En la Solicitud de Aprobación de Reforma de Instrumento Constitutivo, esta Dirección lleva a cabo el control, aprobando e inscribiendo el Instrumento respectivo, mediante el cual se rige la vida de la entidad.-
Foja Cero.
Nota solicitando la "Inscripción de Modificación de Contrato Social", la cual deberá estar firmada por el representante legal de la Sociedad, con patrocinio de profesional habilitado (Abogado, Contador, Escribano), detallando la documentación que se adjunta.
Aportes de Caja Forense en caso de corresponder.-
Acta de la Reunión de Socios que contenga la reforma y/o modificación, la cual deberá ser firmada por socios en original y copia, debiendo certificarse las firmas por ante Escribano Publico, o ser Ratificadas por ante el Registro Público, en los supuestos que fueran efectuado por instrumento privado.-
Original y Copia de Edicto Extractado.
En el caso de Aumento de Capital Social cuando el mismo no se refleje en el último balance deberá adjuntarse Certificación Contable que lo acredite.-
Se Acompañara el último Balance en los casos de Prórroga, Reconducción y en todo trámite en que el Código Fiscal establezca que la base imponible para el cobro de los sellados surja del mismo.-
Balance Especial correspondiente en el caso de Disolución y Liquidación.-
Las Tasas a ingresar serán los establecidos en el Código Fiscal (Ley Impositiva 9.622, Art. 25º y modif.), puede realizarse el pago en forma electrónica, ver este instructivo, a saber:
Ejemplos (*):
a- En el caso de Prorroga de Contrato, Reconducción y/o Cambio de Denominación corresponde ingresar Tasa de Inscripción y Tasa de Reforma, a saber:
Tasa de Reforma: $1.985,00.-
Tasa de Inscripción: 4 por mil del Patrimonio Neto consignado en el último balance, con un mínimo de $1.985,00 y un máximo de $9.923,00.
Impuesto de Sellos: 5 por mil del Patrimonio Neto consignado en el último balance.-
b- En el caso de Aumento de Capital, se abonará Tasa de Inscripción y Tasa de Reforma a saber:
Tasa de Reforma: $1.985,00.-
Tasa de Inscripción: 4 por mil del aumento de capital, con un mínimo de $1.895,00 y un máximo de $9.923,00.-
c- En el caso cambio de sede, que implique una reforma del Estatuto, se abonará Tasa de Inscripción y Tasa de Reforma a saber:
Tasa de Reforma: $1.985,00.-
Tasa de Inscripción: $1.985,00.-
d- En el caso de cambio de fecha de cierre del ejercicio económico, se abonará Tasa de Inscripción y Tasa de Reforma a saber:
Tasa de Reforma: $1.985,00.-
Tasa de Inscripción: $1.985,00.-
10. Declaración Jurada sobre el origen licito de los fondos (si la reforma implicara Aumento de Capital)
11. Declaración Jurada de Personas Politicamente Expuestas ( en los casos de que la Inscripción de Reforma implique Designación de Administradores).-
12. Declaración Jurada de Incontabilidades y prohibiciones -Art. 264 L.G.S.- (en los casos de que la Inscripción de Reforma implique Designación de Administradores)
13. Declaración Jurada de Beneficiario final. (en los casos de que la Inscripción de Reforma implique Designación de Administradores)
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IMPORTANTE: Estos son algunos ejemplos de reforma y se consignan los montos vigentes a la fecha de confección de este instructivo. En todos los casos verificar las posibles modificaciones al Código Fiscal, disponible en la página oficial de la Administradora Tributaria de Entre Ríos.-
No se inscribirán nuevos Trámites de Modificación, que tengan relación entre sí, de Sociedades que tengan inconclusos anteriores. En tal caso deberán concluir o desistir los mismos.
Las declaraciones juradas, sin excepción, deberán estar firmadas y certificada la firma por Escribano Público y legalizada la firma de este último si es de extraña jurisdicción.
La publicación (Boletín Oficial) para concluir la inscripción, deberá ser remitida al siguiente correo electrónico: boletinydepositosdipj@entrerios.gov.ar, debiendo indicar en el cuerpo del correo: Razón Social/Denominación de la entidad, Número de Trámite.
Los archivos a adjuntar son los siguientes: