RESOLUCIÓN N° 165 S.G.C.M.E.R.
 

                                                                                                                                                            PARANA, 21 SEP 2026

 

            VISTO:

 

                        El Registro de las entidades mencionadas en el Artículo 2°, Inciso f) de la Ley N°11.227 para integrar el Consejo de la Magistratura de Entre Ríos; y

 

 

            CONSIDERANDO:

 

Que, en fecha 07.09.26 finalizó el plazo para la actualización de datos y/o inscripción al Registro de las entidades contempladas en el Artículo 2°, Inciso f) de la Ley N°11.227, a los fines de participar de la elección de sus representantes para cubrir los cargos de Consejeros titulares y suplentes por el estamento para el período 2026 – 2028;

 

Que, cabe aclarar que el texto de la Ley N°11.003 en su Artículo 2°, Inciso f) que incluía a “las organizaciones sociales, profesionales y/o sindicales con personería jurídica y/o gremial…”, sufrió una modificación en razón del dictado de la Ley N°11.227 que en su Artículo 2°, Inciso f) solo admite a las “Asociaciones Civiles y Fundaciones con personería jurídica…”;

 

Que, en razón de lo expuesto, no corresponder convocar a las organizaciones que no encuadren dentro de la normativa vigente, tal es el caso de: Colegio de Profesionales de la Ingeniería Civil de Entre Ríos; Consejo Profesional de Ciencias Económicas; Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos; Asociación del Personal Jerárquico y Profesional Municipalidad de Concordia; Colegio de Psicólogos de Entre Ríos;

 

Que, se ha efectuado el control pertinente de la documentación y objeto social de aquellas organizaciones que a la fecha indicada cumplimentaron  con la totalidad de los requisitos correspondientes;

 

Que, respecto de aquellas que ya se encuentran inscriptas corresponde tener por actualizada su inscripción en la base de datos que conforma el Registro, mientras que en el caso de las que solicitaron su inscripción al mismo, deberán ser admitidas a los fines de la votación, en la medida que encuadren dentro de las organizaciones mencionadas en el Artículo 2°, Inciso f) de la Ley N°11.227;

 

Que, en consecuencia, y sin perjuicio de que el Registro continúa abierto en forma permanente, corresponde convocar tanto a las organizaciones que hayan actualizado sus datos y documentación como a aquellas cuya inscripción al Registro se admita por la presente, a participar de la elección que se llevará a cabo en fecha 1°.10.26 a las 11:00 horas  en el Museo de la Casa de Gobierno, sito en calle Méjico N°200/298 de Paraná;

 

                        Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el Artículo 14°, Inciso J) de la Ley Nº11.227

 

                        Por ello,

 

EL SECRETARIO GENERAL DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Téngase por admitidas y/o actualizada la documentación presentada, hasta el día 07.09.2026, por las siguientes Asociaciones Civiles y/o Fundaciones que integran el Registro del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos:

1.- Asociación Civil Equal  - (Legajo N°001)

2.- Consejo Empresario de Entre Ríos -  (Legajo N°005)

3.- Federación Agraria Argentina – (Legajo N°006)

4.- Asociación Biblioteca Popular de Paraná – (Legajo N°025)

5.- Entre Ríos Sin Corrupción Asociación Civil - (Legajo N°037)

6.- Asociación Civil Cooperadora Facultad de Ciencia y Tecnología - (Legajo N°040)

7.- Club Comunicaciones de Paraná - (Legajo N°041)

8.- Fundación Universidad Autónoma de Entre Ríos (FUADER) - (Legajo N°042)

9.- Asociación Protección del Consumidor y del Ambiente (APCA) - (Legajo N°046)

10.- Fundación Luther King -  (Legajo N°050)

11.- Asociación Civil de Pastores de Entre Ríos (A.P.E.R.) – (Legajo N°051)

12.- Asociación Civil Vida y Esperanza  - (Legajo N°052)

13.- Incuba Asociación Civil - (Legajo N°053)

14.- Asociación Civil Foro de las Familias – (Legajo N°055)

15.- Fundación Arraigar (Legajo N°057)

16.- Club social de Concepción del Uruguay (Legajo N°58)

 

ARTÍCULO 2°: No admitir las presentaciones de las siguientes entidades por no encuadrar en el Artículo 2°, Inciso f) de la Ley N°11.227:

1.- Colegio de Profesionales de la Ingeniería Civil de Entre Ríos 

2.- Consejo Profesional de Ciencias Económicas

3.- Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios de Entre Ríos

4.- Asociación del Personal Jerárquico y Profesional Municipalidad de Concordia

5.- Colegio de Psicólogos de Entre Ríos

 

ARTICULO 3°: Convóquese a las organizaciones mencionadas en el Artículo 1° de la presente a participar de la elección de sus representantes para cubrir los cargos de Consejeros titulares y suplentes por el estamento para el período 2026 – 2028, que se llevará a cabo en fecha 1°.10.26, a las 11:00 horas en el Museo de la Casa de Gobierno, sito en calle Méjico N°200/298 de Paraná.-

 

ARTICULO 4°: Al acto eleccionario deberá concurrir el representante legal, designado por Estatuto constitutivo, o bien un integrante de la organización debidamente autorizado en el legajo correspondiente.-

 

ARTICULO 5°: Notifíquese a las organizaciones convocadas a través del envío de la presente al correo electrónico registrado en el Consejo de la Magistratura, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

Fecha de Publicación: 21-09-2026
 
 
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