RESOLUCIÓN Nº 520 C.M.E.R.

                                                                      PARANÁ, 02 de noviembre de 2012.

                                                                                                   

VISTO: El Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 123 destinado a cubrir UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Laboral Nº 2 y UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Laboral Nº 3, ambos de la ciudad de Concordia, y;

 

CONSIDERANDO:

Que transcurridas las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Públicas del Concurso mencionado, corresponde elevar en esta instancia al Sr. Gobernador, la terna de candidatos para los cargos vacantes en los Juzgados Laborales Nº 2 y Nº 3 de la ciudad de Concordia;

Que los Dres. Guillermo Fernando BONABOTTA, Ricardo Agustín LAROCCA, Julián Genaro QUEVEDO, Luis Sebastián RIVAS, Laura Mariana SOAGE y Gladys Beatriz PINTO han reunido los requisitos previstos en la normativa vigente, conforme las Resoluciones Nº 487/11 y 500/12 C.M.E.R. (de Calificación de Antecedentes y Recursos de Reconsideración, respectivamente), Dictamen de fecha 23/08/2012 suscripto por los Jurados Técnicos del concurso en cuestión y Acta Nº 22 de Correlación e Identificación de fecha 31/08/2012 (de calificación a la Prueba de Oposición), Resolución Nº 509/12 C.M.E.R. (Impugnaciones a la calificación a la Prueba de Oposición) y el Acta Nº 32 de fecha 02/11/2012 (de calificación a la Entrevista Personal);

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 180 de la Constitución de Entre Ríos, es competencia exclusiva y excluyente del Consejo de la Magistratura, proponer ternas vinculantes al Poder Ejecutivo Provincial;

Que atento el presente concurso se trata de vacantes múltiples en los términos del artículo 39 del Reglamento General de Concursos 

 

Públicos (RGCP), corresponde ampliar en UN (1) postulante la terna elevada por la vacante adicional a cubrir;

Que asimismo, y de conformidad con el artículo 40 del RGCP, corresponde agregar una lista complementaria de candidatos, en tanto los que conformen las ternas hayan sido propuestos para integrar otras de otros concursos;

Que se estima innecesaria la realización del examen previsto por el artículo 35 del RGCP;

  

Por ello,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS 
RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Elevar al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, la terna correspondiente al Concurso Nº 123 destinado a cubrir UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Laboral Nº 2 y UN (1) cargo de Juez para el Juzgado Laboral Nº 3, ambos de la ciudad de Concordia, conformada por los siguientes postulantes:

- Dr. Guillermo Fernando BONABOTTA - Dra. Laura Mariana SOAGE - Dr. Ricardo Agustín LAROCCA.

ARTÍCULO 2º: Elevar una lista complementaria, de acuerdo a lo previsto por el artículo 39 del Reglamento General y de Concursos Públicos, conformada por el siguiente postulante:

-Dr. Julián Genaro QUEVEDO.

 

ARTICULO Elevar una lista complementaria, de acuerdo a lo previsto por el artículo 40 del Reglamento General y de Concursos Públicos conformada por la siguiente postulante:

- Dr. Gladys Beatriz PINTO.

ARTICULO No realizar el examen psicológico y psicotécnico previsto en el artículo 35 del Reglamento General y de Concursos Públicos.

ARTICULO 5ºPoner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al concurso en cuestión y de los postulantes, para su evaluación y posterior nominación.

ARTICULO 6º: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

ARTICULO 7º: Comuníquese, publíquese y archívese.

 

 

 

 

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