REQUISITOS INSCRIPCIÓN

SUGERENCIAS PARA LA INSCRIPCION A LOS CONCURSOS PÚBLICOS Y PRESENTACION DEL LEGAJO PERSONAL

Independientemente de los aspectos indicados en el Reglamento General y de Concursos Públicos en su parte pertinente (art. 38º y ss. del capítulo referido a las “Inscripciones”) y en el Formulario de Inscripción, se consignan a continuación una serie de simples sugerencias y/o recomendaciones a los efectos de orientar a los eventuales postulantes a los Concursos Públicos organizados por este Consejo, tanto para la presentación ordenada del expediente, como para la obtención de puntaje en los distintos rubros. Mediante los elementos de acreditación que se mencionan, se logra una mejor prueba de la información suministrada y se permite fundar en los mismos la calificación final que se otorgue al postulante, permitiendo asimismo, el control por parte de los mismos postulantes.  


 

A) RUBRO ANTECEDENTES PROFESIONALES

 

1) EN EL PODER JUDICIAL:

Dado que la especialidad surge en forma automática, en virtud de los cargos en que se hubiere desempeñado el profesional, es importante acreditar la calidad o mérito del mismo, debiendo agregar:

 

  • Informe de antecedentes actualizado que registre su legajo personal emitido por el Poder Judicial de la Nación o de las Provincias, y donde conste: fecha de ingreso y egreso, si lo hubiere, cargos desempeñados, carácter, licencias extraordinarias concedidas en los últimos cinco (5) años y sanciones disciplinarias aplicadas, con indicación de fecha y motivo o causa de la sanción.

     

    Los jueces deberán indicar si han incurrido en pérdidas de jurisdicción y/o competencias, o si han sido objeto de juicio político o trámite de remoción, con copia certificada de la documentación en la que conste el modo en que dicho trámite haya concluido. Los demás funcionarios del Poder Judicial también deberán indicar si han sido objeto de sanciones, juicios políticos o pérdidas de competencias.

    Se recomienda agregar:

     

  • Estadística de expedientes a despacho para resolución o sentencia y resueltos, correspondientes a los últimos cinco años.

     

     

  • Copias de resoluciones que se consideren más importantes o trascendentes (hasta cinco) o indicar aquellas que hubiesen sido objeto de comentarios o publicadas en revistas jurídicas.

     

     

2) EN EL EJERCICIO LIBRE DE LA PROFESIÓN:

A fin de lograr una correcta y cabal acreditación de la especialidad en que se ha desarrollado el ejercicio de la profesión, como así también, permitir la evaluación objetiva del volumen del ejercicio laboral y su vinculación con la especialidad del cargo concursado, se recomienda muy especialmente a los postulantes:

 

  • A fin de acreditar la participación en causas judiciales como apoderado o patrocinante,  adjuntar listado de aportes (correspondiente a los últimos 5 años), emitido por la Caja Forense respectiva, en el que se  resalten aquellas causas vinculadas a la especialidad del cargo concursado.

     

     

  • En caso de adjuntar Poderes Generales o Especiales, probar en forma fehaciente lo actuado en función de los mismos sea judicial o extrajudicialmente (por ejemplo agregando certificación de mediaciones ante organismos públicos o privados, constancias de facturación, certificaciones de actuaciones ante juzgados nacionales o federales con mención de las causas respectivas, etc.).

     

     

  • En el supuesto de mencionar el desempeño en empleos o funciones de carácter público, honorario o rentado, por designación, elección o contrato, agregar la copia del acto, contrato aprobado o certificado respectivo, que certifique su ingreso y que indique su carácter (titular, suplente, interino, etc.); una descripción de las tareas realizadas en dicho cargo, y en su caso, motivo del cese del mismo.

     

     

  • En caso de haberse desempeñado en relación de dependencia en entidades privadas, adjuntar el contrato respectivo y certificación suscripta por el superior jerárquico inmediato que, de ser materialmente posible, indique la duración de la relación contractual y las tareas desempeñadas.

