El Registro de Efectores de la Economía Social de Entre Ríos, permite que el Estado Provincial y los Municipios, que normativamente lo tengan previsto, puedan contratar de manera directa a efectores de la economía social que pertenezcan al Registro.
Para organismos de la Provincia de Entre Ríos
Las reparticiones del Estado cuyos procedimientos de compras se rijan por la Ley Nº 5140, T.O. Decreto Nº 404/95 MEOSP, pueden contratar por vía directa por vía de excepción, a aquellos emprendedores inscriptos en el Registro de Efectores de la Economía Social de Entre Ríos (REESER).
La Ley Provincial N° 10.151 expresa en su ARTÍCULO 9°.- Incorpórase como punto 15 del apartado b), inciso c), del artículo 27º de la Ley Nº 5140, T.O. Decreto Nº 404/95 MEOSP y modificatorios, el siguiente párrafo: “Las contrataciones de bienes y/o servicios que previo informe del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia, se celebren con personas físicas o jurídicas que se hallaren inscriptas en el Registro de Efectores de la Economía Social de la provincia de Entre Ríos, reciban o no financiamiento estatal”.
Las reparticiones del Estado cuyos procedimientos de compras se rijan por la Ley Nº 5140, T.O. Decreto Nº 404/95 MEOSP, que deseen contratar por vía directa por vía de excepción a los efectores inscriptos en el REESER, podrán hacerlo a través de la siguiente metodología sugerida:
Consultar en la pestaña “Consulta de Efectores” del sitio web del REESER los emprendedores que puedan ofrecer el producto / servicio requerido.
Contactarse con el Emprendedor para informar las condiciones productivas y comerciales requeridas del producto y/o servicio a contratar.
Solicitar presupuesto al Efector (se adjunta modelo orientativo)
Iniciar el expediente de compra incorporando la siguiente documentación sugerida:
Constancia de Inscripción del Efector elegido (Disponible para descarga en este sitio web)
Informe de Pertenencia al Registro de Efectores de la Economía Social de Entre Ríos (Disponible para descarga en este sitio web)
Presupuesto del producto y/o servicio a contratar.
Constancias de inscripción en AFIP y ATER del efector.
Se recomienda incorporar también certificado de libre de deuda en ATER del Efector elegido.
Los interesados podrán consultar el detalle de efectores inscriptos en el Registro en el cuadro.
Las instituciones del estado interesados pueden tomar conocimiento de los efectores inscriptos, en la siguiente planilla, y acceder también a su respectivo informe avalado por el Responsable del Registro y constancia de inscripción.
La constancia de inscripción emitida, contendrá la siguiente información: CUIT, Nombre / Razón Social, Domicilio Legal, Ciudad, Actividades económicas declaradas, Fecha de Emisión de Constancia.
Ambas modalidades serán consideradas suficientes a los fines de acreditar la inscripción en el REESER en el marco de un proceso de compra en los términos de la modalidad establecida en el art. 27 de la Ley N° 5140, inc. c), apart. b), punto 15), mediante el procedimiento establecido por el art. 9 de la Ley N° 10.151