Acta Nº 28 (Sesión extraordinaria 08.09.23)

 

ACTA Nº28

SESION EXTRAORDINARIA

 

En la ciudad de Paraná, a OCHO días del mes de SEPTIEMBRE de DOS MIL VEINTITRES, a las Ocho horas (8:00), mediante videoconferencia organizada por la Plataforma Meet, Mariano Lino CHURRUARIN en su carácter de Presidente del Consejo de la Magistratura y los Consejero Álvaro PIEROLA; Hugo GONZALEZ ELIAS; Alberto SAMPAYO; Andrea SAXER; María Elena LUCHESI; Juan Pablo FILIPUZZI; Yamil BECHIR; Elena ALBORNOZ; Brenda GRAND FERRARI y Analía MATAS asistidos por el Secretario General del CMER, Dr. Hernán JORGE se reúnen en sesión extraordinaria, previamente convocada, a fin de tratar el siguiente orden del día oportunamente comunicado: 1) Retomar el tratamiento de los planteos efectuados por los Dres. ARIAS, JAUME BLANCO y TSCHERNING, BADANO en relación al Banco de casos para las Fiscalías Anticorrupción.- Se adjunta archivo con 10 nuevos casos para su análisis.- 2) Situación ocurrida en el marco de la Prueba de Oposición de los Concursos N°276 - 277, realizada el día 06.09.2023 - Ver aplicación Artículo 65 RGCP.- 3) Designación de Consejera/o a los fines de la certificación del Artículo 7° del RGCP.- Seguidamente toma la palabra el Consejero FILIPUZZI, quien, previo a dar comienzo al tratamiento del orden del día, solicita una moción en relación a la grabación de todas las Sesiones, por entender que en las actas no se están reproduciendo fielmente las deliberaciones que acontecen en las reuniones.- Ello así por cuanto a su entender, en la Sesión ordinaria de fecha 04.09.2023 se había resuelto la postergación de las pruebas de oposición de los concursos para cubrir cargos vacantes en la Fiscalía Anticorrupción, lo que inclusive fue publicado en la prensa.- Sin embargo, el Presidente le cuestiona que la referida prórroga no fue resuelta, sino que se comenzó con el tratamiento del tema sin habérsele dado un cierre, atento a que justamente la presente reunión tiene como objetivo el tratamiento de los Recursos mencionados en el primer punto del orden del día que se encontraba supeditada a la recepción de nuevos casos.- En atención a la moción del consejero FILIPUZZI, los consejeros presentes realizan un intercambio de opiniones acerca de si las sesiones deberían o no quedar en un registro fílmico, entendiéndose por unanimidad que adoptar dicha medida sería una metodología positiva, debiendo analizarse su forma de implementación, considerando que hay posiciones de parte de los distintos estamentos que, como en cualquier ámbito de debate, requiere espacios de resguardo de la confidencialidad, tendientes a contar con toda la información para tomar la mejores decisiones, y que el momento de las votaciones sí podrían ser registradas, tal como se hace en otras instituciones y organismos, por ejemplo el Poder Judicial.- Se retira la Consejera ALBORNOZ.- La Consejera LUCHESI toma la palabra y aclara que cada una de las cuestiones se sometan a decisión sean votadas personalmente por cada uno de los Consejeros.- Sin perjuicio de lo expuesto, el Presidente toma la palabra y solicita se ingrese al tratamiento de la cuestión previamente planteada por el Consejero FILIPUZZI relacionado con su afirmación acerca de que la suspensión de los Concursos se habría resuelto el lunes 04.09.2023.- Los consejeros presentes, que a su vez participaron de la Sesión ordinaria del 04.09.2023 al momento de tratar este tema, indican su percepción sobre la resolución o no de la prórroga.-  Así es como se genera un debate, en el que se analiza lo sucedido el día lunes concluyéndose que en la reunión de ese día los Consejeros SAMPAYO, FILIPUZZI, LUCHESI y SAXER, entendieron que en caso de incorporarse nuevos casos debía darse una ampliación del plazo de la fecha de oposición para que puedan ver los mismos, mientras que CHURRUARIN y la Consejera FEDERIK entendieron que no era necesaria una prórroga por la eventual incorporación de unos pocos nuevos casos, por tal motivo el Presidente sugirió hacer la presente reunión a los fines de poder decidir contando con los casos, ya que recién en ese momento podría tomarse una decisión y eventualmente fijarse una nueva fecha de examen.- En este sentido, el Consejero SAMPAYO manifiesta que si el tema hubiera sido resuelto el lunes hoy no estarían aquí reunidos.- La Consejera LUCHESI, sostiene que su criterio es el de prorrogar la prueba para los días 4, 5 y 6 de Octubre, entendiendo que en la sesión anterior se resolvió la prórroga.