RESOLUCIÓN Nº 358 C.M.E.R.

PARANÁ, 17 de Septiembre de 2009.

 

 

            VISTO La finalización de las etapas evaluativas correspondientes a “Antecedentes” y “Oposición” del Concurso Público Nº 74 destinado a cubrir tres (3) cargos de Vocal de la Cámara Civil y Comercial – Sala II – de Concordia, y; 

 

 

         CONSIDERANDO:

            Que si bien la normativa establece que debe convocarse a los seis (6) primeros postulantes del orden de mérito, la convocatoria, puede ampliarse cuando por circunstancias excepcionales así lo justifiquen en el caso de concursos con múltiples vacantes o existencia de postulantes que integran otras ternas ya elevadas al Poder Ejecutivo (artículos 34, 39 y 40 del Reglamento General).

     Que, en el caso, la Secretaria  General, ha elaborado el orden de  mérito, del que resulta que ocho (8) postulantes se encuentran habilitados para acceder a la etapa de “Entrevista”.

     Que se advierte en el orden de mérito mencionado que la Dra. Teresita Inés Ferreira ya integra otras ternas elevadas al Poder Ejecutivo y en consecuencia corresponde convocar a la etapa de “Entrevista” a los siete (7) primeros en orden de mérito, atento el número de vacantes concursadas.

     Que, asimismo, en la Sesión Plenaria de fecha 9 de septiembre próximo pasado, se resolvió ampliar la convocatoria en un (1) postulante más, con fundamento en la jerarquía de los cargos concursados y el cúmulo de vacantes a cubrir en una sola instancia concursal.

Que conforme la autorización otorgada en la Sesión Plenaria de fecha 25 de Marzo de 2.009, se encuentran facultados para suscribir la presente resolución el Sr. Vicepresidente a cargo de la Presidencia y el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Entre Ríos.

 

 

         Por ello:

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Convocar a los ocho (8) postulantes habilitados conforme el orden de merito elaborado por la Secretaria General a la etapa de “Entrevista” del Concurso Público Nº 74.

ARTÍCULO 2º: Regístrese, notifíquese y archívese.

 

 

 

 

 

 

 

 

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