RESOLUCIÓN N° 355 P.C.M.E.R.
 

                                                                                                                                        PARANÁ,     30 JUL 2026

 

 

VISTO:

 

La existencia de cargos vacantes en la órbita del Poder Judicial de Entre Ríos y del Ministerio Público de la Defensa; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, conforme lo oportunamente informado por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, se encuentran vacantes los siguientes cargos: TRES (3) cargos de Vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones con asiento en la ciudad de Concepción del Uruguay; UN (1) cargo de Vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones con asiento en la ciudad de Gualeguaychú; UN (1) cargo de Vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones con asiento en la ciudad de Concordia y UN (1) cargo de Vocal de Cámara de Casación Penal con asiento en la ciudad de Paraná;

Que, por otra parte, conforme lo oportunamente informado por el Ministerio Público de la Defensa de Entre Ríos, se encuentran vacantes las siguientes cargos de Defensor Auxiliar con competencia (especial y específica) en materia Penal de Niños, Niñas y Adolescentes: DOS (2) cargos en la ciudad de Concordia; DOS (2) cargos en la ciudad de Paraná; UN (1) cargo en la ciudad de Concepción del Uruguay y UN (1) cargo de la ciudad de Gualeguaychú;

Que, según lo dispuesto por al Artículo 25° de la Ley N°11.227, su reglamentación, y el artículo 24° del Reglamento General del Consejo de la Magistratura (RGCMER), en acto público de fecha 03.07.2026 se realizaron los sorteos de jurados técnicos que integrarán los tribunales evaluadores de las pruebas de oposición de los concursos mencionados;

 

Que, corresponde indicar además de los cargos vacantes, fecha y horario de inicio y finalización del período de inscripción, lugar donde podrá retirarse la documentación necesaria y formalizarse las solicitudes correspondientes;

 

Que, conforme al artículo 37° del RGCMER, deberá hacerse saber que de producirse nuevas vacantes de la misma competencia territorial, de materia y grado, durante el desarrollo del concurso y hasta la finalización del mismo -entendiéndose como tal la elevación de la terna respectiva- se podrán acumular a aquél que se encuentre en trámite, sin necesidad de nuevas convocatorias;

 

Que, se encuentran dadas las condiciones para dar cumplimiento a lo establecido por la Ley N°11.227, Decretos Reglamentarios, RGCMER y nuevos Criterios Consensuados aprobados mediante Resolución N°1438/26 CMER;

 

Que, cumplidos los trámites mencionados corresponde dictar la resolución que llame a concurso para cubrir los referidos cargos vacantes y arbitrar los medios necesarios para su publicación, tal como lo establece el artículo 33° de la Ley Nº11.227 y los Artículos 9° y 35° del RGCMER;

 

Por ello,

 

 

EL PRESIDENTE DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Llamar a Concurso Público de Antecedentes y Oposición destinado a cubrir DOS (2) cargos de la Defensoría Auxiliar con competencia (especial y específica) en materia Penal de Niños, Niñas y Adolescentes con asiento en la ciudad de Concordia, que se identificará con el N°300; DOS (2) cargos de la  Defensoría Auxiliar con competencia (especial y específica) en materia Penal de Niños, Niñas y Adolescentes con asiento en la ciudad de Paraná, que se identificará con el N°301; UN (1) cargo de la Defensoría Auxiliar con competencia (especial y específica) en materia Penal de Niños, Niñas y Adolescentes con asiento en la ciudad de Concepción del  Uruguay, que se identificará con el N°302; 1 (UN) cargo de la Defensoría Auxiliar con competencia (especial y específica) en materia Penal de Niños, Niñas y Adolescentes con asiento en la ciudad de Gualeguaychú, que se identificará con el N°303; cuyo Jurado Técnico Titular se encuentra integrado por Guillermo Roberto MULET, por el estamento de “ABOGADOS”; Sebastián TITO, por el estamento “MAGISTRADOS” y Omar OZAFRAIN, por el estamento “ACADÉMICOS”.

ARTÍCULO 2ºLlamar a Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición destinado a cubrir TRES (3) cargos de Vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones con asiento en la ciudad de Concepción del Uruguay, que se identificará con el N°304; UN (1) cargo de Vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones con asiento en la ciudad de Gualeguaychú, que se identificará con el N°305 y UN (1) cargo de Vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones con asiento en la ciudad de Concordia, que se identificará con el N°306; cuyo Jurado Técnico Titular se encuentra integrado por Ignacio DOUBELL por el estamento “ABOGADOS”; Mónica Elizabeth CARMONA por el estamento “MAGISTRADOS” y Mariano BUDASOFF por el estamento “ACADÉMICOS” .

 

ARTÍCULO 3ºLlamar a Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición destinados a cubrir UN (1) cargo de Vocal de Cámara de Casación Penal con asiento en la ciudad de Paraná, que se identificará con el N°307; cuyo Jurado Técnico Titular se encuentra integrado por Fabián Marcelo OTARAN por el estamento “ABOGADOS”; Dardo O. TORTUL por el estamento “MAGISTRADOS” y Mariano Javier HOET por el estamento “ACADÉMICOS”.

 

ARTÍCULO 4º: Fijar el período de inscripción para los Concursos Públicos N°300 al N°303 -convocados en el Artículo 1°- del 18 de Agosto al 7 de Septiembre de 2.026, inclusive; y, para los Concursos Públicos N°304 al N°307 –convocados en los Artículos 2° y 3°- del 24 de Agosto al 11 de Septiembre de 2.026, inclusive. Debiéndose presentar las respectivas solicitudes y documentación en la Secretaría General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sita en Alameda de la Federación Nº 471 de la Ciudad de Paraná, de lunes a viernes en el horario de 8 a 12 horas. La inscripción únicamente  podrá realizarse  personalmente o  por  tercero autorizado judicial o notarialmente y conforme los demás requisitos establecidos en la normativa vigente. Asimismo, en idéntico lugar podrá obtenerse copia del Reglamento General del Consejo de la Magistratura y de toda otra documentación importante para el concurso, lo cual estará también disponible en el sitio oficial del Consejo de la Magistratura.

 

ARTICULO 5°: Hacer saber que en el caso que se produzcan nuevas vacantes de la misma competencia territorial, material y de grado, durante el desarrollo del concurso y hasta la finalización del mismo -entendiéndose como tal la elevación de la terna respectiva- se podrán acumular a aquél que se encuentre en trámite, sin que sea necesario efectuar nuevas convocatorias.

 

ARTICULO 6º: Publicar la convocatoria a concurso por UN (1) día en los medios previstos en RGCMER.

 

ARTICULO 7°: La presente será refrendada por el Sr. Secretario General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos.

 

ARTICULO 8°: Comuníquese, publíquese y archívese.

 

 

 

 

Fecha de Publicación: 30-07-2026
 
 
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