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INNOVACIÓN PÚBLICA / Firma Digital

La firma digital es una herramienta tecnológica que permite garantizar la autenticidad, integridad, exclusividad, no repudio y validez de los documentos digitales. Una firma digital es un conjunto de datos asociados a un mensaje digital que permite garantizar la identidad del firmante y la integridad del mensaje.

La provincia de Entre Ríos adhirió a la Ley Nacional N° 25.506 de firma digital a través de la Ley Provincial N° 10.425, reglamentada por Decreto N° 3.825/16 MGJ. EL Artículo Nº 8° de dicho decreto dispone que la Autoridad de Aplicación sea el Ministerio de Gobierno y Justicia en la provincia de Entre Ríos, y la Autoridad de Registro (AR) la Secretaría de Modernización en el ámbito de la administración pública provincial.

 

¿Qué son las Autoridades de Certificación?

Son aquellas personas jurídicas u organismos públicos que expiden certificados, prestan servicios en relación con la firma digital y cuentan con una licencia para ello, otorgada por el ente licenciante.

AC- ONTI: Autoridad de Certificación de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información.

La Resolución SGP Nº 227/2010: Otorga la licencia a la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN para operar como Certificador Licenciado y aprueba la Política de Certificación para Personas Físicas de Entes Públicos, Estatales o no Estatales, y Personas Físicas que realicen trámites con el Estado.

AC- Modernización: Plataforma de Firma Digital Remota

En tanto, el Decreto N° 892/2017 dispuso que la Plataforma de Firma Digital Remota contará con una Autoridad Certificante propia que emitirá los certificados digitales gratuitos, a los fines de facilitar a los ciudadanos a los servicios electrónicos que brinda la Administración Pública Nacional.
 

¿Qué son las Autoridades de Registro?

Las Autoridades de Registro (AR) son las responsables de efectuar las funciones de validación de identidad de los solicitantes de firma digital. El trámite se realiza de manera presencial ya que implica la registración de los datos biométricos del suscriptor.
 



Firma Digital Remota

Para solicitar la firma digital Remota es necesario:

  1. Acceso remoto a una cuenta de correo electrónico personal (correo oficial o Gmail).
  2. Contar con un teléfono inteligente con acceso a Internet y una aplicación instalada en el dispositivo para generar códigos OTP (OneTime Password). Por ejemplo: Google Authenticator (la aplicación Google Authenticator puede descargarse al momento de tomar firma). 
  3. Solicitar un turno en la Autoridad de Registro, Gobierno de Entre Ríos - Secretaría de Modernización (Dirección General de Informática).
  4. Presentar DNI o pasaporte (en caso de ser extranjero).
     

Firma Digital por TOKEN

Para solicitar la firma digital por TOKEN es necesario:

  1. Adquirir  un dispositivo criptográfico (token) que cumpla con el estándar FIPS 140-2 nivel 2 o superior, que soporte claves RSA de 2048 bits.
  2. Realizar la solicitud del certificado y confirmación del correo electrónico (AQUÍ)Aclaración: donde dice "Autoridad de Registro" completar "Gobierno de la provincia de Entre Ríos".
  3. Solicitar un turno en la Autoridad de de Registro, Gobierno de Entre Ríos - Secretaría de Modernización (Dirección General de Informática). 
  4. Presentarse ante la Autoridad de Registro (Dirección General de Informática - Secretaría de Modernización) con el DNI original y el token.
     

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NORMATIVAS:

Ley Nacional N° 25.506 de Firma Digital

 

Ley Nacional Nº 27.446 de Simplificación y desburocratización de la Administración Pública

 

Ley Provincial de Firma Digital Nº 10.425

 

 

 


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CONTACTO

25 de Mayo 328
(0343) 4840438 / 4840974
Dirección General de Informática - www.entrerios.gov.ar/dgin - 2018