RESOLUCIÓN Nº  65    C.M.E.R.-

                                                                                     Paraná, 21 de Febrero de 2005

 

 

 

VISTO:

 

                                 El artículo 13º del Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos y,                       

 

CONSIDERANDO:

 

                                 Que el artículo mencionado, consigna que compete al Secretario General, la elaboración de la Memoria Anual del Consejo de la Magistratura.

 

                             Que dicho compendio se confecciona a fin de informar sobre todo lo acontecido en las distintas etapas de los Concursos Públicos organizados durante el ejercicio finalizado y reseñar todo lo relativo a las actuaciones de los Consejeros, de la Secretaría General y de la Presidencia.

 

                                 Que de acuerdo a ello, presentada que fuera en la Sesión Ordinaria del 21 de febrero del 2005, se aprobó por unanimidad la Memoria Anual 2004 del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

                                                              

POR ELLO:

 

 

EL  CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

 

RESUELVE:

 

Art. 1: Aprobar la Memoria Anual 2004 del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, la que se agrega como anexo a la presente Resolución.

                                                                

Art. 2: La presente Resolución será refrendada por el Secretario General del Consejo de la Magistratura.

 

Art. 3: Regístrese, comuníquese a la oficina correspondiente, publíquese y archívese.

 

 

INTRODUCCION:

Creado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial el 13 de diciembre del 2003, el Consejo de la Magistratura se erige como un organismo asesor permanente del Gobernador en lo que respecta a la elección y selección de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia. Institucionalmente, el Consejo de la Magistratura de Entre Ríos se ubica en la orbita del Poder Ejecutivo, funcionando como una autolimitación del Gobernador en la elección de Jueces, Fiscales y Defensores Públicos. Esto así, dado que la Constitución de la Provincia pone en cabeza del primer mandatario provincial la facultad de nombrar los Jueces y someterlos a una revisión de sus antecedentes por ante el Senado, para su Acuerdo.

De esta forma, a través del Consejo de la Magistratura, el Gobernador posee un estudio y evaluación previa de los antecedentes y calidades profesionales de los aspirantes a jueces, dejando su selección en manos de ese organismo, sometiéndose y aceptando los dictámenes elaborados por aquel, para luego sí cumplir con sus atribuciones constitucionales y elegir, de una terna concreta, al candidato a Juez para su Acuerdo constitucional en el Senado provincial. Con ello, se deja en un organismo especializado y, además, conformado por distintos representantes de las entidades vinculadas al quehacer judicial, la trascendental tarea institucional de seleccionar a las personas que deberán administrar justicia a la población entrerriana, con total independencia, profesionalidad, objetividad y sapiencia jurídica.

Así, conforme el Decreto de creación, el Consejo de la Magistratura de Entre Ríos está integrado por nueve (9) miembros:

-          El Secretario de Justicia de la Provincia, en representación del Poder Ejecutivo.

-          Dos representantes de los abogados, designados por el voto directo de los profesionales matriculados en el Colegio de Abogados de Entre Ríos.

-          Dos representantes de los magistrados o funcionarios judiciales, elegido por el voto directo de los         mismos.

-          Dos académicos, un magistrado o funcionario judicial y un abogado, profesores universitarios

titulares, asociados o adjuntos ordinarios con domicilio real en la Pcia. de Entre Ríos, uno perteneciente a la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, elegido por el Consejo Directivo de la misma y el restante a la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Argentina (subsede Paraná), elegido por el voto directo de su claustro docente.

-          Un representante de los empleados del Poder Judicial de Entre Ríos elegido por el voto directo de     los mismos.

-          Un representante de las Organizaciones Sociales, con personería jurídica y/o gremial al momento del dictado del presente Decreto y cuyo ámbito social tenga vinculación con la defensa del sistema democrático, de los derechos humanos y del sistema republicano de gobierno. A estos efectos, la Secretaría de Justicia abrirá un registro de las mismas y procederá a su ulterior convocatoria para la elección del representante.

En su tarea de asesorar al Poder Ejecutivo en la exclusiva tarea de seleccionar los miembros del Poder Judicial, el Consejo organiza Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición que constan 3 (tres) etapas, con su respectiva calificación máxima a obtener por los concursantes:

-          Calificación de Antecedentes: 40 puntos

-          Prueba de Oposición: 40 puntos

-          Entrevista Pública: 20 puntos

 

1-    Calificación de Antecedentes:

 

Ésta primer etapa de los Concursos consiste en analizar toda la documentación presentada por los profesionales, que por lo general se refiere a estudios y especializaciones relevantes en el campo jurídico, que hacen a la especialidad del cargo que se concursa. En este sentido, en el seno del Consejo se elaboraron los llamados “Criterios Consensuados para la calificación de antecedentes” que funcionan como parámetros objetivos de análisis y evaluación, con el fin de garantizar la objetividad y transparencia en la asignación de puntajes a los distintos concursantes provenientes tanto del Poder Judicial, como del ejercicio liberal de la profesión de abogado. Frente a la universalidad de antecedentes presentados por los aspirantes a jueces, estos “criterios” funcionan como guías de interpretación para la calificación y análisis del amplio espectro de idoneidades y experiencias personales y profesionales de los concursantes.

 

Para obtener, por último, los puntajes finales de esta etapa, se analizan por separado tres rubros:

 

a- Los años de desempeño profesional, ya sea en el ejercicio activo de la profesión de abogado, denominado “Antigüedad en el ejercicio de la Profesión”; o de la magistratura, denominado “Antigüedad en el Poder Judicial”; o de ambas, estableciendo un límite de 18 (dieciocho) puntos dentro de los cuarenta correspondientes a esta etapa. En esta primera evaluación, también se tienen en cuenta los años ejercidos en otras funciones o cargos relevantes en el campo jurídico, tanto en el ámbito público como privado.

 

b- La “Especialidad” en el ejercicio de la profesión o cargo judicial. En éste punto solo se considera la afinidad del desempeño profesional de cada postulante, con el cargo que se concursa; es decir, los años efectivamente dedicados a la especialidad, campo o área jurídica del cargo a cubrir. El puntaje resulta de un porcentaje del obtenido por “Antigüedad”, dado que solo se toma aquel período afín al cargo concursado. El máximo de puntaje a obtener es de 10 puntos y es en esta evaluación que se ameritan las calidades y cualidades técnicas y profesionales de los aspirantes. Se destaca que con éste mecanismo, el Consejo no considera solo la experiencia derivada del transcurso del tiempo en una u otra función, sino también la calidad y el mérito técnico profesional con que la misma se hubiere cumplido.

 

c- Finalmente, los “Antecedentes Académicos”, donde se considera toda la actividad del profesional inscripto en aras de su especialización, capacitación y perfeccionamiento jurídico. En éste rubro se considera, por ejemplo, el ejercicio de la docencia, cursos de postgrados realizados, carreras de especialización, maestrías, doctorados, otros títulos y cursos universitarios o terciarios vinculados con la especialidad del cargo que se concursa. También se tiene en cuenta la participación y el dictado de congresos, jornadas, seminarios, conferencias, mesas redondas, becas recibidas, premios, distinciones académicas y publicaciones de su pertenencia. El Consejo evalúa entonces lo antes mencionado respecto de su pertenencia a la misma especialidad o vinculación con el cargo que se concursa, y otorga un puntaje máximo de 12 (doce) puntos.

 

Una vez obtenido el puntaje de dichos rubros y luego de publicada la calificación, los postulantes tienen 5 (cinco) días para instar la reconsideración de la misma, garantizando de esta manera el derecho de defensa correspondiente.

 

 

2-    Prueba de Oposición:

 

Esta segunda etapa, consiste en una prueba escrita donde los postulantes deben dictar una sentencia o resolución como si estuvieran en el ejercicio efectivo del cargo concursado; es decir, que deben resolver un caso determinado como si fueran el verdadero Juez de la causa. Cabe remarcar que esta es la única etapa en donde el Consejo no participa directamente otorgando una calificación, sino que para ello, antes de iniciar cada Concurso, se sortean ante Escribano Público, 3 (tres) profesionales ajenos al Consejo, que actuarán como Jurados Técnicos para la calificación de esta prueba.

 

El Jurado está integrado por un Abogado de la matrícula provincial, un Juez de la Provincia y un profesor universitario de las Facultades de Derecho de la región. A cada uno de los Jurados se le solicita que elabore uno o más casos reales o imaginarios sobre los cuales versará el examen. El día previsto para el mismo se sortea uno en presencia de los concursantes, y ese es objeto de la prueba de oposición. De esa forma, el examen resulta el mismo para todos los postulantes y versa sobre temas directamente vinculados a la función que se pretende cubrir.

 

Esta Prueba Escrita debe realizarse en una sola sesión, con una duración máxima de 5 (cinco) horas, no pudiendo los postulantes contar con otro material que no sean textos legales vigentes (códigos, leyes y otros instrumentos internacionales), excluyéndose toda obra de doctrina, jurisprudencia nacional o internacional, ley o código comentado o anotado. La ausencia del postulante a la prueba de oposición implica su exclusión automática del concurso.

 

La prueba es anónima y a los efectos de garantizar el anonimato de la prueba de Oposición, a cada concursante se le entrega el caso que debe resolver con una hoja institucional identificatoria del concurso y cargo  concursado; también un sobre con una ficha a fin de que sea completada con sus datos personales. Al momento de finalizar el examen cada postulante debe entregar al Secretario General o a la persona que éste indique, el cuerpo del examen resuelto, la hoja identificatoria del cargo concursado, y el sobre cerrado y firmado, el cual contiene la ficha personal. A ésta documentación no se le debe incorporar ningún dato, signo y/o elemento del que pueda deducirse la identidad del concursante

 

Finalizada la entrega de los exámenes por los postulantes, el Secretario General divide el mismo en tres cuerpos, identificándolos inmediatamente a cada uno de ellos de la siguiente manera y sin que se reserve constancia en registro alguno de las claves utilizadas:

 

1.-Al sobre con la ficha personal se le asigna una clave numérica, reservándose el mismo en un sobre de mayor tamaño, el que será suscripto por todos los asistentes, y cerrado en ese mismo acto.

2.- A la hoja identificatoria del cargo concursado se le asigna la misma clave numérica mencionada en el punto 1), y una clave alfabética. Las mismas son guardadas en un segundo sobre de mayor tamaño suscripto por todos los asistentes, el que también se cierra en el mismo acto.

3.- El cuerpo del examen solamente se identifica con la clave alfabética insertada en la hoja del cargo concursado. La misma no se conoce por los concursantes, y es la única identificación que tienen los exámenes al ser corregidos por el Jurado.

