El profesional presta servicios en la Jefatura de Agrupación V “Entre Ríos” de Gendarmería Nacional, con asiento en la ciudad de Paraná; y se ha desempeñado, como Jefe de División de Bienes Raíces de la Fuerza en la Dirección de Logística, cumpliendo funciones de asesoramiento en el mismo y actualmente, como 2º Oficial de Enlace con el Ministerio Público Fiscal Federal de Paraná, Entre Ríos. Obtuvo el título de Escribano expedido por la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de la Plata, el de Profesor Universitario en Ciencias Jurídicas por la Universidad Católica de Salta, Sub-Sede Buenos Aires y el de Técnico  Superior en Seguridad Pública por la Escuela de Gendarmería Nacional “Gral. D. Martín Miguel de Guemes”. Aprobó el Curso de “Protección Jurídica Ambiental”, organizado por el Instituto de Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional de la Plata. Desempeñó la docencia en el nivel terciario en la Escuela de Gendarmería Nacional “Gral. D Martín Miguel de Guemes” y en el nivel universitario como profesor adjunto de las materias Derecho Civil-Sucesiones, Derecho Constitucional y Derecho Público, Provincial y Municipal en la Universidad Católica de Salta, Sub sede Buenos Aires. En resumen, el Dr. Juan Alberto Jojot, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes, un puntaje por Antigüedad de 7,89 puntos; por Especialidad de 0,50 puntos; por Antecedentes Académicos de 6,25 puntos. TOTAL: 14,64 puntos.

El Dr. MAYER, MAURICIO MARCELO (D.N.I. 16.981.327, expediente Nº 164): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 11/02/1965. Tiene 43 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la  Facultad de Derecho de la Universidad de Rosario, el 28/04/1997. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Rosario el 28/05/1997 y en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 9/04/1999, encontrándose la primera cancelada y la segunda  actualmente vigente (computa 10 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta listado de Aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia de Entre Ríos, cedulas correspondientes a causas penales en las que interviniera y certificaciones emitidas por el Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos que acreditan su intervención como Defensor y/o Querellante en diversas causas penales. También agrega piezas de elaboración técnica de su autoría y certificados de antecedentes profesionales como Asesor Letrado y Gerente General de la Compañía Medica Sociedad Anónima” y “La Alborada del Sud S.A.”. Prestó servicios como Asesor Legal en el ámbito de la Oficina Anticorrupción y Ética Pública de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos. Ejerció la docencia en el “Taller de Asesoramiento Legal” en la Escuela Media “Vicente F. López” de la unidad Penal Nº 1 de Paraná y en el nivel medio en distintas asignaturas. Fue profesor adscripto en la Cátedra de Derecho Procesal en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Rosario. En resumen, el Dr. Mauricio Marcelo Mayer, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 10,15 puntos; por Especialidad 2,50 puntos; por Antecedentes  Académicos 6,75 puntos. TOTAL: 19,40 puntos.

El Dr. NAVARRO, MARTÍN RODRIGO (D.N.I. 23.278.721, expediente Nº 083): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 18/06/1973. Tiene 35 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 24/05/1995. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Ente Ríos el 01/09/1995, encontrándose la misma actualmente habilitada (computa 12 años). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Chubut desempeñando en el cargo de Juez Penal de la Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Comodoro Rivadavia (computa 1 año). El profesional se ha desempeñado: en la Dirección de Asuntos Legales de la ex Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Paraná y en el Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta certificaciones fueran expedidas por Juzgados de Instrucción, Penal de Menores, Cámara Criminal y Correccional, en los que consta su participación en numerosas causas de competencia penal. Acompaña cinco (5) piezas de elaboración técnica de su autoría, correspondientes a causas en las que interviniera como Defensor. Obtuvo el título de Notario expedido por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados a la especialidad del cargo concursado. Ejerció la docencia en el nivel terciario en la cátedra de Derecho Procesal Penal 1er. año y Derecho Penal 3er. año en la Escuela de Oficiales de Policía de Entre Ríos “Salvador Macia”. En resumen, el Dr. Martín Rodrigo Navarro, obtiene, conforme los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes, un puntaje por Antigüedad de 14,23 puntos; por Especialidad de 4,20 puntos;  por Antecedentes Académicos de 2,15 puntos. TOTAL: 20,58 puntos.

