El  Ministerio de Salud de la provincia asiste al Poder Ejecutivo en todo lo inherente a la salud de la población, a la promoción de conductas saludables de la comunidad y en particular son sus funciones:

  • Ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas impartidas por el Gobierno provincial y aquellos delimitados desde el orden nacional.
  • Entender en la fiscalización del funcionamiento de los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud.
  • Entender en la elaboración de las normas destinadas a regular los alcances e incumbencias para el ejercicio de la medicina, la odontología y profesiones afines, garantizando la accesibilidad y la calidad de la atención médica.
  • Intervenir en la elaboración de las normas reglamentarias sobre cuestiones inherentes a la medicina.
  • Entender en el ejercicio del poder de policía sanitaria en lo referente a productos, equipos e instrumental vinculados con la salud e intervenir en la radicación de las industrias productoras de los mismos.
  • Intervenir en la coordinación, articulación, diseño y complementación de sistemas de servicios de salud estatales a partir del trabajo conjunto con municipios.
  • Contribuir en la difusión e información sobre los servicios sustantivos de salud a los destinatarios de los mismos para disminuir las asimetrías de información.
  • Intervenir con criterio preventivo en acciones concretas tendientes a disminuir los índices de mortalidad materno-infantil y por falta de adopción de hábitos de vida saludable.
  • Desarrollar acciones/estrategias de prevención y promoción de hábitos de vida saludable.