 

Los sobres mencionados en los punto 1) y 2) se reservan en la Secretaría General, y el cuerpo de los exámenes es entregado al Jurado para su calificación. Éste sistema además de garantizar el anonimato de los postulantes, brinda a los Jurados, al momento de corregir, total libertad y objetividad. Realizadas las calificaciones por los Jurados y recepcionadas las mismas en la  Secretaria General, los dos sobres indicados en el párrafo anterior, son abiertos en acto público, y con ello se establece la correlación entre los candidatos, sus exámenes y las calificaciones.

 

Vale decir que en el transcurso de las etapas de antecedentes y oposición se garantiza en todo momento la transparencia, equidad, objetividad y por sobre todas las cosas el derecho de defensa por parte de los postulantes, que tienen 5 días para apelar su calificación por arbitrariedad manifiesta o errores en la corrección. En dichos casos, excepcionalmente y siendo facultad implícita del Consejo, se convoca a un cuarto Jurado –Consultor Técnico- para que emita un dictamen no vinculante a cerca de la existencia de éstos errores o vicios.      

 

 

3-    Entrevista Pública:

 

En esta última etapa el Consejo convoca a los seis primeros concursantes que hubieren obtenido mayor puntaje en las etapas de antecedentes y oposición. La entrevista es pública, excepto para el resto de los concursantes, y tiene por objeto valorar la motivación para el cargo, la forma en que se desarrollará eventualmente la función, sus puntos de vista sobre temas básicos de la interpretación de la Constitución Nacional y Provincial en materia de amparo y control de constitucionalidad, legalidad supranacional y sobre derechos humanos. Son valorados asimismo sus planes de trabajo, los medios que propone para que su función sea eficiente y para llevar a la práctica los cambios que sugiere, sus valores éticos, su vocación democrática y su concepción sobre los derechos humanos.

 

La entrevista es calificada según los señalados parámetros y con hasta un máximo de 20

(veinte) puntos, según lo previsto en el artículo 34 del Reglamento General y de

Concursos Públicos. En caso de no haber unanimidad respecto al puntaje que merecieren todos los aspirantes o alguno de ellos, la calificación se efectuará promediando las calificaciones que cada miembro del Consejo hubiere realizado sobre cada uno de los concursantes. La decisión del Consejo no es susceptible de impugnación.

 

La importancia de esta etapa es el carácter público, ya que toda persona de la comunidad interesada en la selección de su futuro juzgador, tiene acceso a presenciar la misma, y además, la Secretaría de este Consejo esta disponible para recibir todas aquellas preguntas que se desee formular, teniendo como intermediario directo a los Sres. Consejeros.

 

Una vez finalizadas estas tres etapas antes descriptas, se publica la terna formada por los tres primeros postulantes que hubieran obtenido los mayores puntajes en todo el procedimiento y que además reúnan todos los requisitos que establecen la Constitución Provincial, las Leyes Orgánicas, el Decreto de creación de éste Consejo y el Reglamento General, a los efectos de que la ciudadanía, y toda persona que tenga razón fundada, pueda hacer llegar al Consejo, por escrito las observaciones, objeciones, las posturas y demás circunstancias que consideren de interés expresar con relación a uno o más de los candidatos ternados. Finalizado ese período de impugnaciones, se eleva la respectiva terna al Sr. Gobernador para que ejerza sus facultades constitucionales nominando al candidato a Juez para su Acuerdo en el Senado.

 

El Poder Ejecutivo tiene amplia discrecionalidad para elegir a cualquiera de los postulantes que se encuentran ternados, sin embargo con respecto a las ternas correspondientes a los 9 (nueve) primeros concursos realizados, el Sr. Gobernador procedió a elegir, en todos los casos, al primero de cada terna, es decir a los profesionales que obtuvieron el mayor puntaje resultante de la suma de las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas públicas, manteniendo así la objetividad y transparencia que se demostró durante todo el procedimiento de selección de Magistrados.

 

 

 

REPORTE DE ACTIVIDADES:

 

El Consejo de la Magistratura inició sus actividades desde el mismo día de su creación, el 13 de diciembre de 2003, convocando a las Organizaciones Sociales, Civiles y Gremiales de la Provincia a registrarse ante el Consejo a los fines de elegir el representante que les correspondía. Así fue que por Resolución del Presidente del Consejo, el Dr. José Carlos Halle, se establecieron los plazos y requisitos para la inscripción, con la sana intención que fuera la mayor cantidad de organizaciones las que participaran de  la integración del Consejo. Por ello,  el plazo fue amplio (45 días) y los requisitos exigidos eran los básicos que cualquier organización debía tener incluso para acreditar su propia existencia: personería jurídica o gremial, contrato social o estatuto y nómina actualizada de autoridades. El registro se mantuvo abierto, desde el 15 de diciembre del 2003 hasta el 28 de enero del 2004.

 

Cerrado el período de inscripción, se convocó a las organizaciones inscriptas a una reunión

informativa con las autoridades del Consejo a los fines de explicar los pasos a seguir y el

plazo en el que debían elegir a su representante. Entonces, en fecha 6 de febrero de 2004, se reunieron en el Salón de los Gobernadores, el Sr. Secretario de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, y  Presidente del Consejo de la Magistratura de la Provincia, Dr. José Carlos Halle; y el Secretario General del Consejo de la Magistratura, Dr. Alejandro Joel Cánepa, junto con  los representantes de las organizaciones intermedias inscriptas, a saber:

 

1)     Asociación Trabajadores del Estado (ATE);

2)     Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER);

3)     Consejo de Empresarios de Entre Ríos (CEER);

4)     Acción Ciudadana;

5)     Asociación Conciencia;

6)     Sindicato de Empleados de Comercio;

7)     Colegio de Fonoaudiólogos;

8)     Colegio de Arquitectos;

9)     Colegio de Obstetras;

10)   Colegio de Asistentes Sociales;

11)   Asociación de Entidades de Profesionales Universitarios de Entre Ríos (AEPUER);

12)   Asociación Paranaense para la integración de la mujer;

13)   Central de Trabajadores Argentinos (CTA);

14)   Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (ApyME);

15)   Colegio de Martilleros;

16)   Federación Médica de Entre Ríos (FEMER);

17)   Centro de Jubilados y Pensionados de Paraná;

18)   Asociación Israelita de Paraná;

19)   Colegio de Ingenieros Civiles;

20)   Colegio de Médicos Veterinarios;

21)   Colegio de Escribanos de Entre Ríos;

22)   Asociación Ayudando a Crecer;

23)   Centro de Agrimensores de Entre Ríos;

24)   Biblioteca Popular de Paraná;

25)   Fundación Nuncio Militello;

26)   Sindicato de Prensa;

27)   Asociación Entrerriana de Terapistas Ocupacionales;

28)   Asociación Solidaria Ayudar;

29)   Asociación Continuadora Ex soldados Clase 32;

30)   Acción Católica Argentina;

31)   Sociedad Italiana de Socorros Mutuos, Cultural y Recreativa;

32)   Familia Piamontesa de Paraná;

33)   Federación Agraria Argentina;

34)   Asociación Verdiana;

35)   Colegio de Profesionales de la Agronomía de Entre Ríos;

36)   Corporación del Desarrollo de Gualeguaychú (CODEGU);

37)   Federación de Jubilados y Pensionados de Entre Ríos.

Dicha jornada hizo las veces presentación formal del organismo y de sus autoridades ante las organizaciones intermedias de la sociedad civil y también sirvió para fijar algunas pautas de funcionamiento y de proceder respecto a la elección del Consejero. Así, el Presidente fijó el 20 de febrero como plazo para su elección y recomendó la conformación de una Asamblea y la sanción de un reglamento interno para su mejor funcionamiento. Se dejó totalmente en claro que el Poder Ejecutivo y cualquier funcionario provincial quedaban fuera del ámbito de deliberaciones de dicha asamblea y que no pretendían condicionar sus decisiones con su participación. Por ello fue que una vez realizado ese breve acto de apertura los funcionarios actuantes se retiraron, dejando a los representantes de la sociedad civil deliberando acerca de lo allí conversado.

De la misma manera, y según lo establecido por el artículo 19 del Decreto 39/03 GOB. se invitó a las distintas entidades que conformarían el Consejo a realizar las elecciones correspondientes para la nominación de sus representantes ante el novel organismo. Así, con notas al Colegio de Abogados de Entre Ríos, a la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Entre Ríos, a la Asociación Judicial de  Entre Ríos, a la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Argentina – sub sede Paraná – y a la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Litoral, se les informó de la creación del Consejo, del plazo para la elección de los Consejeros y de los requisitos que los mismos debían cumplir, a saber, los Consejeros electos debían poseer las condiciones exigidas para ser Senador Provincial, y además los representantes de los Abogados, de los Funcionarios y Magistrados, y de los Académicos debían poseer las condiciones exigidas para ser Vocal del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos.

 

Paralelamente, en fecha 22 de diciembre, se enviaron sendas notas al Presidente del Superior Tribunal de Justicia a fin de que informara a la Secretaría del Consejo de la Magistratura, las vacantes existentes en Juzgados y Vocalías de Cámaras, Fiscalías y Defensorías de la provincia. En respuesta a dicha solicitud, resultó que al momento de la creación de este organismo existían 18 vacantes a ser cubiertas por este nuevo sistema, a saber:

 

-          un (1) Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de Concordia

-          un (1) Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de Concepción del Uruguay

-          un (1) Juez para el Juzgado Laboral Nº 3 de Paraná

-          un (1) Fiscal de Cámara de la Sala II de la Cámara de Apelaciones de Paraná

-          tres (3) Vocales de Cámara de la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de Concordia

-          un (1) Juez para el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Gualeguaychú

-          un (1) Vocal de Cámara Primera –Sala II- de Paraná

-          un (1) Juez para el Juzgado Correccional Nº 1 de Paraná

-          un (1) Vocal de Cámara de la -Sala Laboral- de la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay

-          un (1) Juez para el Juzgado Civil, Penal y de Menores de Concordia

-          un (1) Juez Civil y Comercial Nº 3 de Gualeguaychú

-          un (1) Juez para el Juzgado Correccional de Gualeguaychú

-          un (1) Juez  para el Juzgado Civil, Penal y de Menores de Gualeguaychú

-          un (1) Juez para el Juzgado Civil y Comercial de Diamante

-          un (1) Juez para el Juzgado Civil y Comercial de Federación

 

Para el 1 de marzo de 2004, ya se contaba con la información necesaria para comenzar las deliberaciones y también se habían comunicado los resultados de las elecciones de las entidades convocadas. Cabe aclarar que desde ese momento se produjeron reuniones informales y preparatorias con los que luego serían los miembros del Consejo a los efectos de delinear un reglamento interno e ir allanando los tramites administrativos y reglamentarios para el llamado a Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición.

