RESOLUCIÓN N° 1425 C.M.E.R. |
PARANÁ, 06 JUN 2025
VISTO:
El Concurso Público de Antecedentes y Oposición N°276, destinado a cubrir TRES (3) cargos de Defensor Público –competencia Civil- N°1, N°2 y N°15 de la ciudad de Paraná; y
CONSIDERANDO:
Que, según lo establece el artículo 180° de la Constitución de Entre Ríos, es competencia exclusiva y excluyente del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos (CMER), proponer al Poder Ejecutivo Provincial, la designación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, previa realización de concursos públicos y mediante ternas vinculantes;
Que, han transcurrido las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Personales del concurso mencionado y se ha determinado la puntuación final de cada postulante, por lo que corresponde elevar en esta instancia al Sr. Gobernador, la terna de candidatos para los cargos de Defensor Público –competencia civil- de la ciudad de Paraná;
Que, todos los postulantes propuestos han observado el procedimiento que prevé la normativa vigente, conforme surge de las Resoluciones N°291/22 y N°314/23 PCMER y las Resoluciones del CMER: N°1337/24, Nº1383/24, Nº1385/24, Nº1388/24, Nº1389/24, Nº1390/24, Nº1391/24, Nº1393/24, Nº1394/24, Nº1395/24, Nº1420/24 y Nº1421/25, como asimismo, de las Actas N° 27/23, N°10/24, Nº5/25, Nº6/25 y Nº7/25; y del Dictamen emitido por el cuerpo de Jurados Técnicos;
Que, de acuerdo a los artículos 29° de la Ley Nº11.003 y 94° del Reglamento General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos (RGCMER), se procedió a conformar la terna, la que a los fines de la presente, se conforma por los siguientes postulantes: Yamila Antonella FRATE, María Alejandra RAMIREZ y Pablo Andrés CONTI;
Que, de acuerdo con los artículos 30° de la Ley Nº11.003 y 99° del RGCMER, en caso de tramitarse una convocatoria múltiple, cuando exista más de una vacante para la misma función, sede y especialidad, se elevará una lista complementaria, integrada por un número de postulantes igual al de vacantes adicionales, con el objeto de integrar las ternas sucesivas, por lo que la misma se integra con los siguientes profesionales: Carlos Andrés PELLICHERO y Débora Vanesa COSATTI;
Que, asimismo, según lo establece el artículo 100° del RGCMER, en los casos en que las ternas elevadas por el CMER, incluyeran candidatos que también hayan sido propuestos para integrar ternas de otros concursos en trámite, corresponde agregar, además, una lista complementaria, compuesta por un número de postulantes igual al de quienes se encuentren en dicha situación;
Que, en el caso concreto del referido Concurso, los postulantes que integran la lista complementaria, así como otros que los siguen en el orden de mérito, se hallan propuestos para integrar ternas y/o listas adicionales de otros concursos en trámite. Consecuentemente, corresponde incluir una lista, la que se encuentra conformada por los siguientes concursantes: Daniel Ezequiel COTTONARO, Gisela María Jesús MERNES y María Marta ZUIANI;
Que, a los fines establecidos por el artículo 7º del RGCMER, certifica la presente el Consejero Matías Daniel CHIOSSO;
Que, la presente se dicta de acuerdo con las facultades y atribuciones propias y específicas, que en forma expresa o razonablemente implícitas surgen de la Constitución Provincial, de la Ley Nº11003 y de la normativa reglamentaria que regula el funcionamiento del CMER;
Por ello,
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RÍOS RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Elevar al Señor Gobernador de la Provincia de Entre Ríos, la terna correspondiente al Concurso Público de Antecedentes y Oposición N°276, destinado a cubrir TRES (3) cargos de Defensor Público –competencia Civil- N°1, N°2 y N°15 de la ciudad de Paraná, conformada por los siguientes postulantes: Yamila Antonella FRATE, María Alejandra RAMIREZ y Pablo Andrés CONTI.-
ARTÍCULO 2º: Elevar una lista complementaria, de acuerdo a lo previsto por los artículos 30° de la Ley N°11.003 y 99° del RGCMER, conformada por los siguientes aspirantes: Carlos Andrés PELLICHERO y Débora Vanesa COSATTI.-
ARTÍCULO 3º: Elevar una lista adicional, de acuerdo a lo previsto por el artículo 100° del RGCMER, conformada por los siguientes concursantes: Daniel Ezequiel COTTONARO, Gisela María Jesús MERNES y María Marta ZUIANI.-
ARTÍCULO 4º: Poner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al concurso mencionado y de los postulantes, para su evaluación y posterior nominación.-
ARTÍCULO 5º: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.-
ARTÍCULO 6º: Comuníquese, publíquese y archívese.-
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Fecha de Publicación: 30-06-2025 |