El Dr. RÍOS, CARLOS HUGO (D.N.I. 17.615.603, expediente Nº 187): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 25/09/1965. Tiene 42 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Santa Fe, el 22/12/1999. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 05/05/2000, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (2 años y 5 meses). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de la provincia de Entre Ríos el 28/10/2002, desempeñándose, en la ciudad de Paraná, en los cargos de: Escribiente (provisorio, titular) del Superior Tribunal de Justicia (computa 1 año); Delegado Judicial (suplente) del Juzgado de Instrucción Nº 3 (computa 3 años); Secretario (suplente, interino) del Juzgado de Instrucción Nº 8 y actualmente Secretario del Nº 2 (2 años y 2 meses). No registra sanciones disciplinarias. Cabe aclarar que el computo de la antigüedad en el Ejercicio Libre de la Profesión y en el cargo de Secretario de Primera Instancia se realiza en forma conjunta (computa de tal manera un total de 5 años). A fin de acreditar su especialidad en el ejercicio libre de la profesión, adjunta poder general para juicios y asuntos administrativos otorgado por una S.R.L. y  certificaciones emitidas por distintos Juzgados de la provincia que acreditan su intervención en causas judiciales penales. Obtuvo el título de Notario expedido la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, y el título de “Mediador” expedido por la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Santa Fe (habilitado por el Registro de Instituciones Formadoras de Mediación de la Dirección Nacional de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos). Reúne el mínimo de asistencia a eventos científicos vinculados con la especialidad del cargo concursado. Ejerció la docencia en el nivel terciario. En resumen, el Dr. Carlos Hugo Ríos, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 7,05 puntos; por Especialidad 3,20 puntos; por Antecedentes Académicos 2,65 puntos. TOTAL: 12,90 puntos. 

El Dr. ROBLEDO, GILBERTO DANIEL DALMACIO (D.N.I. 18.006.363, expediente Nº 317): Nació en la ciudad de Diamante (Entre Ríos), el 14/06/1967. Tiene 41. años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Santa Fe, el 12/06/1995. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 1º/12/1995, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (7 años y 8 meses). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de la provincia de Entre Ríos el 1º/03/2001, desempeñándose en la ciudad de Diamante en el cargo de: Secretario (suplente y actualmente interino) del Juzgado de Instrucción (9 años). No registra sanciones disciplinarias. Cabe aclarar que el computo de la antigüedad en el Ejercicio Libre de la Profesión y en el cargo de Secretario de Primera Instancia se realiza en forma conjunta (computa de tal manera un total de 17 años). A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta listado de aportes emitido por la Caja Forense de la provincia de Entre Ríos. Con respecto a su desempeño en el Poder Judicial, adjunta piezas de elaboración técnica de su autoría correspondiente a causas en las que interviniera en carácter de Agente Fiscal subrogante y una sentencia dictada en una acción de amparo como Juez de Instrucción subrogante. Obtuvo los títulos de Martillero Público, expedido por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, y de Corredor, expedido por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. En resumen, el Dr. Gilberto Daniel Dalmacio Robledo, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 18 puntos, por reducción al tope máximo previsto; por Especialidad 3,80 puntos; por Antecedentes Académicos 1 punto. TOTAL:  22,80 puntos.