Finalmente, el 12 de marzo se celebró el acto de integración y conformación del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos en el Salón Blanco de la Casa de Gobierno de la Provincia y con la presencia del Sr. Gobernador, Dr. Jorge Pedro Busti y el Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Eugenio Raúl Zaffaroni. En ese acto, en donde se remarcó lo trascendente e histórico en la institucionalidad provincial que significaba la creación de este Consejo, sus integrantes prestaron juramento de desempeñar con honor su cargo y ratificaron su compromiso de trabajo para con este nuevo organismo y su importante función.

Posteriormente, el mismo día, se realizó la primer reunión formal del Consejo en el Salón de los Gobernadores de la Casa de Gobierno, a fin de dar inicio a las Sesiones Ordinarias para el periodo 2004 y de acuerdo a un orden del día que fijaba los puntos a tratar. En ese sentido, una de las primeras decisiones del cuerpo fue la elección de su Vicepresidente, honor que recayó en la figura del Dr. Enrique Máximo Pita, representante de los Magistrados y Funcionarios Judiciales; luego se decidió dejar a cargo de la Secretaría General la convocatoria a sesiones ordinarias, previendo que las mismas se realicen a razón de una cada quince días aproximadamente. También se aprobó el Reglamento General y de Concursos Públicos, producto de los consensos logrados en las sesiones preparatorias organizadas por su Presidente, y se evaluaron las vacantes con mayor prioridad para ser cubiertas en el Poder Judicial de la Provincia mediante el mecanismo recién inaugurado. Por otro lado, se conformaron sendas comisiones internas a los efectos de conformar un listado de Jurados y temarios de examen para la etapa de la prueba de oposición, y para la elaboración de criterios objetivos para la calificación de los antecedentes de los postulantes, con el objetivo de lograr una mayor objetividad en la valoración de los mismos. A esos efectos, se tuvieron en cuenta los “Criterios Consensuados para la Precalificación de antecedentes” del Consejo de la Magistratura de la Nación, utilizados en más de 80 concursos sin cuestionamientos ni críticas severas. Dichas Comisiones estuvieron conformadas por los Consejeros Dres. Enrique Máximo Pita, Raúl Gracia, Roberto Quinodoz, Carlos María Álvarez, Juan Carlos Ponce y Manuel Luis Gallegos. Los resultados de sus trabajos se plasmaron luego en las resoluciones del Consejo y se publicaron en la página digital del organismo.

A partir de aquella primera reunión, quedaron plasmados los fines y objetivos del organismo, así como la modalidad de trabajo del mismo, primando el consenso y el respeto por la pluralidad de opiniones allí vertidas, resultantes de las distintas representaciones sectoriales de sus integrantes. Aquella sesión marcó realmente el hito en la institucionalidad entrerriana, dado que lo que era un proyecto se convertía en realidad y se ponía inmediatamente en funcionamiento, a solo 2 meses de su creación. En este punto, debe resaltarse la voluntad de trabajo y el compromiso demostrado no solo por los Consejeros electos, sino también por las autoridades de las entidades aquí representadas, colaborando en todo lo necesario para la puesta en funcionamiento del organismo.

Desde el Poder Ejecutivo Provincial se destaca este organismo como una verdadera política de Estado, tendiente a mantenerse en el tiempo y a institucionalizarse con la jerarquía que su augusta función se merece.

FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL CONSEJO:

 

AUTORIDADES:

 

Durante el transcurso del año 2004 el Consejo de la Magistratura fue integrado por:

 

-          Presidente: Dr. José Carlos Halle - Secretario de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Provincia.

-          Por el Colegio de Abogados de Entre Ríos: Dres. Manuel Luis Gallegos y Raúl Alfredo Gracia (titulares) y los Dres. José Dionisio Lapalma y Carlos Alberto Bonnin (suplente)

-          Por los Magistrados y Funcionarios Judiciales: Dres. Enrique Máximo Pita (Vicepresidente) y Juan Carlos Ponce (titulares) y los Dres. Raúl A. Del Valle y Jorge A. Brasesco (suplentes)

-          Por la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Argentina: Dr. Roberto Carlos Quinodoz (titular) y el Dr. Hermo Luis Pesito (suplente)

-          Por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Litoral: Dr. Ricardo Alvarez (titular) y Dr. Luciano Jorge Amilcar García (suplente)

-          Por la Asociación Judicial de Entre Ríos: Sr. Walter Juan Casis (titular) y Sr. Jorge Dario Broggi (suplente)

-          Por las Organizaciones no Gubernamentales: Ingeniero Civil Juan Seba (titular) y Sra. Gilda Vargas (suplente)

 

De ésta forma quedó conformado el Plenario del Consejo de la Magistratura, contando además con la asistencia del Secretario General Dr. Alejandro J. Cánepa. Cabe aclarar que conforme el Decreto de creación del Consejo, los mencionados Consejeros tienen mandato por dos años, es decir, hasta el 12 de marzo de 2006, pudiendo ser reelectos por una sola vez.

 

Dicho Plenario se reúne en sesiones ordinarias semana por medio, convocadas por la Presidencia a través de la Secretaría General, o en sesiones extraordinarias cuando decida convocarlo su Presidente, el Vicepresidente en ausencia del mismo o a petición de 4 de sus miembros. El quórum necesario para sesionar es de 6 miembros y las decisiones se adoptan por mayoría absoluta de los miembros presentes, salvo en aquellos casos que se requiera mayorías especiales, como son la conformación de la terna, la elección del Vicepresidente y la expulsión de alguno de sus miembros por causal de mal desempeño.

 

 

SECRETARÍA GENERAL:

 

Integrada por el Secretario General y las distintas áreas que éste determine, sus funciones consisten, principalmente, en la organización de los concursos públicos y las sesiones del plenario, así como en mantener informados a los postulantes y a los Consejeros, sobre las distintas etapas de los Concursos. Éstas funciones surgen  principalmente del Decreto Nº 39/2003 GOB. y del Reglamento General, las cuales  son detalladas a continuación:

 

- Conservar y custodiar las actuaciones y documentación obrantes en Consejo, efectuar las notificaciones que correspondan, dejar constancia de todas las diligencias realizadas y cumplir instrucciones que le encomiende el Plenario y sus autoridades.

- Poner en conocimiento del Consejo, al comienzo de cada reunión, la nómina de los asuntos entrados, como asimismo las comunicaciones recibidas por cualquier medio.

- Confeccionar y elevar al Plenario los proyectos de dictámenes y resoluciones sobre los temas tratados en las sesiones del cuerpo, para su consideración y votación.

     -  Llevar los libros y registros que establezca el Consejo

     -  Preparar la memoria y el presupuesto anual

     -  Liquidar viáticos y reembolsos de gastos para los Consejeros y Jurados.

- Toda otra función que el Presidente o el Plenario le asignen.

  

 Asimismo debe llevar por orden cronológico y numérico, la siguiente documentación:

- Libro de Actas, en el cual consta todo lo tratado y resuelto en las sesiones que realiza el Consejo, éste  se encuentra a disposición de los postulantes en la Secretaría General.

- Libro de Resoluciones del Plenario, en este se encuentran todas las Resoluciones emanadas del Consejo           en pleno, ordenadas numérica y cronológicamente.

- Libro de Resoluciones de Presidencia, este contiene todas las resoluciones emanadas de la Presidencia ordenadas numérica y cronológicamente.

- Registro de Concursos, aquí se recopila toda la información pertinente a los Concursos desde la publicación del edicto hasta  su finalización. 

- Registro de Postulantes, en este se registran los datos referidos a las inscripciones de los profesionales a los Concursos Públicos.

- Registro de Jurados, en este consta el listado de profesionales propuestos para intervenir en la etapa de oposición y todo lo referido a la aceptación o rechazo del cargo.      

- Registro de ONG’s, aquí se encuentran todos los datos referidos a las Organizaciones no Gubernamentales  registradas ante este organismo.  

- Libros Menores, necesarios a los efectos administrativos y contables

 

Los documentos precedentes son compilados, protocolizados y archivados en la Secretaría General.

  

Además, para que los profesionales inscriptos estuvieran informados de toda la actividad resultante del Consejo, se creó la página de Internet a través de la cual se da publicidad de todas las normativas, resoluciones, directivas y novedades acerca de la actuación de este Consejo.

 

 

JURADOS:

 

Su función consiste específicamente en preparar los casos y calificar las pruebas de

oposición realizadas por cada concursante, valorando la consistencia jurídica de la solución propuesta dentro del marco de lo razonable, la pertinencia y rigor de los fundamentos, y la corrección del lenguaje utilizado. Cabe aclarar que en dicha corrección no intervienen más que aquellos Jurados que resultaron sorteados para el Concurso en cuestión.

El Jurado está conformado por 3 (tres) miembros Titulares y 3 (tres) Suplentes, dentro de los cuales debe haber un magistrado, un abogado y un académico, éstos resultan desinsaculados ante el Escribano Público de la Escribanía Mayor de Gobierno. A los efectos de la conformación de las listas de Jurados se solicitó a la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia, al Colegios de Abogados de Entre Ríos y a las Universidades de la región, que remitan a la Secretaría General un listado de los profesionales y profesores que ellos reconozcan con la formación necesaria para el desempeño de tal función y que cumplieran con los requisitos que les impone el Decreto que son tener las condiciones para ser Vocal del STJ.

Cada lista se elaboró por especialidad, quedando conformados por quince (15) Jurados para las especialidades de “derecho civil y comercial” y de “derecho penal”,  diez (10) Jurados para la de “derecho del trabajo” y 6 (seis) jurados para la de “derecho de familia y menores”. Cada una de estas se presentó con la aceptación expresa del cargo por parte de los nominados a Jurados por dichas instituciones, salvo los pertenecientes a las Universidades, a quienes en rigor se los invita a participar del tribunal de concurso. El listado definitivo, según las distintas especialidades, quedó conformado por:

 

JURADOS ABOGADOS (ESPECIALIDAD: CIVIL Y COMERCIAL):

 ALASINO, Rubén Eugenio (Nogoyá);

 BACIGALUPO, Hugo Augusto (Concepción del Uruguay);

 BARD, Raúl Alberto (Colón);

 BENEDETTO, Oscar Daniel (Victoria);

 BISSO, Juan Martín (Gualeguay);

 BONFILS, René Sadí (Paraná) ;

 FEDERIK, Miguel Ángel (Villaguay)

 GALANTI, Virgilio Alejandro (Paraná);

 IRURUETA, Juan Antonio (Concordia);

 LEISSA, Luis Ernesto (Gualeguaychú);

 LOPEZ DELZAR, Néstor Raúl (Rosario del Tala);

 MARANI, Norberto Ramón (Paraná);

 MORO, Carlos Emilio (Paraná);

 PESSOLANI, Juan José Pedro (Concordia) y; 

 TOLOY, Sergio Daniel (Chajarí).

