Acta Nº 8 Sesión extraordinaria 23/3/23 Concurso Nº 260

 

ACTA Nº8

SESION EXTRAORDINARIA

 

En la ciudad de Paraná, a VEINTITRÉS días del mes de MARZO de DOS MIL VEINTITRÉS, a las Doce Diez horas (12:10) horas, en la Sala de Sesiones “Consejero - Dr. Raúl A. HERZOVICH” del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos (CMER), sita en Av. Alameda de la Federación N° 471, se constituyen el Presidente Mariano Lino CHURRUARIN, la Consejera Andrea SAXER, asistidos por el Secretario General, Dr. Hernán JORGE y los consejeros María Victoria FEDERIK, Alberto SAMPAYO, María Elena LUCHESI, Edgardo ONETO, María Angélica PIVAS y Verónica SAMEK quienes participan de la presente mediante videoconferencia organizada por la Plataforma Meet, se reúnen en sesión extraordinaria, convocada a fin de tratar: 1) El error advertido por el Jurado Técnico del Concurso N°260.-  El Presidente comunica  que el Dr. Ricardo Carlos María ALVAREZ le informó que ha advertido que el Jurado Técnico ha incurrido en un error material involuntario respecto de las calificaciones de las Pruebas de Oposición Escrita del mencionado Concurso, por cuanto en lugar de utilizar la escala máxima de CINCUENTA (50) puntos establecida por el Artículo 18 de la Ley 11.003, utilizó como escala máxima la de CUARENTA (40) puntos.- Que en razón de lo expuesto y analizada que es la situación indicada, los consejeros consideran oportuno y conveniente solicitarle al Jurado técnico interviniente, remitan dictamen rectificatorio, readecuando las calificaciones a la escala correspondiente, ello así toda vez que se trata de un mero error material numérico de fácil subsanación, realizando un simple cálculo aritmético que ajuste proporcionalmente las calificaciones, sin que ello implique afectación a derechos o interés alguno de los concursantes; Asimismo, y en tanto se encuentra en curso el plazo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Nº11.003, concordante con el artículo 84 del RGCP, resulta necesario suspender los efectos del Acta N°7 del día de la fecha, hasta tanto se efectúe la readecuación de las calificaciones, y al mismo tiempo, disponer la interrupción del plazo previsto en los referidos artículos para impugnar las calificaciones plasmadas en tales actos.- 2) Se designa a la Consejera Andrea SAXER para la Certificación Conforme Art. 7 del RGCP.- De esta manera, y no siendo para más, se levanta la sesión siendo las Doce Treinta horas (12:30) horas.-

 

Fecha de Publicación: 23-03-2023
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