RESOLUCION N° 37  C.M.E.R

                                                 PARANÁ, 28 de septiembre de 2004.-

                                                                  

 

VISTO:

  

El Concurso Público de Oposición y Antecedentes  Nº 3, destinado a cubrir un (1) cargo de Juez para el Juzgado Laboral Nº 3 de la ciudad de Paraná; 

 

CONSIDERANDO:

  

Que siendo competencia exclusiva y excluyente del Consejo de la Magistratura, proponer ternas vinculantes al Poder Ejecutivo Provincial, corresponde en ésta instancia elevar al Sr. Gobernador de la Provincia, la terna correspondiente integrada por los tres (3) primeros concursantes en el orden de mérito resultante de las resoluciones Nº 13/04 y 16/04 C.M.E.R. (de calificación de antecedentes) y de las Actas de fecha 15 y 16 de julio de 2004 (calificación de la Prueba de Oposición), suscripta por los jurados técnicos y los Sres. Consejeros; y el acta de fecha 27 de septiembre de 2004 (calificación de la entrevista pública), todo conforme lo establecido el art. 14 del Decreto Nº. 39/03 GOB. y arts. 37 y ss. del Reglamento General y de Concursos Públicos.

 

Que oídos los postulantes en Entrevista Pública, el  Consejo consideró innecesaria, la realización del examen previsto en el artículo 35 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos. 

Que en ese orden de cosas, corresponde nominar a los ternados, siendo los mismos en Oren de Méritos: Dres. María Gabriela López Arango, Guillermo Fernando Bonabotta y Santiago Alberto Morande.

 

Por ello:

 

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE: 

 

 

 

Art.1: Elevar al Sr. Gobernador de la Provincia de entre Ríos, la siguiente terna vinculante para cubrir el cargo de Juez del Juzgado Laboral Nº 3 de la Ciudad de Paraná, conformada por los siguientes postulantes:

 

1- Dra. María Gabriela López Arango.

2- Dr. Guillermo Fernando Bonabotta.

3- Dr. Santiago Alberto Morande.

 

Art. 2: Considerar innecesaria, la realización del examen previsto en el artículo 35 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura.

 

Art.3: Poner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al concurso en cuestión y a los postulantes ternados, para su evaluación y posterior nominación del candidato.

 

Art. 4: La presente será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Art. 5: Regístrese, notifíquese por la oficina correspondiente, publíquese y archívese. 

 

 

 

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