 JURADOS ABOGADOS (ESPECIALIDAD: FAMILIA):

 ALBORNOZ, Elena Beatriz (Paraná);

 GERBOTTO, Raquel María (Paraná);

 GUILISASTI, Jorgelina (Paraná);

 LAWRIE, Juan Félix (La Paz);

 MARQUEZ, Silvia Haydee (Paraná);

 MASIANO, Analía Carmen (Paraná);

 MAXIT, Ricardo (Colón);

 ROUSSEAUX, Julio Alberto (Concepción del Uruguay);

 TERRAZA, Mónica María (Gualeguay) y;

 VEGA, Silvia Alicia (La Paz).

 

 JURADOS ABOGADOS (ESPECIALIDAD: LABORAL):

 ARIGÓS, Aníbal Enrique (Concordia);

 BULOS, Miguel Juan (Paraná);

 CAÑUETO, Carlos Benigno (Concepción del Uruguay);

 FEDERIK, Guillermo Leopoldo (Paraná);

 FENES, Carlos María (Paraná);

 PAULETTI, Edelmiro Tomás (Gualeguaychú);

 ROUDE, Alfredo Tomás (Colón);

 SIMÓN, Jorge Alfredo (Gualeguaychú);

 VALES, Gustavo Amílcar (Villaguay) y;

 VESCINA, Alicia María (Gualeguay).

 

 JURADOS ABOGADOS (ESPECIALIDAD: PENAL):

 BARRANDEGUY, Raúl E. (Paraná);

 BERROS, Noemí Marta (Paraná);

 CARRAZZA, Horacio Darío (Gualeguaychú);

 DIAZ, Ignacio Esteban (Paraná);

 FEDERIK, Julio A. (Paraná);

 FIRPO, Oscar José (Victoria);

 GAMARRA, Guillermo Fabián (Villaguay);

 IMPINI, Jorge Rubén (Gualeguay);

 MAC LOUGHLIN, Arturo Andrés (Concordia);

 MARTINEZ, Marciano Edgardo (Paraná);

 MASTRÁNGELO, Ricardo Daniel (Victoria);

 MAXIT, Ricardo (Colón);

 MENDEZ CASTELLS, Estela Beatriz (Paraná);

 PERROUD, Darío Gustavo (Concordia) y;

 TAFAREL, Pedro César (Gualeguay):

 

JURADOS ACADÉMICOS (ESPECIALIDAD: CIVIL Y COMERCIAL):

 ARIZA, Ariel Carlos (U.N.R.);

 CADOCHE, Sara Noemí (U.N.L.);

 CHAUSOVSKY, Gabriel (U.N.L.);

 ENDERLE, Guillermo José (U.N.L./U.C.A.);

 FERRER, Francisco A. M. (U.N.L.);

 HERNÁNDEZ, Carlos A. (U.N.R.);

 JOZAMI, Carlos Enrique (U.C.A./U.N.E.R.);

 MULLER, Enrique (U.N.L.);

 MUSTO, Néstor Jorge (U.C.A.);

 NICOLAO, Noemí (U.N.R.);

 NIEL PUIG, Luis (U.N.L.);

 PRONO, Ricardo S. (U.N.L.);

 REGGIARDO, Sergio Roberto (U.C.A.);

 SAUX, Edgardo I. (U.N.L./U.C.A.) y ;

 STRATTA, Osvaldo José (U.N.L.).

 

 JURADOS ACADÉMICOS (ESPECIALIDAD: DERECHO DE FAMILIA):

BÍSCARO, Beatriz Raquel (U.B.A.);

D’ANTONIO, Daniel Hugo (U.C.A.);

DUTTO, Ricardo José (U.N.R.);

FERRER, Francisco Magín (U.N.L.);

IÑIGO, Delia Beatriz (U.N.L./U.B.A.);

MANGIONE MURO, Mirta Hebe (U.N.L./U.N.R);

MEDINA, Graciela (U.B.A.);

MOLINA, Alejandro (U.B.A.);

ROLANDO, Carlos E. (U.N.L.) y;

WILDE, Zulema Delia (U.B.A.);

 

JURADOS ACADÉMICOS (ESPECIALIDAD: LABORAL):

ALTAMIRA GIGENA, Raúl (U.N.C.);

ALVAREZ, Eduardo Oscar (U.B.A.);

ARIAS, José A. (U.N.E.R./U.C.A.);

BOF, Jorge Antonio (U.N.R.);

CANDIOTI, Mariano A. (U.N.L.);

CANTARD, Albor Ángel (U.N.L.);

CONFALONIERI, Juan Ángel –h- (U.B.A.);

GOLDIN, Adrián Osvaldo (U.B.A.);

MACHADO, José Daniel (U.N.L./U.C.A) ;

SAPPIA, Jorge Jerónimo (U.N.C.) y;

REVIRIEGO, José María (UCA).

 

JURADOS ACADÉMICOS (ESPECIALIDAD: DERECHO PENAL):

BRUERA, Matilde Marín (U.N.R.);

CREUS, Sebastián (U.N.L.);

DE OLAZABAL, Julio (U.N.L.);

DOMÍNGUEZ HENAIN, Daniel (U.N. Nordeste);

ERBETTA, Daniel Aníbal (U.N.R.);

FEIJOO, Martha María (U.N.L./U.N.R.);

FRANCHI, Mario Roberto (U.C.A.);

GARCIA VITOR, Enrique (U.N.L./U.C.A.);

GEMIGNANI, Juan Carlos (h) (U.N.L./U.C.A.);

LASCANO, Carlos (U.N.C.);

PASTOR, Daniel Roberto (U.B.A.);

PESOA, Nelson (U.N. Nordeste);

SLOKAR, Alejandro (U.B.A.);

TERRAGNI, Marco Antonio (U.N.L.) y;

ZIFFER, Patricia Susana (U.B.A.).

 

JURADOS MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS JUDICIALES (COMPETENCIA FAMILIA Y MENORES):

  MENDOZA Arsenio Francisco (Defensor del STJ);

 GIQUEAUX DE SACCO Elsa  (Vocal Cám. Apelac. C. del Uruguay – Jubilado);

 BASALDÚA DE TORREALDAY  Graciela  (Juez Civ. y Com. de Paraná);

 SALOMÓN Claudia Emilia (Juez de Familia y Menores – Paraná);

 BADARÓ María Teresa  (Juez de Familia y Menores –Concordia);

 ALDASORO María del Pilar (Juez de Menores – Paraná) y;

 SCHALLER Laura E. B. de (Vocal del S.T.J. – Jubilada).

 

 JURADOS PARA DEFENSORES DE PRIMERA INSTANCIA (COMPETENCIA GENERAL):

  MENDOZA, Arsenio Francisco (Defensor del STJ);

  SALOMÓN de ANZOLA, Claudia Emilia (Juez de Familia y Menores – Paraná);

  BADARÓ, María Teresa E. S.(Juez de Familia y Menores –Concordia);

  MESTRES,  María del Pilar (Defensora Pobres y Menores – Paraná);

  OLALLA de SACRIPANTI, Alicia (Defensora Pobres y Menores – Paraná);

  DEL BARCO, Marta (Defensora Pobres y Menores – Paraná);

  KUCHARUK de ROMERO, Cristina (Def. Pobres y Menores – Federación);

  NÚÑEZ Mihura, Guillermo  (Defensor de Pobres y Menores – Diamante);

  CHARREUN de ARGACHA (Def. de Pobres y Menores-C. Del Uruguay) y;

  CARLES, Stella Maris (Def. de Pob. Y Menores – Gualeguaychú).

 

JURADOS PARA DEFENSORES DE PRIMERA INSTANCIA (COMPETENCIA PENAL):

 PEREZ, Patricia (Def. de P.y Menores compet. Penal – Concordia);

 FRANCHI, Mario Roberto  (Def. de P. y Menores compet. Penal – Paraná);

 BENITEZ, Maximiliano (Def. de P. y Menores compet. Penal – Concordia) y ;

 ALLE, Daniel Elías (Def. Pobres y Menores compet. Penal – Gualeguay).

 

JURADOS MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS JUDICIALES (COMPETENCIA PENAL):

 ASCUA, Juan María (Vocal Cámara en lo Criminal de Paraná);

 BLANC, Juan Jorge (Juez de Instrucción de Conc. del Uruguay);

 CAFFA, Héctor María (Vocal Cámara Penal – Concordia – Jubilado);

 CARLIN, Miguel Augusto (Vocal del Superior Tribunal de Justicia);

 CARUBIA, Daniel Omar (Vocal del Superior Tribunal de Justicia);

 CELLI, Felipe Mario (Vocal Cámara en lo Criminal de Paraná);

 CIRIGLIANO, Antonio Rolando (Vocal Cám. en lo Criminal de Gualeguay);

 CHIARA DIAZ, Carlos (Vocal del Superior Tribunal de Justicia);

 GARCIA JURADO, Eduardo (Juez de Instrucción de Gualeguaychú);

 GIORGIO, Miguel Ángel (Juez Correccional de Concordia);

 LARRARTE, Carlos Fermín (Fiscal de Cámara de Concordia);

 NAZAR, Silvia Teresita (Vocal Cámara en lo Criminal de Paraná);

 PEROTTI, Hugo Daniel (Juez de Instrucción de Diamante);

 ROBLEDO de BURGOS, Graciela (Vocal Cám. Penal – Concordia – Jub.) y;

 SOBRERO Juan Antonio (Vocal Cámara en lo Criminal de Paraná).

 

JURADOS MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS JUDICIALES (COMPETENCIA CIVIL Y COMERCIAL):

 ARDOY, Juan Carlos (Vocal Superior Tribunal de Justicia);

 BERTELLOTTI de SCHALLER, Laura (Vocal S.T.J. – Jubilada);

 CABRERA, Miguel Alberto (Vocal Cámara Apelaciones de Paraná);

 DIECI, Carlos A. (Juez Civ. y Com. de Concep. del Uruguay);

 GAMBINO, Jorge Luis (Juez Civ. y Com. de Concordia);

 IZAGUIRRE, Alfredo M. (Vocal Cámara Apelaciones de Paraná);

 MOGGIA de SAMITIER, Catalina (Vocal Cam.Apel. Paraná – Jubilada);

 MORENI, Ricardo Italo (Vocal Cámara de Apelaciones de Concordia);

 ORTIZ MALLO, Luis María (Vocal Cámara Apelaciones de Paraná);

 PAPETTI, Juan José (Vocal Sup. Tribunal de Justicia);

 QUINTEROS, Mario Alberto (Juez Civ. y Com. de Paraná);

 RODRÍGUEZ, Celedonio  (Vocal Cámara Apelaciones Concordia);

 ROSSINI, Aurora Eva (Juez Civ. y Com. de Gualeguaychú) y;

 SMALDONE, Juan Ramón (Vocal Cámara de Apelaciones de Concordia).

