RESOLUCIÓN N° 164 S.G.C.M.E.R. |
| PARANÁ, 6 AGO 2026
VISTO:
La elección de los representantes de las entidades mencionadas en el Artículo 2°, Inc. f) de la Ley N°11.227 para integrar el CMER por el período 2026-2028, y;
CONSIDERANDO:
Que, se aproxima el vencimiento de los mandatos de los integrantes del CMER, por lo que en fecha 1°.10.2026, se llevará a cabo la elección de los nuevos representantes de las entidades mencionadas en el Artículo 2°, Inc. f) de la Ley N°11.227;
Que, a fin de poder participar de la referida elección, las mismas deberán solicitar su inscripción en el registro obrante en el CMER o en caso que ya se encuentren inscriptas deberán actualizar sus datos hasta el día 07.09.2026;
Que, finalmente, corresponderá convocar a la elección de los representantes que integrarán la composición del CMER, para el período 2026 – 2028, a todas las entidades cuyas solicitudes hayan sido admitidas y a aquellas que posean sus datos actualizados, hasta la fecha prevista en el Considerando precedente;
Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 14, Inc. J) de la Ley N°11.227;
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS RESUELVE ARTICULO 1º: Disponer que las entidades comprendidas en el Artículo 2, Inc. f) de la Ley N°11.227 deberán presentar por mesa de entradas del Consejo de la Magistratura, sito en Avenida Alameda de la Federación N°471 de Paraná, hasta el 07.09.2026 inclusive: fotocopia certificada notarialmente o por autoridad judicial de: a) instrumento constitutivo de la entidad (para las que ya se encuentran inscriptas solo se requiere en caso de haber sido modificado); b) acta con la nómina de autoridades vigentes; c) constancia de vigencia de personería jurídica; d) nota, en formato papel, dirigida a esta Secretaría General, con los datos de contacto actualizados (Teléfono, correo electrónico, domicilio, etcétera), manifestando que el instrumento constitutivo se encuentra vigente y sin modificaciones (en el caso de quienes ya se encuentren registradas); e) en caso de designar representantes que no sean autoridades de la entidad, una nota autorizando su participación;
ARTICULO 2º: Notifíquese, comuníquese, publíquese y archívese.-
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| Fecha de Publicación: 07-08-2026 |