- Seguidamente el Consejero PIEROLA manifiesta que para el estamento no existen dudas acerca de que el día lunes no se tomó ninguna decisión de prorrogar la prueba de oposición, por cuanto la Consejera FEDERIK, quien participó de la Sesión del lunes pasado, le informó que no se había resuelto ninguna postergación del examen. Asimismo deja manifestado que su posición es la de no modificar la fecha de examen prevista. Toma la palabra, el Consejero BECHIR quien asegura que la suspensión de las oposiciones no fueron resueltas el pasado Lunes, en tanto de haber sido ello así él hubiera solicitado que se fijaran las nuevas fechas y no la suspensión sin ellas, en la medida que ello generaría incertidumbre en los concursantes.- Por su parte, la Consejera MATAS indica que, ella tiene por costumbre anotar todo lo que acontece en cada una de las reuniones y que conforme sus apuntes la modificación de la fecha de examen no había sido resuelta, sino que se pasaba para otra reunión.- Así es que el consejero FILIPUZZI, insiste en que las reuniones se han convertido en una charla de café y que falta formalidad en el debate y votación, interesando que se efectúen con mayor formalidad y que se graben las mismas para lograr que las actas sean más fidedignas.- Frente a ello, se recuerda que el proyecto de Actas de la sesiones realizadas son remitidas con antelación a la próxima para su lectura y consideración por parte de los Consejeros que estuvieron presente, las que luego se someten a aprobación para así ser suscriptas por los miembros del Consejo que participaron en ellas.- Seguidamente, y a fin de continuar con el tratamiento del punto 1) del orden del día, el presidente informa que envió un archivo con los SIETE (7) casos y los supuestamente repetidos, y que de un análisis exhaustivo, puede advertirse que solo DOS (2) o TRES (3), se encontraban verdaderamente duplicados, en tanto los otros tenían consignas diferentes, o tenían datos facticos distintos que determinan que los postulantes deberían realizar una pieza evaluativa distinta.- Se pone como ejemplo el caso de las armas, explicando el Consejero FILIPUZZI, que en la diferencia es que en un caso la venta de las mismas la hacía quien sustraía y en otro quien la sustraía se las daba a un tercero que se ocupaba de venderlas.- Toma la palabra el Consejero PIEROLA, y explica que según la información que da el consejero FILIPUZZI, los casos son distintos, por cuanto en uno de ellos hay un problema de participación, que el otro no tiene.- Toma la palabra la consejera MATAS, y manifiesta que según la lectura de los SIETE (7) casos supuestamente repetidos, solo hay DOS (2) que son iguales, ya que los restantes tienen consignas diferentes.- En virtud de lo expuesto, se decide por unanimidad, que de los SIETE (7) casos, sean excluidos del banco solo aquellos que guarden identidad con otros, y mantener los restantes, adicionando los DIEZ (10) casos nuevos – que se les reenvió en forma conjunta con la convocatoria para la sesión de hoy- recibidos para mantener el número mínimo de CIEN (100) requeridos  para las tres instancias de oposición.- En virtud de ello, habiendo recibido los nuevos casos, y considerando que la suspensión no fue resuelta el día lunes 4.09.2023, se formulan dos mociones de orden para someter a votación, a) resolver hacer lugar parcialmente a los recursos planteados, ordenándose la sustitución de casos repetidos, agregando al banco los nuevos casos recibidos, y en virtud de ello,  reprogramar la fecha de oposición para los días 2, 3 y 4 de Octubre  de 2023. Los fundamentos de esta moción son dados por el Consejero FILIPUZZI, afirmando que debe primar la transparencia y garantía de participación de los aspirantes, manifestando además que no hay ningún apuro en realizar de manera intempestiva y apresurada estos concursos. Considerando asimismo que existe un vacío legal respecto  a la posibilidad de controlar e impugnar los casos por parte de los aspirantes, debiendo preverse en el nuevo plazo.- Además el hecho de que haya sido publicado en la prensa que se prorrogaría la prueba pudo haber generado confusión en los concursantes y afectar el estudio de casos.- Debiéndose recordar además que existe un pedido por parte del CAER para garantizar igualdad y mayor transparencia de los aspirantes que ejercen la profesión como abogados.- Manifestando, finalmente que, su criterio, por mantener la fecha original modificando el banco de casos podría existir un vicio de nulidad de lo actuado.