 

JURADOS MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS JUDICIALES (COMPETENCIA LABORAL):

 BASALDUA, María Cristina (Juez del Trabajo de Paraná);

 BRODSKY de PETRIC, Marta (Vocal de Cámara de Paraná);

 BUGNONE, Enrique Augusto (Vocal de Cámara Conc. del Uruguay);

 CAZZULINO, Yolanda Mabel (Vocal de Cámara Conc. del Uruguay);

 GOMEZ, Sergio O. (Vocal de Cámara de Concordia);

 GONZALEZ DE SAMPAIO, Rodolfo (Juez del Trabajo de Concordia);

 HERRERA, Julio Martín (Vocal S.T.J. - Jubilado);

 MUZIO, Juan Enrique (Vocal de Cámara de Paraná);

 PIROVANI, Jorge A.  (Juez del Trabajo de Gualeguaychú) y;

 SPINELLI, Elbio Blas (Vocal de Cámara de Concordia).

 

JURADOS MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS JUDICIALES (PARA CONCURSOS EN EL MINISTERIO PUBLICO FISCAL DE LA PROVINCIA):  

 MORALES, Héctor Daniel (Procurador General de la Provincia de E. R.);

 PEROSI, Mario Félix (Fiscal Adjunto S.T.J);

 BRADES, Jorge Enrique (Fiscal Adjunto S.T.J);

 YOUNG, Diego (Fiscal de Cámara – Concepción del Uruguay);

 LARRARTE, Carlos Fermín (Fiscal de Cámara – Concordia);

 LACORAZZA, Susana (Fiscal de Cámara – Paraná) y;

 TORRES, Jorge Omar (Fiscal de Cámara – Gualeguay).

 

Si bien no todos los mencionados han tenido la oportunidad de conformar un tribunal de concurso, ya sea porque no han podido aceptar tal función, o porque no han salido sorteados para tales efectos, es esta una buena oportunidad para agradecer el compromiso y solidaridad de aquellos que han aceptado tanto el cargo como la función, es decir, para todos aquellos profesionales que prestaron su expreso consentimiento para la conformación de estas listas, como para aquellos que en el momento de participar no dudaron en colaborar con este novel organismo.

 

 TEMARIOS DE EXAMENES

 

Estos temarios tienen la finalidad de fijar un límite a la universalidad de temas que componen la competencia de los Juzgados cuyas titularidades se concursan. De esa forma se dan pautas claras de estudio a los concursantes y a los Jurados a la hora de preparar los casos a ser rendidos en la prueba de oposición. La Comisión que los seleccionó tuvo en cuenta los temas más representativos de cada especialidad y sobre los que con más frecuencia deben dictarse las sentencias o resoluciones que se piden en dicho examen. Con estos temarios a los que deben ajustarse tanto los Jurados como los concursantes, se permite un mayor control sobre esta etapa, sobre todo a la hora de las impugnaciones, dándose previsibilidad y seguridad para la corrección y calificación. De esta forma, los temas de cada especialidad quedaron definidos como sigue:   

TEMAS PARA CONCURSOS: CIVIL Y COMERCIAL:

-Acción de simulación.

-Acción revocatoria o pauliana;

-Responsabilidad por accidentes de tránsito;

-Responsabilidad por incumplimiento contractual. Pacto comisorio;

-Responsabilidad de los médicos y de las clínicas o sanatorios;

-Responsabilidad por productos elaborados;

-Lesión subjetiva/objetiva. Excesiva onerosidad sobreviniente;

-Compraventa;

-Locación de inmuebles

-Locación de obra; Fianza (civil y comercial);

-Mutuo (civil y comercial);

-Acción reivindicatoria;

-Propiedad horizontal;

-Disolución y liquidación de sociedades comerciales;

-Verificación de créditos. Recurso de revisión;

-Extensión de la quiebra; Acción revocatoria concursal;

-Nulidad de testamento;

-Divorcio y separación personal;

-Acción de filiación.

 

TEMAS PARA CONCURSOS DEFENSORES DE POBRES Y MENORES (CON COMPETENCIA GENERAL

 

A) Derecho de Familia y Menores

-Divorcio y separación personal; 

-Tenencia de menores;

-Régimen de visitas. Exclusión del hogar;

-Alimentos;

-Violencia familiar (Ley 9198);

-Internaciones psiquiátricas (Ley 8806);

-Declaración de incapacidad; 

-Tutela y curatela; Adopción;

-Filiación; Patria potestad;

-Patrocinio institucional (Ley 9324);

-Amparos vinculados a derechos del menor y la familia;

-Actuación extrajudicial del Defensor de Menores (convenios sobre separación, tenencia, alimentos y visitas);   

-Concubinato. 

 

B) Derecho Penal :

 

 -Al respecto la prueba consistirá en la elaboración de una presentación escrita en calidad       de Defensor (recurso de apelación, recurso de casación, oposición a elevación a juicio, nulidad, etc.) respecto a alguno de los temas previstos en el temario general de Derecho Penal.

Temario: Para los concursos múltiples Familia, Civil y Penal de Menores, la parte Penal remitirse al temario Penal.

 

 TEMAS PARA CONCURSOS JUEZ DE FAMILIA Y MENORES:

 

-Divorcio y separación personal;

-Régimen patrimonial del matrimonio;

-Atribución de hogar conyugal, guarda y régimen de visitas;

-Alimentos;

-Violencia familiar (Ley 9198);

-Internaciones psiquiátricas (Ley 8806);

-Declaración de incapacidad;

-Tutela y curatela;

-Emancipación y habilitación de edad;

-Adopción;

-Filiación;

-Patria potestad;

-Patrocinio institucional (Ley 9324);

-Cuestiones constitucionales vinculadas a derechos del menor y la familia (acciones de amparo);

-Concubinato. 

 

TEMAS PARA CONCURSOS MATERIA DERECHO DEL TRABAJO:

 

 -Responsables solidarios con el empleador;

-Contrato de trabajo: diferencia con figuras afines;

-Registración del contrato de trabajo;

-Modalidades del contrato de trabajo por su duración en el tiempo;

-Facultades del empleador;

-El tiempo de trabajo;

-Remuneración;

-Suspensión de ciertos efectos del contrato de trabajo;

-Transferencia de establecimiento y cesión del contrato de trabajo;

-Extinción del contrato de trabajo;

-Trabajo de mujeres;

-Estatutos especiales: R.N.T.A., personal de servicio doméstico, viajantes de comercio y trabajadores de la industria de la construcción;

-Tutela sindical;

-Homologación de Convenios – Art. 15 L.C.T.;

 

TEMARIO de DERECHO PENAL:

 

 Los Jurados designados deberán proponer uno o más casos prácticos que involucrasen uno o más delitos cuyo conocimiento surta la competencia ordinaria y se encuentren previstos exclusivamente en el Código Penal y no en leyes especiales. El hecho deberá contener tales características particulares  que su análisis, tratamiento  y resolución comprometa alguno de los siguientes tópicos:  

 

-Autoría y participación;

-Dolo eventual;

-Causas de justificación;

-Error de Tipo y de Prohibición;

-La tentativa;

-La imputación objetiva;

-Criterios teóricos para determinar judicialmente la pena;

-La imprudencia;

-Omisión y posición de garante;

-Ausencia de dolo y sus consecuencias;

-El problema de la sucesión de leyes en el tiempo y el delito permanente;

-Medidas de seguridad.-

 

 

CONCURSOS REALIZADOS:

Ya desde la primer sesión del 12 de marzo del 2004, se decidió cuales habrían de ser los primeros cargos judiciales a concursar, de acuerdo a pautas como la especialidad de los cargos, el tiempo que hacía que estaban con interinatos, la situación (atraso en la resolución de expedientes) de los mismos y la demanda social y profesional para su cobertura. Por ello fue que luego de ser aprobados los Temarios de exámenes y el listado de Jurados, el día 26 de marzo, se procedió a realizar el sorteo (ante escribano público de la Escribanía Mayor de Gobierno) de Jurados Titulares y Suplentes para los concursos públicos de antecedentes y oposición que a continuación se mencionan:

 

En el Concurso Público Nº 1 para elegir 1 (un) Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de Concordia, resultaron sorteados como Jurados Titulares los Dres. Sergio D. Toloy,  Luis A. Ahumada y Osvaldo J. Strata. Y como Suplentes los Dres. Virgilio Galanti, Ariel Ariza y Juan Carlos Ardoy respectivamente. Y por la renuncia del Dr. Ahumada, se convocó como Jurado Titular al Dr. Juan Carlos Ardoy.  

En el Concurso Público Nº 2 para elegir 1 (un) Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de Concepción del Uruguay, resultaron sorteados como Jurados Titulares los Dres. Carlos E. Moro, Luis M. Ortiz Mallo y  Enrique Muller, respectivamente. Y como Suplentes los Dres. Norbeto Marani, Laura Bertelotti De Shaller, Ricardo Prono y como segundo suplente el Dr. Carlos E. Jozami.

En el Concurso Público Nº 3 para elegir 1 (un) Juez para el Juzgado Laboral Nº 3 de Paraná, resultaron sorteados como Jurados Titulares los Dres. Gustavo A. Vales, Elbio B. Spinelli y Jorge A. Bof. Y como Suplentes los Dres. Aníbal E. Arigos, Yolanda M. Cazzulino , José D. Machado y como segundo suplente el DR. Raúl Altamira Gigena.

En el Concurso Público Nº 4 para elegir 1 (un) Fiscal de Cámara de la Sala II de la Cámara de Apelaciones de Paraná, resultaron sorteados como Jurados Titulares los Dres. Carlos F. Larrarte, Guillermo F. Gamarra y Enrique García Vitor. Y como suplentes los Dres. Diego Young, Horacio Carraza , Daniel A.  Erbeta y como segundo suplente el Dr. Carlos Lascano

 

En el Concurso Público Nº 5 para elegir 3 (tres) Vocales de Cámara de la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de Concordia, resultaron sorteados como Jurados Titulares los Dres. Felipe Celli, Oscar J. Firpo, Daniel Domínguez Henaín. Y como suplentes los Dres. Antonio Cirigliano, Ricardo Maxit, Marta Feijoo y como segundo suplente el Dr. Sebastián Creus.

 

En los Concursos Públicos Nº 6 y Nº 7 para elegir  1 (un) Juez  para el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Gualeguay y 1 (un) Juez para el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Gualeguaychú (por una cuestión de economía procesal  y por la cercanía geográfica de las localidades mencionadas se decidió unificar los Jurados) resultaron sorteados como Titulares los Dres. Marciano Edgardo Martínez, Hugo Daniel Perotti y Sebastián Creus. Y como Jurados Suplentes los Dres. Ricardo Maxit, Silvia T. Nazar, Nelson Pesoa como primer suplente y el Dr. Daniel A. Erbeta como segundo suplente.

