RESOLUCIÓN Nº 334 C.M.E.R.

PARANA, 01 de Junio de 2009.

 

 

VISTO

El Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 55, destinado a cubrir dos (2) cargos de Juez para los Juzgados Civil y Comercial Nº 1 y  Nº 2 de la ciudad de Gualeguaychú, y;

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 180 de la Constitución de Entre Ríos, es competencia exclusiva y excluyente del Consejo de la Magistratura, proponer ternas vinculantes al Poder Ejecutivo Provincial.

Que transcurridas las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Públicas del Concurso mencionado, corresponde elevar en esta instancia al Sr. Gobernador, la terna de candidatos a los cargos vacantes en los Juzgados de Instrucción de la ciudad de Paraná.

Que los Dres. Valeria María BARBIERO, Marcelo José ARNOLIFI y Teresita Inés FERREYRA, reúnen los requisitos previstos en el artículo 14 del Decreto 39/03 GOB. Y sus modificaciones vigentes.

Que se estima innecesaria la realización del examen previsto por el artículo 35 del Reglamento General y de Concursos Públicos.

 

 

 

Que la presente será suscripta por el Vicepresidente a cargo de la Presidencia y el Secretario General del Consejo de la Magistratura, quienes se encuentran facultados conforme la autorización otorgada en la Sesión Plenaria de fecha 25 de Marzo de 2009.

 

 

     Por ello,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

 

RESUELVE:

 

 

Artículo 1º: Elevar al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, la nómina de postulantes con el puntaje obtenido correspondiente al Concurso Nº 55, destinado a cubrir dos (2) cargos de Juez para los Juzgados Civil y Comercial Nº 1 y Nº 2 de la ciudad de Gualeguaychú, conformada por los siguientes postulantes: 

·         Dra. BARBIERO, Valeria María (66 puntos).

·         Dr. ARNOLFI, Marcelo José (64 puntos).

·         Dra. FERREYRA, Teresita Inés (63,10 puntos).

Artículo 2º: No realizar a los candidatos el examen psicológico y psicotécnico previsto en el artículo 35 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

Artículo 3º: Poner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al concurso en cuestión y de los postulantes, para su evaluación y posterior nominación del candidato.

Artículo 4º: Regístrese, notifíquese, publíquese y archívese.

 

 

 

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