CRÉDITO GANADERO ENTRERRIANO PARA GANADO MENOR OVINO Y/O CAPRINO
 
BENEFICIARIOS:

Productores ovinos y/o caprinos o quienes quieran ingresar en la actividad, cuyas explotaciones se encuentren en la provincia.

Carácter del aporte: APORTE REINTEGRABLE
DESTINO DE LOS PROYECTOS A FINANCIAR:
  • Incremento del stock,
  • Infraestructura: instalaciones prediales(corrales, aguadas, alambrados, etc.),
  • Equipamientos,
  • Mejora sanitaria de las explotaciones ganaderas;
  • Implantación de pasturas  y verdeos,
  • Alimentación como ser: confección de reservas,
  • Suplementación estratégica para incentivar la producción de carne;
  • Inversión en mejora genética ganadera;
  • Inversión en insumos e instalaciones que permitan el fortalecimiento de la cadena de valor fortaleciendo la producción, transformación, industrialización y comercialización.
ESTRATIFICACIÓN:

Se financiará en diferentes montos a los productores según la cantidad de vientres ovinos y/o caprinos que posean, conforme la estratificación que se expresa a continuación:

  • Productores que se inicien en la actividad y posean hasta CIEN (100) vientres, se les otorgará una suma de hasta PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000). –
  • Productores que posean de CIENTO UNO (101) a DOSCIENTOS (200) vientres, se les otorgará una suma de hasta PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL ($6.500.000).
  • Productores que posean más de DOSCIENTOS (200) vientres, se les otorgará una suma de hasta PESOS OCHO MILLONES ($8.000.000).
OPERATORIA:

El proyecto se presentará a través de un formulario provisto por la DIRECCION DE PRODUCCION ANIMAL (DPA) y acompañado por la documentación requerida en el reglamento, luego de evaluado el proyecto por la DPA y se remitirá para su consideración al COMITÉ CONSULTIVO (CC). El CC será convocado y presidido por el Director de Producción Animal y actuará como órgano de asesoramiento, consulta y análisis de los proyectos que se presenten en el marco del ¨CRÉDITO GANADERO ENTRERRIANO PARA GANADO MENOR OVINO Y/O CAPRINO", emitiendo opinión de carácter no vinculante, y estará integrado por un representante de INTA, SENASA, Sociedad Rural Argentina, Federación Agraria Argentina, FARER Y FEDECO, del Colegio de Médicos Veterinarios de Entre Ríos.

PLAZOS Y CONDICIONES

Período de gracia de DOCE (12) meses para su devolución, a contar desde la fecha de efectivización del mismo.

El APORTE se reintegrará en hasta CUATRO (4) cuotas ANUALES y consecutivas, con vencimiento la primera de ellas el día hábil inmediato posterior al vencimiento del dicho período de gracia.

Cada cuota anual se determinará aplicando el 50% de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina, publicada en el mes inmediato anterior al vencimiento de la cuota, sobre el saldo de capital pendiente de pago.

CANAL DE COMUNICACIÓN

creditosganadomenor@gmail.com

4 - REQUISITOS DE ACCESO – DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

Referida a los Solicitantes:

1. Personas Humanas:

  • a) Fotocopia DNI;
  • b) Denunciar domicilio real;
  • c) En caso de actuar mediante representante apoderado deberá presentar instrumento ORIGINAL del que surjan facultades suficientes para la gestión a realizar.

2. Personas Jurídicas:

  • a) Contrato o Estatuto constitutivo;
  • b) Denunciar domicilio legal;
  • c) Acta de designación de autoridades actuales;
  • d) Constancia de vigencia de personería jurídica emitida por la DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS;
  • e) Constancia de CUIT vigente;
  • f) Fotocopia DNI de la autoridad que realice la presentación/solicitud;
  • g) En caso de actuar mediante representante/apoderado deberá presentar instrumento ORIGINAL del que surjan facultades suficientes para la gestión a realizar.

3. Sucesiones Indivisas:

  • a) Copia certificada de la Declaratoria de herederos o de la designación del Administrador del acervo sucesorio. Si no se hubiere designado administrador judicial en el marco del proceso sucesorio, la solicitud deberá ser suscrita por todos los herederos. En el caso de que la presentación se realice por administrador judicial este deberá acompañar copia del DNI y documentación que acredite la calidad invocada.- ;

4. En todos los casos Anteriores (personas humanas/jurídicas/ sucesiones indivisas) además se requiere: - Formulario SOLICITUD CRÉDITO GANADERO ENTRERRIANO PARA GANADO MENOR OVINO Y/O CAPRINO, que se agregará como ANEXO I, el cual deberá contener, además de la documentación especificada en los Puntos 1, 2 y 3:

  • a) Constancia inscripción ARCA Y ATER vigente, donde conste la actividad productiva correspondiente. -
  • b) Constancia de RENSPA ganadero otorgado por SENASA (de la/las explotación/es donde se realizará la inversión):
  • c) Fotocopia del carnet de señal vigente: en caso de encontrarse en trámite, constituye requisito indispensable para el otorgamiento del crédito la finalización del mismo previo a la suscripción del Convenio de Mutuo.
  • d) En caso de corresponder y a fin de acreditar el stock de vientres ovinos y/o caprinos: Planilla de última vacunación de FUCOFA y/o constancia de existencias ganaderas actualizadas emitida por SENASA. -
  • e) Presentación del "Proyecto Productivo", conforme al ANEXO II - PERFIL DEL PROYECTO, confeccionado por un profesional Ingeniero Agrónomo o Médico Veterinario con matrícula vigente en la provincia de Entre Ríos. -
  • El proyecto deberá estar suscrito íntegramente por el solicitante y por el profesional que lo avala. -
  • F) Acreditación del carácter que detenta respecto del inmueble (Propietario. Arrendatario, documentación se exigirá únicamente en el caso de inversiones que redunden en una mejora y/o modificación para el inmueble.-
  • g) Constancia CBU.-
  • h) Formulario de declaración jurada de constitución de domicilio electrónico (Anexo II Res. N°20/24 SM- Res. N 395/24 STYSS), en el cual serán válidas todas las notificaciones vinculadas al presente.-