Está destinada a subsidiar la tarifa que abonan por consumo de electricidad, las instituciones de Gestión Privada que lleven adelante una tarea de formación y contención, ya sea a través de comedores, jornada completa, talleres, asilo y cualquier otra modalidad que amerite su incorporación.
El subsidio, dispuesto por el Artículo 1 (Decreto 2365/09) consistirá en una bonificación equivalente al 40% de los kWh consumidos, valorizado al precio del primer escalón del cuadro tarifario vigente, el cual se deducirá antes de la aplicación de los impuestos, tasas y contribuciones; debiendo constar tal deducción en las facturas que emitan las Distribuidoras.
Se adjunta Decreto 2365/09 /secretariadeenergia/userfiles/files/DECRETO-2365-2009-INSTITUCIONES(1).pdf
Adjuntar en el legajo de solicitud: