RESOLUCIÓN Nº 524 C.M.E.R.

                                                                      PARANÁ, 09 de noviembre de 2012.

                                                                                                   

VISTO: El Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 120 destinado a cubrir UN (1) cargo de Agente Fiscal de la ciudad de Chajarí, y;

 

CONSIDERANDO:

Que transcurridas las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Públicas del Concurso mencionado, corresponde elevar en esta instancia al Sr. Gobernador, la terna de candidatos para el cargo vacante en la Fiscalía de Primera Instancia de la Ciudad de Chajarí;

Que los Dres. Maximiliano Otto LAROCCA REES y Marcela Raquel GAMBARO, son los únicos postulantes que reúnen los requisitos previstos en la normativa vigente, conforme las Resoluciones Nº 484/11 y Nº 498/12 C.M.E.R. (de Calificación de Antecedentes y Recursos de Reconsideración, respectivamente); Dictamen de Jurados Técnicos de fecha 30/07/2012 y Acta Nº 20 de Correlación e Identificación de postulantes y sus calificaciones de fecha 09/10/2012; Resolución Nº 508/12 C.M.E.R. (Impugnaciones a la calificación a la Prueba de Oposición) y el Acta Nº 34 de fecha 09/11/2012 (de calificación a la Entrevista Personal);

Que se estima innecesaria la realización del examen previsto por el artículo 35 del RGCP; 

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 180 de la Constitución de Entre Ríos, es competencia exclusiva y excluyente del Consejo de la Magistratura, proponer ternas vinculantes al Poder Ejecutivo Provincial;

 

 

 

Por ello,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS 
RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Elevar al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, la terna correspondiente al Concurso Nº 120 destinado a cubrir UN (1) cargo de Agente Fiscal de la ciudad de Chajarí, conformada por los siguientes postulantes:

-  Dr. Maximiliano Otto LAROCCA REES – Dra. Marcela Raquel GAMBARO.

ARTICULO No realizar el examen psicológico y psicotécnico previsto en el artículo 35 del Reglamento General y de Concursos Públicos.

ARTICULO Poner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al concurso en cuestión y de los postulantes, para su evaluación y posterior nominación.

ARTICULO 4ºLa presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

ARTICULO 5º: Comuníquese, publíquese y archívese.

 

 

 

 

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