 

Posteriormente, se resolvió abrir el período de inscripción a tales concursos que abarcó desde el 10/05/04 al 31/05/04, siendo éste extendido hasta el 11/06/04, con el fin de facilitar el trabajo de los postulantes en la recolección y presentación de la documentación a ser calificada por el Consejo, excluyendo así cualquier tipo de obstáculo administrativo a la participación e inscripción a los Concursos Públicos. Además de toda la documentación requerida por el Reglamento General para la inscripción, los postulantes tienen libertad para incluir en sus expedientes todos los antecedentes acreditables que crean correspondientes, sobre los cuales el Consejo verificará luego su pertinencia y vinculación al cargo concursado.

 

Una vez finalizado el periodo de inscripción, resultó de los distintos concursos que:

 

 

En el Concurso Nº 1, para elegir 1 (un) Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de la ciudad de  Concordia se inscribieron 8 (ocho) profesionales, resultando:

 

Postulantes

Arias, Alberto José

De Urquiza, Justo José

Ferreira, Teresita Inés

Mansilla, Horacio Edgardo

Marfil, Andrés Manuel

Petit, Santiago Cesar

Tepsich, Carlos Federico

Villalba, Beatriz

 

El día 02 de julio se publicó el orden de merito de la Precalificación de Antecedentes, a través de la Resolución Nº 11 C.M.E.R., sobre la cual los postulantes tuvieron la oportunidad (mediante el plazo previsto por el Reglamento General) de presentar las reconsideraciones que crean pertinentes. Luego de éste, quedó establecida la calificación definitiva, a través de la Resolución Nº 15/04 C.M.E.R., resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Mansilla, Horacio Edgardo

29.33

Ferreira, Teresita Inés

25.21

Tepsich, Carlos Federico

23.54

Arias, Alberto José

23

Marfil, Andrés Manuel

19.55

De Urquiza, Justo José

16.08

Petit, Santiago Cesar

15,80

Villalba, Beatriz

8.58

 

Posteriormente, se realizó la Prueba de Oposición, el día 15 de julio, no asistiendo a la misma el Dr. Santiago C. Petit, por lo que quedó excluido automáticamente del Concurso en cuestión. Una vez obtenidos los resultados, los postulantes tuvieron el plazo fijado por el Reglamento General para realizar las impugnaciones que crean corresponder, luego de éste, quedo establecido el puntaje definitivo, resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Prueba de Oposición

Total

Mansilla, Horacio Edgardo

29.33

32

61,33

Tepsich, Carlos Federico

23.54

28

51,54

De Urquiza, Justo José

16.08

32

48,08

Marfil, Andrés Manuel

19.55

24

43,55

Ferreira, Teresita Inés

25.21

14

39,21

Arias, Alberto José

23

8

31

Villalba, Beatriz

8.58

5

13,58

 

La Entrevista Personal se llevó a cabo el día 20 de octubre de 2004. Para la misma,  el Consejo en Pleno se trasladó a la ciudad de Concordia, a fin de facilitar la concurrencia de la sociedad civil interesada en la elección de su futuro juzgador. Cabe destacar que se encuentra disponible la versión taquigráfica y la publicación en el sitio Web de éste organismo. Según el puntaje obtenido fueron convocados los Dres. Mansilla, Tepsich, De Urquiza y Marfil, dado que el resto de los postulantes no reunieron el puntaje mínimo requerido para acceder a ésta última etapa, resultando:

 

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Prueba de Oposición

Subtotal

Entrevista Personal

TOTAL

Mansilla, Horacio Edgardo

29.33

32

61,33

15

76.33

Tepsich, Carlos Federico

23.54

28

51,54

18.66

70.2

De Urquiza, Justo José

16.08

32

48,08

16.5

64.58

Marfil, Andrés Manuel

19.55

24

43,55

17.17

60.72

 

Luego de obtenidos los puntajes de las tres etapas (Antecedentes, Prueba de Oposición y Entrevista Personal), se procedió a elevar la terna el día 01 de noviembre de 2004, según el orden de merito, al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, conforme lo establece el art. 37 del Reglamento General. La misma estaba compuesta por los Dres. Horacio E. Mansilla, Carlos F. Tepsich y Justo J. De Urquiza, cumpliendo éstos, con los requisitos establecidos por el Decreto Nº 39/03 GOB. y por el Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

Después de concluir con las etapas previstas en el Reglamento General, y una vez que el Sr. Gobernador de la Provincia obtuvo la terna; remitió de inmediato al Senado, el día 17/11/2004, el Pliego del Dr. el Dr. Horacio Edgardo Mansilla. Como ya se mencionó anteriormente, el criterio por el que optó, en este y en todos los concursos, fue el de proponer al profesional que hubiera obtenido el mayor puntaje en las instancias  de oposición, antecedentes y entrevistas de los concursos públicos.

 

 

En el Concurso Nº 2, para elegir 1 (un) Juez para el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de la ciudad de  Concepción del Uruguay se inscribieron 12 (doce) profesionales, resultando:

 

Postulantes

Agotegaray, Gastón

Aranguren, Beatriz E.

Arias, Alberto J.

Chichi, Marcos P.

Cuesta, María I. C.

Luna, Américo D.

Maiztegui Marcó, Eduardo E.

Petit, Santiago Cesar

Pirovani, Eduardo Máximo

Tepsich, Carlos F.

Torres, Cándido H. A.

Villalba, Beatriz

 

El día 02 de julio se publicó el orden de merito de la Precalificación de Antecedentes, a través de la Resolución Nº 11 C.M.E.R., sobre la cual los postulantes tuvieron la oportunidad (mediante el plazo previsto por el Reglamento General) de presentar las reconsideraciones  pertinentes. Luego de éste, quedó establecida la calificación definitiva, a través de la Resolución Nº 14/04 C.M.E.R., resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Maiztegui Marcó, Eduardo E.

25,12

Luna, Américo D.

25.02

Cuesta, María I. C.

24.6

Tepsich, Carlos F.

23.54

Arias, Alberto J.

23

Aranguren, Beatriz E.

21.72

Pirovani, Eduardo Máximo

16,48

Torres, Cándido H. A.

16.05

Petit, Santiago Cesar

15,80

Chichi, Marcos P.

15.78

Agotegaray, Gastón

10,20

Villalba, Beatriz

8.58

 

Posteriormente, se realizó la Prueba de Oposición, el día 14 de julio. No asistieron a la misma los Dres. Eduardo Maiztegui Marcó, Eduardo Máximo Pirovani, Santiago Petit y Gastón Agotegaray por lo cual quedaron excluidos automáticamente del Concurso. Una vez obtenidos los resultados, los postulantes tuvieron el plazo fijado por el Reglamento General para realizar las impugnaciones que crean corresponder, luego de éste, quedó establecido el puntaje definitivo, resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Prueba de Oposición

total

Tepsich, Carlos F.

23.54

39

62.54

Cuesta, María I. C.

24.6

34

58.6

Aranguren, Beatriz E.

21.72

35

56.72

Chichi, Marcos P.

15.78

36

51.78

Luna, Américo D.

25.02

25

50.02

Torres, Cándido H. A.

16.05

32

48.05

Arias, Alberto J.

23

5

28

Villalba, Beatriz

8.58

7

15.58

 

La Entrevista Personal se llevo a cabo el día 25 de agosto de 2004. Para la misma, el Consejo en Pleno se trasladó a la ciudad de Concepción del Uruguay a fin de facilitar la concurrencia de la sociedad civil interesada en la elección de su futuro juzgador, cabe destacar que se encuentra disponible la versión taquigráfica y se halla publicada en el sitio Web de éste organismo. Según el puntaje obtenido fueron convocados los Dres. Carlos F. Tepsich, María I. C. Cuesta, Beatriz E. Aranguren, Marcos P. Chichi y Cándido H. A. Torres, dado que el resto de los postulantes no reunieron el puntaje mínimo requerido para acceder a ésta última etapa. Cabe aclarar que también fue convocado el Dr. Américo D. Luna, quien no asistió a la misma, quedando automáticamente excluido del Concurso, conforme el art. 35 del Reglamento General, resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Prueba de Oposición

Subtotal

Entrevista Personal

TOTAL

Tepsich, Carlos F.

23.54

39

62.54

18

80,54

Aranguren, Beatriz E.

21.72

35

56.72

16

72,72

Cuesta, María I. C.

24.6

34

58.6

12

70,60

Chichi, Marcos P.

15.78

36

51.78

14

65,78

Torres, Cándido H. A.

16.05

32

48.05

12

60,05

 

Luego de obtenidos los puntajes de las tres etapas (Antecedentes, Prueba de Oposición y Entrevista Personal), se procedió a elevar la terna el día 03 de septiembre de 2004, según el orden de merito, al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, conforme lo establece el art. 37 del Reglamento General. La misma estaba compuesta por los Dres. Carlos Federico Tepsich, Beatriz Estela Aranguren y María Isabel Catalina Cuesta, cumpliendo éstos, con los requisitos establecidos por el Decreto 39/03 GOB. y por el Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

El día 17/11/2004, el Gobernador envió al Senado el pliego del Dr. Carlos Federico Tepsich por haber obtenido el mayor puntaje en el procedimiento de concursos ante el Consejo.

 

 

En el  Concurso Nº 3, para elegir 1 (un) Juez para el Juzgado Laboral Nº 3 de la ciudad de Paraná, se inscribieron 10 profesionales, resultando:

 

Postulantes

Bonabotta, Guillermo Fernando

Buttazzoni, Mabel Teresita

D´Antonio, Hugo Daniel

Gambaro, Marcela Raquel

Herrero, Alejandrina Liliana

López Arango, María Gabriela

Morande, Santiago Alberto

Osman, Elda Beatriz

Parajón, Roberto Oscar

Spreafico, Sonia Gabriela

 

Antes de calificar los antecedentes de los postulantes inscriptos, éste Consejo aceptó el desistimiento al Concurso, por motivos personales, de la  Dra. Marcela  Raquel Gambaro;  y rechazó la inscripción del Dr. Hugo Daniel D´Antonio, por no cumplir con los requisitos previstos en los artículos 21 y 23 del Reglamento General.

