RESOLUCIÓN Nº 422 C.M.E.R.

                                 Paraná,26 de Abril 2011

 

 

VISTO El Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 88 destinado a cubrir un (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de Villaguay, y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 180 de la Constitución de Entre Ríos, es competencia exclusiva y excluyente del Consejo de la Magistratura, proponer ternas vinculantes al Poder Ejecutivo Provincial.

Que transcurridas las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Públicas del Concurso mencionado, corresponde elevar en esta instancia al Sr. Gobernador, la terna de candidatos para el cargo vacante en el Juzgado de la ciudad de Villaguay.

Que la Dra. María Alba OJEDA DE DOWNES es la única postulante que reúne los requisitos previstos en el artículo 14 del Decreto 39/03 GOB., conforme las Resoluciones Nº 385/10 y 391/10 C.M.E.R. (de Calificación de Antecedentes y Recursos de Reconsideración, respectivamente), Dictamen de fecha 22/09/2010 suscripto por los Jurados Técnicos del concurso en cuestión y Acta Nº 7 de Correlación e Identificación de fecha 30/09/2010 (de calificación de la Prueba de Oposición), Resolución Nº 401/10 C.M.E.R. (Impugnaciones a la calificación de la Prueba de Oposición) y el Acta Nº 13 de fecha 22/02/2011 (de calificación de la Entrevista Personal).

Que se estima innecesaria la realización del examen previsto por el artículo 35 del Reglamento General y de Concursos Públicos.

Que la presente será suscripta por la Presidenta y el Secretario General del Consejo de la Magistratura, quienes se encuentran facultados conforme la autorización otorgada en la Sesión Ordinaria del día 28 de Julio de 2.010.

 

  

Por ello,

 

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º: Elevar al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, la terna correspondiente al Concurso Nº 88 destinado a cubrir un (1) cargo de Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 2  de Villaguay, conformada por la única postulante que reúne los requisitos legales y constitucionales:

 

         -Dra. María Alba OJEDA DE DOWNES (70,75 puntos).

 

Artículo 2º: No realizar el examen psicológico y psicotécnico previsto en el artículo 35 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

Artículo 3º: Poner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al concurso en cuestión y de la postulante, para su evaluación y posterior nominación.

Artículo 4º: A los efectos que establece la presente, se deja constancia que en Sesión Ordinaria del día 28 de Julio de 2.010 se tiene resuelto por unanimidad, que todas las resoluciones del Plenario - salvo las que requieran una mayoría especial - serán firmadas por Presidente o Vicepresidente a falta de éste y el Secretario General.

Artículo 5º: Regístrese, notifíquese, publíquese y archívese.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  Volver