     

     

 

B) RUBRO ANTECEDENTES ACADÉMICOS:

En este rubro también es importe acreditar la vinculación de los mismos con la especialidad del cargo concursado, ello así:

 

  • En el caso de los Doctorados, Maestrías, Especializaciones y otros Cursos de Postgrado, es conveniente, en el caso de que su vinculación no surja automáticamente, adjuntar el programa o certificado de materias rendidas, el tema y calificación que hubiera obtenido la tesis, tesina, monografía o examen final aprobado. Debería mencionarse, además, si se encuentra acreditado en la CONEAU.

     

     

  • Para la calificación del ejercicio de la docencia en nivel universitario, debe acreditarse la materia, la categoría del cargo, si se trata de designación directa o concurso y la antigüedad. En el caso de la docencia en nivel secundario o terciario, basta con la acreditación de la materia e institución.

     

     

 

 C) ARMADO DEL LEGAJO:

A fin de facilitar el análisis de la documentación presentada y evitar discordancias entre las manifestaciones incluidas en el formulario de inscripción y su acreditación, se solicita a los señores postulantes, observar a las siguientes pautas:

 

  • Mencionar en forma precisa toda la documentación que se adjunte al legajo, en el formulario de inscripción.

     

     

  • Acreditar toda la información suministrada en el formulario de inscripción con la respectiva documentación, dado que en caso contrario la misma no será valorada.

     

     

  • Certificar toda la documentación notarial o judicialmente, dado que la que no cumplimente ese requisito no será considerada.

     

     

  • Presentar imprescindiblemente fotocopia de documento nacional de identidad, y del título de abogado y un informe de antecedentes penales del Registro Nacional de Reincidencia expedido dentro de los 3 meses de la fecha de inscripción.

     

     

  •  Ordenar la documentación a continuación del formulario de inscripción, en el orden en que es descripta en el mismo, foliar todo el material y adjuntar al final un índice general. 

     

     

  •  Toda la documentación deberá ser presentada dentro del plazo perentorio del periodo de inscripción, dado que finalizado el mimo no será admitida.

 


 

Presentación de Escritos


Todos los escritos (inscripciones, impugnaciones, recursos, documental que se agregue o se acompañe, etc.) deberán ser presentados personalmente por el interesado en la Secretaría del Consejo o por tercero autorizado con carta poder o con firma certificada notarial o judicialmente.


Es decir que en caso de que el interesado no pueda hacerlo personalmente y quisiera remitir alguno de los escritos antes mencionados, la persona que concurra en representación del postulante deberá concurrir con su DNI y acompañar una carta poder mediante la cual se lo autorice a diligenciar el escrito o acompañar una nota de autorización cuya firma deberá estar certificada notarial o judicialmente.



Además de lo expuesto, que es el modo general de presentación de escritos:


Las inscripciones deberán realizarse conforme el modo general  acompañando, Certificado de Antecedentes Penales emanado del Registro Nacional de Reincidencia, 2 fotos 4 x 4 , fotocopia certificada del título de abogado y del documento de identidad. Asimismo se podrá presentar a fin de computar la antigüedad, el certificado del Colegio de la Abogacía y/ o el Superior Tribunal de Justicia.

Las impugnaciones y reconsideraciones deberán ser presentadas por el postulante o por tercero autorizado en la forma antes dicha, dentro de los tres (3) días hábiles de notificada la Resolución a recurrir. El plazo se computará a partir el día siguiente de la fecha de notificación. Además se establece un arancel del cincuenta por ciento (50%) del valor establecido en el Artículo 17° Bis de la Ley 10.701 que modifica la Ley 9.996, para la interposición del Recurso de Reposición previsto (segun Artículo 23°Bis). Los concursantes deberán acreditar el pago previo del mismo al momento de presentar el recurso. El arancel deberá ser por cada Impugnación presentada.

Las Impugnaciones a la Terna o a los postulantes inscriptos deberán ser presentadas por escrito, acompañando fotocopia del DNI de la persona que la presenta o, en el caso de tratarse de una asociación profesional o social, el acto administrativo que le otorga personería jurídica, o ley de creación, y una fotocopia del DNI del Presidente o Secretario General de la misma. Se deberán detallar los datos de la persona observada, el motivo de la impugnación y la prueba en que se funda, la que deberá ser acompañada en ese momento, o en su caso, la indicación precisa del lugar en donde puede hallarse. 

 

 

 

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