RESOLUCIÓN N° 1143 C.M.E.R.
 

                                                                                                                                                      PARANÁ,  9 de Agosto de 2021

 

VISTO:          

 

La existencia de cargos vacantes de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Entre Ríos; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, conforme lo oportunamente informado por el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, se encuentran vacantes: UN (1) cargo de Juez del trabajo N°4 de la ciudad de Concordia; UN (1) cargo de Juez del Trabajo de la ciudad de Colón; y UN (1) cargo de Juez del Trabajo N°2 de la ciudad de Paraná;

 

Que, asimismo se encuentran vacante UN (1) cargo de Defensor de Casación Penal de la ciudad de Concordia;

 

Que, además se encuentra vacante UN (1) cargo de Fiscal de Coordinación de la ciudad de Gualeguay;

 

Que, en sesión ordinaria de fecha 05/07/2021, el pleno del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos (CMER) en forma unánime resolvió dar inicio a los trámites administrativos y reglamentarios para el llamado a Concursos Públicos destinados a cubrir los cargos vacantes pre mencionados, delegándose en la Secretaría General las facultades necesarias y convenientes para la concreción de aquellos;

 

Que, según lo dispuesto por los artículos 21 de la Ley N° 9.996 y 24 del Reglamento General y de Concursos Públicos (RGCP), en acto público de fecha 05.08.2021, se realizó el sorteo de jurados técnicos que integrarán el tribunal evaluador de las pruebas de oposición de los concursos mencionados, notificando a los que resultaron designados, quienes aceptaron el cargo propuesto, conforme lo establece el artículo 30 del mencionado reglamento;

 

Que, corresponde indicar además de los cargos vacantes, fecha y horario de inicio y finalización del período de inscripción, lugar donde podrá retirarse la documentación necesaria y formalizarse las solicitudes correspondientes;

 

Que, conforme al artículo 37 del RGCP, deberá hacerse saber que de producirse nuevas vacantes de la misma competencia territorial, de materia y grado, durante el desarrollo del concurso y hasta la finalización del mismo -entendiéndose como tal la elevación de la terna respectiva- se podrán acumular a aquél que se encuentre en trámite, sin necesidad de nuevas convocatorias;

 

Que, a los fines de la certificación establecida por el artículo 7º del RGCP, se designó a la Consejera Marcela Alejandra DAVITE;

 

Que, cumplidos los trámites mencionados corresponde dictar la resolución que llame a concurso para cubrir los referidos cargos vacantes y arbitrar los medios necesarios para su publicación, tal como lo establece el artículo 28 de la Ley Nº 9.996 y el artículo 35 del RGCP;

 

 

Por ello,

 

EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º: Llamar a Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición destinados a cubrir: UN (1) cargo de Juez del Trabajo N°4 de la ciudad de Concordia, el que se identificará con el N°257; UN (1) cargo de Juez del Trabajo de la ciudad de Colón, el que se identificará con el N°258; y UN (1) cargo de Juez del Trabajo N°2 de la ciudad de Paraná, el que se identificará con el N°259, y cuyo Jurado Técnico Titular se encuentra integrado por los Doctores Sebastián Manuel GIANELLO en representación del estamento Académicos, Eduardo Elías FLORES en representación del estamento Magistrados y Luis Ernesto LEISSA en representación del estamento Abogados; y como Jurados Suplentes los Doctores Abel DE MANUELE, en representación del estamento Académicos, Martín Vicente ROMERO, en representación del estamento Magistrados y Analía CARDOZO, en representación del estamento Abogados.

 

ARTÍCULO 2º: Llamar a Concurso Público de Antecedentes y Oposición destinado a cubrir UN (1) cargo de Defensor de Casación Penal de la ciudad de Concordia, el que se identificará con el N° 260 y cuyo Jurado Técnico Titular se encuentra integrado por los Doctores Ricardo Carlos María ALVAREZ en representación del estamento Académicos, Darío CRESPO en representación del estamento Magistrados y Iván César VERNENGO en representación del estamento Abogados; y como Jurados Suplentes los Dres. Sebastián AMADEO, en representación del estamento Académicos, Rafael COTORRUELO, en representación del estamento Magistrados y Roberto Fabián ALSINA, en representación del estamento Abogados.

 

ARTÍCULO 3º: Llamar a Concurso Público de Antecedentes y Oposición destinado a cubrir UN (1) cargo de Fiscal de Coordinación de la ciudad de Gualeguay, el que se identificará con el N° 261; y cuyo Jurado Técnico Titular se encuentra integrado por los Doctores Mariel Emilce ROJAS en representación del estamento Académicos, Gustavo Román PIMENTEL en representación del estamento Magistrados y Darío CARRAZA en representación del estamento Abogados; y como Jurados Suplentes los Doctores  Néstor Antonio OROÑO, en representación del estamento Académicos, Roberto Javier CADENAS, en representación del estamento Magistrados y José Esteban OSTOLAZA, en representación del estamento Abogados.

 

ARTICULO 4ºFijar los siguientes períodos de inscripción: para los Concursos N° 257 a N° 259 del 06/09/21 al 24/9/21 inclusive; para los Concursos N° 260 y N° 261 del 04/10/21 al 27/10/21 inclusive; debiendo, en todos casos, presentar las respectivas solicitudes en la Secretaría General del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos, sita en Alameda de la Federación Nº 471 de la Ciudad de Paraná, de lunes a viernes en el horario de 8 a 12 horas. La inscripción únicamente  podrá  realizarse  personalmente o  por  tercero autorizado  judicial  o notarialmente y conforme los demás requisitos establecidos en la normativa vigente. Asimismo, en idéntico lugar podrá obtenerse copia del Reglamento General y de Concursos Públicos y de toda otra documentación importante para el concurso, lo cual estará también disponible en el sitio oficial del Consejo de la Magistratura.

 

ARTICULO 5º: Hacer saber que en el caso que se produzcan nuevas vacantes de la misma competencia territorial, material y de grado, durante el desarrollo del concurso y hasta la finalización del mismo -entendiéndose como tal la elevación de la terna respectiva- se podrán acumular a aquél que se encuentre en trámite, sin que sea necesario efectuar nuevas convocatorias.

 

ARTICULO 6º: Publicar la convocatoria a concurso por UN (1) día en el Boletín Oficial y en UNO (1) de los diarios de mayor circulación de la localidad en que exista la vacante concursada, la que además deberá darse a conocer conforme a lo dispuesto en el artículo 35 del RGCP.

 

ARTICULO 7°: Comuníquese, publíquese y archívese. 

Fecha de Publicación: 09-08-2021
 
 
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