RESOLUCIÓN N° 1423 C.M.E.R.
 

                                                                                PARANÁ, 30 ABR 2025

 

 

VISTO:

 

La causa N°4477/24 “HUNDT, MARINA SOLEDAD c/CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RÍOS s/RECURSO DE REVISIÓN (JUDICIAL DIRECTO)", y lo resuelto por el Pleno del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, mediante sentencia de fecha 31.03.2025;

           

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante el recurso de revisión directo, interpuesto por la postulante Marina Soledad HUNDT, en el marco de su participación en el Concurso N°279, destinado a cubrir un cargo de Defensor Público –competencia multifueros- de la ciudad de Diamante, solicitó le fuera reconocido puntaje por diferentes ítems del rubro “Antecedentes Académicos”, luego de que el Pleno del Consejo de la Magistratura rechazara su impugnación, mediante el dictado de la Resolución N°1419 CMER;

 

Que, en el referido fallo, el Máximo Tribunal de la Provincia, resolvió hacer lugar parcialmente al recurso incoado, ordenando al Consejo de la Magistratura, otorgar puntaje por la Especialización acreditada por la concursante, mientras que denegó los planteos restantes, respecto de los demás ítems observados por aquella;

 

Que, en sesión ordinaria de fecha 11.04.2025, y de conformidad con lo ordenado por el Alto Tribunal, el Pleno del CMER valoró el antecedente acreditado por la concursante, a fs. 270 de su legajo personal y, tratándose el mismo del certificado de aprobación de la carrera de Especialista en Derecho de Familia, expedido por la Universidad Nacional de Rosario, decidió asignarle el puntaje previsto para la aprobación de carreras de especialización (misma especialidad), conforme la clasificación dispuesta en los Criterios Consensuados para la Calificación de Antecedentes, punto III.1.3, resultando en la adición de 1,30 pts.;

 

Que, consecuentemente, corresponde rectificar la calificación de la postulante en el concurso aludido, alcanzando un total de 24,75 puntos en antecedentes, que en forma desagregada se corresponde con las siguientes valoraciones: Antigüedad 18 puntos, Especialidad 3,50 puntos y Antecedentes Académicos 3,25 puntos;

 

Que, a los fines de la certificación establecida por el artículo 7º del RGCMER, se designó a la Consejera Dra. Elena Beatríz Albornoz;

 

Que, la presente se dicta de conformidad con el artículo 26° de la Ley Nº11003;

 

Por ello;

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RÍOS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Rectificar la calificación de Antecedentes de la concursante Marina Soledad HUNDT, en el marco de su participación en el concurso N°279, en virtud de lo expuesto en los considerandos de la presente, estableciendo el puntaje final de sus antecedentes en 24,75 puntos.-

 

ARTÍCULO 2°: Modificar el orden de mérito resultante en el referido concurso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior.-

 

ARTICULO 3º: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.-

 

ARTÍCULO 4°: Comuníquese, publíquese y archívese.-

 

 

 

 

Fecha de Publicación: 30-04-2025
 
 
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