El programa está regido por el Decreto Provincial 1995/21 MP, y resoluciones complementarias. Consiste en un aporte no reintegrable por un período de dos meses de una suma fija mensual de PESOS QUINCE MIL ($15.000) a abonar por el Estado Provincial, a depositar en la cuenta bancaria de cada prestador de las actividades alcanzadas por el decreto, que cumpla con los requisitos que se establezcan.
El registro deberá realizarse a través del panel de servicios de ATER en el sitio de AFIP. Para ingresar:
- Logueo con clave fiscal en afip.gob.ar.
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Ingresar en la sección “servicios Administradora Tributaria de Entre Ríos”.
Si los servicios de ATER no están adheridos a la clave fiscal: https://youtu.be/pAvX4DU-61k
- Una vez dentro del panel, seleccionar la opción “PROGRAMA DE ASISTENCIA ECONÓMICA DECRETO 1995/21” dentro de la pestaña “servicios”.
Requisitos
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Tener constituido Domicilio Fiscal Electrónico ante la Administradora Tributaria de Entre Ríos.
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Inscripción vigente en el impuesto a los ingresos brutos.
- Tener dada de alta en el impuesto a los ingresos brutos alguna de las activdades detalladas en el anexo del Decreto 1995/21 MP.
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Por consultas comunicarse a través de la casilla de correo asistenciaserviciosculturales@gmail.com.