- b) la segunda moción es resolver hacer lugar parcialmente a los recursos planteados, ordenándose la sustitución de casos repetidos, agregando al banco los nuevos casos recibidos, y mantener las fechas previstas para los día 18, 19 y 20 de septiembre de 2023. Los fundamentos de esta moción son dados por los consejero PIEROLA y GONZALEZ ELIAS, quienes entienden que el Banco de casos es una nueva herramienta metodológica cuyo objetivo, en el marco de la nueva Ley N°11.003, no es el control por parte de los postulantes y su resolución previa, sino que el plazo que se da para su conocimiento es a los fines de otorgar mayor transparencia a la instancia de Oposición, evitándose así todo tipo de suspicacia en relación a un eventual conocimiento previo por parte de alguno o algunos de los postulantes que pudiera generar alguna ventaja sobre los demás, y el conocimiento previo de los casos otorga la referida garantía de transparencia y, de este modo, el Banco de Casos implica un mecanismo que permite, en igualdad de condiciones, de hecho el temario confeccionado, es el que constituye así el objeto de estudio principal.- Recordándose que el referido Temario fue oportunamente aprobado y publicado en la página del CMER en fecha 18.04.2023, es decir CINCO (5) meses antes, con lo cual están dadas todas las garantías y condiciones de igualdad, no debiéndose prorrogar la fecha.- El Consejero SAMPAYO, toma la palabra y expresa que el agravio y/o perjuicio para el postulante se concreta recién con el sorteo del caso y que allí puede ser objetado el caso, de conformidad con el Art. 25 de la LCM. En consecuencia cualquier caso del "banco de casos" puede ser dejado sin efecto en ese momento con argumentos suficientes para ello.- Siendo que es una herramienta más para los concursantes que más allá de los casos deben tener la especialidad y expertis en la materia.- La Consejera SAXER se retira.- Puesto a consideración y votación las mociones, votan por la moción a) los consejeros FILIPUZZI, SAMPAYO, LUCHESI y por la moción b) los consejeros MATAS, GONZALEZ ELÍAS, PIEROLA, GRAND FERRARI, BECHIR, CHURRUARIN.- En consecuencia por mayoría se decide hacer lugar parcialmente a los recursos planteados, ordenándose la sustitución de casos repetidos, agregando al banco los nuevos casos recibidos, y mantener las fechas previstas para los día 18, 19 y 20 de septiembre de 2023.- Por otra parte, el Consejero FILIPUZZI expresa que el Banco de casos no fue aprobado, que existe una omisión y que la misma debe ser salvada.- Seguidamente el Presidente indica que si bien no existe Acto Administrativo expreso que resuelva la aprobación de la integración del Banco de Casos, cabe referir que los mismos fueron sometidos al análisis y evaluación de la comisión creada a tal efecto, recordándose que en Sesión Ordinaria del 06.02.2023 se creó la referida comisión, la que finalmente fue integrada en Sesión Extraordinaria de fecha 23.02.2023, y que la publicación de los casos en el sitio web del CMER implica que el Banco se encuentra aprobado y avalado por el Pleno, en tanto respetan  pautas y requisitos necesarios para ser materia de examen, vale decir que cumplen con los requisitos de pertinencia así como de rigor formal y adecuación normativa exigidos.- El Consejero FILIPUZZI disiente con el presidente, entendiendo que la referida publicación no implica su aprobación. Efectuado el intercambio de opiniones, es decisión unánime del Pleno aprobar el Banco de Casos, con las modificaciones aquí establecidas, y dictar el acto resolutorio respectivo, todo ello teniendo en cuenta los planteos traídos a consideración.- Por su parte por unanimidad se resuelve que se envíe un mail a todos los postulantes el día de la fecha, informando que se mantienen las fechas originalmente notificadas y que los fundamentos serán publicados el día lunes 11 de septiembre.- 2) Se pospone su tratamiento para la próxima sesión.- Previo a finalizar la presente sesión, el Consejero FILIPUZZI, advierte  que no se ha incluido dentro del orden del día el planteo de recusación contra el Dr. CHURRUARIIN, por lo que la Consejera LUCHESI toma la palabra y mociona para que se incorpore al orden del día y, tal como se resolviera en la Sesión anterior, se de tratamiento al mismo.- Los Consejeros FILLIPUZZI y PIEROLA se retiran, ingresando al Consejera FEDERIK.- Se somete a votación, la que es aprobada por los presentes.- La Vicepresidenta toma a su cargo la presidencia y el Dr. CHURRUARIN se retira a fin de que puedan deliberar, manifestando previo a ello que su único descargo es el que efectuara in voce en oportunidad de la Sesión del 04.09.2023.- Los presentes entienden por unanimidad que no corresponde hacer lugar a la Recusación Planteada por el Dr. José Emiliano ARIAS contra el Dr. Mariano CHURRUARIN por cuanto no se encuentra debidamente acreditada ni fundada la enemistad manifiesta, ni la falta de objetividad e imparcialidad a la que alude el presentante.- Resolviéndose por unanimidad su rechazo; 3) Se designa a la Consejera Analía D. MATAS, a los fines de la certificación del Artículo 7° del RGCP.- De esta manera, y no siendo para más, se levanta la sesión siendo las Doce treinta (12:30) horas.-

 

Fecha de Publicación: 00-00-0000
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