 

El día 02 de julio se publicó el orden de merito de la Precalificación de  Antecedentes, a través de la Resolución Nº 13/04 C.M.E.R., sobre la cual los postulantes tuvieron la oportunidad (mediante el plazo previsto por el Reglamento General) de presentar las reconsideraciones  pertinentes. Luego de éste, quedó establecida la calificación definitiva, a través de la Resolución Nº 16/04 C.M.E.R., resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

López Arango, María Gabriela

20.28

Buttazzoni, Mabel Teresita

19.9

Morande, Santiago Alberto

17.18

Bonabotta, Guillermo Fernando

14.8

Osman, Elda Beatriz

11.79

 

Posteriormente, se realizó la Prueba de Oposición, el día 15 de julio. No asistieron a la misma, los Dres. Alejandrina L. Herrero, Sonia G. Spreafico y Roberto O. Parajón por lo que quedaron excluidos automáticamente del Concurso. Una vez obtenidos los resultados, los postulantes tuvieron el plazo fijado por el Reglamento General para realizar las impugnaciones que crean corresponder, luego de éste, quedo establecido el puntaje definitivo, resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Prueba de Oposición

total

López Arango, María Gabriela

20.28

37

57.28

Bonabotta, Guillermo Fernando

14.8

31

45.8

Buttazzoni, Mabel Teresita

19.9

23

42.9

Morande, Santiago Alberto

17.18

24

41.18

Osman, Elda Beatriz

11.79

12

23.79

 

La Entrevista Personal se llevó a cabo el día 27 de septiembre de 2004, cabe destacar que se encuentra disponible la versión taquigráfica y se halla publicada en el sitio Web de éste organismo. Según el puntaje obtenido fueron convocados a la misma los Dres. María G. López Arango, Guillermo F. Bonabotta, Mabel T. Buttazzoni y Santiago A. Morande, dado que el postulante restante no alcanzó el puntaje mínimo requerido para acceder a ésta última etapa, resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Prueba de Oposición

Subtotal

Entrevista Personal

TOTAL

López Arango, María Gabriela

20.28

37

57.28

18.87

76.15

Bonabotta, Guillermo Fernando

14.8

31

45.8

18.87

64.67

Morande, Santiago Alberto

17.18

24

41.18

18.87

60.05

Buttazzoni, Mabel Teresita

19.9

23

42.9

12

54.90

 

Luego de obtenidos los puntajes de las tres etapas (Antecedentes, Prueba de Oposición y Entrevista Personal), se procedió a elevar la terna el día 12 de octubre de 2004, según el orden de merito, al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, conforme lo establece el art. 37 del Reglamento General. La misma estaba compuesta por los Dres. María Gabriela López Arango, Guillermo Fernando Bonabotta y Santiago Alberto Morande, cumpliendo éstos, con los requisitos establecidos por el Decreto Nº 39/03 GOB. y por el Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

El día 17/11/2004, el Gobernador envió al Senado el pliego de la Dra. María Gabriela López Arango por haber obtenido el mayor puntaje en el procedimiento de concursos ante el Consejo.

 

 

En el Concurso Nº 4, para elegir 1 (un) Fiscal de Cámara de la Sala II de la Cámara de Apelaciones de la ciudad de Paraná, se inscribieron 11 profesionales, resultando:

 

Postulantes

Almada, Juan Carlos

Badano, Marcela Beatríz

Berduc Defillippe, Juan M.

Carbonell, Martín Francisco

Chemez, José María

Davite, Marcela Alejandra

González Calderón, Mario

Herrero, Alejandrina Liliana

Pañeda, Leonor

Vírgala, Pablo Andrés

Villalba, Beatriz

 

Antes de calificar los antecedentes de los postulantes inscriptos, éste Consejo aceptó el desistimiento al Concurso de la Dra. Pañeda, por su ingreso a la Sala II en lo Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia. Además,  se excusó el Sr. Presidente del Cuerpo, Dr. José Carlos Halle, para tomar parte en el presente Concurso, por encontrarse inmerso entre las causales previstas en las disposiciones de los artículos 11 y 12 del Reglamento General y de Concursos Públicos, con respecto a uno de los profesionales inscriptos al mencionado Concurso. Éste, al no tener un suplente natural en el Consejo, corresponde actuar en tal carácter al Vicepresidente del organismo, con las facultades otorgadas a aquél por el artículo 7 del Reglamento General.

 

El día 13 de julio se publicó el orden de merito de la Precalificación de  Antecedentes, a través de la Resolución Nº 17/04 C.M.E.R., sobre la cual los postulantes tuvieron la oportunidad (mediante el plazo previsto por el Reglamento General) de presentar las reconsideraciones  pertinentes. Luego de éste, quedó establecida la calificación definitiva, a través de la Resolución Nº 23/04 C.M.E.R., resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Almada, Juan Carlos

26.8

Carbonell, Martín Francisco

25,68

Chemez, José María

24.65

Badano, Marcela Beatríz

21.02

Davite, Marcela Alejandra

19.17

Vírgala, Pablo Andrés

19.13

Herrero, Alejandrina Liliana

15,44

Berduc Defillippe, Juan M.

13.94

González Calderón, Mario

4,79

Villalba, Beatriz

3,87

 

Posteriormente, se realizó la Prueba de Oposición, el día 17 de agosto. No asistieron a la misma, los Dres. Martín F. Carbonell, Alejandrina L. Herrero, Mario M. González Calderón y Beatriz Villalba, por lo que quedaron excluidos del Concurso. Una vez obtenidos los resultados, los postulantes tuvieron el plazo fijado por el Reglamento General para realizar las impugnaciones que crean corresponder, luego de éste, quedo establecido el puntaje definitivo, resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Prueba de Oposición

total

Badano, Marcela Beatríz

21.02

35

56.02

Chemez, José María

24.65

31

55.65

Almada, Juan Carlos

26.8

26

52.8

Davite, Marcela Alejandra

19.17

33

52.17

Vírgala, Pablo Andrés

19.13

12

31.13

Berduc Defillippe, Juan M.

13.94

15

28.94

 

La Entrevista Personal se llevó a cabo el día 10 de septiembre de 2004, cabe destacar que se encuentra disponible la versión taquigráfica y la publicación en el sitio Web de éste organismo. Según el puntaje obtenido fueron convocados a la misma los Dres. Marcela B. Badano, José M. Chemez ,Juan C. Almada y Marcela A. Davite, dado que el resto de los postulantes no reunieron el puntaje mínimo requerido para acceder a ésta última etapa, resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Prueba de Oposición

Subtotal

Entrevista Personal

Total

Chemez, José María

24.65

31

55.65

16

71.65

Badano, Marcela Beatríz

21.02

35

56.02

15

71.02

Davite, Marcela Alejandra

19.17

33

52.17

17

69.17

Almada, Juan Carlos

26.8

26

52.80

 13

65.80 

 

Luego de obtenidos los puntajes de las tres etapas (Antecedentes, Prueba de Oposición y Entrevista Personal), se procedió a elevar la terna el día 24 de septiembre de 2004, según el orden de mérito, al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, conforme lo establece el art. 37 del Reglamento General. La misma estaba compuesta por los Dres. José M. Chemez, Marcela B. Badano y Marcela A. Davite, cumpliendo éstos, con los requisitos establecidos por el Decreto Nº 39/03 GOB. y por el Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

El día 17/11/2004, el Sr. Gobernador envió al Senado el pliego del Dr. José María Chemez por haber obtenido el mayor puntaje en el procedimiento de concursos ante el Consejo.

 

 

En el Concurso Nº 5, para elegir 3 (tres) Vocales de Cámara de la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de la ciudad de Concordia se inscribieron 10 profesionales, resultando:

 

Postulantes

Carbonell, Martín Francisco

Funes Palacios, Alberto

Garay, Alejandro Marcelo

Giorgio, Miguel Ángel

González, Marta Alicia

Larrarte, Carlos Fermín

León, Alicia

Pérez, Patricia Liliana

Pessolani, Héctor Eduardo

Rojas, Mariela Emilce

 

El día 15 de julio se publicó el orden de mérito de la Precalificación de  Antecedentes, a través de la Resolución Nº 20/04 C.M.E.R. sobre la cual los postulantes tuvieron la oportunidad (mediante el plazo previsto por el Reglamento General) de presentar las reconsideraciones  pertinentes. Luego de éste, quedó establecida la calificación definitiva, a través de la Resolución Nº 24 /04 C.M.E.R., resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Giorgio, Miguel Ángel

29.7

León, Alicia

29.4

Garay, Alejandro Marcelo

29.1

Pérez, Patricia Liliana

28.3

Larrarte, Carlos Fermín

27

González, Marta Alicia

26.4

Pessolani, Héctor Eduardo

26.3

Rojas, Mariela Emilce

25.79

Carbonell, Martín Francisco

25.68

Funes Palacios, Alberto

23.95

 

Posteriormente, se realizó el Exámen de Oposición, el día 10  de agosto de 2004. No asistiendo a la misma el Dr. Martín F. Carbonell, por lo que quedó excluido del Concurso. Una vez obtenidos los resultados, los postulantes tuvieron el plazo fijado por el Reglamento General para realizar las impugnaciones que crean corresponder, luego de éste, quedo establecido el puntaje definitivo, resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Prueba de Oposición

Total

Rojas, Mariela Emilce

25.79

38

63.79

León, Alicia

29.4

29

58.4

Pérez, Patricia Liliana

28.3

29

57.3

Giorgio, Miguel Ángel

29.7

26

55.7

González, Marta Alicia

26.4

28

54.4

Pessolani, Héctor Eduardo

26.3

25

51.3

Garay, Alejandro Marcelo

29.1

22

51.1

Funes Palacios, Alberto

23.95

19

42.95

Larrarte, Carlos Fermín

27

12

39

 

La Entrevista Personal se llevó a cabo el día 19 de octubre de 2004. Para la misma, el Consejo en Pleno se trasladó a la ciudad de Concordia a fin de facilitar la concurrencia de la sociedad civil interesada en la elección de su futuro juzgador, cabe destacar que se encuentra disponible la versión taquigráfica y la publicación en el sitio Web de éste organismo. Según el puntaje obtenido fueron convocados los Dres. María Emilce Rojas, Alicia León, Patricia Liliana Pérez, Miguel Ángel Giorgio, Marta Saturnina González, Héctor Eduardo Pessolani, Alejandro Marcelo Garay y Alberto Funes Palacios, dado que el postulante restante no reunió el puntaje mínimo requerido para acceder a ésta última etapa, resultando:

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Prueba de Oposición

Subtotal

Entrevista Personal

Total

Rojas, Mariela Emilce

25.79

38

63.79

19,37

82.36

Pérez, Patricia Liliana

28.3

29

57.3

18.37

75.67

León, Alicia

29.4

29

58.4

16.75

75.15

Giorgio, Miguel Ángel

29.7

26

55.7

18.25

73,95

González, Marta Alicia

26.4

28

54.4

15,12

69.52

Pessolani, Héctor Eduardo

26.3

25

51.3

15.5

66.8

Garay, Alejandro Marcelo

29.1

22

51.1

12.62

63.72

Funes Palacios, Alberto

23.95

19

42.95

16

58.95

 

Luego de obtenidos los puntajes de las tres etapas (Antecedentes, Prueba de Oposición y Entrevista Personal), se procedió a elevar la terna el día 01 de noviembre de 2004, según el orden de mérito, al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, conforme lo establece el art. 37 del Reglamento General. La misma estaba compuesta por los Dres. Mariela Emilce Rojas, Patricia Liliana Pérez, Alicia León, y los Dres. Miguel Ángel Giorgio y Marta Alicia S. González, quienes conformaban la lista complementaria prevista en el art. 39 in fine y el art. 15 del Decreto Nº 39/03 GOB., cumpliendo éstos, con los requisitos establecidos por el Decreto Nº 39/03 GOB. y por el Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

El día 17/11/2004, el Sr. Gobernador envió al Senado los pliegos de las Dras. Mariela Emilce Rojas, Patricia Liliana Pérez y Alicia León por haber obtenido los mayores puntajes en el procedimiento de concursos ante el Consejo.

