RESOLUCIÓN N° 50 C.M.E.R

PARANA, 15 de Noviembre de 2004 

 

 

 

VISTO:

  

                            El Concurso Publico de Oposición y Antecedentes  Nº 6, destinado a cubrir 1 (un) cargo de Juez para el Juzgado de Instrucción Nº 2 de la ciudad de Gualeguay, y;

 

 

CONSIDERANDO:

 

 

                            Que habiendo transcurrido las etapas de antecedentes, de oposición y de entrevistas públicas, y siendo competencia exclusiva y excluyente del Consejo de la Magistratura, proponer ternas vinculantes al Poder Ejecutivo Provincial, corresponde elevar en ésta instancia al Sr. Gobernador de la Provincia, la terna correspondiente al Concurso en cuestión para la nominación de los candidatos al Cargo vacante en el Juzgado de Instrucción Nº 2 de la ciudad de Gualeguay.

 

                  Que luego de finalizadas todas las etapas del procedimiento de selección, los 3 (tres) primeros postulantes en el orden de méritos resultante son: Dr. Dardo Oscar Tortul, Dr. Gustavo Fabián Soppelsa, y Dr. Valentín Antonio Buttazzoni, lo cual surge de las Resoluciones Nº 18/04 y Nº 25/04 C.M.E.R. (de calificación de antecedentes), de las Actas de fechas 20 y 23 de agosto de 2004 (calificación de la prueba de oposición), y de la de fecha 4 de noviembre de 2004 (calificación de la entrevista pública).

 

                  Que oídos los postulantes en Entrevista Pública, el Consejo consideró innecesaria, la realización del examen previsto en el artículo 35 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

 

Por ello:

 

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

 

Art.1: Elevar al Sr. Gobernador de la Provincia de entre Ríos, la siguiente terna vinculante para cubrir el cargo de 1 (un) Juez para el Juzgado de Instrucción N° 2 de la Ciudad de Gualeguay, conformada por los siguientes postulantes:

 

1- Dr. Tortul, Dardo Oscar.

2- Dr. Soppelsa, Gustavo Fabián.

      3- Dr. Buttazzoni, Valentín Antonio.     

 

 

Art. 2: Considerar innecesaria, la realización del examen previsto en el artículo 35 del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura.

 

Art. 3: Poner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al concurso en cuestión y a los postulantes elegidos, para su evaluación y posterior nominación del candidato.

 

Art. 4: La presente será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Art. 5: Regístrese, notifíquese por la oficina correspondiente, publíquese y archívese.

 

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