El Dr. ROSSI, OSCAR EDUARDO (D.N.I. 22.690.542, expediente Nº 081): Nació en la ciudad de Rosario del Tala (Entre Ríos), el 04/04/1972. Tiene 35 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales del Rosario de la Pontificia Universidad Católica Argentina Santa María de los Buenos Aires, el 02/08/1996. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 06/12/1996, encontrándose la misma actualmente suspendida por incompatibilidad (3 años). No registra sanciones disciplinarias. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Entre Ríos el 23/03/2000, desempeñándose en los cargos de: Defensor (interino y actualmente provisorio)  de Pobres y Menores de Nogoyá (computa 1 año), Juez (Suplente) del Juzgado de Instrucción de Gualeguay y del Juzgado de Instrucción de Nogoyá (computa 2 años); Secretario (suplente) del Juzgado de Instrucción de Rosario del Tala y Villaguay y (titular) del Juzgado de Instrucción de Nogoyá (5 años). No registra sanciones disciplinarias. Cabe aclarar que el computo de la antigüedad en el Ejercicio Libre de la Profesión y en el cargo de Secretario de Primera Instancia se realiza en forma conjunta (computa de tal manera un total de 8 años). A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta listado de aportes emitido por la Caja Forense de la provincia de Entre Ríos. El profesional se desempeñó como Asesor Legal del Sistema de Garantías de la Provincia de Entre Ríos en la órbita del Ministerio de Economía. Adjunta certificación evaluatoria del Defensor del S.T.J.E.R. en oportunidad de visitar la Defensoría a cargo del postulante y estadísticas de su actividad frente a los Juzgados de Instrucción. Adjunta piezas de elaboración técnica de su autoría correspondientes a su desempeño como Juez de Instrucción y Vocal de Cámara. Por otro lado, obtuvo el título de “Especialista en Derecho de la Empresa” expedido por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral y el de “Especialista en Derecho Penal” expedido por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario. Aprobó el “Curso de Información y Actualización en Derecho Procesal Penal”. Ha sido disertante en varios eventos científicos de la especialidad penal. Es autor y/o coautor de varios trabajos doctrinarios publicados en revistas especializadas. Ejerce la docencia como profesor asistente en la cátedra de Derecho Romano de la Facultad de Derecho, Subsede Paraná de la U.C.A.. En resumen, el Dr. Oscar Eduardo Rossi, obtiene, conforme los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes, un puntaje por Antigüedad de 12,59 puntos; por Especialidad de 5 puntos; por Antecedentes Académicos de 6,20 puntos. TOTAL: 23,79 puntos.

El Dr. SCHURLEIN, ANTONIO ENRIQUE  (D.N.I. 18.241.533, expediente Nº 254): Nació en la ciudad de Concordia (Entre Ríos), el 24/07/1967. Tiene 41 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía el 09/06/2001, en la Universidad Católica de Salta Subsede Buenos Aires. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 07/06/2002, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 6 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio liberal de la profesión adjunta listado de aportes emitido por la Caja Forense de la Provincia Entre Ríos. El profesional  presta servicios en el Consejo Provincial del Menor –departamento Concordia-, como Abogado del Programa de Acompañamiento en la Comunidad (SAC). Obtuvo el titulo de Profesor Superior de Ciencias Sociales, expedido por el Consejo General de Educación de la provincia de Entre Ríos, Profesorado Superior en Ciencias Sociales. Ejerció la docencia en el nivel medio en diversas asignaturas. En resumen, el Dr. Antonio Enrique Schurlein, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes, un puntaje por Antigüedad de 5,63 puntos; por Especialidad de 1,30 puntos; por Antecedentes Académicos de 0,75 puntos. TOTAL: 7,68 puntos.

El Dr. SERÓ, PABLO ANDRES (D.N.I. 20.780.210, expediente Nº 306): Nació en la ciudad de Goya (Corrientes), el 23/05/1969. Tiene 39 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad Nacional del Nordeste, el 30/03/1994. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 03/06/1994, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 14 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta listado de aportes emitido por la Caja Forense de la provincia de Entre Ríos. Adjunta piezas de elaboración técnica de su autoría correspondientes a causas en las que interviniera profesionalmente y copia de algunas resoluciones y/o sentencias favorables recaídas. Obtuvo el título de Mediador, expedido por la Escuela de Mediadores de la Dirección Nacional de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos, dependiente de la Secretaría de Asuntos Técnicos y Legislativos del Ministerio de Justicia de la Nación. Aprobó los posgrados en “Derecho Internacional” y “Derecho Privado Comparado”, dictados por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción del Uruguay en conjunto con la Universatia Delgi Studi Di Bari (Italia). Ejerció la docencia en el nivel terciario, desempeñándose como profesor suplente de la cátedra de “Derecho Político” en el Instituto nacional de Enseñanza Superior de Concepción del Uruguay, y en el nivel universitario desempeñándose como profesor ayudante, y luego adjunto, de la materia “Institutos de Derecho Privado y Público” en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Concepción del Uruguay. Actualmente, es profesor Titular de la materia “Aspectos Legales de los Negocios” en la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Concepción del Uruguay, y como profesor titular de la materia “Práctica Forense I” en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción del Uruguay. En resumen, el Dr. Pablo Andrés Seró, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la Calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 15,11 puntos; por Especialidad 3,80 puntos; por Antecedentes Académicos 3,95 puntos. TOTAL: 22,86 puntos.