 

 

En el Concurso Nº 6, para elegir 1 (un) Juez  para el Juzgado de Instrucción Nº 2 de la ciudad de Gualeguay se inscribieron 12 profesionales, resultando:

                                

Postulantes

Alle, Daniel Elías

Berduc Defillippe, Juan M.

Buttazzoni, Valentín Antonio

Corral, Enrique Raúl F.

Dumón, Arturo Exequiel

Ghiorzo, Silvia Beatriz M.

González Calderón, Mario

Herrero, Alejandrina Liliana

Petre, Enrique Ricardo

Podesta, Tobías José

Soppelsa, Gustavo Fabián

Tortul, Dardo Oscar

 

El día 14 de julio se publicó el orden de mérito de la Precalificación de  Antecedentes, a través de la Resolución Nº 18/04 C.M.E.R. sobre la cual los postulantes tuvieron la oportunidad (mediante el plazo previsto por el Reglamento General) de presentar las reconsideraciones pertinentes. Luego de éste, quedó establecida la calificación definitiva, a través de la Resolución Nº  25/04 C.M.E.R., resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Tortul, Dardo Oscar

28.51

Alle, Daniel Elias

26.5

Corral, Enrique Raúl F.

25.25

Herrero, Alejandrina Liliana

22.67

Berduc Deffilippe, Juan M.

22.13

Buttazzoni, Valentín Antonio

21

Petre, Enrique Ricardo

18.57

Soppelsa, Gustavo Fabián

17.96

Ghiorzo, Silvia Beatriz M.

14.65

Dumón, Arturo Exequiel

10.4

González Calderón, Mario

5.2

Podesta, Tobías José

4.1

 

Posteriormente, se realizó la Prueba de Oposición, el día 18 de agosto. No asistieron a la misma los Dres. Arturo E. Dumón, Mario González Calderón y Tobías J. Podesta, por lo que quedaron excluidos del Concurso. Una vez obtenidos los resultados, los postulantes tuvieron el plazo fijado por el Reglamento General para realizar las impugnaciones que crean corresponder, luego de éste, quedo establecido el puntaje definitivo, resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Prueba de Oposición

total

Tortul, Dardo Oscar

28.51

37

 65.51

Petre, Enrique Ricardo

18.57

34

 52.57

Berduc Defillippe, Juan M.

22.13

30

 52.13

Soppelsa, Gustavo Fabián

17.96

34

 51.96

Buttazzoni, Valentín Antonio

21

27

48 

Corral, Enrique Raúl F.

25.25

22

 47.25

Alle, Daniel Elias

26.5

19

 45.50

Herrero, Alejandrina Liliana

22.67

12

34.67

Ghiorzo, Silvia Beatriz M.

14.65

20

34.65

 

La Entrevista Personal se llevó a cabo el día 04 de noviembre de 2004. Para la misma, el Consejo en Pleno se trasladó a la ciudad de Gualeguay a fin de facilitar la concurrencia de la sociedad civil interesada en la elección de su futuro juzgador. Cabe destacar que se encuentra disponible la versión taquigráfica y la publicación en el sitio Web de éste organismo. Según el puntaje obtenido fueron convocados los Dres. Dardo Oscar Tortul, Juan Martín Berduc, Gustavo Fabián Soppelsa,  Valentín Antonio Buttazzoni, Enrique Raúl Corral y Daniel Elías Alle, dado que el resto de los postulantes no reunieron el puntaje mínimo requerido para acceder a ésta última etapa. Vale aclarar que también fue convocado el Dr. Petre, quien no se presentó por las razones expuestas en su nota de desistimiento, quedando automáticamente excluido del Concurso, conforme el artículo 35 in fine.

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Prueba de Oposición

Subtotal

Entrevista Personal

Total

Tortul, Dardo Oscar

28.51

37

 65.51

 19.60

85.11

Soppelsa, Gustavo Fabián

17.96

34

 51.96

15 

66.96

Buttazzoni, Valentín Antonio

21

27

48 

 13

61

Berduc Deffilippe, Juan M.

22.13

30

 52.13

 8

60.13

Alle, Daniel Elias

26.5

19

 45.50

 13

58.5

Corral, Enrique Raúl F.

25.25

22

 47.25

 8

55.25

 

Luego de obtenidos los puntajes de las tres etapas (Antecedentes, Prueba de Oposición y Entrevista Personal), se procedió a elevar la terna el día 16 de noviembre de 2004, según el orden de mérito, al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, conforme lo establece el art. 37 del Reglamento General. La misma estaba compuesta por los Dres. Tortul Dardo Oscar, Soppelsa Gustavo Fabián y Buttazzoni Valentín Antonio cumpliendo éstos, con los requisitos establecidos por el Decreto Nº 39/03 GOB. y por el Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

El día 17/11/2004, el Sr. Gobernador envió al Senado el pliego del Dr. Dardo Oscar Tortul por haber obtenido el mayor puntaje en el procedimiento de concursos ante el Consejo.

 

 

En el Concurso Nº 7, para elegir 1 (un) Juez para el Juzgado de Instrucción Nº 2 de la ciudad de Gualeguaychú se inscribieron 9 (nueve) profesionales, resultando:

 

Postulantes

Berduc Defillippe, Juan M.

Cadenas, Roberto Javier

Dumón, Arturo Ezequiel

Ghiorzo, Silvia Beatriz M.

González Calderón, Mario M.

Herrero, Alejandrina L.

Mujica, Liliana Mabel

Pivas Colombo, Maria A.

Podesta, Tobías José

 

El día 14 de julio se publicó el orden de mérito de la Precalificación de  Antecedentes, a través de la Resolución Nº 19/04 sobre la cual los postulantes tuvieron la oportunidad (mediante el plazo previsto por el Reglamento General) de presentar las reconsideraciones pertinentes. Luego de éste, quedó establecida la calificación definitiva, a través de la Resolución Nº 26 C.M.E.R., resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

Pivas Colombo, Maria A.

31.5

Mujica, Liliana Mabel

26.2

Cadenas, Roberto Javier

23.1

Herrero, Alejandrina L.

22.67

Berduc Defillippe, Juan M.

22.13

Ghiorzo, Silvia Beatriz M.

14.65

Dumón, Arturo Ezequiel

10.4

González Calderón, Mario M.

5.2

Podesta, Tobías José

4.1

 

Posteriormente, se realizó la Prueba de Oposición el día 18. No asistiendo a la misma los Dres. Arturo E. Dumón, Mario González Calderón y Tobías J. Podesta, por lo que quedaron excluidos del Concurso. Una vez obtenidos los resultados, los postulantes tuvieron el plazo fijado por el Reglamento General para realizar las impugnaciones que crean corresponder, luego de éste, quedo establecido el puntaje definitivo, resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

 Prueba de Oposición

total

Cadenas, Roberto Javier

23.1

38

61.1

Pivas Colombo, Maria A.

31.5

25

56.5

Berduc Defillippe, Juan M.

22.13

30

52.13

Mujica, Liliana Mabel

26.2

10

36.2

Herrero, Alejandrina L.

22.67

12

34.67

Ghiorzo, Silvia Beatriz M.

14.65

20

34.65

 

La Entrevista Personal se llevó a cabo el día 05 de noviembre de 2004. Para la misma, el Consejo en Pleno se trasladó a la ciudad de Gualeguaychú a fin de facilitar la concurrencia de la sociedad civil interesada en la elección de su futuro juzgador. Cabe destacar que se encuentra disponible la versión taquigráfica y se halla publicada en el sitio Web de éste organismo. Según el puntaje obtenido fueron convocados los Dres. Roberto J. Cadenas, María A. Pivas Colombo y Juan M. Berduc Defillippe,  dado que el resto de los postulantes no reunieron el puntaje mínimo requerido para acceder a ésta última etapa, resultando:

 

Postulantes

Calificación de Antecedentes

 Prueba de Oposición

Subtotal

Entrevista Personal

Total

Cadenas, Roberto Javier

23.10

38

61.10

20

81.10

Pivas Colombo, Maria A.

31.50

25

56.50

15

71.50

Berduc Defillippe, Juan M.

22.13

30

52.13

12

64.13

 

Luego de obtenidos los puntajes de las tres etapas (Antecedentes, Prueba de Oposición y Entrevista Personal), se procedió a elevar la terna el día 16 de noviembre de 2004, según el orden de mérito, al Sr. Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, conforme lo establece el art. 37 del Reglamento General. La misma estaba compuesta por los Dres. Roberto Javier Cadenas, María Angélica Pivas Colombo y Juan Martín Berduc Defillippe, cumpliendo éstos, con los requisitos establecidos por el Decreto Nº 39/03 GOB. y por el Reglamento General y de Concursos Públicos del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

El día 17/11/2004, el Sr. Gobernador envió al Senado el pliego del Dr. Roberto Javier Cadenas por haber obtenido el mayor puntaje en el procedimiento de concursos ante el Consejo.

 

 

Llamado a Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición Nº 8 a Nº 16

 

Paralelamente a los primeros concursos, el día 06 de agosto del corriente el Consejo en pleno resolvió por unanimidad, iniciar los trámites administrativos y reglamentarios necesarios para el llamado a nuevos Concurso para cubrir los cargos de:

-          Tres (3) Vocales de Cámara de la Sala Penal de Paraná,

-          Un (1) Vocal de Cámara de la Sala Laboral de Concepción del Uruguay,

-          Un (1) Juez Correccional de Paraná,

-          Un (1) Juez Correccional de Gualeguaychú,

-          Un (1) Juez de Familia, Civil y Penal de Menores de Concordia,

-          Un (1) Juez de Familia, Civil y Penal de Menores de Gualeguaychú,

-          Un (1) Juez Civil y Comercial de Gualeguaychú,

-          Un (1) Juez Civil y Comercial de Diamante, y

-          Un (1) Juez Civil y Comercial de Federación.

 

 Los cuales actualmente se encuentran en curso.

 

 

 

Volver