El Comité de Organización de Emergencia de Salud (COES) emitió nuevas recomendaciones de trabajo para consultorios y policonsultorios de atención privada. Las sugerencias plasmadas en el documento son dinámicas y pueden cambiar según la situación epidemiológica.

En el contexto de emergencia sanitaria provincial por la pandemia por Covid-19, el Comité de Organización de Emergencia de Salud (COES) actualizó las recomendaciones para el trabajo en los consultorios y policonsultorios de atención privada. Las mismas fueron elaboradas en el marco de las acciones sugeridas durante el periodo de aislamiento social, preventivo y obligatorio.
En principio, se considera indispensable definir a la persona a atender como sujeto que amerite asistencia sanitaria, en la cual los beneficios para el sostén de su salud superen los riesgos que implica el contacto social, con respecto al contagio del nuevo Coronavirus.
Desde el COES se definieron tres líneas generales para implementar al momento de la atención: no minimizar los síntomas; no concurrir a trabajar enfermos; y cumplir estrictamente las medidas de aislamiento en caso de ser identificados como contactos estrechos.
Por otro lado, también se establecieron pautas que definan con precisión la modalidad de atención a instituir con el fin de evitar la circulación y el desplazamiento de personas, limitar la transmisión viral y minimizar los riesgos de infección para los profesionales. En tal sentido, para responder a la demanda programada se deberán tener en cuenta las siguientes instancias:
En primer término, en toda atención ambulatoria prevalecerá la intervención remota a distancia por vía telefónica, videollamada o WhatsApp; y toda asistencia que no implique contacto directo entre el profesional y el paciente. En caso de no poder resolver la consulta con la primera modalidad, se podrá ofrecer la asistencia personalizada en el domicilio del paciente, mientras que el cumplimiento de las normativas de traslado e higiene quedarán a cargo del profesional.
Si no es posible solucionar la atención implementando las primeras dos recomendaciones, la asistencia puede realizarse en consultorio externo ambulatorio del profesional o la institución.
Cuidado personal y de usuarios
En esta etapa, el COES menciona en el documento que resulta fundamental seguir la premisa “cuidarse para poder cuidar”. A propósito de ello, se sugiere:
– Realizar triage (sistema de clasificación de pacientes basado en criterios de gravedad clínica) antes de consultar, para detectar posible caso sospechoso de Covid-19.
– Evitar circular con calzado o ropa de trabajo en la calle.
– Los profesionales deben lavarse las manos antes y después del contacto con el paciente, respetando los cinco momentos de lavado indicados por la Organización Mundial de la Salud.
– Programar turnos para evitar pacientes en las salas de espera y respetar la distancia mínima de separación entre personas (2 metros).
– Ventilar y airear periódicamente los ambientes.
– Planificar y reorganizar la asistencia del recurso humano, acorde a las necesidades de servicio y prestaciones a garantizar en la etapa de contingencia.
– En aquellos casos donde no se pueda mantener el distanciamiento entre el profesional de la salud y el usuario se sugiere que ambos utilicen barreras adicionales, máscaras o tapabocas. Si el contacto es estrecho es preciso que el primero se coloque un protector ocular y barbijo quirúrgico. En tanto que para aquellas maniobras que generen aerolización, se debe utilizar barbijo tipo N°95 o similar, protección facial u ocular y camisolín hidrorrepelente.

La organización de la atención
A los fines de evitar la circulación de pacientes a efectores lejanos del domicilio y la sobrecarga de guardias de clínicas, sanatorios y hospitales, es necesario garantizar horario extendido en consultorios para dar la contención a la demanda por enfermedad o síntomas que requieran atención no diferible aún en cuarentena.
A su vez, se insta a organizar la atención ambulatoria con turnos programados en todos los casos de acuerdo a lo establecido en el documento. En lo que respecta a los controles prenatales se debe facilitar su realización y establecer un acompañamiento telefónico. Es preciso además planificar las consultas con turnos programados en horarios diferenciales a otros grupos poblacionales, y en materia de inmunizaciones tanto las personas gestantes como puérperas deben recibir la vacuna antigripal y la Triple Bacteriana Acelular.
En odontología se mantiene la indicación de atender sólo los casos de urgencia a personas sin síntomas respiratorios (situaciones impostergables, de emergencia); realizar prácticas preventivas que no generen aerosoles o el seguimiento de patologías crónicas. Todas estas con la modalidad de turnos programados; a la vez que se recomienda utilizar los Elementos de Protección Personal adecuados en función de las maniobras a realizar (el profesional tendrá que protegerse siempre con barbijo quirúrgico, protectores oculares, guantes, camisolín, cofia y botas descartables); en tanto que para las prácticas donde se generen aerosoles será preciso utilizar camisolín hidrorrepelente y barbijo N° 95.
En caso de ser necesaria la asistencia de un paciente que constituya un caso sospechoso, se insta a hacerlo con el equipo de protección personal de acuerdo a las recomendaciones del Ministerio de Salud.

Prácticas de salud postergables
Se sugiere postergar controles de salud integral de niños, niñas y adolescentes sanos, de adultos y adultos mayores, como así también las actividades grupales de preparación integral para la maternidad, de prevención de enfermedades crónicas, talleres de salud sexual y reproductiva, entre otras. También se insta a suspender los estudios complementarios invasivos diferibles dando sólo cumplimiento de forma individualizada a aquellas prácticas médicas no postergables con las medidas de protección adecuadas.
Cabe mencionar que los colegios y asociaciones de profesionales y técnicos deberán adecuar las modalidades y características de sus prácticas en sincronía con las recomendaciones generales definidas en el documento del COES. No obstante, tendrán que elaborar y comunicar al Ministerio de Salud los protocolos que permitan encuadrar sus intervenciones resguardando la salud de los pacientes y sus representados.