 

La Dra. VINAGRE, NANCI ROCIO (D.N.I. 25.861.712, expediente Nº 301): Nació en la ciudad de Paraná (Entre Ríos), el 16/06/1977. Tiene 31 años. Terminó los estudios correspondientes a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, el 04/08/1999. Se matriculó en el Colegio de Abogados de Entre Ríos el 03/12/1999, encontrándose la misma actualmente vigente (computa 9 años). No registra sanciones disciplinarias. A fin de acreditar la especialidad en el ejercicio libre de la profesión adjunta listado de aportes emitido por la Caja Forense de la provincia de Entre Ríos y certificados de diversos Juzgados y de la Cámara I Penal donde consta su intervención la intervención de la postulante en causas penales. Adjunta piezas de elaboración técnica de su autoría correspondientes a causas en las que interviniera profesionalmente. La profesional se desempeñó como Asesora Legal de la Universidad Tecnológica Nacional y actualmente se desempeña como personal administrativo en el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos. Adjunta a su legajo Poderes que le otorgaran para actuar en representación de distintas entidades, empresas y/o particulares. Obtuvo el titulo de Abogada Especialista en Derecho Comercial –Area Derecho Bancario (entidades financieras –contratos- comercio exterior –mercado de capitales), expedido por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral. Por último, ejerce la docencia a nivel medio en la escuela “Del Centenario” de la ciudad de Paraná. En resumen, la Dra. Nanci Rocio Vinagre, obtiene, de acuerdo a los criterios consensuados por este Consejo para la calificación de antecedentes un puntaje, por Antigüedad 9,02 puntos; por Especialidad 2,10 puntos; por Antecedentes Académicos 0,55 puntos. TOTAL: 11,67    puntos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

POR ELLO, 

 

 

 

 

 

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

 

RESUELVE:

 

 

 

Art. 1: Aprobar la calificación de los antecedentes de los inscriptos al Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 77 destinado a cubrir un (1) cargo de Juez para el Juzgado de Instrucción de la ciudad de Victoria, conforme a continuación se detalla: Dr. Jorge Alberto BARBAGELATA XAVIER, 10,60 puntos; Dr. Martín CABRERA, 15,70 puntos; José Alejandro CALLEJA, 28,35 puntos; Dra. Silvia Beatriz Margarita GHIORZO, 20,75 puntos; Dra. Alejandra María Cristina GÓMEZ, 26,55 puntos; Dr. Eduardo Horacio GUAITA, 14,55 puntos; Dr. Juan Alberto JOJOT, 14,64 puntos; Dr. Mauricio Marcelo MAYER, 19,40 puntos; Dr. Martín Rodrigo NAVARRO, 20,58 puntos; Dr. Carlos Hugo RÍOS, 12,90 puntos; Dr. Gilberto Daniel Dalmacio ROBLEDO, 22,80 puntos; Dr. Oscar Eduardo ROSSI, 23,79 puntos; Dr. Antonio Enrique SCHURLEIN, 7,68 puntos; Dr. Pablo Andrés SERÓ, 22,86 puntos; Dra. Nanci Rocío VINAGRE, 11,67 puntos; todo conforme el artículo 28 del Reglamento General y de Concursos Públicos de éste organismo.   

 

Art. 2: La presente será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Art. 3: Regístrese, comuníquese por la oficina correspondiente y archívese.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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