RESOLUCIÓN Nº 364 C.M.E.R.

PARANÁ, 22 de Octubre de 2009.

 

    

VISTO

         El artículo 15 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Entre Ríos, y;

  

CONSIDERANDO:

        Que el mencionado articulo, regula la conformación del registro de Jurados Técnicos por especialidad, fijando un numero máximo de integrantes en cada una de las nominas.

        Que la propuesta de las distintas entidades e instituciones, usualmente excede el numero establecido, por lo que resultaría útil permitir la inclusión de todos los profesionales remitidos.

        Que fundamenta la eliminación del tope previsto, la necesidad de agilizar y facilitar la conformación de los cuerpos de jurados en cada llamado a Concurso Público que se convoque y en tanto al contar con una nómina de mayor cantidad, a su vez mejoran las condiciones del sorteo por el que resultan desinsaculados.

        Que la presente será suscripta por el Vicepresidente a cargo de la Presidencia y el Secretario General del Consejo de la Magistratura, quienes se encuentran facultados conforme la autorización otorgada en la Sesión Plenaria de fecha 25 de Marzo de 2009.

 

     Por ello,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Modificar el articulo 15 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Entre Ríos, el que quedará redactado como sigue:

“Art. 15: La Secretaría General solicitará al Colegio de Abogados de Entre Ríos y a la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia, que elaboren y remitan a la misma las listas de profesionales propuestos como Jurados que reúnan los requisitos establecidos en el Decreto Nº. 39 GOB.. Cada nómina será elaborada por especialidad de los cargos a cubrir, y conformada por Jurados para las especialidades: “derecho civil y comercial”, “derecho penal”, “derecho del trabajo” y “derecho de familia y menores”. Cada lista deberá contener la aceptación expresa del cargo por parte de los nominados a Jurados por dichas instituciones.

La Secretaría General invitará también a las Universidades de la región a que envíen la nómina completa de los profesores titulares, asociados y adjuntos regulares que conforman su claustro docente, por especialidad, a los efectos de, eventualmente, ser invitados a cumplir con la función de Jurado en alguno de los concursos organizados por el Consejo. Una vez remitidas las listas, el Consejo aprobará la conformación definitiva de los jurados en las distintas especialidades. La Secretaría General llevará un registro con los Jurados propuestos por las distintas instituciones arriba mencionadas.”

Artículo 2º: Regístrese, publíquese y archívese.

 

 

 

 

 

 

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